PROYECTO DE NUEVO REGLAMENTO PARALAS ELECCIONES 1 $)J-^L Es) 0 |C DE LOS REPRESENTANTES DEL PUEBLO EN LAS PRIMERAS CORTES. Q VJ'abedor de qne se ha intrigado en varias elecciones,, y de que es voluntad del pueblo tener fóflujcribas inme- diato en las elecciones de sus Representantes: convencido JSualmente de que haciendo dichas elecciones todo el pue- blo, como ignorante por lo común del verdadero mérito la *ttayor parte de el, saldrían las elecciones muchas veces con- trarias á la felicidad pública, sería mas difícil reconcentrar los votos y computarlos; y por otra parte ser/a mas fácil s arriba. (2) Y todos estos tendrán vo;o activo y pasivo en la elección de personeros, y repre- sentantes; si no timen causa que los excluya. 8» No tienen derecha al voto activo los que no están ep' listados y los que no están presentes en su cuartel: los que no son natj'-os del luiíar, sino es que tengan cinco añ^s de vecindad, ó que estén c.isa.los con hijas del lugar: los natir vos ausentes por mas de dos ai'us y con menos de seis rne" ses de nueva vecindad (3): lo* arrestados, presos, ó pro- cesados criminalmente aunque anden libres, y los penado* por sentencia del juez á rio tenerlo, y por último los que han pedido para sí ó para otro algún, voto ó votos, y los que se huyan comprometido á durlo. 9. No cieiua vo:j pasivo pira personero los ausentes de-b aquel lu?ar, es decir, los que no están den'ro del recinto de *l> los que no son nativos ni tienen diez años de vecindad, ° á lo menos cinco, si son cacado* con hijas del lugar: ¡os na- tivos ai sen íes por mas de dos años, y con menos de «e*-« "•¿eses de nueva residencia: y todos los demás que contínuaa * es'ns. expresados en el .nrtícu'o anterior. 10. Las listi-s de ¡o* vecinos del cuartel se formati en Miañad del ancho de un pliego; asentando en la prime- ra á trechos anchos los nombres y apellidos de los que han de votar, y dejando la o ra mitad blanca para es- cribir los de los dos perso ñeros que cada uno e'ip. 11. líl encabezamiento délas listas po^rá :-er impren» * este modo. = Ea el -cuartel núnu de la ciudad ó pue- blo de á de de ?21. Yo F. nombra- do presidente de él por el M. I. Ayuntamiento procedí 8 'as de la mañana en itmta preparatoria del pi e- olo de dicho cuartel á su alistamiento para la Vtta- *10n de personeros, habiendo el pueblo nombrado por hombres buenos que me acompañen á (aquí los nombres de los cutero 'electo5), conforme al artículo quinto del reglamen'o; impues- ÍOs en su obligación y pramentados por mí para cumplirla, f^OcediiLos al dicho alistamiento que comprenda los suge» l°s siguientes, (aquí siguen las listas.) Concluid -> el alista* diento j,e continúa. = Y certificamos que hasta tal hora ^l,e es la señalada por el M. I. Ayuntamiento. no han con- Zurrido mas vecinos que los enlistado?: pues F. y C. que- daron excluidos por voto de los hombres buenos, por esta * ta otra causa. Y para constancia lo lirmamos. = Firma *' Presidente y los cuatro hombres buenos; y en efecto es- t0s resolverán las dudas que se ofrezcan al tiempo delalis- *aoaiento sobre si alguno debe ó no alistarse. 12. Concluidas y firmadas las listas, se cubren y cier- Tan poniendo sobre la cerradura de la cubierta el número cuartel á que pertenecen, y firman sobre ella el presi- dente y los cuatro hombres buenos. Estos con el presideti- ** pasan á las casas de cabildo, y ias entregan en mano4. propia al secretario del Ayuntamiento, quien las custodia- rá en el archivo de su cargo-como se le entregan, lia*18 los ocho días que las entregaré en propia mano al misu10 presidente y hombres buenos. 10. ha los seis días intermedios podrán enlistarse, lo* enfermos que convalezcan y quieran votar, y los que estfi» ban ausentes e! día d-eí emistamiento. Comprobarán su le- gítima falta ante el alcaide, el presidente y los cuatro hombres buenos del cuartel á que pertenezca el pretendiente!' be enlistarán en nueva h.ta. expresando por qué no se atf** taron en las cerradas, y íirmarán los cinco dicha lista. 11. Las resoluciones de ¡os hombres buenos no uenet* apelac'on por aquella vez, sea sobre borrar, ó no enlistar, °' sobre asentar de nuevo» 1S» El mismo día de la elección, ni se borra, ni alí¡>ta á nadie por ningún motivo. 1€ . A ios ocho días de hecho el alistamiento se celebra^ las juntas electorales de Personeros, y las de estos para ele- gir Representantes, 17. I¡a de los primeros se celebra después de la mi- sa de Espíritu Sanio, en que el párroco ó un encargado su* yo pronuncie un discurso análogo á las elecciones. Conclui- da ia misa pasan todos los vecinos enlistados á sus respec- tivos cuarteles, con su presidente respectivo, que recibir» en compañía de los hombres buenos las listas de su cuartel de mano del secretario del ayuntamiento y las conducirá 3' lugar destinado para !a junta. 18. Se comenzará esta nombrando dos secretarios, y lúe* go dos escrutadores, los vecinos enlistados de entre el¡o5 mismos. -El presidente juramentará á los cuatro de que cuCi' plirán con su deber, no permitiendo que vote el que no de' ba, ni que sea.electo el que no pueda serlo. Itimediatamen'' te los secrétanos abren los pliegos de listas cerrados: po* ellos llaman á todos los vecinos del cuartel y anotan con uH signo á los que no están presentes. 19. Terminado el llamamiento por lista, se paran los secretarios, y toman juramento álos que deben votar de queI 6. un darán su voto por odio, smor, íl otra pasión, sino fo- jamente con atención al bien común, y felicidad de la patria: y luego se comienza la votación, diciendo cada uno de los ■Vecinos á quieres veta para Personeros, y escribiendo los secretarios los nombres de los electos continuados al nombre del que vota. El veci •> enlistado que llegare después, será Juramentado. 20. Los secretarios se sentarán frente del presidente y á tos des lados de este los escrutadores. Primero que iodos, escribirán sus votos los secretarios, después daráu los suyos "tos escrutadores, y luego los demás enlistados. 21. hl presidente no tiene voto activo ni pasivo en el cuartel en que preside; pero en otro ii otros cuarteles puede tener pasivo. X.os secretarios y escrutadores tienen activo eu su cuartel, pero no pasivo. Mas en otro ú oíros cuarte- les podrán ser electos. 22. Si acaso algún vecino fuere electo Personero por *tos cuarteles, es señal de que goza mucha popularidad, y er»tonces su voto en la junta de Personeros tendrá el valor de °tos mas si fuere electo por tres ó mas cuarteles, no ten- drá mas que voto duplicado. 23. Concluida la votación se hace el cotejo de votos, y tos dos que saquen la mayoría son les dos Personeros de ao,uel cuartel. Si hubiere empate en dos, tres ó mas, decí- dela suerte, tanto para el primer Personero, como para el segundo, si hay muchos superiores con igual número de v"tos. Si hay dos solamente superiores, estos son los Personeros. 24. Si al tiempo de la votación de Personeros ouirre al- alia duda, la resuelven definitivamente el presidente, es- tufadores y secretarios. 26. Inmediatamente se extiende una acta sucinta, de ^'e se dará modelo, y firmada por e¡ presidente, secretarios V escrutadores, se pa»an los cinco á ífts casas de cabildo, lle- vando consigo á los personeros de su cuartel ó mandándolos Cltar para que concurran con prontitud á dichas casas de c«bildo. 26. 26. Ya terminadas en todos los cuarteles las elecciones de personeros, y reunidos todos estos, recibe el secretario del Ayuntamiento las listas y actas de votaciones, las coloca sobre ia mesa de la sala de la junta; y asi dicho secretario como los de los cuarteles, los escrutadores y presidentes ter- minaron sus funciones. (4) 27. Se dá principio á la junta eligiendo primero dos secre* tarios, de los mismos Personeros, y luego dos escrutadores. Se les toma juramento lo mismo que en las juntas de cuarteles, y los secretarios lo toman á los demás Personeros, como en di- chas juntas se toma al pueblo y se comienza la votación de Representantes. 28. Los secretarios escriben sus vot09 en cédulas blan- cas prevenidas: las enseñan al presidente y escrutadores, y las echan en una ánfora preparada. Hacen lo mismo los escrutadores enseñando sus cédulas al presidente y secreta* rios. Después siguen escribiendo sus cédulas cada uno de los Personeros á vista de los secretarios, escrutadores y pre- sidente. 23. Ninguno de los que no pueden ser Personeros, pueden ser Representantes: (6) tampoco pueden serlo los nativos de sus provincias ausentes de ellas por mas de cinco años: ni los que no siendo nativos de el!as, no estén casados con hijas de ellas ó avecindados por diez años. Se exceptúan de esta regla general los que ausentes de sus lugares, partidos ó pro- vincias avisados prontamente concurrieren con oportunidad, como expresa el artículo 59. SÜ. Acabada la votación se calculan los votos, y el que saque la mayoría, es el Representante electo por aquel lu- gar, anotando en el acta que debe formarse, todos los que sa- caron votos, diciendo cuantos cada uno después del que ob- tuvo la mayoría; por si en los otros pueblos del partido lo- graren mas votos. 31. Citándose hayan de nombrar dos ó msa reepresn- tantes por una provincia, las cédulas de votación serán dobles ó triples &c, poniendo en cada una d». ellas un ñora1 bre distinto, cada uno délos electores. Si hay empateentra7. *°s de !a mayoría de votos, la suerte decide, y se nombrara tr» la acta todo? los que sacaron votos, expresando siempre lautos cada uno. 32. Re ebVcn después por todos los Personeros dos co- misionados de entre ellos mismos que asistan por cada ¡ufar a la cabeza de partido á la junta de cotejo de votos del par~ t'do, expresando en la acta qmenes son los comisionados electos, So. Se forman dos originales de la acta, uno en el libro de ellas y otro en papel comuni suelto. Les Personeros todos con el presidente firman ambas, entregando la suelta á '°s dos comisionados. Ebtos dentro de los seis días inme- diatos estarán en la cabecera de partido. 34. Las Tuntas de cotejo en las cabeceras de partido son á los ocho dias de las de personeros, y se celebran de esta suerte. Reuniios los personeros comisionados que se hallen presentes á la hora señalada por el presidente, que fcrá el alcalde ó gere político subalterno, ó superior, sí Jo hu- biere, eligen de entre sí dos secretarios y dos escrutadores. Se Juramentan estos como en las dos juntas precedentes, to- ttian sus asientos como en aquellas se expreso, y se les entregan las actas de cada lugar. Abiertas por estos, leí- das en voz alta, y tomada razón de los efectos en cada lu- ?ar y el número de votos que sacaron, se procede al co- tejo en público y claramente. 3,5. Hecho el cotejo, el que, ó los que resulten con la Mayoría de votos á su favor son los Representantes electos P°r el partido; pero siempre se asientan en la acta de co- tejo del partido que debe formar-e Todos los que sacaron Votos en el partido.- y en todo se practica lo mismo que que- da dicho en la acta déla junta de personeros de cada lugar. 36. Se nombran por la junta departido dos comisio- nados de la misma junta que asistan á la de cotejo de pro- vincia, y se expresan en las actas que deben formarle por duplicado, como se expresó en el art. S3, íirmadas del Prefíjente y de todos los individuos de la junta. 37. Los comisionados de la junta de partido deben es-s. Afir den'ro de 'os seis días inmedñ tos en la cabeza de pro* •vi-i- a. Ka esta se celebrará la junta de cotejo de piovn* cia á los ficho dias de las de partido. 33. Reunidos los comisionados de partido con su pre- sidente, el Gefe político de la provincia, á la hpra que este señale, se procede en lodo corno en las juntas de partido*' y el que, ó lo* que sacaren la mayoría de votos son los Rf« presentantes de aquélla provincia. 39. El que saliere electo y este' á una distancia muy considerable que no pueda avisársele y ocurrir á tiempo í la apertura del Congreso, se anota como anulada su vota- ción para Representante, y queda solo por Suplente; y en tal caso el que inmediatamente se le sigue en número de votos, ó el que da la suerte, si son varios los de igual nú- mero, es el Representante. Lo mismo sucede en una grave enfermedad. 40. Y por regla general los Suplentes quedan elegidos por el orden con que se acercan al número de votos quC cada uno saca de la mayoría. 41. Se extiende la acta que firman tedos los de la p nta, en el libro de ellas; y en papeles sueltos dos, tres, cuatro ó mas, según fuere el número de Representantes que debe elegir cada provincia, y contando un supiente para cada Represéntame. Las actas en papeles sueltos deben estar dentro de tres dias, contando el de la pinta, puestas por los Secretarios, y firmadas per todos los individuos de la jun* ta. Reunidos todos estos para lirmar, uno, dos escriba- nos ó mas, ó e] .Alcalde con dos Regidores en falta de aquellos, los verán firmar, y certificarán que son sus 'lirmas. Y es'as actas asi documentadas son las creden- cia'es, y poderes de ios Representantes. Vues basta que el pueblo los haya nombrado por sus Representantes pa- ra que tengan su poderes. ■ 4'¿. Terminada ¡a juntasde cotejo de provincia se expiden circulares inmediatamente á todos los pueblos de Ja provincia, que reunidos con su Ayuntamiento pasan á sus parroquias á dar gracias al Todepoderoto con un9 solemne T« Deum y las preces que en taTes cacos acós- tUmbra la Santa Iglesia, que haiá el sr. cura de ca- d.i lugar, 6 parroquia, sí hubiere varias en el. 43. En la capital de provincia conchuda la elec- ción se publica con solemnes repiques y 1\- tjéu'ni, aqud mismo dia: y al siguiente con una so'enme misa da gracias á la que asisten todas las corporaciones, los co- misionados de partido, y si puede ser, el Representante 6 Representantes, con asiento inmediato al Gele Polí- tico. 44. Nadie estando bueno y sano puede excusarse de asistir á las juntas preparatorias de! pueblo en cuar- teles, n¡ de ejercer el -nombramieiro de hombre bueno *n dichas jun'as, ni de ser secretario ó escrutador en fas electorales de Fersoneros, ni de ser Personeros, ni secreta- rios, escrutadores, comisionados de lugar, ó de parti- do. Cuantos sin grave enfermedad se excusen, serán multado?, por la junta actual que los nombra, ó llama: el alcalde con aviso de la junta, hará exhibir irre- misiblemente la multa, pira fondos públicos. Y los elec- tores deben tener presente q;ie los hombres buenos, los escrutadores, secretarios y Eersoneros deben saber leer y escribir. 46- los Personeros pobres comisionados serán auxi- liados por sus compañeros comitentes, para ir á la ca- beza de partido: y en este para ir á la de piovin- t .'s^jnís'íHS'- ' H 4€. Los partidos polran señalarse para el caso, si no están formados, de cuatro á seis lugares, en lo mas despoblado, y de seis á diez en lo mas poblado: cuitan- do que las distancias de la cabecera no pasen de vein- te á veinte y cinco leguas. Por ahora podria encargar» se 4 las Diputaciones Provinciales la división de las Pro- vincia en Partidos, y el asignatuietito de lugares para ca- da Partido, donde nada, de esto esté hecho, 47. La junta de cotejo de provincia formaba de Per- soaeros del pueblo, comisionados primero por los luga-10 ;r¿s y det-pue» por los partidos, puede reunirse «1 dá« inmediato á la publicación üe los Representantes, y ninu- fcr.ir tres Diputados Piü\inciales qi c con el IuUndep|)S y Ge e Poli (ico hacen cinco vocales para la Junta I'io- yinciál, y nombrar igualmente ( tro? tres suplentes: co>a gue jamas fafye en tas sesiones, el número de los u« Diputados Pto\jnc:;;!es. El lugar de! G,eie Político alguno lo debe o;ujiíir por ausencia, enfermedad ú muerte: y «1 de el Intendente debe, tener nombrado un suplen't> lia Diputación ó Junta Provincial tendrá á lo menos cuatro sesiones al mes; pudieuJo tener ocho e i un me* para vacar to,!o el siguiente ó por haber vacado en el anterior. Mas nunca podrá vacar de sesiones, dos mese* continuos. NOTAS. (1) IíOs Ayuntamientos se forman comunmente con- forme al número de los vecinos: por consiguiente con- forme á áicho número es el número de Personeios: pues según los individuos del Ayuntamiento son los cuar- teles, y cada cuartel nombra dos personeros. Se es- cluye el primer alcalde, ó el único alcalde asi para que quede libre y pueda atender al buen orden, co- mo porque á su presencia deben ir entregando las listas el dia de las Juntas preparatorias, y las actas el dia dé las electorales de Personeros y Representantes. Se ex- cluye igualmente el secretario porque tiene que recibir en ambos días, y era fácil que se complicara su asis- tencia á dos partes. (2) lia Patria llama á sus ciudadanos á defender- la, por lo común de diez y ocho años arriba: y á los ca- sados de tal edad los juzgan las leyes capaces de ad- jním-yttar los bienes de sus consortes. Por estas y otras razones osvias habría yo puesto que desde diez y ocho arriba tuvieran voto los varones; mas reflexionando en que suele no madurar el juicio en tal edad, solo doy vo- I11 ** á !os de veinte y cinco años y los casados de diez y ocho anos arriba, porque esto» ya son padres de í»uúlia*..' tr-* (o) Los que no tienen siquiera diez años de vecín- *W en nri lugar, que era el tiempo pedido por núes» an-eriores leyes, ó no están casados con hijas de e'< no tienen por lo común mayor Interes en el bien ^e a-puel lugar. Los nativos de el, ausentes mucho tiem- f° y con menos de seis meses de nueva residencia, aiHiqi:e tengan amor al suelo Patrio, es fácil que no ís'én b.en instruidos en los sujetos aptos para pronio- Ver el bien común. Esto mismo debe tenerse presente ei1 el artítcufo veinte y nueve que habla de los Repre- Untantes. (4) Convendrá acaso que ni salpan los Personeros de 'a pieza en que se reúnan á votar Representantes, ni con- testen con otro que no sea Personero, ó su Presidente, n¡ reciban papel ni recado alguno pena de perder por aque- ^ vez su voto activo y pasivo. Las precauciones nuna- Soferan, (6) Parece seria muy del caso que en las próxima* e|ecciones no tuvieran voto pasivo ni para Personeros, l,t para Representantes los individuos de la Regencia, y ^e la Suprema Junta, y todos los empleados y agracia- os por ambas corporaciones; asi como indubitablemente 110 lo deben tener los empleados en rentas públicas, y 'i la administración de justicia y muchísimo menos los Ureges y apóstatas de nuestr.i Sagrada Religión, los ene- lui?os declarados de nuestra Independencia y ¡os prudente - ^nie sospechosos de tales. Y los de las cuatro últimas c!a- Sts) j.izgo que aun del voto activo debe privárseles, REFLEXIONES. De la suerte expresada en el proyecto anterior se ^tttplifican mas las elecciones, el pueblo tienemab in-12 cíe díalo influjo en ellas: es mas difícil la disper- sión, y mas fácil la computación de votos, que votando todo el pueblo; este no queda .expuesto á ?er fácilmente engañado por apariencias: y V°\ último se conoce mas claramente quienes gozan 0 jio la popularidad, que se evidencia en el cotejo de partidos, y en el de Provincia. Confieso que á p riñera vista acaso tendrá mas inconvenientes que leído co n mucha reflexión. £n muchas panes a cavo estará obscuro; mas estoy pron- lo, á aclarar mas mis ideas, y aun á dar la mz^