LTIII Cédula de S. M., de 19 de Septiembre de 1789, para el establecimiento de la Real Compañía Marítima.... XXXVIIJ Oficio del Presidente de Chile........................................ X¿ Otro del Virey de Buenos Aires.................................... id. Real Orden de 25 de Febrero de 1792......................... XLI Oficio del Teniente de Navio Elizalde............................. id. Real Orden de 18 de Septiembre de 1792......................... XLI| Oficio del último Comandante de Puerto Deseado............... id. Extracto del Mensage del Gobierno de Buenos Aires á la Cuarta Legislatura de la Provincia..................... XLIV Proclama al Egército Expedicionario............................... id. Extracto del Mensage del Gobierno de Buenos Aires á la Dé- cima-Tercia Legislatura de la Provincia............. XLV Noticia de los trabajos emprendidos y ejecutados, bajo la di- rección y los auspicios del Gobierno de Buenos Ai- res, en la región Patagónica, Estrecho de Magalla- nes, Tierra del Fuego, y de los Estados................ XLVI1 TITULOS DE LA REPÚBLICA DE CHILE A LA SOBERANÍA I DOMINIO DE LA ESTREIHIDAD AUSTRAL DEL CONTINENTE AMERICANO POR MIGUEL LUIS AMUNÁTEGEI. «FUTACION DE LA MEMORIA HISTORICA QUE EN 1862 HA PUBLI- CADO EN BÜENOS-AIRES DON PEDRO DE ANGELIS CON EL OBJE- TO DE SOSTENER LA SOBERANÍA I DOMINIO DE LA REPÚBLICA A KJ ENTINA SOBRE EL MISMO TERRITORIO. Lu república! de la América del Sod, al desliarse de loa vínculos que laa unían a la metrópoli, i al constituirse en estados sobe- ranos e independientes, adoptaron por base de su división territorial, la misma demar- cación que existia entre los varios virreina- tos que la constituían. Nota pasada por el ministro de relacione* estertores de la Confederación Arjentina al de igual clase en Chile para reclamar con- tra la fundación de una colonia chilena en el estrecho da Magallanes. !"»A\TIlCiO, IMPRENTA DE JULIO BELIN I Ca. — 1853.—ADVERTENCIA Cuando llegó a Chile, al mucho tiempo después de haberse publicado, el folleto que en 1852 dió a luz en Buenos- Aires don Pedro de Angelis con el título de Memoria Histórica sobre los derechos de soberanía i dominio de la Confederación Ar- jentina a la parte austral del continente ameri- cano, el señor ministro del interior don Antonio Varas me comisionó para que examinase el valor de los títulos i documentos que el autor aducía en avor de su opinión. En la presente publicación está consignado el resultado de ese examen i de las inves- tigaciones que he practicado con el objeto de poner ¿a cuestioti en su verdadero punto de vista.-I. lntroduecloii. Nada mas fácil que la resolución de todas las cuestiones relativas a límites que puedan susci- tarse entre las repúblicas hispano americanas. Hai un principio jeneral, admitido por todas ella?, que no.permite la menor vacilación en los litijios de esta especie. Ese principio, salvaguardia de la concordia que debe reinar entre naciones hermanas por su oríje i, hermanas por sus creencias políticas i re- lijiosas, hermanas por sus intereses, es el siguien- te : Las nuevas repúblicas tienen por límites los mismos que corresponden a las antiguas demar- caciones coloniales de que se formaron, salvo las modificaciones que la guerra de la indepen- dencia hizo esperimentar a algunas de las men- cionadas demarcaciones.— ti — Esta preciosa regla, al mismo tiempo que com- prende todos los casos, es de una aplicación sen pillísima. En toda disputa sobre fijación de terri- torio, no hai sino abrir la Recopilación de In- dias, o rejistrarel Cedulario Real, i quedará de- cidida, amenos que se refiera a aquellos países cuyos límites alteró la revelucion. En cuanto a la demarcación territorial de es- tos últimos, nada mas obvio. Su fecha es sobra- do reciente ; los documentos auténticos en que la modificación está consignada, son demasiado conocidos i demasiado esplícitos para que den cabida a una duda smcéra. Con buena fe para juzgar i un poco de pacien- cia para escudriñar los archivos, pueden cortar- se en breve tiempo todas las cuestiones a que aludo. La regla ántes espresada es una guia se- gura, que hace en estremo fáciles de determinar los límites de todas las repúblicas americanas, ya sea que estos se hayan conservado tales cua- les eran durante el coloniaje, ya sea que haya» sufrido algún cambio en la época déla emanci- pación. El gobierno que recusara ja lejitimidad de semejantes títulos daría una muestra de ci- nismo, que afortunadamente no es de esperar en los representantes de pueblos civilizados, co- mo son los que dominan la América del Sud. Es apoyando mis raciocinios en ese principio innegable i reconocido por todos, como voi a de- mostrar el derecho que tiene la república de Chile a la soberanía i dominio de la Patagonia, -7- ¡sía de los Estados, Tierra del Fuego i estrecho de Magallanes en toda su estension. Nunca nadie le habia disputado la propiedad de estas comarcas. En 1843, para iaeilitáV la na- vegación del estrecho, fundó una colonia en el puerto del Hambre o de San-Félipe, qué bautizó con la denominación de puerto Búlnes. Natural- mente todos los preparativos frieron públicos. Iró es posible zanjar en secreto los ciniíentós de una ciudad. Los diarios anunciaron'' en todos los idio- mas cultos a los marinos de ambos cohibientes, que en el estrechó de Magallanes había ún pun- to habitado por cristianos; que desde entonces para adelante los que quisieran pasar por aque- lla via del Atlántico al Pacífico encontrarían donde refrescar sus víveres despuefe dé sus lar- gas correrías; que sus naves, si la tempestad fas estropeaba, hallarían ausilios en él nuevo esta- blecimiento. La noticia dé la fundación dé la colonia la tuvo quién quiso. Nadie levantó la' voz contra esa providencia; nadie hizo él menor" reclamo contra ella, incluso el gobierno atjenti- no, que por su vecindad a nosotros debió ser ano de los primeros en saber su existencia. Pasaron todavía cerca de cinco años, i nin^u- na protesta vino a inquietarnos en nuestra pose- sión. Durante ese trascurso dé tiempo, el presi- dente de Chile i sus ministros daban todos los años cuenta a la representación nacional de los progresos que hutía el puerto Búlnes, i de las medidas que adoptaban pa»a su tomento. Lis— 8 — piezas oficiales donde constaban estos hechos, circulaban por toda la América. Se enviaban a los gabinetes de todas las repúblicas ami- gas ; se repartían a Jos ajenies diplomáticos que tenían acreditados cerca del nuestro ; se remi- tian a los que Chile mantenía en los otros paí- ses. El mismo silencio consagraba una sobera- nía a que por otra parte daban mas sólida con- firmación la posesión i los títulos incontestables que espondré en su lugar. Al fin por primera vez, el 15 de diciembre de 1847, don Felipe Arana, como ministro de don Juan Manuel Rosas, entonces gobernador de la provincia de Buenos-Aires i encargado de las relaciones esteriores de la Confederación Ar- jentina, dirijió una nota al gobierno chileno ase- gurando que la colonia estaba fundada en territo- rio de aquel estado, i alegando como fundamen- to de su pretensión un resumen de las razones que el año último acaba de esplanar don Pedro de Angelís en una Memoria Histórica, en la cual se ha propuesto probar los derechos de la repú- blica del Plata a la soberanía de la parte austral del continente americano. Si no fuera por el or- den de las fechas, diria que la nota del señor Arana es un estracto del folleto del señor Ange- lis. La uniformidad en las ideas de esas dos pie- zas manifiesta que el gobierno arjentino ha di- cho ya su última palabra en la cuestión, i que no tiene mas títulos que exhibir. Esa es una des- gracia para él, porque los que ha presentado no —- i> — valen nada, i porque de seguro ya no encontra- rá otros. El señor Angelis se tiene adquirida en el mun- do literario una gran reputación de erudito i de bibliófilo ; pasa por muí entendido en manuscri- tos i obras raras; i ha dado a luz efectivamente preciosas colecciones sobre la historia i la jeo- jgrafía de América. Si la república arjentina Jtuviera documentos con que justificar sus avan- ces, indudablemente un hombre como este los habría desenterrado. Los trabajos de erudición constituyen sus estudios favoritos. Ha gastado ¡muchos años de su vida en la pesquisa de es- ritos curiosos; se ha dedicado con entusiasmo a nvestigaciones de anticuario ; ha buscado, reco- ido i leído cuanto ha considerado propio para sclarecer los tiempos oscuros del coloniaje. Lo epito: si la república arjentina tuviera títulos n que fundar sus pretensiones, el señor Angelis os habría descubierto. Ha sido una felicidad para Chile que la defen- a de la parte contraria se haya encomendado en sta cuestión a persona tan competente. La de- bilidad de las pruebas que ha alegado en su Me- oria His'órica, es ya un argumento fuerte en vor de nuestra causa. ¿ Dónde estarán esos ti- los de propiedad, cuando no los ha hallado An- relis, que sin duda conoce hasta en sus últimos [íncones los archivos de Buenos-Aires ? Los eruditos, por hábiles i pacienzudos que ean, no pueden exhumar del polvo de las secre-— 10 — tnrías i bibliotecas lo que nunca ha existido. £ autor de la Memoria se ha propuesto un fin ¡m, posible de alcanzar, a no ser que su intención haya sido lucir injenio, sosteniendo una doja, como suele gustar a los anticuarios. Me lisonjeo tanto mas de evidenciar Ja nulidad de los derechos que se alegan, cuanto estamos conformes en el principio que he dejado senta- do al comenzar. El señor Angelas cree como vi que los territorios de las repúblicas americana) son los mismos que corresponden a las demarca- ciones coloniales de que se formaron. "Cuando la América, dice, se levantó en masa para sacu- dir el yugo de la metrópoli, no aspiró sino a sei libre. La guerra que sostuvo, no fué de conqui» ta, sino de independencia ; i bajo este nombre li ha rejistrado la historia." Estando acordes en el punto de partida, la dis- cusión no es embarazosa. Solo se trata de aplicaij el principio a los hecho-». La Confederación Ar- jentina i la república de Chile disputan sobréis propiedad de cierto territorio. Para resolvere! litijio, no hai sino consultar a cuál de estos dosi estados lo había adjudicado la España, porquekj revolución de la independencia no influyó en i menor ni sobre el estrecho ni sobre las tierraij adyacen les. ¿El rei habia comprendido esas comarcas di tro de los límites del virreinato de Buenos-Air< o dentro de los que habia s ñalado a la capto níajeneral de Chile? Esta es la cuestión; al — II — JL* el objeto a que debe ceñirse todo el debate. #Seq"i<,re determinara quién pertenece el estre- jehode Magallanes, la Patagouia i la Tierra del jfnego. Veamos cuál fué la voluntad del monar- |ca acerca de esas rejione*, i la duda quedará re- suelta. Pero es preciso que la voluntad real Se maní- este por disposiciones claras, esplícítas, termi- antes, que señalen espresamente los términos elas jiirisdiciones correspondientes a los man atarios que residían en las márjenes del Mapo- ho i del Plata. En este ca o las presunciones, os raciocinios mas o menos injeuiosos, no tienen inguna cabida contra Ja letra i el sentido de la e¡. La autoridad de las decisiones reales relutí- as a los deslindes de jurisdicciones1, es la (mica ue puede invocarse. Contra loque estas deter- minan, todo lo demás nada significa. Citar prue- as que estén en abierta contradicción con estas manifestaciones solemnes de la voluntad del ino- ■arca, es perder ociosamente el tiempo i arrojar kalabras al viento. Chile, para hacer ver los derechos que le asis- ten, no recurrirá, pues, a inferencias inductivas; lio torturará el sentido jenuino de las frases ; no stará obligado, en desesperación de causa, a garrarse hasta de la mas miserable correría del ltinio gobernador; no se verá forzado a dar n ertas comisiones ad /toe de la corte de Madrid na importancia que Ies negaría el empleado mé- 0» esperto de la administración de ^cualquier— 12 — país. Son mas sólidos que esos los fundamentoj en que reposan sus títulos. Para demostrare! oríjen de su soberanía sobre las rejiones dispu. tudas, le basta abrir la Recopilación de Indias, le basta desdoblar la cédula de erección del vi. rreinato de Buenos Aires, i pedir a los que le ar man litijio sobre este punto, (pie lean esas piezas. II. Título* de Chile h In soherania de I» Palagouli. estrecho de Mngallanes I Tierra del i'uegi otorgados desde los primeros tiempos d> li conquista. La soberanía i dominación de las autoridades chilenas sobre la Patagonia i el estrecho de Ma gallanes, suben hasta les primeros dias de lacón quista. En 1540 Pedro de Valdivia arribó a Chile con una comisión de Francisco Pizarro parapose«io narse de este pais a nombre de la corona I Castilla. Dios había dotado a Valdivia de espíritu so- brado animoso para limitar sus aspiraciones a la ocupación de un pequeño territorio. Así proyecto que le trata estaba muí distante de ser tan modesto como eso. Venia nada ménos que con la intención de conquistar toda la parte aus- tral de la América, de asegurar su posesioné — 13 — briéndola de ciudades, de rejistrar sus valles, sus montañas i sus playas, de esplorar el mar del norte i el mar del sud, de escudriñar sobre todo Lse famoso estrecho a que Magallanes habia da- ¡¡ do su nombre, puerta de dos océanos, esperanza de los establecimientos de la costa occidental, como ya desde entónces lo habia calculado su asta intelijencia. Esto que digo no es un avance temerario. El lan que atribuyo al conquistador de Chile no s una invención de fantasía. Conloen este trabajo no quiero asentar cosa na sin aducir la competente prueba, voi a unificar lo que acabo de decir con el testimo- lio de un hombre a cuyas palabras todos cier- amente prestarán entero crédito Ese testigo que nvoco en mi apoyo no es otro que Pedro de Valdivia mismo. Lo que acabo de esponer algu- as líneas antes, lo escribe él al emperador Cár- )s V en una carta que le dirijió desde la Serena 4 de setiembre de 154-5, dándole cuenta de sus abajos en el descubrimiento i población del eino de Chile. Copio testuahuente el segundo parágrafo de a carta. "Sepa V. M. que cuando el marques don 'rancisco Pizarro me dió esta empresa, no ha- la hombre que quisiese venir a esta tierra, i los ue mas huían della eran los que trujo el adelan- to don Diego de Almagro, que como la de- nnparó, quedó tan mal infamada, que como Ja— 14 — pestilencia huian de ella; i aun muchas personas que me querían bien, i eran tenidos por cuerdos, no me tovieron por tal cuando me vieron gastar la hacienda que tenia en empresa tan apartada del Perú, i donde el adelantado no habia perse. verado habiendo gastado él i los que en su con pañía vinieron mas de quinientos mil pesos de oro ; i el fruto que hizo fué poner doblado ánimo a estos indios. I como vi el servicio que a V. M.se hacía en acreditársela, poblándola i sustentándo la para descubrir por ella hasta el estrecho ií Magallanes i mar del norte, procuré de me dar buena maña, i busqué prestado entre mercade- res, i con lo que yo tenia i con amigos que me favorecieron, hice hasta ciento i cincuenta hom bres de pié i caballo, con que vine a esta tierra, pasando en el camino todos grandes trabajosde hombres, guerras con indios, i otras malas ven- turas que en estas partes ha habido hasta el dii de hoi en abundancia.*' Esta cita manifiesta hasta la mas completa evidencia que el territorio que Valdivia Se propo- nía ocupar tenia por límites al sud el estrecho ¡t Magallanes, i al oriéntela mar del norte, nom bre que se daba entonces al océano Atlántico, como se llamaba en aquella época, i se lian» todavía hoi dia, mar del sud al océano Pacífico.! La prueba deducida de este documento seril corroborada por muchas otras que iré suminisl trando a medida que adelante en mi relación. Valdivia no era hombre para divertirse eJ — 15 — royectar, sin tratar de realizar lo que habia ncebido. Cuanto habia meditado, buscaba co- 0 ejecutarlo. No se contentaba con pensar, lio que se esforzaba por vencer los obstáculos que se oponían a la realización de sus ideas. Eso ff loque constituye su grandeza, eso es lo que 1 levanta muchos codos sobre el nivel desús émtemporáneos. ÍAlmismo tiempo que echaba los fundamen- delas principales ciudades de Chile ; al mis- tiempo que trababa contra los araucanos lucha mas porñada i encarnizada que pue- indíjena haya sostenido contra los espa- les, procuraba avanzar sus descubrimientos cia el sud, i penetrar en el estrecho. Le fal- bau naves i aperos marítimos; le faltaban mores espertos en la navegación ; le faltaba to- , mónosla voluntad. Sin embargo, no desistió momento de sus designios, i se empeñó por varios a cabo a pesar de todos los obstáculos. En 1544 vino a esta tierra desde el Perú en bajel enviado por el gobernador Vaca de tro, el piloto jenoves Juan Bautista Pastene. rovechándose del auxilio, Valdivia Je nombró Jugar-teniente eu el mar, le tripuló como me- pudo una segunda nave, i. le envió a deseu- r la costa de la mar del sud hasta el estrecho, teñe, con todo, no llegó sino hasta el grado , casi frente a la isla de Chiloé. Esta coütrariedad no desanimó a Valdivia es al contrario, «esperando conseguir en otra * 3-— 16 — ocasión lo que aquella vez no habia podido, p^.i severó mas que nunca en la idea de ocupar |a¡| rejiones mas australes de la América. En la misma carta que dejo citada, despuJ de haber noticiado a Cárlos V la espedicion I Pastene i otros sucesos, se espresa de esta nj ñera: " Así que V. M. sepa que esta ciudad J Santiago del Nuevo Estremo es el primer escal Ion para armar sobre ellos demás, e ir poblandJ por ellos toda esta tierra a V. M. hasta elestretÚ de Magallanes i mar del norte. I de aquí ha dtl comenzar la merced que V. M. será servido df| me hacer, porque la perpetuidad desta tierra,] los trabajos que por sustentarla he pasado, ni son paramas de poder emprender lo de adelante j El último período del trozo copiado descubrí! cual era la zozobra que aquejaba al conquista dor. Habia venido a Chile con solo una delega] cion de Francisco Pizarro. A la muerte de aquel ilustre aventurero, el cabildo i vecindario de Sai] tiago le habian proclamado en nombre del reí gobernador de estas provincias; pero hasta aquej Ha fecha esa elección popular no habia sido con ñrmada por el soberano. Por esta circunstancil temía que la corte encomendara a algún otro» descubrimiento de alguna porción de esa comail ca que él habia comenzado a poblar, i que se sen! tia con ánimos de ocupar en toda su estensionl con tal que no se le opusieran estorbos i embaí razos. Si ningún rival venia a incomodarle, cari gaba con la responsabilidad de adquirir paral>í — 17 — corona toda la estremidad meridional del nuevo mundo. La merced que con mas ahínco solicita- ba del monarca en recompensa de los servicios prestados, era que no pasase ni por el Períi ni por el estrecho ningún otro capitán que le pertur- base en su empresa. Después de hacer al emperador este pedido, agrega en su carta como uno de sus fundamen- tos. "La verdad yo la digo a V. M. al pié de la 1 letra, i asi ella i a su cesárea voluntad halle yo siempre en mi favor, que por lo que deseo no venga persona que me desvie del servicio de V. M. ni perturbe en esta coyuntura, es por emplear la vida i hacienda que tengo i obiere en descu- brir, poblar, conquistar i pacificar toda esta tie- rra hasta el estrecho de Magallanes i mar del nor- te, i buscarla tal que en ella pueda a los vasallos de V. M. que conmigo tengo, pagarles lo mucho que en esta han trabajado, i descargar con ellos su real conc iencia i la mia." Pero lo que mas inquietaba a Pedro de Valdi- via era el descubrimiento del estrecho. Conocía demasiado que de ese pasaje dependia el porve- nir de las colonias que habia fundado en el sue- lo chileno, i por eso su esploracion habia llegado a ser uno de sus pensamientos fijos i dominantes. En una carta dirijida desde Lima al príncipe I don Felipe a lódejunio de 1548, encuentro las si- guientes líneas que lo manifiestan : "Cuando en- víe a descubrir la costa, como a nuestro monar- ca escribí, i a tomar posesión de la tierra en 3— 18 — nombro de V. A. llegó el navio que envié cerca del estrecho de Magallanes, i si V. A. es servido que el estrecho se navegue, me lo envié a mali- ciar, porque no está en mas navegarse mediante la voluntad de Dios, de ser V. A. dello servido, porque aunque yo para ello me haya de cnipe- ñar en mas de lo empeñado por mas servir a V. A. haré de manera que desde el dia que llegare el mandado de V. A-, que mui breve haya nao en Sevilla que lo haya pasado ; porque en estos reinos todos tenemos por mui cierto que V. A. será dello servido i ellos aumentados." En otra dirijida ni emperador Cárlos V desde Concepción a 15 de octubre de 1550 le dice ha- blando del asunto (pie nos ocupa : "Yo certifico a V. M. que a no haber sucedido las cosas en el Perú, después que Vaca de Castro vino a él de tan mala disistion, que según la dilijencia i ma- ña que me he dado en hacer la guerra a los in- dios, i enviar por socorros con el oro que he gas- tado, me persuado hubiera descubierto, conquis- tado i poblado hasla el estrecho de Jf(i°-allaiiesi mar del norte.'7 Entre tanto Valdivia, noticioso de las turbu- lencias que en el Perú habia promovido Gonzalo Pizano, encaminóse a aquel reino, donde presto al licenciado La Gasea el ausiliode su brazo i df su pericia hasta el completo esterminio de te rebeldes. Agradecido éste a sus servicios, le con- firmó en su empleo de gobernador de Chile, i le señalo limites para que ejerciese su jurisdicción: — 19 — pero no alcanzándole la autorización que traia del emperador pai*a concedérselos tan estensos como Valdivia lo pretendía, escribió este con- quistador al monarca suplicándole que ratificase lo que su representante en el Perú le habia otor- gado, i que estendiera el territorio de su mando hasta donde la limitación de sus poderes no ha- bia permitido hacerlo a La Gasea. Hé aquí el tenor deesa petición : "Sacra Ma- jestad : en las provisiones que me dió, i merced que me hizo por virtud de su real poder, que para ello trajo el licenciado de La Gasea, me se- ñaló de límites de gobernación hasta cuarenta e un grado de norte sur, costa adelante, i cien le- guas de ancho de oeste este ; i porque de/allí al estrecho de Magallanes es la tierra que puede haber poblada poca, i la persona a quien se die- se, antes estorbaría que serviría, e yo la voi toda poblando e repartiendo a los vasallos de V. M. i conquistadores della ; mui humildemente su- plico sea servido de mandarme confirmar lo da- do, i de nuevo hacerme merced de me alargar los límites della, i que sean hasta el estrecho di- cho la costa en la mano, i la tierra adentro hasla la mar del norte." . Sin aguardar Valdivia la contestación del so- berano, i estimando que de seguro le sería favo- rable, resolvió proceder lo mas pronto posible a la ocupación délas comarcas australes, aunque no estuviesen comprendidas en las concesiones del licenciado La Gasea.JTqÍ0 — ' De toda esa tierra que forma el remate dé la América, lo que mas le llamaba la atención era el estrecho de Magallanes. Su correspondencia! svi conducta están demostrando a cada paso la importanc ia que con razón le atribuía'. Conside- raba que de él dependían los progresos futuros de los establecimientos que acababa de fundar en el reino de Chile. La prosperidad de sus co lonias i la navegación del estrecho eran para Valdivia dos cosas que marchaban unidas. Así no es de estrañar su impaciencia porque se reconocieran aquellos lugares, dé los cuales, pue- de decirse, que casi no se sabía nada mas, sino que existían. Estaba descubierta la comunicación de los dos grandes mares que bañan la América; pero esa comunicación era desconocida, sus cos- tas estaban por esplorar, sus puertos estaban poj encontrar. Por el oriente, las aguas i las costas de la gran porción del océano Atlántico, inme- diata a aquel paraje, eran igualmente casi tan ignoradas. JLa porción correspondiente del océa- no Pacífico era mas misteriosa todavía. Aquellas rejiones i aquellos mares aguardaban aun su ver- dadero esplorador. En 1520 Magallanes había descubierto el es- trecho. En 1520 el comendador de la orden de Róela? fr. don García Jofré de Loaísa había sido el se* gundo en atravesarlo. En IÓ.3.5 Simón de Alcazaba habia imitado a Magallanes i Loaiéa. — 21 — Fu Í43Á Alonso (leCainarffó había < ni rond - do ¡gaal espedicion, siguiendo las huella:; de sus treí predecesores. Peí o estos cuatro navegantes no habían hecho mus que pasar. Se habían visto forzados a em- peñar una lucha demasiado terrible contra los elementos enfurecidos, para haber tenido tiempo de entregarse a un examen prolijo i a investiga- ciones esmeradas. Mas lo que ellos no habían podido emprender, otro intentó llevarlo a cabo; lo que ellos solo ha- bían principiado, otro pensó en concluirlo. Ese continuador de Magallanes i de Loaisa, de Alcazaba i deCamargo, no fue otro que Pedro de Valdivia, el conquistador de Chile, el funda- dor de sus principales ciudades, el creador de es- te reino. Intimamente convencido de la u rj en te necesidad que esperiinentaban sus colonias de la navegación del estrecho, no trepidó un instante en contraer deudas i hacer toda especie de sacri- ficios para disponer una espedicion que fuese al reconocimiento de aquel pasaje, que iba a unir el Atlántico con el Pacífico, i a aproximar, como él decia, el reino de Chile a la España. Con este objeto, desde 1552 comenzó a reunir .en el puerto de Valdivia, el mas austral de sus es- tablecimientos, la1 jen te i los aperos necesarios para realizar su proyecto favorito. Según sus deseos, no debia trascurrir el verano de aquel año, sin que su pensamiento recibiese una completa ejecución.— 22 — Miéntras se estaban efectuando los prepara tivos, para prevenir toda providencia del gobier- no español que pudiese desbaratar sus ueeiguioj, pues no se lehabia otorgado aun la concesión de territorio hasta el estrecho do Magallanes, hizo que el cabildo déla ciudad de Valdivia le escri- biese al soberano relatándole los servicios que el conquistador habia prestado, i demandándole su favor i ayuda para que descubriese la nave- gación del estrecho. Este importante documento, que tiene por fe- cha 20 de julio de 1552, después de hacer una reseña de todos los trabajos emprendidos porel gobernador Valdivia, añade: ". En todo lo funda- do i poblado hasta ahora, se ha hallado personal- mente, aunque es ya viejo i mui trabajado: tiene intento el verano que viene, que comienza desde el mes de setiembre hasta el mes de abril, seguir la ampliación deste reino, poblando en nombre de V. M. en las partes que viere convenientes. Adeudase de nuevo para por mar descubrir la navegación segura del estrecho i puertos que de aquí a él hai, por ser la costa mas importante pa- ra la sustentación destos reinos, e de los demás descubiertos i poblados en este mar del sur, i pa- ra descubrir otros mayores i mejores a V. M. tie- ne hasta agora en esta tierra mil hombres, i ca- da dia le vienen socorros de mas." "AV. M. humildemente suplicamos, nos ha- ga merced dar favor i ayuda al gobernador Pe dro de Valdivia, para que descubra la ñateg* - - don del estrecho, pues pata sustentarla i asegu- rarla tiene posibilidad suficiente, i de cada d¡a abundará mas, así por mar con navios como por tierra con jente de a pié i de caballo, porque sino e9 por su persona, por otro ningún capitán pue- de ser descubierto ni sustentado, aunque gaste grande suma de oro."' Pedro de Valdivia por su parte cuidó de co- municar al monarca de su puño i letra la reso- lución en que estaba de hacer esplorar el estre- cho, i procuró darle a conocer al propio tiempo las grandes ventajas que el reino reportaría de que quedara espedito aquel pasaje. Con este, i varios otro* objetos, le escribió desde Santiago a [ 20 deoctubre de 1552 una larga i detallada car- ta,donde se encuentra elparáurafo que a conti- nuación copio : "Por la noticia que de los natu- rales he habido, e por lo que oigo decir i relatar a astrólogos i cosmógrafos, me persuado estoi - en paraje donde el servicio de nuestro Diospue- • de ser muí acrecentado; e visto lo uno e lo otro, j hallo por mi cuenta, que donde mas V. M. el dia de hoi puede ser servido, es en que se nave- gue el estrecho de Magallanes; por tres causas, dejadas las deihas que se podían dar, la prime- ra porque toda esta tierra e mar del sur la tenia V. M. en España, e ninguno se atreverá a hacer cosa que no deba ; la segunda, que toma mui a la mano toda la contratación de la especería ; e la tercera, porque se podrá descubrir e poblar eaotra parte del estrecho, que según estoi infor- I— 24 — mado, es tierra mui bien poblada ; i porque en lo demás no es razón yo dar parecer, mas de ad- vertir a V. M. délo que acá se me alcanza, i cu- tiendo como hombre que tiene la cosa entre las manos, no la doi; c por serrir también en esto a V. M. como ha hecho e;i lo demás el capitán Je- rónimo de Alderete, va con determinación de hacer este servicio e meter la primera bandera de V. M. por el estrecho, de lo cual estos veci- nos recibirán mui gran contentamiento, e V. M. mui señalado servicio." Pedro de Valdivia no quiso remitir simple- mente esta carta, sino que comisionó a su ami- go i compañero de armas Jeiónimo de Alderete para que volviendo a la península la pusiera en las propias manos del soberano, i le manisfesta- ra de viva voz sus méritos i títulos para que le otorgara Ja estension de territorio i demás gra- cias que habia solicitado. Las últimas líneas del trozo citado parecen dar a entender que Alderete tenia intenciones de en- caminarse a España por el estrecho; pero si tal fué desde luego su animo, no lo verificó así, i se dirijió a su destino por la via, entonces ordi- naria, de Panamá. La escasez de naves impidió al gobernador realizar en el verano de 1552 la esploracion que tenia proyectada; mas con esa constancia que le distinguía, la llevó a cabo al año siguiente. Dos bajeles aperados competentemente i bajo el mando de Francisco de Ulloa hicieron velas por I — 2ó — su orden hacia el estrecho, i hahiéndose introdu- cido en él por su boca occidental, recorrieron un espacio de mas de treinta leguas. Pero llegados a aquel punto, suspendieron su marcha, i vol- vieron sobre sus pasos. Venían a comunicar a Valdivia el feliz éxito de la incursión, i proba- blemente a pedirle nuevas instrucciones para continuar. Desgraciadamente durante su ausen- cia el conquistador habia muerto. Como no pretendo que el señor Angelis me crea bajo mi palabra, para certificar lo que acabo de decir, voi a invocar el testimonio irrecusable de un contemporáneo residente en Chile. De es- ta manera el suceso no será referido por mí a los ( trescientos años de haberse verificado, sino por j un individuo que vivia en esta tierra cuando tu- vo lugar. En una carta que existe en el archivo de Si- mancas, relativa ala muerte de Pedro de Valdi- via, se encuentra el siguiente parágrafo sobre la mencionada espedicion al estrecho de Magalla- nes. "Los navios que fueron al estrecho los dos entraron dentro mas de treinta leguas por él ar- riba, i trajeron ciertas presas del estrecho, i ha- llaron una cruz puesta así mesmo de Valdivia ; hallaron cada legua i cada dos leguas mui bue- nos puertos, i dicen que descubrieron cien le- onas hacia el estrecho, que comienzan desde el cabo, de mui buena tierra i poblada hasta la co*ta, tierra de muchas obejas ; de mauera quie- ren decir hai tanta jente en esta tierra como en 4— ZG — Arauco : así mesmo hallaron muchas islas, ¡ quieren decir, que es segundo archipiélago, i to- das pobladas i es jente de guerra, i andan en grandes canoas, i traen su fuego dentro. Dicen también que estas cien leguas de tierra tienen gran disposición de minas de oro : bien creóla hai; no tengo duda ninguna si el gobernador vi- viera que este año fueran navios de aquí a Sevi lia. Sé decir a vuesa merced que los que trata- sen por el estrecho a esta tierra serán mui ricos por tres cosas: la una ser buena navegación,! la tierra mui sana ; i la otra, ser la tierra toda mui buena, i mui rica de oro, i de muchos pue- blos que tendrá i todos en la costa; i la tercera, que tendrá a Potosí, que no hai mas de doscien- tas i cincuenta leguas de aquí a Arequipa." Veamos ahora cual fué el resultado de la comi- sión que llevó para España Jerónimode Alderete. Todos los historiadores están conformes en que don Felipe, gobernador de la España en ausen- cía de su padre el emperador, le recibió con el ma- mayor agasajo; que accedió a todas sus solicitu- des; i que colmó de honores i de gracias a Pedroj de Valdivia i a su apoderado. Puede presumir;* con gran fundamento que entre esas mercedes es- tuvo la referente a la estension del teritorio desu mando, que con tanto tesón i empeño habia pre- tendido ; mas como no tengo ala vista las reales cédulas en que están consignados esos favores,! no quiero sacar argumentos de los dichos jene- raímente inexactos i caprichosos de los cronistas — 27 — dejo a un lado esas concesiones, cuyo valor pre- ciso mees imposible averiguar, i paso a hablar de un documento que es decisivo en la cuestión, porque, como lo manifestaré en la continuación de este trabajo, sus prescripciones respecto de los límites australes i orientales del reino de Chi- le, nunca han sido derogadas. Estaba Jerónimo de Alderete previniéndose para regresar a estas rejíones con socorro déjente, cuando llegó a España la funesta noticia del tris- te fin de su amigo el gobernador. Inmediatamen- te Carlos V, movido por las recomendaciones que habia recibido del mismo Pedro de Valdi- via, i por la reputación que sus brillantes pren- das habían adquirido en ta corte a Alderete, le nombró por sucesor de aquel grande hombre. Con este motivo la princesa doña Juana, hija del emperador i viuda de don Juan, príncipe de Portugal, que en ausencia de su padre i de su hermano don Felipe gobernaba ía España, le dirijió a nombre del primero una cédula que se me permitirá copiar íntegra, por lo mucho que liace a la cuestión. "Al gobernador de Chile para que llegado que .ttea envié a tomar razón de la tierra de la otra parte del Estrecho.— "El Rei — "Adelantado don Jerónimo Alderete, nuestro gobernador de la provincia de Chile, ya sabéis como os habernos proveído de la dicha gober- nación hasta el estrecho fie Magallanes, i porque— 28 — ¡ios -leseamos sabe r las tierras ¡ poblaciones que hai de la otra parle del dicho estrecho i entender los secretos que lia i en aquella tierra, vos mando que desde las dichas provincias de Chile enviéis algunos navios a tomar noticia i relación de la calidad de aquella tierra i de la utilidad de ella i a saber i entender qué poblaciones ejentes bai en ella e qué cosas se crian e qué manera de vi- vir i Costumbres tienen los (pie la habitan, e si es isla e qué puertos hai cu ella e de qué manera se navega aquella costa i si bai mozones o corrien- tes e a qué parte o que curso hacen e qué manera de r< Iijion tienen e si son idólatras, e qué ma- nera tienen de gobierno e qué leyes i costum- bres e qué minas i metales e qué otras cosas que sean provechosas bai en la dicha tierra e si co- men carne humana e si hai o hubo entre ellos membria de nuestra relijion o de otra secta esi tienen reyes por elección o suceden por heren- cia o derecho de sangre e qué tributos pagana sus re} es i entendido e! secreto de todo i sabido lo susodicho nos enviareis relación de ello para que vista mandemos proveer en lo que tocansu población lo que viéremos mas convenir, i pro- veeréis que se tome posesión en nuestro nombre ■ ;,is tierras i provincias (pie caen en lademar- cación .;e la Corona de Castilla, poniendo sus cruces i señales i haciendo los autos necesarios! t rayéndoles por testimonio, los cuales nos envia- rais con |á dicha relación.—Fecha en la villa de Vallado! ¡da 29diaa del mes de mayo de 1555,- La Princesa -Refrendada de Ledesmu, i jeñu- UAk de! marquez Birviesca i Sarmienta YTaz- I qiicz Villagomez.— " Gomóse ve, esta real cédula, éstien'dc !;,. go- bernación de Chile hasta el estrecho de Hffaga- Kanes. Esa espresion envuelve en su ¡ronfido que ¡il occidente se le daba por límite el Phcífícp, i al oriente el mar del norte Las razones que tengo para afirman > asi, .-ion : ¡ |.° porque, como lo dice el señor Angel:- hablan- do de una frase análoga, (pie analizar* en su I tiempo i lugar, "no se necesita ser mui versado en los usos de aquella época, para saber que en I esta concesión se comprendía todo el t< rritorio ; que se abre tras de la línea bañada por el océa j no;" 2.° porque no se divisa ningún motivo para I que el monarca, adoptando uno de los límite.1? i que le proponía el conquistador Pedro de Val j divia, no adoptase los demás; 3.° porque, como I luego lo demostraré, García Hurtado de Afeudo Iza i sus sucesores lo entendieron tle esta mane ra, costeando i promoviendo espediciones qik recorriesen el estrecho en toda su estension des- de la mar del sud hasta la del norte; i 4." poi- que leyes posteriores, de (pie trataré mas adelan- te, confirmaron i ratificaron esta demarcación. Apoyado, pues, en la cedida copiada i en las -azones espuestas, puedo asegurar que en 155o ( arlos Vseñale» por límites al reino ls|iO«ielones reales que después de la conquis. ta lian confirmado Eos títulos primitivos «Ic a la soberanía tic la B*a — soberano. De manera que hasta 1661 tenemos cuatro leyes terminantes sobre límites, promul- gadas sucesivamente i a largos intervalos, i ¡a, cuatro adjudican a la gobernación de Chile, la Patagonia, el estrecho i la Tierra del Fuego. En 1770 el rei de España creó el virreinato de Buenos-Aires ; i al lijarle su territorio, le segre- gó a la capitanía jetieral de Santiago una porción del que ántes le estaba sometido. Pero basta leer la real cédula de erección para convencerse que en esa separación no estuvieron comprendida* ni con mucho, las comarcas cuya soberanía u pretende ahora disputarnos. Hé aquí copiadas testualmente las palabra» de ese documento referentes a la cuestión que nos ocupa. "He venido, dice el rei a don Pedro de Ceballos, en crearos, virrei, gobernador i ca- pitán jeneral délas provincias de Buenos-Aires. Paraguai, Tucuman, Potosí, Santa-Cruz déla Sierra, Charcas i de todos los correjimicnto?, pue- blos i territorios a que se estiende la jurisdicción de aquella audiencia, la cual podréis presidir, en el caso de ir a elia, con las propias facultadesi autoridad que gozan los demás virreyes de mis dominios de las Indias, según las leyes de ellas, comprendiéndose así mismo bajo de vuestro mando i jurisdicción los territorios de las ciu- dades de Mendoza i San-Juan del Pico, quehoi se hallan dependientes de la gobernación & Chile, con absoluta independencia de mi virrei délos reinos del Perú durante permanezcáis en aquellos países, así en todo lo respectivo al go- bierno militar como al político i superintenden- cia jeneral de real hacienda en todos los ramos i productos de ella." (N.° 1). (*) Como se ve, esta cédula solo le quita al reino de Chile las jurisdicciones de los ciudades de San-Juan i Mendoza. Por consiguiente, todo lo demás de su antiguo territorio le queda someti- do como ántes. Las otras provincias que el rei reúne para for- mar el nuevo virreinato pertenecían a otras de- marcaciones, que cuida de nombrar espresa- mente. La provincia de San Juan se estiende al nor- te de la de Mendoza; por lo tanto si determi- namos el límite austral de esta última durante el coloniaje, determinaremos al mismo tiempo el (pie la cédula de 1770 fijaba por aquel lado al reino de Chile. En una Memoria sobre esta materia pasada en 1849 al supremo gobierno por el intenden- te de Concepción don José María de la Cruz, ha- llo el siguiente parágrafo que determina el terri- torio de Mendoza, apoyándose en una autori- dad que nadie osará rechazar. "El mapa jeo- gráfico, dice, trabajado por eljeógrafo don Juan de la Cruz Cano i Olmedilla por orden del rei •le España, i publicado en 1775, fija con preci- (*) Este número i los demás que seguirán colocados dei mismo modo, indican los documentos justificativos ^orresponHientos.sion los límites de los reinos i provincias colonia- les. En este documento se ve que los de la pi0 vincia de Cuyo terminan al sud en el oríjen del rio Diamante, i que de este punto hacia el este, parte la línea divisoria hasta aquel en que el rio Quinto atraviesa el camino que se dirije tic Men- doza a Buenos-Aires, dejando comprendidas en la jurisdicción de Chile las naciones, tronco de los antiguos araucanos, calliueles, pampas, se rranos, idoquetes que habitan entre la emboca dura del rio Colorado i vasos de San-Andrcs en la costa patagónica (*)•'"' Corrobora la fijación de límites que con la au- toridad de Cano i Olmedilla hace a la provincia de Cuyo el intendente de Concepción, un man- damiento del oidor, juez de tierras vacantes de la audiencia de Santiago, por el cual ordena en 1730 a las justicias del partido del Maule poner en posesión a un señor Jirón de unos potreros situados en la falda oriental de los Andes, i fron- terizos a la provincia de Talca. Este mandamien- to suministra una prueba irrefutable de que los mandatarios provinciales de Mendoza, sometí dos entónces a la capitanía jeneral de Chile, no estendian su jurisdicción hasta mas allá délo que arriba queda señalado. El señor Angelis (*) El señor Angelis en un discurso preliminar que lia puesto a la Descripción de la Patagonia por Palkncr,&- ce, hablando de este mapa, "que nada ha visto que deje en problema su mérito." — :}<> — encontrará o«te escrito éntrelos documentos jus- tificativos (N.° 2). Don Sebast ian Undiano i Gnstelu en un pro- yecta de.traslación de las fronteras de liuenos-Ai- res, presentado a atpiel gobierno, según entien- do, al principio de este iiglo, en dos ocasiones, al nombrar el rjo Diamante, le agrega este califica- tivo, que corre desde la jurisdicción de Mendoza. Undiano debía saberlo muí bien, porque habia residido muchos años en aquel paraje, i habia emprendido diversas correrías de csploracion por aquellos lados. Es el señor Angelis quien ha publicado el citado proyecto en su Colección de obras i documentos. El dicho de Undiano apo- ya el testimonio oficial de Cano i Olmedilla. Vienen todavía a dar mayor fuerza a estos tí- tulos los actos de dominio ejercidos por las auto- ridades chilenas, en diversas épocas, i sin que nadie reclamara precisamente en las repones in- mediatas a la demarcación fijada, que me pro- pongo enumerar en el lugar correspondiente. Por todo lo dicho, secolejirá fácilmente que el límite austral del territorio de Mendoza era en la división colonial una línea imajinaria, tirada desde el oríjen del rio Diamante hasta el punto en que el rio Quinto atraviesa el camino de Bue- nos-Aires, i que en oonsecuancia la cédula de erección del vireiiiato, segregando del reino de Chile las provincias de San-Juan i Cuyo, dejó bnjo su jurisdicción la Patagonia, el estrecho en 'oda su ostensión i la Tierra del Fuego.— 40 — Le lei de 1 770 fué la última palabra de la me- trópoli con respecto a los límites de estos países. Desde entonces hasta la independencia no hizo en ellos ninguna variación. Si para decidir, pues, a quién pertenece la §0. beranía de las comarcas disputadas tomamos por regla la voluntad del monarca español, la cuestión indudablemente queda resuelta en favor de la república chilena. Somos los herederos de los antiguos colonos, i la Patagonia, el estrecho i la Tierra del Fuego forman una parte de nues- tro patrimonio, que siempre hemos mirado como nuestro bien, i a que nonos hallamos en disposi- ción de renunciar. IV. Actos de jurisdicción ejercidos en todo tiempo por Ins autoridades chilenas en la cstrrinitSad austral del continente americano. I Iicclict que manifiestan su celo en la administración de ese territorio. Chile no necesita mas títulos que Jos que dejo espuestos para justificar su dominación sóbrela Patagonia, el estrecho de Magallanes i la Tie- rra del Fuego. La corona de Castilla colocó esas comarcas bajo las autoridades de este pais desde los re- motos tiempos de la conquista hasta la época de la independencia. No uno solo de los monarcas españoles, sino varios de ellos i en fechas aparta* — 41 — das, comprendieron la rejion que ahora se pre- tende disputarnos en el territorio de la capitanía jeneral de Chile. Felipe III en 1609 al crear la audiencia de Santiago, FelipeIV en 166! al man- dar establecer la de Buenos-Aires, Cárlos III en 1776 al fijar los límites del virreinato del Plata, ratificaron lo que sobre este punto habia resuel- to Cárlos V en 1555 al espedir a Jerónimo de Alclerete sus despachos de gobernador, i Feli- pe II en 1573 al investir con igual cargo a Ro- drigo de Quiroga. Si los mandatarios coloniales no hubieran ejercido ningún acto de soberanía sobre ese vas- to territorio, en parte despoblado, en parte habi- tado solo por salvajes, no por eso habría dejado de estar comprendido bajo su jurisdicción. La voluntad espresa i terminante de los reyes que lo poseian por la fuerza de las armas i el de- recho de primeros ocupantes, lo habia coloca- do bajo su dependencia. El dominio de los chi- lenos sobre él era i es indisputable, aun cuan do no hubieran querido hacer uso de una de sus propiedades, aun cuando la hubieran des- cuidado i mirado con indiferencia. ¿Quién ha- liria tenido la insolente osadía de intentar arre- batarles uno de los bienes de su nación, so pre- testo de que no lo habían administrado como co- rrespondía? Pero esa incuria i ese descuido no son sino meras suposiciones que hago, a fin de mani- festar que bastarían solo los títulos enume- 6— 42 — rados para decidir la cuestión cu nuestro favor El gobierno colonial i el gobierno indepen diente han velado sobre esas comarcas hasta donde sus recursos se lo han permitido. Durante el coloniaje i durante la independencia los chile- nos las han considerado como suyas, i hán obra- do en ellas como señores. Han esplorado el es- trecho i loa mares inmediatos; han custodiado ese pasaje i las costas adyacentes para impedir que los estranjeros fundasen establecimientos por aquellos lados; han protejido a los misionero? que se proponían llevar la relijion a los bárbaros de las pampas; han hecho venir los jefes de las tribus trasandinas a nuestros parlamentos en se- ñal de subordinación ; han contenido con las ar- mas las fechorías de esos salvajes ; se han entro- metido en sus querellas intestinas ; han paseado sus ejércitos por esas rejiones incultas ; lian lie cho muchas de esas cosas después de 1610 i sin que nadie haya reclamado. Esos actos están demostrando que las autori- dades chilenas han mirado siempre la Patrn.™- nía, el estrecho i la Tierra del Fuego como colo- cadas bajo su poder ; i ¿cómo no mirarlas cuan- do leyes repetidas de la metrópoli así lo decla- ran con palabras precisas i significativas, queno dejan lugar a la duda mas lijera? Paso ahora a comprobar con hechos tomado- de documentos oficiales cada uno de mis ante riores asertos. Mas para evitar toda equivocación, declaro — 43 — antes de comenzar, que no considero la mayor parte de esos hechos como títulos de soberanía, i que esto i m u i distante de atribuirles semejante valor. La soberanía sobre ese pais, como sobre cualquiera otra de las antiguas provincias colo- niales de España, no puede sacar su oríjen si- no de una lei, donde esté consignada claramente la voluntad del monarca. Los actos accidentales i transitorios, como son un viaje de esploracion, el establecimiento de una misión, una espedicion contra los bárbaros, no constituyen títulos de ju- risdicción estable, ni para el virrei de Buenos- Aires, ni para el presidente de Chile. Su autori- dad sobre los territorios de su mando se deriva de un principio mas alto, la lei. Pero apesar de eso, voi a enumerar algunos de los mencionados actos, porque tienen también su importancia, aunque sea secundaria. Mani- fiestan que los mandatarios a quienes estaba en- comendada la administración de las comarcas australes de la América, no han faltado a su de- ber, i que su dominación no se ha limitado a las palabras de la real cédula que se la otorgaban. Esos actos no daban ningún derecho a quien con anticipación no se lo había concedido la lei; pe- ro consagraban i robustecían los derechos que estaban establecidos por ella. Este, i no otro es el alcance que yo les concedo.— 44 — Espediciones al estrecho i costas adyacentes dirija das por los capitanes jenerales de Chile para es- plorar esos parajes, i para impedir las colonias eslranjeras. Quedan narrados en otra parte los trabajos emprendidos por Pedro de Valdivia para el reco nocimiento del estrecho i costas que le están ve- cinas. He referido también la espedicion que con igual objeto despachó García Hurtado de Men- doza a las órdenes del capitán Ladrillero, i los importantes resultados que produjo esa espío- ración. El autor del viaje de la fragata Santa María déla Cabeza, después de hablar de esta última, agrega que a ella se siguieron varias otras, disputa- tas por los gobernadores del Perú i Chile; pero que todas estuvieron mui distantes de ser tan fe- lices en sus investigaciones como la de Ladrillero Es de advertir que este escritor ha tenido ala vista para componer su obra todos los archivos i bibliotecas españolas. Por consiguiente, su tes timonio merece respetarse. El hace ver que aun- que infructuoso, fué grande el empeño de los go- bernantes que sucedieron a Hurtado de Mendo- za para continuar los reconocimientos marítimos que éste i Valdivia habían iniciado. Pero la aten- ción preferente que se veian forzados a prestara la guerra contra los araucanos i la escasez de — 45 — naves i marineros les impidieron proseguir en la empresa con la constancia que al fin les habría traído el logro de sus deseos. Mas si las circunstancias les obligaron a sus- pender las espediciones destinadas a la esplora- cioii del estrecho i comarcas inmediatas, no así \ las dirijidas a desalojar de aquellas costas a los estranjeros intrusos que era de temer se fijaran en ellas. En distintas ocasiones los reyes españoles les comunicaron desde Europa los avisos que re- cibían de semejantes intentos, i lesordenaron que mandasen buques a cerciorarse de su verdad, i a rechazar a los advenedizos, caso de que en efecto se hubieran introducido en sus dominios. En 1075 por una cédula, fecha en Madrid a 25 de junio, la reina gobernadora puso en noticia de don Juan Henriquez, gobernador de este reí- no,que uno de los capitanesde lareal armada,re- gresando de Buenos-Aires, había declarado que se corría en esa ciudad que los ingleses habían fun- dado una colonia en laucqsta del estrecho, ala cual habían llevado hasta mujeres, i junto con darle la noticia le ordenaba que si fuera cierta, procediese a espulsar a los dichos ingleses, i que ademas de las providencias que él mismo adopta- se, ejecutara las que le dictase el virrei del Perú sobre el particular. (N.9 3.) En 1081 un memorial de los jesuítas hace sa- ber a la corte de Madrid que los incómodos in- gleses se han establecido, no ya en el estrecho, sino en la Tierra del Fuego. Como es natural, la--16 — córtese alarma, i busca como verificar al instan- te el denuncio. ¿Sabéis a quién se dirije para conseguirlo? Al gobernador de Chile, que es a quien correspondeel negocio, puesto que laestre- midad meridional de la América está compren- dida dentro de los límites de su jurisdicción. Por // J> uua c^dula le encomienda que tome informes so- ^ : ... *- bre la verdad del hecho i todos sus detalles, i pro- í ^ ponga los medios de arrojar a los estranjeroscon jtr.L ^ el ménos costo posible de la real hacienda (N.°4\ ¿A**/?* ** En 1767 los ajentes del gobierno español en Inglaterra vuelven a comunicarle que los habi- 4- C»r¿,f'l~-~ tantes de este pais se preparan a trabar relució- nes comerciales con sus subditos de América,i le remiten los datos que sobre el particular lian recojido. Al punto el ministerio de Indias se los trascribe al gobernador de Chile, para que se prevenga i ponga en guardia. Entre esos datos vienen algunos referentes a las negociaciones que los ingleses piensan enta- blar con los colonos del "Paraguai, i otros a las que proyectan con lo» indios de la Patagonia, del estrecho i ^de las islas adyacentes. Es claro que si estas últimas comarcas no hubieran esta- do bajo la jurisdicción del capitán jeneral, como lo estaban, semejante notificación habría sido completamente inoficiosa i sin objeto. (N.° 5.) Pocos años después se pusieron a la moda, por decirlo así, i recibieron todavía mayor empuje, estas espediciones de esploracion sobre las tierras inagallánicas i patagónicas. — 47 — Tocó que por entonces fuese gobernador déla plaza de Valdivia el coronel don Joaquín de Es- pinosa, hombre emprendedor, aficionado a las co- rrerías aventureras i en estremo celoso de la inte- gridad de los dominios de su soberauo. Este ca- ballero prestó oídos a las consejas de los misio- neros, a las hablillas del vulgo i a las aseveracio- nes mentirosas de los indios. Arrastrado por tan falaces testimonios, se dejó persuadir que exis- tían, bien sea al occidente, bien sea al oriente de los Andes, poblaciones de españoles, que escon- dían en la soledad su grandeza i opulencia. Según los inventores de estas maravillas, los fundadores de aquellas prodijiosas ciudades ha- bían sido náufragos, o reliquias escapadas de al- jgunos de esos grandes desastres deque no falta- ban ejemplos en la larga guerra contra los in- díjenas. Estos probablemente se habían para- petado detras de alguna fuerte posición del desierto, i habían levantado sus magníficas vi- iendas al abrigo de defensas naturales ; pero abian quedado aislados del resto de sus com- atriotas, porque al decir de los que creían n estos portentos, los indios los guardaban de ista, i para mantener su incomunicación tenian postados centinelas en las gargantas de las ai- puras que los rodeaban. El temor de ser esclavi- ados habia impuesto a los patagones silencio obre aquel secreto. Aseguraban que de padres lujos se juramentaban para no revelarlo, i que 3 que intentaban traicionar ese compromiso so-— 48 — lemne recibían la muerte. Los habitantes dt aquellas ciudades escondidas proveian a suexis- tencia con los productos de su industria, i comer. ciando con los indíjenas. Esas poblaciones de hadas habían sido bauti. zadas con el nombre imperial de los Césares. Los sostenedores de estas fábulas las bordaban todavía de otros agregados espléndidos, que ha. cian honor a su rica fantasía. Espinosa creyó a pié juntillas estos estupen dos prodijios. Reunió todos los testimonios que certificaban su efectividad; los consignó en espe- dientes autorizados por escribano publico; i ele- vó así lo que no era mas que una patraña de vie- jas a la categoría de un hecho verosímil. Sostuvo la posibilidad de sus presunciones con tantas pruebas i raciocinios, que logró imponer su convencimiento, no solo a la crédula multitud, sino también al capi,an jeneral don Agustín de Jáuregui, al ministro de Indias don José deGál- vez, al monarca mismo. Todos esos hombres de estado participaron de las ilusiones del coronel Espinosa, i les prestaron la autoridad de sus nom- bres. ¿Por qué no cerciorarse de si eran unaqui- mera o una realidad esas voces que repetían in- dividuos de todas las clases sociales?^ ¿Acaso ha- bían sido mucho mas poderosos los motivos de Colon para sospechar la existencia de la Amé- rica? Dos reales cédulas, fechadas en agosto i di- ciembre de 1774 aprobaron el pensamiento quf — 49 — habia indicado el gobernador de Valdivia de marchar al descubiiníento de los Césares, i orde- naron que se llevase adelante. Entusiasmado Es- pinosa con la aquiescencia de la corte, despachó una espedicion en busca de las misteriosas ciu- dades; pero la falta de víveres impidió que su destacamento fuese hasta muí lejos. Todo el fru- to que se sacó de esta primera tentativa, se redu- jo a colocar una guarnición en un fuerte situado alas márjenes del Rio Bueno. Esta medida tenia un triple objeto : resguardar una misión recien establecida en los terrenos del cacique Paillatan, asegurar la comunicación con la provincia de Chiloé i facilitar el paso hasta el cabo de Hornos. El pequeño resultado de esta espedicion no desanimó a Espinosa. Al contrario, persistió con mayor ardor en su proyecto favorito de descu- brir ciudades por aquellos desiertos. Su imajina- cion de poeta no las poblaba ya solamente con los establecimientos de los Césares, sino también con colonias que suponía habían fundado los eu- ropeos en las remotas costas de la Patagonia para fomentar el contrabando en los dominios de su Majestad Católica, i aun (todo podia temerse de semejante jente) para usurparle aquellas tierras poco vijiladas. A fin de que no se le tachase de visionario, daba por fundamento de su nueva presunción los di- chos de unos misioneros, que había hecho testifi- car judicialmente. Algunos de éstos le habían afirmado que vi- 7— 50 — niendo de España habían divisado en uno de I05 cerros del estrecho Le Maire un hombre embo- zado en una capa t>zul, con sombrero negro re- dondo , i una mujer igualmente vestida de azul, seguidos ambos de un gran perro negro i blanco; que esos dos individuos los habían llamado por señas; pero que el furor de ka mar embravecida les habia impedido aproximarse. Otros le habían participado que viniendo igualmente de la península se habian encon- trado, a la altura de 37 graduá de latitud, purla parte del sud, con una embarcación inglesa de dos palos, que les habia dicho se entretenía eu la pesca de ballena. Estos datos, agregados a las diversas correrías que se sabía de cierto habian practicado loses- tranjeros por aquellos lados, le hacían creer ínui probable que hubieran desembarcado eu esas playas solitarias, i hubieran echado los cimien- tos de una o varias colonias. Nada tiene de estraño cpie los que habian da- do íé a la quimérica existencia de los Cesara, admitieran las suposiciones del iluso Espinosa sobre los establecimientos europeos. El gobierno chileno participó inmediatamente a la córtelas nuevas sospechas del gobernador de Valdivia, i el reí con este motivo espidió dos cédalas fecha- das al mismo tiempo en Madrid, 29 de diciem- bre de 1778, por Jas cuales se encomendaba al celo del presidente de este reino el equipo i envío de las expediciones que debían ir al descula- ¿ /yy* — oi- miento de los Césares, i a espulsar a los estranje- ros íKb bubieran pisado la estremidad meridio- nal de la América. (N.°fl). Estas dos cédalas fueron confirmadas por va- rías otras, que sucesivamente i hasta 1783, estuvo dictando el ministe rio de Indias acerca de varias incidencias de este negocio. La muerte del coronel Espinosa, promotor i jefe de las espedieiones proyectadas, i otros im- pedimentos cuya relación no hace al caso estor- baron la realización del pensamiento. En 1782 el presidente de Chile, para cumplir con las órdenes del monarca, le pasó al fiscal Pé- rez de Uriondo los abultados espedientes en que estaba consignado todo lo relativo a esta mate- ria, i lepidio su dictamen. El señor Angelis ha publicado en su Colección de Obras i Documen- tos el informe fiscal con que Uriondo contestó al mencionado traslado. Al principiar ese escrito se leen estas palabras, que repite en seguida en otros parajes : "El objeto que las ha motivado (las espediciones de que he hablado) es descubrir si en las alturas que en este reino se miran, des- de los 40 grados hasta el estrecho de Magallanes i cabo de Hornos, hai alguna o algunas poblacio- nes de españoles o colonias de estranjeros, como por tradición de largos tiempos se nos ha anun- ciado." Esto i todo lo que queda relatado demuestra que la vijilancia del estrecho i costas patagóni- cas lia sido en todas las épocas una de las atri^— 5* — Lucio 11 es de las autoridades chilenas, como que esas comarcas estaban comprendidas dentro de los límites de su jurisdicción. Misiones. Apesar de la sangrienta i porfiada lucha que el gobierno colonial tuvo que sostener en Chile contra los indómitos araucanos, la conversión de ios indios pampas atrajo también su atención i le mereció grandes desvelos. Celosos misioneros, protejidos por su autoridad, salvaron las cordille- ras, i fueron a predicarla relijion de Cristo alos salvajes de las comarcas que se estienden desde la falda oriental de los Andes. Desde los tiempos de la conquista se fundó ba. jólos auspicios délos mandatarios chilenos una misión en Nahuelhuapi, lugar de la otra banda, situado a los 41 grados de latitud sud (*). Un le- vantamiento jeneral de los indíjenas ocurrido en 1655 obligó a desampararla; pero fué restable- cida quince años después por el jesuita Mascar- di, a quien los bárharos asesinaron cruelmente en 1673, durante una espedicion que habia era- prendido al estrecho de Magallanes. Sin acobardarse por la lamentable muerte de su coléga, los jesuítas continuaron sus predica- ciones en Nahuelhuapi, aunque con algunas in- terrupciones. En 1684 obtuvieron que el monar- u*H*Wí«*»b oíml/il >i itbtttifi 'i'!' '•' 1 ol''', (*) Informe cronolójico de las misiones del reino de Chile hasta 1789. rtilí ^>íi :>»> mili • >■ »t»*| > MU • lilMii ii l «un. — 58 — ca recomendase al gobernador de Chito qne^ácin diese a los dos relijiosos de la Compañía que ser-1 vían esta reducción con la congrua i socorro que se habia dado i daba a los de los otros partidos del reino." (N.° 7). En 1708 la junta demisiones que residía en Santiago mandó habilitar de firme la de Na- huelhuapi, i cinco años mas tarde una real cédu- la ratificaba esta disposición con la calidad de que se compusiera de tres sacerdotes i un her- mano coadjutor. Esa misma cédula ordenaba que se asistiese a aquella misión con doce indios de la reducción de Conuco por veinte años i con la limosna de quinientas tablas en cada uno> des- de el dia que se recibiese dicha cédula, para la fábrica de una iglesia decente i algunos apo- sentos para los relijiosos, la cual debía suminis- trarse miéntras durase la obra. La junta de mi- siones de Santiago, por un acta levantada al.' de marzo de 1714, dictó las providencias necesa- rias a fin de que se diese el debido cumplimien- to a esta resolución del monarca (N.°8). La misión siguió una marcha próspera hasta 1718, época en que algunos naturales, incomo- dados con la sujeción a que se les forzaba, la asal- taron, saquearon i quemaron dando atroz muer- te a los misioneros. Trasladóse entónces a Do- jell, reducción de la jurisdicción de Valdivia so- bre el rioTolten ; pero eran tantos los buenos re- sultados que habia producido en la anterior si- tuación, que en 1764 Juan Nepomuceno Walther.— 54 — procurador jeneral de los jesuítas en Chile, soli- citó se restituyera a su antiguo local. Uno dclog fundamentos que alegaba en favor de su preten- sión era que accediéndose a lo que proponía se facilitaba a los misioneros el pasaje para llegar hasta el estrecho, tras las huellas del venerable Mascardi. El presidente don Antonio Guül i Gonzaga, que gobernaba en aquella temporada este reino, no solo concedió lo que se le pedia, sino que es- pidió providencias verdaderamente paternata para que el proyecto de Waltlier no encontrara tropiezos en su ejecución (N.° 0). Pero no obstante su buena voluntad, el estra- ñamiento de los jesuítas, que sobrevino por enton- ces, hizo que hasta el dia continuara desiértala misión de Nahuelhuapi. Espero que estos hechos, consignados en docu- mentos oficiales i auténticos, convencerán ni se- ñor Angelis que el gobierno chileno no solo lia vijilado sobre el estrecho i las costas patagónica? para alejara los estranjeros, sino que también se ha esforzado por introducir el cristianismo entre los salvajes pobladores délas comarcas cuya po- sesión ahora nos disputa con tanta sinrazón. Parlamentos i espediciones militares emprendida en la Patagonia por las autoridades chilenas. Los indios de ta otra banda han reconocido siempre la soberanía drl gobierno chileno, en — 55 — cunnto era po¡=iblc que salvajes la reconociesen. Los bárbaros del lado oriental de los Andes han acudido constantemente a los parlamentos con- vocados por los presidentes de este reino o sus ajenies. Sus caciques i capitanejos han recibido con mucha frecuencia sueldo de nuestro tesoro. Los mandatarios chilenos han reprimido con las armas i la po ítica las depredaciones i latro- cinios, que esos indios hacían soportar a las ciu- dades i habitantes del verreinato de Buenos-Ai- res, i no a las ciudades i habitantes déla capita- nía jeneral de Chile. Esta última circunstancia debe tomarse en cuenta, porque es mui significativa. Esos actos de represión practicados por los c hilenos tendrían un valor mui diverso según que las mencionadas depredaciones i latrocinios recayesen sobre po- blaciones chilenas o sobre poblaciones arjenti- nas. En el primer casO serian actos de defensa ; en el segundo serian actos de jurisdicción. Sise hubiera verificado el primer término de esa al- ternativa, las autoridades de este reino habrían combatido tal vez contra un enemigo; verificán- dose el segundo, castigaban a subditos culpables. Si la Patagonia no hubiera sido una depen- dencia de Chile ¿por qué sus oficiales i sus tro- pas habrían atravesado por sobre las nieves de los Andes para ir a impedir que salvajes que no Ifs estaban sometidos robasen i asesinasen a in- dividuos que tampoco se encontraban bajo su Jftrforftociont Eso habría sido inconcebible. Iban— 56 — porque la administración deesa tierra estaba en- comendada al gobierno de Santiago, que por consiguiente era responsable de cuanto en el]a pasaba. Interviniendo en el espresado negocio los maudatarios de este pais, eran ajentes del monarca que cumplían con un deber, i nointru- sos que sin ton ni son se entrometiesen en la ca- sa del vecino. Me parece que hechos como los anteriores son pruebas bastante e3plícitasde la jurisdicción que los chilenos han ejercido sobre las rejiones tras andinas. Podría presentar numerosísimos ejem- plos de lo que digo, ocurridos ántes de la forma- ción del virreinato de Buenos-Aires; pero como no quiero alargar demasiado este trabajo, me li- mitaré a citar algunos de los que han acaecido después de 1776. En 1784 se celebró en Lonquilmo un gran parlamento. Entre los varios asuntos que se dis- cutieron i sancionaron en él, se encuentra el de la fijación de territorio para los cuatro butalma- pus, que forman muchas de las tribus sometidas a este gobierno. El historiador Molina tuvo la feliz idea de conservar en una nota de su obra el artículo que demárcalos límites del butalmapu de la cordille- ra. Dícese allí que pertenecen a la dicha demar- cación "los huilliches de Changol, los de Ho llontué i Bocachorroi hacia el austro, los puel- ches e indios pampas que caen al setentrion des- do Malalqné i fronteras de Mendoza, hnsta el — 57 — mn»ilmapu en las pampas dé Buenos-Air-es, -for- mando todos un cuerpo con los pehuenches i puelches del Maule, Chillan i Antuco." ' i Esta designación de territorio, como la mayor parte de los hechos que he aducido, es una prue- ba oficial de la verdad de mis asertos. Vese por ellas que las autoridades chilenas hacían i des- hacían en el pais que se estiende desde lá falda oriental de los Andes ; que señalaban linderos a los indios pobladores de aquellas comarcas^ i que les determinaban sus divisiones territorial les. Este e3 un acto formal de jurisdioeion, que no se habrían atrevido a ejecutar si la tierra donde se verificaba no les hubiera pertenecido* Todas las estipulaciones de los parlamentos eran sometidas a la aprobación del soberano. Si las autoridades chilenas hubieran traspasado sus facultades injiriéndose en una jurisdicción ajena, ¿no habría éste criticado al momento su conducta i correjido su error? .,. Hai cosas que no necesitan decirse. Basta enunciar simplemente un hecho como el que acabo de relatar, para que todas sus consecuen- cias resalten a la vista. A este argumento que no tiene réplica voi a añadir otro que .tampoco la tiene. Copio entre los documentos justificativos un oficio del capitán jeneral don Ambrosio O'Hi- gguis, que acabará de manifestar cuan cierto es todo lo que he avanzado en este parágrafo ÍN.MOV Ese escrito tiene-por objeto .comunican; 8— 58 — al rei el resultado de las negociaciones i campa, ñas que se habían emprendido desde 1784 hastn 17Í)2 para reducir a los huilliches de las pampas, i poner un coto a sus depredaciones. El primer período de esa interesante nota pa. rece haber sido dictado para resolver toda duda acerca de la pertenencia de la Patagonia. "El cuidado, dice en ella O'Higgins, de estorbarlas continuas irrupciones de los indios huilliches, puelches i otras naciones ultramontanas sobre los caminos i estancias de los partidos de Men doza, San Luis de la Punta, provincia de C6r dova i hasta las inmediaciones de Buenos-Aire? me empeñó casi todo el tiempo que serví laco mandancia jeneral de la frontera de este reino en tomar las medidas conducentes a sujetar a aquellos bárbaros i hacerles sentir nuestra fuer- za a pesar de su distancia/' Si la Patagonia no hubiera formado parte in- tegrante del reino de Chile, ¿se concibe que el comandante de la frontera, residente a este la do de la cordillera, se hubiera entretenido en f>-> ""^defender de los bárbaros a las provincias de Cu- yo, San-Luis, Córdova i Buenos-Aires? En la hipótesis del señor Angclis ¿lo natural no habría sido que las autoridades de los distritos indicados se hubieran ocupado esclusivamente en proveer a su seguridad? Cuando el comandante de la frontera de Chile i no los gobernadores de las provincias trasan dinas, era el que velaba sobre la conducta de los — 59 — indios limítrofes a ellas, claro está que los terre- nos que habitaban se hallaban sometidos a la jurisdicción del primero i no a la de los segui- dos. La intervención de O'Higgins no se com- prendería de otro modo. Hecha esta advertencia, prosigo en mi exposi- ción de las relaciones de este jefe con los huilli- ches. Para ello tomaré por guias su propio ofi- cio i un escrito de don Luis de la Cruz sobre ¿as costumbres de los pehuenches, publicado por el se- ñor Angelis, i que también trata de paso la ma- teria. El objeto que se proponia O'Higgins por blan- co de sus trabajos, era, como queda dicho, la su- misión de los pampas i la suspensión del vandala- je que hacian soportar a los pueblos de la otra banda. Deseaba realizar su proyecto ahorrando la sangre de los suyos, i economizando los des- embolsos del erario real. Para alcanzar ese gran residtado a poca costa, nada le pareció mas opor- tuno que proporcionarse aliados entre los mis- mos indíjenas, fomentar sus discordias intestinas, ¡someterá los unos por medio de los otros. Con esta intención estrechó sus relaciones con los pehuenches, colindantes de los huilliches i sus mas acérrimos enemigos. Les prodigó todos esos halagos que tanto influjo tienen sobre el co- razón del salvaje ; proveyó a la satisfacción de sus necesidades con la solicitud de un padre i los trato con la suavidad de un amigo; se ganó su confianza i su afecto, aparentando participar— Bo- de todas sus pasiones ;los enemigos de esos bár- baros fueron los suyos; les persuadió que abo- rrecía a los huilliehes tanto como ellos mismos; les permitió que los maloqueasen i obrasen en su contra con toda independencia. Esta política astuta surtió todos los buenos efectos qde O'Higgins habia calculado. Por un momento aun casi superó sus mismas espe- ronzas. -m'J ai '»!► »<»«! Los huilliehes, arrastrados por su encono con- tra los pehuenches, se pusieron celosos de la pro- tección que les dispensaba el comandante de la frontera, i desearon con ahinco conquistar para sí propios esa amistad que enorgullecía a sus émidos. Desesperaron de la victoria, i temieron por su existencia viendo que tan poderoso alia- do- ausiliaba a sus rivales. Estas consideraciones les indujeron a propo- ner, a O'Higgins que se le someterían. En 1784 Llanquitur, su mas afamado caudillo, se le pre- sentó cOn esta solicitud, seguido de seiscientos mocetones. La negociación estaba ya para con- cluirse, cuando el cacique la rompió pérfidamen- te. La repugnancia que sentía de renunciar ala independencia, su orgullo que se ofendía por dar a I09 pehuenches el espectáculo de su rendi- miento, sus hábitos de pillaje, pudieron sobre su alma mas que los consejos de la prudencia. El soberbio huilliche, como para lavar su de- bilidad de un momento, recomenzó sus correrías con lima empeño, ron ¡ñas crueldad, con mas fu- ,¡u (Jue antes Jo habia hecho. Losasaltosde este corsario de las pampas, ponera los españoles ,i los,' pehuenches fueron mus repetidos i terribles que nunca lo habían sido. If ■ • . ■fcnnnjin■ »" ""V"1 '"'""» ho»I .<>h >i i ,i i ,\u „% Los pehuenches a su vez se armaron para re- sistira sus contrarios. . . . .. . La guerra se encendió entre estas hordas bejí- cosas, sangrienta, encarnizada i acompañadla de todos sus horrores. Durante los anos üq tfffijresulta-, dos de la lucha fueron dudosos. La victoria no sej decidía ni por los unos ni por Jos otros. En oca- siones vencían los huilliehes, en otras eran de- rrotados. En este interválo ^jHijgjOMj^'^^{a'limítaSíp I a contemplar la lucha, i a favorecer. índíréctá-* I mente a sus aliados : pero hacia esta época, con-' jeturo que t>i los abandonaba a sus propias fuer- zas, iban probablemente; ^ ^.^umbir. Los1 pe- huenches eran inferiores en número a los húilíi- ■ -ii i iu. >r> ¡. i * i !#->-> 11<¡ .,r#i ches, ido los dos pueblos eran, quizá losj que ha- biansoportado los golpes mas rudos,^ que a la fecha habia pasado de comandante ele' mkj ..i) 'un'iif, .-ii- i ,'i' - íotiTm o«juji i;i trontera a capitán jeneial del reino, conoció que se hallaba en. la prepjsi(on de (tenderlesj jla, mano para sostenerlos con su poder. , í\\ i n7n'". «• rjiPTrrxj i I, t%\t ni tibiando en consonancia con esta convicción, envío de cuando en. cjuando a los^ indios amigos pequeños destacamentos de españoles que los re- 'orzasen con sus armas i con su táctica. Estoa¡ corfos ausilios bastaron para decidir la contien^— <Í2 — da en favor de los pehuenches. Desde que l0s hombres civilizados intervinieron en la guerra, los bárbaros de las pampas no hicieron mas que perder terreno. Los huilliches fueron derrotados en diversos encuentros ; sus tolderías, saquea- das ; su caudillo Llanquítur, degollado. Sin embargo, la muerte del jefe no puso tér- mino a las hostilidades. Los desastres avivaron el orgullo salvaje de los huilliches, en lugar de abatirlos. La conformidad no estaba en el catá- logo de las virtudes que cultivaban. Los recien- tes reveses, que les arrebataban sus primeras ventajas, despertaron en sus corazones una ne cesidad imperiosa de buscarles una compensa- ción en nuevos triunfos. Todas las tribus déla nación se aprontaron para el combate. Otros caudillos, no ménos arrojados i sanguinarios, reemplazaron a Llanquítur. La guerra volvióa encenderse con tanto furor, como¡si no hubiera sido precedida de otras campañas. Como la primera vez, los pehuenches abando- nados a sí mismos, principiaron por descalabros maso ménos serios, i sus enemigos por victorias mas o ménos brillantes. Como la primera vez, O'Higgins vino a poner sobre la balanza de la suerte la pericia i la superioridad de sus sol- dados. Los pehuenches, ausiliados~por los españoles, no tardaron en sobreponerse a sus adversarios. El 3 de junio de 1792 sorprendieron en Nuye galei las tolderías de seis tribus huilliches; las — 63 — atacaron de improviso ; mataron a cinco de"sus caciques i cincuenta i tres de sus parientes ; apre- saron un rico botin ; hicieron un gran numero de prisioneros, i dejaron a los contrarios en la imposibilidad de reponerse en largo tiempo. Luego que O'Higgin tuvo conocimiento de este triunfo decisivo, pensó sin tardanza en con- cluir por medidas administrativas lo que había comenzado por la fuerza de las armas. Después de lo que habia sucedido, creia que difícilmente ¿e presentaría ocasión mas oportuna para echar los cimientos de la civilización entre los bárba- ros de la Patagonia. A su juicio eran dos las providencias prepara- torias que debían adoptarse a fin de realizar en seguida ese gran pensamiento. Era la primera la comunicación espedita de las provincias de Chile con las de Buenos-Ai- res por el territorio que ocupaban los bárba- ros. Esto nos permitirá, decia O'Higgins, "des- cubrir sus situaciones, fuerzas, producciones i deinas circunstancias locales hasta jahora igno- radas." Era la segunda la fundación de establecimien- tos formales en la costa patagónica, sus puertos i rios navegables, "ántes que fuesen ocupados u ocultamente traficados por los estranjeros al fa- vor de la libertad que les proporcionaba el ejer- cicio de la pesca de la ballena en estos mares del suri partes orientales i occidentales de nuestra América meridional, como era de recelar, i qui-— 64 — zá otras resultas de sumo perjuicio, si entablasen comercio i trato,conlos indijenas," O'Hjggins consideraba tan urjentes estas pro. videncias que las propuso ala corte al mismo tiempo que le comunicaba eL resultado de la« guerrillas contra loshuillich.es. PJenaineute convencido de que los consejeros de la corona no dejarían de reconocer la fuerza de sus razones, se ocupó, mientras le llegaban instrucciones de Lspaíia, en disponer para su ejecución el ánimo délos indios, i con este inten- to, los convocó a un gran parlamento, a que de- bían concurrir todas las tribus indijenas de una i otra banda. Efectivamente, esta reunión solem- ne se verificó el 4 de marzo de 1793 en el campo de Negrete. .ohi?}i«tnHii?Mj ni.:- La corte de Madrid, por real cédula de l.°de octubre del mismo año, aprobó tanto los proce- dimientos del gobernador de Chile, como todas las indicaciones q^ie. le habia hecho, i le ordenó que en unión del virrei de Buenos-Aires le pa sase ala mayor brevedad los planos, datosein formes precisos para resolver lo "conveniente acerca de la comunicación espedita entre las ju- risdicciones de ambos (N.° 11). Los hechos documentados que acabo de referir son, una prueba del celo desplegado por las au- toridades chilenas para promover la civilización de los bárbaros de la Patagonia. Manifiestan también que su. soberanía sobre ese territorio no solo estaba escrita en ia lei, lo que habría sido — <¡r> — suficiente, sino que estaba ademas reconocida en la práctica. Ahora repito lo que ya he dicho. La interven- ción de O'Higgins en la lucha de los pehuenches i huilliches, i sus proyectos para alcanzar la pose- sión pacífica de las comarcas trasandinas, no son hechos aislados i sin antecedentes en la historia de nuestros capitanes jenerales. Podría enume- rar muchos otros análogos; pero siendo su fecha anterior a la fundación del virreinato de Buenos- Aires, me ha parecido que para evitar toda ob - jecion debía limitarme a recordar uno, cuya du- ración fué de varios años i que se verificó des- pués de 1776. El gobierno republicano ha obrado en los llanos que se estienden al otro lado de la cordi- llera, como habia obrado don Ambrosio O'Hi- ggins. Durante la guerra con los Pincheiras i las lu- chas posteriores contra los indijenas, los cuerpos del ejército chileno han atravesado los Andes en diversas ocasiones, i se han comportado en aque- llas tierras como si pisaran su propio territorio* porque tales las consideraban. El 14 de enero de 1832 el jeneral Búlnes de- rrotó completamente a los Pincheiras en las la- gunas de Pulauquien. De todos sus secuaces J-A. Pincheira fué el único que escapó, seguido de unos cuantos hombres. Para evitar que este bandido levantara de nuevo la bandera del van- dalaje, el jeneral chileno destacó inmediatamen- 9— 66 — te en su persecución varias partidas de a cien in- dividuos cada una, i compuestas por mitad de granaderos a caballo e indios amigos. Don An- tonio Zúííiga i don Pedro Aguilera eran quienes las capitaneaban. Estas partidas salvaron los Andes, i se internaron en las pampas. Pincheira huia lijero delante de ellas. Fué solamente entre los rios Latué i Salado donde consiguieron aco- rralarle i darle caza (N.° 12). Ladilijencia de nuestros soldados valió entón- ees a la república la aprebension de un malvado incómodo, i nos dejó un ejemplo de fresca data que oponer a las correrías practicadas por los go- bernadores tle Mendoza en la Patagonia duran- te el coloniaje i para defenderse de los bárbaros. Me parece que el señor Angelis, que ha invocado esos hechos como tan decisivos en la cuestión, no dejará de dar igual valor al que acabo de apuntarle. Este mismo Záñiga recibió órden en 1834 de invernar allende la cordillera, a fin de que im- pidiera las rapiñas de los muluches, que con el propósito de robar se habían trasladado allá en pelotones. Esa órden está firmada por eljene- ral Bálnes, i Záñiga le dio sin ningún obstáculo entero cumplimiento (N.° 13). En conclusión voi a proporcionar al señor Angelis copia de un documento que tiene pw fecha 8 de noviembre de 1830, i por firma e! nombre de don Juan Manuel Rosas, gobernador i capitán jeneral de la provincia de Buenos-^ — 67 — res. Nadie negará que este señor debia estar mui al cabo de cuáles eran los límites del territorio arjentino ; el señor Angelis ménos que cualquie- ra otro. Por consiguiente, su testimonio es de una alta importancia en el asunto. En la época referida, ese Záñiga, que ya he nombrado, pertenecía a la pandilla de Pinchei- ra, i acaudillaba una de sus montoneras. El je- neral Rosas manten i a relaciones mui cordiales con estos guerreros de las pampas, iseguia con ellos una correspondencia sostenida. En un ofi- cio que pasó a don Antonio Záñiga, caporal de las bandas de Pincheira, se encuentran estas palabras : "Las guardias que pertenecen a esta provincia de mi mando i a la de Santa Fe, i que es necesario que respeten ustedes como cosa sa- grada, son Patagones, Bahía-blanca, Tandel, Dolores, Chascomuz, Ranchos, Monte, Lobos, Navarro, Lujan, Fortín de Areco, Salto, Perga- minos, Rojas, Mercedes i Melincué. Esto es la línea de adentro. La de afuera corre desde la Bahía-blanca a Trimosí, i de Trimosí a la Cruz de Guerra, de la Cruz de la G uerra al Potroso, i del Potroso a Mercedes i Melincué; cuya línea e9 igualmente necesario que la respeten uste- des, como lo mas sagrado con todas las estancias que están dentro de ella." (N.° 14) El mismo hombre que en 1830 fijaba con tan- ta precisión i minuciosidad los límites australes del territorio arjentino, es el mismo que en 1848 liaeievado por una contradicción inesplicable el— 68 — primer reclamo desconociendo los títulos «.le Chi- le a la posesión del estrecho. V. Refutación «le los pretendidos títulos que el H. ñor Angclii alejen para sostener la soberanía I dominio de la Confederación Arjentina mi nrc la estreinldad austral del continente ante rlcano. La cuestión que forma el objeto de este trabajo tiene dos aspectos. Cada una de las dos partes contendientes debe presentarlos títulos que apoyan sus pretensiones a la soberanía de la extremidad austral de la América, i debe a la vez demostrar la falsedad de los que alega su contrario. Esta tésis, como cualquiera otra, consta naturalmente de prue- ba i de refutación. No basta esponer las razo- nes que favorecen a Chile o a la república ar jentina, i desentenderse de las que son adver sas a uno u otro de estos dos estados. Es pre- ciso examinar con cuidado los fundamentos que se aducen por ambos lados, compararlos entre sí, estimar su verdadero valor, i después de esta operación, dar con toda imparcialidad Ja justi- cia, a quien la tenga. Este procedimiento es tan obvio i razonable, que no necesita siquiera que se le justifique. B la manera común i vulgar de dilucidar todo Üt¡' jio. Solo se ven forzados a separarse de este me — (39 — todo sencillo i trillado aquellos que sosteniendo una paradoja, no pueden mirar Una cuestión bajo todas sus fases, porque eso desbarataría sus sofismas i descubriría el cimiento de arena sobre que han levantado suTalsa argumentación. Gracias a la bondad de la causa que defiendo, no me encuentro en ese caso. No esquivo nin- gún jénero de combate, i voi a cualquier terreno que me lleven. En lo que precede, he manifestado los títulos incontestables que evidencian la soberanía de Chile sobre el estrecho de Magallanes en toda su estension, la Patagonia i la Tierra del Fuego. Pero con esto no doi por terminada mi tarea. Me falta todavía hacer patente la nulidad de los pretendidos títulos con que el señor Angelis ha intentado en su opúsculo arrebatarnos la posesión de aquel territorio para adjudicársela a la Con- federación del Plata. Felizmente me será tan fácil esta parte de mi obra, como me ha sido poner a su vista la fuerza incontrastable de los derechos consagrados por el tiempo i la razón, que tan sin ningún resulta- do ha procurado oscurecer. Si para conseguir lo primero, solo he tenido que abrir la Recopila- ción de Indias i el Cedulario Real, paralo segun- do me basta leer su Memoria i los documentos que le ha adjuntado. A fin de dar a su escrito algún viso de verdad, el señor Angelis principia por negar que Chile pueda presentar algún título que justifique su— 70 — soberanía sobre la estremidad austral del conti- nente americano. En varios pasajes vuelve sobre este punto, i provoca a que se le desmienta. La imposibilidad en que supone a Chile de apoyar con razones de justicia lo que él llama su usur- pación, es precisamente el primero de sus argu- mentos en favor de las opiniones que emite. Esta negación atrevida ha ahorrado mucho trabajo al señor Angelis, i le ha permitido com- poner su obra. Sin ella se habria visto obligado a refutar lo que no tiene refutación, i a tratar de hacer prevalecer sobre leyes claras i terminan- tes algunas miserables frases, de sentido ambi- guo i de espresion poco correcta, intercaladas en las providencias administrativas del ministerio de Indias. Por mucho injenio de que el cielo le haya dotado, eso le habria sido imposible. ¿Có- mo sostener, que no pertenecía a la capitanía je- neral de Chile un territorio que los monarcas es pañoles habían puesto bajo su dependencia por leyes sucesivas i dictadas a largos interválos des de la conquista hasta la revolución ? Permítame el autor de la Memoria atribuirá un espíritu de paradoja la negación de un hecho cuya existencia es difícil que ignorase un anti- cuario como él. ¡Qué! ¿Un hombre que ha escu- driñado todos los archivos del virreinato de Bue- nos-Aires, no habria tropezado con la cédula de erección, donde está determinado el territorio que le corresponde7 ¿Un hombre que ha desen- terrado para esta cuestión tantos documento?, — 71 — entre los cuales hai algunos que no vienen al ca- so sino porque se nombra en ellos el estrecho de Magallanes, no habria tenido la advertencia de consultar la Recopilación de Indias, para ver las disposiciones sobre límites que ese código en- cierra ? No es probable que el señor Angelis sufriese tan estraño olvido ; pero sí es probable que se abstuviese de tomar en cuenta esos títulos, que deciden la disputa, porque no tienen réplica. Si hubiera hablado de las leyes mencionadas, no habria podido componer su Memoria. No hallando cómo refutar los títulos de su ad- versario, ha tomado el arbitrio de negarlos, i ha pasado a aducir las razones que él considera favorables a su opinión. Ha suprimido la refuta- ción, i se ha contentado con la prueba. Por po- derosos que fuesen los argumentos que alegase, ¿no quedarían desvanecidos con esta sola circuns- tancia? ¿Qué fuerza podrían tener, si no alcanza- ban a destruir los que se producían para probar lo contrario? Cuestión que no puede ser mirada bajo sus dos fases principales, está perdida. Un escrito de controversia, que no se atreve a examinar todos los hechos, puede ser una paradoja injeniosa, pe- ro no una obra seria. Es este un vicio que mina por su base la Memoria del señor Angelis. Pero hagamos abstracción de la indicada su- presión, i pasemos a examinar las pruebas que ha recojido.— 72 — Uno las lee con sentimiento. No puede ménos de lamentar que el autor haya gastado tanto tra- bajo i sacado tan poco provecho, no por falta su- ya, sino porque su causa es mala. A pesar de sus esfuerzos, su sinrazón resalta a cada pajina. Se percibe desde luego, que él ha sido el primero en conocer la debilidad de sus argumentos No puede disimular su deseo de que el lector los re- corra rápidamente i sin demorarse en estudiar- los. Todo su empeño se dirije a agrupar sus pruebas mas bien que a individualizarlas. Se es- fuerza por que su multiplicidad supla por un va- lor que en sí no tienen. Funda todas sus espe- ranzas de triunfo en el deslumbramiento que pueda ocasionar el grande aparato de erudición que ostenta. Así, suesposicion no es mas que un conjunto confuso de citas i de hechos entrelaza- dos con una especie de resumen de la historia de España, cuya oportunidad ne es mui evidente. Quiere hacer creer que sus pruebas son mu- chas, cuando en realidad son mui reducidas. Ha obrado como esos jenerales que escasos de sol- dados desean sin embargo imponer al enemigo con un despliegue de tropas que no tienen, i pa- ra conseguirlo recurren al ardid de disfrazar con armas i uniformes a cuantos les rodean, inclusos los vivanderos i conductores. Solo de este modo llego a esplicarme cómo el señor Angelis ha intercalado entre sus pruebas algunos hechos que no presentan la mas lijera apariencia de tales. Únicamente el propósito de — 73 — ofuscar con el bulto podría revelarnos el oríjen de razonamiento tan descabellado. Nadie ignora que el territorio en cuestión está poblado por hordas salvajes. Esos bárbaros re- conocen la soberanía de las autoridades españo- les; pero la reconocen como bárbaros, sin adoptar las costumbres de los cristianos, ni respetar las leyes que rijen a los otros colonos. Por eso en todo tiempo han acometido a los viajeros, i algu- nas veces aun han asaltado las ciudades mismas. El robo i el pillaje entran para ellos en el catálo- go de las cosas permitidas. De aquí resulta que la responsabilidad de los mandatarios por la conducta de los subditos de esta especie, no es la misma que por la conducta , délos subditos civilizados. Están obligados a re- primir sus demasías ; pero hallándose esos bár- baros en condición diferente que los demás habi- tantes, lot» medios de acción de un gobierno son mucho ménos eficaces sobre ellos, i por lo tan- to se disminuye su responsabilidad por los pro- cedimientos de esos individuos, colocados en cir- cunstancias especiales. De lo dicho se sigue lójicamente que los países limítrofes, que sufren los perjuicios, tienen de- recho para evitarlos por sí mismos, miéntras el soberano de la tierra se encuentra en estado de impedirlos. Estos principios que se aplicarían sin dificul- tad de nación a nación, ofrecían todavía ménos '^convenientes tratándose de dos provincias de 10_ 74 — un mismo reino, como eran la capitanía jeneral de Chile i el virreinato de Buenos-Aires. Los indios de las pampas saqueaban los fun. dos rústicos, mataban a sus pobladores i muchas veces no perdonaban las ciudades. El presiden- te de Chile, de quien esos salvajes dependían, es- taba mui distante, i no podía frecuentemente acudir con la oportunidad precisa para escar- mentarlos. Nada mas natural que el que los gobernadores de Mendoza, San Luis i demás poblaciones ame- nazadas tomasen sus precauciones para evitar el peligro, i que persiguiesen hasta donde les alcan- zasen sus recursos a esos indios, beduinos de las .pampas, que talaban las haciendas i asesinaban a los indefensos habitantes. La imperiosa lei de la conservación les trazaba tal procedimiento. Para ellos era un deber velar por la seguridad de sus subditos i castigar a los criminales que venían a turbar el sosiego público dentro de los límites de su jurisdicion. Pero a nadie se le ocu- rriría que los actos de esta especie constituían otros tanto3 títulos de soberanía sobre las tierras ocupadas por esos bárbaros. Solo el señor An- gelí», apremiado por la escasez de pruebas, po- día presentar como fundamentos de su tesis las espediciones que los gobernadores de las dichas ciudades emprendieron para contener las incur- siones de los salvajes. Supongamos que esos bárbaros hubieran per- tenecido, no a una provincia del mismo reino, — 7ó — como sucedía en este caso, sino a otro reino. Los gobernadores de ¡Mendoza, San Luis i demás ciudades ¿no habrían tenido derecho para corre- tearlos i perseguirlos hasta sus tolderías, siempre que ellos hubieran ido a molestarlos? Nadie por cierto les habría negado un derecho que les ga- rantía la lei natural; pero nadie tampoco habría mirado ese acto de defensa como un título de soberanía, escepto el señor Angelis, que en su pe- nuria de argumentos para fundar su paradoja, ha entresacado de las crónicas del coloniaje cuantas incursiones de esta clase han llevado a cabo las autoridades arjentinas, i ha consignado en su Memoria hasta las mas insignificantes i oscuras, como si fuesen hechos decisivos en la cuestión. ¿Sabe el señor Angelis, ya que hablamos de estas cosas, qué espediciones conviene recordar para aclarar la disputa? Las que enviaba con- tra los huilliches allende la cordillera don Am- brosio O'Higgins, no para amparar las ciudades o los campos de su mando, sino para defender las ciudades i los campos que formaban el vi- rreinato de Buenos-Aires. Esas sí que son deci- sivas en la cuestión, i esas sí que suministran un argumento al cual no le hallará fácilmente una respuesta. Esas demuestran que el territorio de que se trata estaba bajo su jurisdicción, puesto que se tomaba el trabajo de procurar la tranqui- lidad de unos indios que ningún agravio le infe- nanique no le causaban ningún mal.-76- Pero las espediciones de los gobernadores de Mendoza, San Luis i demás ciudades no prue. ban sino que eran atacados i que se defendían; que los indios iban a robar sus haciendas i a degollar a los colonos ; i que ellos, como manda- tarios encargados de protejerlos, adoptábanos precauciones para estorbarlo. Esos no son actos de soberanía ; son actos de defensa, que de nin- gún modo significan lo que se pretende hacerles significar. ¿Mas qué tiene de estraño que el señor Ange- lis haya mirado estas espediciones como buenos argumentos para su causa, cuando presenta co- mo título respetable un florón de retórica arro- jado en una proclama, seguramente sin ninguna intención? Sucedió que en 1834 el jeneral de una espe- dicion arjentina dirijida contra los bárbaros dijo en una despedida a los soldados al concluir la campaña. "Hace dos meses que perdisteis de vista vuestros hogares para internaros en las yermas i vastas pampas del sud. Habéis operado activamente i sin cesar todo el invierno, i termi- nados los trabajos de la campaña en un año, co- mo os lo anuncié al tiempo de vuestra marcha. Vuestras lanzas han despoblado de fieras al de- sierto ; han castigado los crímenes i vengado los agravios de dos siglos. Las bellas rejiones que se estienden hasta las cordilleras de los Andes, i las costas que se desenvuelven hasta el afamado Ma- gallanes, quedan abiertas para nuestros hijos- — 77 — En esta óltima frase de sentido vago encuen- tra el autor de la Memoria consignado el derecho de la Confederación Arjentina a la soberanía del territorio que se estiende hasta el estrecho. ¿Pe- ro qué derecho se consignaba, si no existia nin- guno? Antes de dar como cosa seria una bala- dronada de proclama, debe probar que ese dere- cho existia, i eso estoi cierto que no lo consegui- rá por mas que se empeñe. Pero todavía es mas inaudito que estos argu- mentos el que deduce el señor Angelis de aquel famoso parlamento que en 1816 celebró San- Martin con los pehuenches para ocultar su itine- rario al presidente Marcó del Pont. Este parlamento es una vieja i graciosa histo- ria que ha hecho admirar a todo el mundo la es- traordinaria sagacidad del jeneral arjentino, pe- ro del cual solo al autor de la Memoria estaba reservado hacer un título de soberanía. Deseoso San-Martin de desorientar a los rea- listas chilenos sobre cuál de los seis boquetes de la cordillera elejiria para pasar el ejército liber- tador, convocó a los caciques pehuenches al fuer- te San-Cárlos para agasajarlos i rogarles que diesen a sus tropas pasaje por sus tierras. Efec- vamente,los indios concurrieron, aceptaron cuan- tos obsequios se les hicieron, concedieron cuan- to se les pidió, prometieron guardar el mayor si- jilo ; i en seguida, impulsados por su duplicidad instintiva, fueron a comunicarle a Marcó todo lo que habia acaecido. Era eso lo que habia calen-— 78 — lado i lo que deseaba San Martin. Engañado p0r este denuncio, se persuadió el presidente que el ejército vendría por el sud mas bien que por el norte, i obrando bajo esta equivocada suposición, todos sus planes le salieron errados, ¿Quién lo creería? El señor Angelis se apoya en este suceso para sostener sus avances. Para él un ardid de guerra es un acto de jurisdicción; una tramoya ejecutada en una época de levo- lucion, cuando todos los resortes gubernativos estaban desarreglados, es un título de soberanía. Si ésta fuera una razón admisible, podria pre- tender que Colchagua estaba sorrjetida a Men- doza, porque en esa provincia don Manuel Ro- dríguez levantó de órden de San Martin una montonera, sublevando todas sus campiñas en contra de la dominación española. Esta manera de argumentar hace ver que las pruebas no le sobran, i pone de manifiesto que, como dije al principio, ha querido suplir por el número de hechos que él pretende favorables para sí la importancia i el valor que absoluta- mente les faltan. No puedo esplicarme el empleo de semejantes razonamientos de otra manera que atribuyéndo- los al deseo de alucinar con el número, ya que no con la fuerza de las razones. Pero si tal ha sido la intención del señor Angelis, ha abusado singularmente de su espediente. Estos hechos in- tempestivos i ajenos al asunto, que llenan la mi- tad de su Memoria, denuncian la pobreza de sus — 7¡) — medios de defensa. Lejos de aprovecharle, no hacen mas que poner al lector en el secreto de sus apuros para dar algún barniz de justicia a la mala causa que sostiene. Mas entreguemos al viento toda esa paja que tanto abunda en el escrito del señor Angelis, i veamos si el poco grano que envuelve es siquiera de buena calidad. "El mas antiguo historiador del gobierno de Buenos-Aires (Rui Diaz de Guzman, autor de la Arjentina), dice la Memoria, en la descripción que hace de su territorio, afirma que el rei le concedió cuatrocientas leguas de costa sobre el mar desde la Cananea en la frontera del Brasil hasta el estrecho de Magallanes ; i no se necesita ser muí versado en los usos de aquel tiempo, pa- ra saber que en esta concesión se comprendía todo el territorio que se abre tras la línea baña- da por el océano." Al fin esto tiene conexión con la cuestión ; pe- ro seguramente el testimonio del autor de la Ar- jentina no se la hará ganar al señor Angelis. El simple dicho de un cronista no puede in- validar la disposición de una lei. ¿A qué se dará mas crédito en materias como ésta, a la palabra de Rui Diaz de Guzman, o al tenor de la real cédula que confiere el gobierno de Chile a Je- rónimo de Alderete, estendiendo su jurisdicción hasta el estrecho de Magallanes? Lea el señor Angelis esta pieza, que dejo copiada en otra par- te, i decida.— 80 — Aun cuantióla aseveración del autor de laAr jentina fuera cierta, lo que está mui lejos de ha liarse comprobado, la cédula de 1609, que señaló por jurisdicción a la audiencia de Santiago el re¡. no de Chile, i todo lo que se pacificare i poblare dentro i fuera del estrecho de Magallanes i Ia tierra adentro hasta la provincia de Cuyo inclu. sive, posterior en fecha a la concesión de que ha ce mención Rui Diaz de Guzman, habría ¡* cuestionablemente derogado esta última, aun da do caso de que fuese efectiva. He llegado en fin al argumento principábala razón mas poderosa en que funda el señor Ange- lis la soberanía de la Confederación Arjentina sobre el continente americano. Consiste ésta en varias reales cédulas por las cuales en distintas ocasiones se ha encomendado a los gobernadores i virreyes de Buenos-Aires, bien sea la protección de los misioneros que par tian para aquellas remotas comarcas, bien seael envío de espediciones esploradoras, (bien sea la fundación i administración de algunos estable- cimientos en la Tierra del Fuego o en las costas patagónicas que baña el Atlántico. Estos son los títulos que a juicio del señor An- jelis consagran incuestionablemente los derechos de la república arjentina a la posesión del terri- torio disputado. Si esas tierras no se hubieran hallado bajo la dependencia de los gobernado- res de Buenos-Aires, ¿cómo se les habría encar- gado, dice, el apresto de espediciones, la planta- — 81 — cion de colonias i el cuidado de promover la ci- vilización en aquellos lugares? Ciertamente tal raciocinio habría sido fuerte si el virreinato del Plata i la capitanía jeneral de Chile hubieran sido estados independientes, i no meras provincias de un mismo reino. En esa su- posición no se habría concebido que los majis- trados de Buenos-Aires se hubieran entrometido del modo indicado en un territorio que no les pertenecía. El hecho solo de haberlo ejecutado sin contestación i sin reclamo habria sido una poderosa prueba de que ese territorio estaba comprendido en los límites de su jurisdicción. Pero la suposición es falsa, i de todo punto inadmisibre. Durante el coloniaje, Méjico, Ve- nezuela, Nueva-Granada, el Perú, Chile i Bue- nos-Aires eran provincias que estaban sometidas al mismo soberano, que imperaba sobre todas ellas como señor absoluto. El virrei del Plata era tan subalterno suyo, como el gobernador de Chile. Por consiguiente, nada le impedia ordenar al primero o al segundo que desempeñase cual- quiera comisión en el territorio del otro. Era el amo i podia mandar. Pero eso no quería decir que alterase las de- marcaciones territoriales que por leyes termi- nantes habia señalado en el mapa de sus domi- nios, sino que en un caso dado, el capricho o la conveniencia pública le aconsejaban encomen- dar tal negocio al celo de cualquiera de dos em- pleados, que eran sus subalternos, sin atender a 11— 82 — en cuál de sus provincias iba a llevarse a cabo No es esto un rasgo característico de la admi- nistracion española. Es una cosa que está suce- diendo todos los dias en los países de constitu- cion unitaria. En Chile, por ejemplo, ocurrcque el presidente encarga a un intendente un asun- to que debe efectuarse, no en la provincia de su mando, sino en otra, sin que se entienda por es ta circunstancia accidental que se modifican en lo menor las divisiones territoriales que ¡rehallan establecidas. Esto mismo i con mayor razón sucedia du rante el coloniaje en la América, patrimonio en- tónces de un monarca absoluto, cuya voluntad era lei. Es preciso no olvidar que en aquella épo- ca el Nuevo Mundo componía un vasto reino, que estaba dividido en diversas provincia?, lla- madas virreinatos o capitanías jenerales ; pero que todas dependían de un solo señor. Todas esas tierras eran dominio suyo; todos los mag- nates que las rejian, eran sus subditos. Ninguna traba le prohihia que hiciera injerirse a uno de sus gobernadores en la jurisdicción de otro, siempre que lo tuviera por conveniente. Habría sido ciertamente inconcebible i ridícu- lo que por respetar las demarcaciones que liabia trazado en sus propios estados, hubiera dejado de ahorrar en muchas ocasiones dinero, tiempo I incomodidades. Hatea asignado la Patngonia i las tierras nía gaWánicas a su gobernador de Chile ; pero ¿eso — 83 — le impedía acaso encomendar a su gobernador de Buenos-Aires la ejecución de ciertas órdenes en ese territorio? Esa injerencia accidental del gobernador de Buenos-Aires en el territorio chi- leno ¿importaba una alteración de límites? Para responder a tales preguntas no se nece- sita mas que buen sentido. Los jesuítas se proponen catequizar a los sal- vajes de las pampas. Con este fin solicitan del rei una escolta para su seguridad, un ausilio pecu- niario para su manutención. ¿Por conservar entre sus empleados un des- linde inviolable de jurisdicciones, que no tendría objeto, el monarca hará que esa escolta vaya desde Chile atravesando millares de leguas, i permitirá (pie esos misioneros emprendan una peregrinación de meses para venir a cobrar sus congruas en la tesorería de Santiago? No lo hará ni lo permitirá, porque eso seria estúpido. Mandará que la escolta parta de Bue- nos-Aires, distante solo cincuenta leguas de la misión, i que los jesuítas cobren su pensión en esa ciudad. Pero ¿álguien sin estar dominado por una afec- ción particular podría considerar esta providen- cia transitoria como una modificación en las de- marcaciones juridiccionales? Es asombroso que el señor Angelis haya pre- sentado hechos de esta clase como argumentos serios de su opinión. Es estraordinario que haya confundido meras disposiciones administrativas— 84 — con la9 designaciones estables de jurisdicciones. Solo la necesidad de defender una proposición insostenible puede haberle hecho incurrir en una equivocación tan crasa i evidente. El exámen mas superficial de la mayor parte de las comisiones ad hoc que él quiere convertir en títulos de soberanía, descubre que motivos especiales hacían de los gobernadores o virreyes de Buenos-Aires sus ejecutores necesarios. Casi todas ellas han sido confiadas a las autoridades de esa provincia, porque circunstancias deternii. nadas les facilitaban su realización, miéntras que para las de Chile habría sido en estremo cos- tosa. Esto que resalta a la primera observación, de- bería haber manifestado al señor Angelis su ca- rácter transitorio. Por causas pasajeras, el reí ha concedido a sus subalternos del Plata un domi- nio pasajero, irestrinjido solo a tales actos, sobre unas comarcas, que de fijo tenia adjudicadas a otro de sus subalternos. Cesando esas causas cesaban naturalmente los efectos que ocasiona- ban, i el territorio le quedaba siempre a quien primitivamente le habia sido señalado. Para hacer patente esta observación, voí a recorrer algunos de los casos que ha enumerado el señor Angelis, como si fueran argumentos muí fuertes en favor de su tésis. En 1744 dos comerciantes o armadores de buques, don Francisco García Huidobro i don José de Villanueva Pico, solicitan del monartf — 85 — ciertos privilejios i esenciones comerciales bajo la condición de conducir en sus naves a los jesuí- tas que se proponen ir a hacer misiones a los in- dios quo habitan la costa patagónica desde el ca- bo San Antonio hasta la entrada del estrecho de Magallanes. El cargamento para el cual estos dos caballeros piden franquicias, va destinado al puerto de Buenos-Aires. El monarca admite sus propuestas; pero Villanueva no llega a tiempo con su nave, i Huidobro se ve precisado a partir con la suya, renunciando a la gracia concedida para no perder la oportunidad de la estación. Entónces el rei ordena al gobernador de Bue- nos-Aires que tenga una conferencia con Huido- bro, i que procure se efectúe la espedicion de que éste habia hablado, concediéndole, si fuere preciso, alguna ventaja, que le compense la que por la demora de Villanueva no ha logrado. Si Huidobro rehusa, encarga el reí al gobernador de Buenos-Aires, que busque como realizar de cualquiera otro modo el pensamiento. La real cédula, cuyo contenido acabo de es- tractar fielmente, es para el señor Angelis un tí- tulo de jurisdicción. Pero no se necesita mucha reflexión para convencerse de que únicamente contiene una comisión ad/toc, cuyo desempeño solo a aquel funcionario le era fácil. Huidobro se encaminaba al puerto de Buenos- Aires. ¿Cómo quiere el señor Angelis que aun cuando la Patagonia estuviese, como lo estaba, bajo la dependencia del gobernador de Chile, el— 86 — rei sedirijiese a este para que conferenciase con una persona, de la cual le separaban centenaresde leguas? Lo natural era que diese el encargo a aquel de sus subalternos que se hallaba en situación dé ejecutarlo, i eso fué precisamente lo que hizo. En caso de que Huidobro no admitiera, era todavía el gobernador de Buenos-Aires quien debía buscarle reemplazante. En primer lugar estaba ya en antecedentes, i en segundo los mi sioneros pertenecían a los jesuítas de laprovin cía del Paraguai, que necesariamente habían de embarcarse en el puerto de su mando. Por consi- guiente, el buque no podia contratarse ni equi- parse en otro punto. Solo a un loco se le habría ocurrido, a fin de conservar una independencia absoluta entre las provincias de un mismo reino, preparar en el océano Pacífico una nave que debería en seguida doblar el peligroso cabo de Hornos para ir a recibir sus pasajeros en el océa- no Atlántico. ¿Habría el señor Angelis tenido por cuerda tan peregrina idea? Ya fuese que Huidobro aceptara la propuesta, ya fuese que la rechazase, el gobernador de Bue- nos-Aires era por su posición quien estaba de signado para correr con la ejecución del men donado proyecto. Su injerencia en este asunto no significa, pues, de ningún modo que la costa patagónica estuviera comprendida en sus límites jurisdiccionales, i sí solo que tenia mas facilidad que el gobernador de Chile para llevar a cabo una comisión especial. — 87 — Desvaneceré aquí de paso el argumento que proporcionan al autor de la Memoria los tra- bajos evanjélicos de los jesuítas del Paraguai en la estremidad austral del continente americano. Este escritor, que de propósito oscurece en es- ta cuestión las nociones mas vulgares, .aparenta ignorar que los misioneros cristianos no recono- cea distinción de naciones, i mucho ménos de provincias. Los jesuítas del Paraguai veian en la Patagonia un campo donde ejercitar su celo apostólico, i procuraban introducir su fe entre los salvajes habitantes de aquellas comarcas, sin cuidarse si eran sébditos del gobernador de Chi- le o del gobernador de Buenos-irires. Iban allá como habrían ido a la China o a la Rusia. Habia infieles que convertir; eso era para ellos el pun- te esencial. Lo demás les era secundario'. Por su parte, el rei de España admitia gusto- so sus servicios. Como cristiano i como soberano, loque le importaba era que sus vasallos abra- zasen larelijion que él mismo profesaba. No te- nia para que fijarse en si el convento de los mi- sioneros estaba situado en una provincia dis- tinta de la que ocupaban los bárbaros paganos. Eso para nada podia interesarle, pues no le aca- rreaba ni ventaja ni perjuicio. Con que ya ve el señor Angelis que no tiene para que afanarse en hablar de las correrías de los jesuítas del Paraguai en las tierras patagóni- cas. Semejante relación tiene su lugar en una his- toria de las misiones en América, pero no en una— 88 — Memoria sobre el derecho de la Confederación Arjentina a la posesión del territorio en litijio. Por lo demás, ya en otra parte le he manifeg. tado que las autoridades chilenas del coloniaje se han mostrado tan buenas cristianas i tan ca- ritativas con los patagones como las autoridades arjentinas. Aclarado este punto, sigamos en el exámendc los ejemplos que el señor Angelis pretende ha- cer pasar por títulos suficientes. En 1766 la metrópoli acababa de recobrarlas Malvinas, que por algún tiempo le habia usurpa- do una compañía estranjera. Naturalmente una corte tan suspicaz i precavida como era la de Madrid habia estacionado en estas islas dos o tres buques para que resguardasen i libertasen de todo asalto una posesión que no hacia mucho le habia sido arrebatada. Pero esta guardia de pura precaución era poca cosa, i los marinos des- tinados a ella podian mui bien sin inconveniente ocuparse a la vez en alguna otra comisión. Para no mantenerlos casi ociosos, los ministros del rei determinaron que junto con protejer las Malvi- nas, estos buques se empleasen en inspeccionar i reconocer las costas inmediatas del continente, donde temían que de un momento a otro des- embarcasen los navegantes de la Inglaterra, o de cualquiera otra nación, protejidos por la so- ledad i el desamparo en que yacían aquellas co- marcas. Esas costas, que son las de la Patagonia, per- — 89 — tenetian al gobernador de Chile ; pero las Mal- vinas tocaban al gobernador de Buenos-Aires. Era lo mas llano i sencillo que estando los men- cionados buques a las órdenes de este último, fuese a él i no al primero, a quien la España en- comendase semejante encargo. Esto no tiene na- da de estraordinario. Es la providencia que acon- sejaba la sana razón. Mas, se lo pregunto a todo lector imparcial, ¿qué quiere decir esta resolución de la corte? ¿Poníala Patagonia bajo el mando del goberna- dor de Buenos-Aires, o le confiaba tan solo la vijilancia accidental de sus costas, mientras tu- viera a su disposición las naves estacionadas en las Malvinas? Estoi cierto que toda persona, a no ser que esté prevenida, dará sin vacilar a esta pregun- ta una respuesta que no será de ningún modo fa- vorable a las pretensiones del autor de la Me- moria. Cuando el monarca quiso asegurar su dominio sobre aquella apartada i solitaria rejion por me- dio de la fundación de colonias, tanto su proxi- midad como la inspección antedicha, que le ha- bia suministrado numerosos datos, hicieron del virrei de Buenos-Aires la persona llamada para gorrer con los nuevos establecimientos. Esas ciudades nacientes, incapaces de valerse por sí mismas en sus primeros años, necesitaban el amparo de un poder vecino, que se hallase en estado de prestarles un socorro pronto i eficaz.— 90 — El centro del «lobierno chileno, en cuyo tefri- torio se habían abierto sus cimiento?, estaba rom lejano. No podia de ninguna manera darles esa multitud de cuidados minuciosos i paternales que exije una población que principia a levan- tarse. El gobierno del Plata, subdito del mismo so- berano, estaba mas. próximo. No se encontraba trabado por ninguno de los estorbos que emba- razaban en este negocio al de Santiago, i dispo- nía de todos los elementos precisos. Por lo que he espuesto anteriormente, tenia a sus órdenes las naves de que habia menester, i un cierto nú mero de marinos que los recientes reconocimien- tos habían hecho prácticos i espertos en aquello? lugares. Las circunstancias, pues, tnostrtfau al rei de España en su gobernador de Buenos- Aires el ájente necesario de la colonización pro- yectada. La cosa era tan evidente, que habría sido es- túpido vacilar. La corte obró como no podia me- nos de obrar, i le confió la plantación i fomento de las colonias que se intentaron en puerto De- seado i en las bahías de San Julián i San José, situadas en las costas patagónicas que baña el Atlántico. Era ésta una comisión especial como las ante- riores, i que traia su oríjen de un motivo casiiai i pasajero. Léanse con toda prolijidad los docu- mentos relativos a este negocio que ha publicado el señor Angelis, i no se descubrirá en ellos — 91 — sola palabra que sin ser mal interpretada indique en el monarca la menor intención de alterar las demarcaciones territoriales que estaban seña- ladas. Tengo derecho, por lo tanto para volver a de- cir lo que ya he dicho varias veces. Esas comi- siones no dan a la Confederación Arjentina nin- gún título de soberanía sobre la estremidad aus- tral del continente americano. Por todo lo espuesto se ve claramente que el señor Angelis apoya su principal raciocinio en un sofisma que ni siquiera puede alucinar por un momento. Para hacer pasar por títulos de ju- risdicción esas comisiones ad hoc, se halla pre- cisado a considerar las colonias americanas ni mas ni ménos como si fueran las repúblicas a que después dieron nacimiento. Así, no vacila en de- cir que Chile durante esa época era un estado amigo, una nación vecina al virreinato de Bue- nosAires. Semejante absurdo no merece refu- tación. Su falsedad resalta a la vista. Sin embar- go, es en una equivocación como esa donde el señor Angelis ha basado todos sus argumentos. Es ese error garrafal el frájil andamio donde ha sostenido todas sus pruebas. Si las reales cédulas que con tanta arrogan- cia presenta el autor de la Memoria fuesen ver- daderos títulos de soberanía, ¿a quién pertene- cería entonces la estremidad austral de la Amé- rica? En el archivo de la capitanía jeneral de Chile— 92 — ge encuentran reales cédulas en que se dan a los gobernadores de este pais idénticas comisiones a las que otras encomiendan a los virreyes del Plata. Hai mas todavía. No falta ejemplo de que el rei por la misma cédula encargue al propio tienj. po la misma cosa a estos dos mandatario?. Ea 1769 el conde de Aranda, por mandado de Car- los III, ordenó al capitán j ene ral de este reino den Juan de Balmaseda "que de acuerdo con el virreidon Francisco Bucareli promoviese con el mayor esfuerzo las misiones de las tierras ma- gallánicas i del Fuego, a costa del caudal de temporalidades ocupadas a los regulares deh Compañía** (N.° 15). Si estas comisiones especiales hubieran sido, como lo asienta el señor Angelis, las que fijaban las jurisdicciones, ¿a cuál de los dos países perte- necerían entónces esas comarcas? La república de Chile puede presentar títulos de la misma especie de Jos que ostenta la repú- blica arjentina; pero ésta no puede, como lo hace Chile, apoyar sus pretensiones en leyes cla- ras, precisas i terminantes, que realmente mar can las divisiones territoriales. Siempre que el monarca español se ha pro- puesto deslindar sus provincias ultramarinas, ,s quién le ha asignado la Patagonia, el estrecho de Magallanes i Tierra del Fuego? A Chile, en todas ocasiones, desde la conqui: ta hasta la independencia. — 93 — Nuestra soberanía sobre ese territorio es, pues, indisputable ; i pierda cuidado el señor Angelis, Chile, sien esta cuestión debiera oirse Ja voz del cañón con preferencia a la voz del la justicia, sa- bría hacer respetar por la fuerza una propiedad cuya posesión le garantiza Ja lei.DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS. I¥. 1. 171 tí agosto 8—Al gobernador i capitán jeneral del reino de Chile i presidente de la real audien- cia de Santiago, comunicándole el nombramiento de don Pedro de Cebattos para virrei de Une-* nos-Aires. El Uri. Mi gobernador i capitán jeneral del reino de Chile i pre- sidente de mi real audiencia de Santiago : En primero de este presente mes de agosto lie tenido por conveniente es* pedir la cédula del tenor siguiente= El Rei—Don Pedro de Ceballos, teniente jeneral de mis reales ejércitos : Por cuanto hallándome mui satisfe- cho de las repetidas pruebas que me tenéis dadas de vues- tro amor i celo a mi real servicio; i habiéndoos nombrado para mandar la espedicion que se apresta en Cádiz con destino a la América meridional, dirijida a tomar satisfac- ción de los portugueses por los insultos cometidos en mis provincias del Rio de la Plata, he venido en crearos virrei gobernador i capitán jeneral de las de Buenos-Aires, Pa- raguai, Tucuman, Potosí, Santa Cruz de la Sierra, Char- cas i de todos los correjimientos, pueblos i territorios a que— 96 — se estiende la jurisdicción de aquella audiencia, la cual p0. dreis presidir en el caso de ir a ella con las propias facu). tades i autoridad que gozan los demás virreyes de mis dominios délas Indias, según las leyes de ellas, compren- diéndose asi mismo bajo de vuestro mando i jurisdicción los territorios de las ciudades de Mendoza i San Juan del Pico, que hoi se hallan dependientes de la gobernación de Chile, con absoluta independencia de mi virrei de ]0, reinos del Perú durante permanezcáis en aquellos paises, así en todo lo respectivo al gobierno militar como al políti- co i superintendencia jeneral de real hacienda en todos los ramos i productos de ella. Por tanto mando al citado mi virrei del Perú, presidentes de Chile i Charcas; a los mi- nistros de sus audiencias, a los gobernadores, correjidores, alcaldes mayores, ministros de mi real hacienda, oficiales de mis reales ejércitos i armada i demás personas a quie- nes tocar pueda, os hayan, reconozcan i obedezcan como u tal virrei, gobernador i capitán jeneral de las espresadas provincias en virtud de esta mi cédula o de testimoniode ella, que deberéis dirijir a vuestro arribo a los jefes, tribu- nales i demás que corresponda, para que sin la menor ré- plica ni contradicción cumplan vuestras órdenes i las ha- gan cumplir puntualmente en sus respectivas jurisdiccio- nes, que así es mi voluntad ; i que luego que estéis nave^ gando a la salida de Cádiz os deis a reconocer por tal vinei gobernador i capitán jeneral en todos los buques de guerra i de trasporte, para que se hallen en esta intelijencia, ¡es- tén a vuestras órdenes cuantos van embarcados en ellos; i a efecto de que no se os pueda poner embarazo en el absoluto ejercicio i autoridad perteneciente al alto carác- ter de mi virrei, gobernador i capitán jeneral, en virtud de esta mi real cédula o* dispenso de todas las formalidades de otros despachos, juramento, pago de media annata, to- ma de posesión, juicio de residencia i de cuantos otros re- quisitos se acostumbran, i prescriben las leyes de Indias, para nombramiento dj virreyes de aquellos dominios por convenir asi a mi real servicio : I mando igualmente a los oficiales reales de las cajas de Buenos-Aires i demás del distrito de vuestro gobierno os satisfagan puntualmente de cualesquiera caudales de mi real hacienda al respecto decua- renta mil pesos corrientes de América, que os asigno en cada un afio para desde el diade vuestro embarco en Ca- — 97 — diz, en virtud de vuestro» recibos o cartas, de pago, que les servirán de lejítima data sin otro recaudo alguno. I por cuanto se hace preciso a mi real servicio tengáis entendido cuanto he tenido a bien poner al cuidado del mencionado teniente jeneral don Pedro de Ceballos : Por tanto os mando i ordeno procedáis a que desde luego ten- gan efecto todas las mencionadas mis reales intenciones, contribuyendo por vuestra parte a que así se verifiquen por todos los medios que sean adaptables a su logro, prestan- do igualmente los ausiliosque pida esta importancia, para que no se ofrezca reparo ni dejación en su cumplimiento, que así es mi voluntad; i de haberlo así ejecutado, me da- réis los avisos correspondientes para mi real inteligencia. Dada en San Ildefonso a ocho de agosto de mil setecien- tos setenta i seis.— Yo él Rei.—José de Galvez. El doctor don Francisco Sánchez de Barreda i Vera del consejo de su Majestad, su oidor i alcalde de corte de esta real audiencia, gobernador i capitán jeneral que fué de es- ta real audiencia i presidente de ella, i juez privativo de tierras vacas por su Majestad, etcétera—Hago saber a las Justicias del partido de Maule i por su defecto a cualquie- ra persona español que supiere leer i escribir, como ante mí, i como tal juez privativo de tierras, se ha seguido cau- sa de despojo por parte de don Juan Francisco Jirón con el teniente José Ramírez del que dijo le hacia el susodi- cho de cuatro potreros en la cordillera nevada de dicho par- tido, que poseía por compra que de ellos había hecho en público remate ; i seguida dicha causa por los términos del derecho, conclusos los autos, en vista de ellos, i de lo que las partes dedujeron, por auto de cinco de junio de este presente año, declaré haber lugar al dicho despojo i mandé fuese restituido don Juan Francisco Jirón a la posesión do dichos cuatro potreros, reservándole, como se le reservó, su derecho a salvo al dicho José Ramirez para que use de el como le convenga en el plenario de propiedad, a quien asimismo se le condenó en las costas; i notificado dicho auto a las partes se acusó rebeldía por la del dicho don Juan 13— 98 — Francisco Jirón, i pidió se declarase por consentido ¡ pj> sado en autoridad de cosa juzgada, sobre que se siguió artículo, en que, concluso con efecto, se declaró por con- sentido dicho auto, i pasado en autoridad de cosa juzga- da, sin embargo de la información dada por dicho José Ramírez, por haberse presentado fuera del término; de cuya providencia fué afielado por el susodicho para la real audiencia, en donde se confirmaron por auto de dieziocho de agosto : recibieron la causa a prueba con término de nueve dias, i la devolvieron—En este estado pidió la parte de dicho don Juan Francisco Jirón que en fuerza de lo juzgado se despachase mandamiento de posesión i lanza- miento con otras providencias que contiene su escrito, el que se mandó despachar i es del tenor siguiente—El doc- tor don Francisco Sánchez de Barreda i Vera del con- sejo de su Majestad, su oidor i alcalde de corte de esta real audiencia, gobernador i capitán jeneral que fué de este reino i presidente de ella, i juez privativo de tierras por su Majestad, etcétera. Por el presente, cualesquiera justicias del partido de Maule o cualquier persona español, que sepa leer i escribir, darán posesión a don Juan Fran- cisco Jirón de los potreros que se hallan sitos entre los nos Lontué i Maule, nombrados el primero donde echaba ca- ballos Juan Ramírez, el Montañéz, el segundo donde los echaba Luis Marguyen, i el tercero el Yeso, i el cuarto donde los echaba Juan Ramírez, hermano del dicho José Ramírez; i dada que sea le ampararán en ella, i defende- rán sin permitir sea despojado ni desposeído sin primero ser oído, i por fuero i derecho vencido, lanzando de ellos a to- dos los que los ocuparen, i sus ganados, por cuanto porde- creto por mí proveído en la causa que ha seguido el dicho don Juan Francisco contra el espresado José Ramírez así lo tengo mandado : que es fecho en la ciudad de Santiago de Chde en veintisiete de agosto de mil setecientos treinta i seis años—Doctor don Francisco Sánchez de Barredai Vera—Por mandado de su señoría—Juan Bautista di Sorda—Escribano público—En cuya conformidad cua- lesquiera de las justicias del partido de Maule, en su de- fecto cualquier persona español, que supiere leer i escribir, la que fuere requerida por parte de don Juan FranciscoJi- ron con este despacho, le darán la posesión real, actual, corporal, vel quasi de los cuatro potreros contenidos en el — 99 — mandamiento aqui inserto, i dado en ella le ampararán i defenderán, sin permitir sea despojado, ni desposeído hasta que otra cosa se mande por mí; lanzando de dichos potre- ros las personas, bestias o ganados que los ocupan, pena de cien pesos de a ocho reales, aplicados en la forma or- dinaria: que es fecho en la ciudad de Santiago de Chile en cuatro de setiembre de mil setecientos treinta i seis años. Doctor don Francisco Sánchez de Barreda i Vera—Por mandado de su señoria Juan Bautista de Borda—Escri- bano público—Concuerda este traslado con el despacho orijinal que para efecto de sacarlo, exhibió don Juan Fran- cisco Jirón de Montenegro, que en lo necesario me refiero. I para que conste, de su pedimento, doi la presente en la ciudad de Santiago de Chile en diez i siete dias del mes de enero de mil setecientos cincuenta i dos años—En fe de ello lo signo i firmo en testimonio de verdad—Aquí hai un signo—Juan Bautista de Borda—Escribano público i real —Los escribanos que aquí signamos i firmamos, certifica- mos i damos fe, que don Juan Bautista de Borda, de que este instrumento parece, es tal escribano de su Majestad i público de los del número de esta corte, fiel, legal i de to- da confianza, i a sus semejantes siempre les han da lo i dan entera íe i crédito judicial i extrajudicialmente ; i para que conste damos la presente en la ciudad de Santiago de Chile en diez i siete de enero de mil setecientos cincuenta i dos años—En testimonio de verdad—Aqui hai un signo— Bartolomé Mondaca, Escribano público de cabildo i real. —En testimonio de verdad—Aquí hai un signo.—San- tiago de Santibanes—Escribano público i de provincia. —Concuerda con su orijinal a que me refiero, i queda en el oficio de mi cargo. En cumplimiento de lo mandado doi el presente signado i firmado en Talca a diez i nueve de julio de mil ochocientos cuarenta i sietes—Aquí hai un sig- no—José Ramón Ortiz—Escribano público. Estos son los cuatro potreros en los cuales cometió va- nas estorsiones don Juan Antonio Rodríguez, comandan- ísdft1 fuerte San Rafael, de Mendoza, que motivaron en Jo46 un reclamo del gobierno chileno.— 100 — KT. 3. 1675 junio 25^-Algobernador de Chile, que sien- do cierta la noticia que se ha tenido de que h$ ingleses hacen población en el cabo de la Deseada (que está en el estrecho de Magallanes) los pro- cure desalojar de ella i ejecute lo que acerca de esto le ordenare el virrei del Perú. La Reina Gobernadora. Maestre de campo don Juan Henriquez, caballero del órden de Santiago, gobernador i capitán jeneral de las pro- vincias de Chile i presidente de la audiencia real de ella. Habiendo llegado a estos reinos el capitán Juan Tomas Miluti con los dos navios que llevó de regreso al puerto de Buenos-Aires, remitió la casa de la contratación de la ciu- dad de Sevilla con carta de cinco de este mes, la declara- ción que se le tomó de lo sucedido en el viaje i por ella ha dado noticia (entre otras cosas) de que corría voz en aquel puerto que en el cabo de la Deseada (que está en el Estre- cho de Magallanes) habia un año que poblaban ingleses habiéndoles llevado mujeres, i que estaban fabricando un navio mui grande en un rio de las partes de esas provincias „j^donde empieza la costa. I habiéndose visto en la junta de, guerra de Indias, ha parecido ordenaros i mandaros (como lo hago) que siendo cierta la noticia referida, i consideran- do los graves daños einconvenientes que podrían resultar de que permaneciese aquella población en el paraje que se dice está, procuréis desale jar de ella a los ingleses dispo- niendo para ello lo que tuvieredes por conveniente i ejecu- tando las órdenes que sobre esta materia os diere el virrei del Perú, a quien envío a mandar lo mismo por otra mi cédula de este dia, i de lo que resultare me avisareis. Fe- cha en Madrid a veinte i cinco de junio de mil seiscientos setenta i cinco años.—Yo la Reina—Por mandado de su Majestad—Francisco X, de Madrigal. ***** *ut jcL — 101 — 1601 febrero 26.—Al gobernador de Chile, que haga el informe que se le. ordena sobre la pobla- ción que en aquellas costas se ha entendido tie- nen ingleses en la tierra que llaman del Fuego* y * A, / r»/yn,' reino) que en esas costas en la tierra que llaman del Fuego están poblados ingleses (de que hasta ahora no se había tenido noticia en el dicho mi consejo) ha parecido ordena- ros i mandaros (como lo hago) me informéis lo que tuvie- redes entendido acerca de esta población, i en qué paraje está, de qué tiempo a esta parte se ha introducido, qué jente tendrá, cómo se sustenta, si tienen sus habitadores al- 4,, J £ f"*^ gnn trato i comercio, i con qué provincia, con las demás circunstancias que tuvieredes por dignas de participarme- •--»■. las, i siendo cierta esta población diréis cómo se podrá «¿v*-» e&s„ desalojara ingleses de ella, i los medios con que se podrá conseguir con ménos costo de mi real hacienda, represen- tando sobre todo lo que se os ofreciere i pareciere para que t\.¿¿{>, * 4 con vista de ello fe pueda tomar la resolución que mas convenga. Fecha en Madrid a veinte i seis de febrero de mil seiscientos ochenta i un años—Yo el Rei—Por manda- ^ ,_íí y ■' t r * do del rei nuestro señor—Francisco X. de Madrigal. IX. £. Las adjuntas noticias que acaban de recibirse son rela- tivas a las que contiene el papel que se dirije a U.S. con orden de fecha de ayer, tocantes a los nuevos establecí- — 102 — mientos de ingleses en esos mares, i bu proyecto de intro- ducir en ellos su comercio. El rei me manda comunicarlas a U.S. a fin de que le sirvan de gobierno para el mejor de- sempeño de lo que sobre estos asuntos se encarga a U.S. en la citada, i anteriormente le está prevenido. Dios guar- de a U.S. muchos años.—San-Lorenzo, 14 de noviembre de 1767—El JB." don Julián de Urriaga—Señor don An- tonio GuU. Noticias que acaban de recibirse de Inglaterra hot 14 de noviembre de 1767 sobre sus nuevos esta- blecimientoe en América. Que las mercaderías de que están cargados el Tamerl la Florida, hacen confirmar que la9 embarcaciones que han estado en el puerto de Egmont desde el establecimiento de los ingleses en aquel paraje tenian orden de abordar sobre las costas portuguesas i españolas, para convidar a sus ha- bitantes a comerciar con ellos; cuya empresa facilitad hallarse dichas costas poco resguardadas i ser mui difícil evitar el contrabando. Que ademas las pequeñas embarcaciones que subsisten en puerto Egmont, van a hacer las mismas tentativas a puerto Famine i a las pequeñas islas inmediatas al es- trecho, para comerciar con los salvajes i atraerlos a sn amistad. Que según toda apariencia la mayor parte de las refeti- das mercaderías serán para el Paraguai, porque aquellos habitantes son mas ricos i tienen mejor proporción de pagar. Que si el Paraguai en la situación presente propone por medio de algún emisario al ministerio de Inglaterra poner sus riquezas en sus fondos, con tal que éste se con- venga a protejerlos, hai apariencia de que teniendo, como tienen los ingleses necesidad de dinero, aceptarán sus pro- posiciones ; i que en puerto Egmont se dijo que el capitán, que estuvo tres semanas en Rio-Janeiro, había principiado este proyecto. Que el padre Labalete, a lo que se ha dicho, se ha por- tado como un bribón en Inglaterra, así como en Francia, i que ni por éste, que estaba allí tiempo hacía, ni algun — 103 — otro jeauita clérigo, ni relijioso de ninguna órden, jamas tratarán los ingleses semejantes negociaciones; i que según toda apariencia serán mercaderes i personas de crédito del Rio Janeiro o de la Plata los que entenderán en este par- ticular. Que a fin de conseguir los ingleses las ventajas que in- tentan sacar de los salvajes de las pequeñas islas ve ciñas al estrecho, piensan regalarlos de todo aquello que pueda convenirles (lo que no ascenderá a mucho valor) i recibir deelloslo que les diesen; pues dicen que parecen jenero- so3 i reconocidos : procurando al mismo tiempo cultivar su amistad de suerte que puedan desembarcar en sus islas, examinar sus producciones, que a lo que se cree, son de bastante entidad, i ver de encontrar quienes estén acos- tumbrados a abordar al continente de los patagones, i con sus ausilios hacer lo propio, i traficar con ellos por este medio. Que por lo tocante a hacer los ingleses un establecimien- to seguro en tierra firme no .se hallan al presente en estado de practicarlo, bien que puede suceder que el capitán Wa- llis haga alguna dilijencia preventiva al intento; pero lo que hai de seguro es, que si el comercio se puede hacer con los patagones, irán entonces a establecerse a puerto Famine, i formar fortificaciones sobre las pequeñas islas que están a la embocadura del estrecho. Que el 16 de octubre el Tamer fué obligado a ir de las Duraas a Plymouth por el mal tiempo, i la noche del 16 al 17 murió repentinamente el capitán Jant>on. Que el 19el teniente Antonio Hunt,que mandaba la Flo- rida que está en Plymouth, fué nombrado comandante del Tamer, i el 20 se le esperaba en Londres para recibir sus órdenes, como se verificó. Que las órdenes dadas a este comandante por los seño- res del almirantazgo son las mismas que se habian dado a su predecesor Janson ; pero como Mr. Stevens secretario del almirantazgo espera que la Carease o VEter-Cutter, que están en puerto Egmont, regresen de un dia a otro, i que dicho comandante podrá encontrar a una u otra de es- tas embarcaciones en la Madera, i los señores del almiran- tazgo han dado órden de que se tengan pronto el Woolf- Cutter que acaba de forrarse i carenarse, podrá hacerse con él a la vela de manera que su convoi se compondrá— 104 — «¡el Tamer, la Florida i el Woolf; en caso de que el uno de los dos navios hayan arribado a Madera a su llegada allí i que no puedan continuar su viaje sin carena, el Woolf de-' be retornar de aquel paraje a conducir sus pliegos, i de no encontrarlo, continuará su derrota, i reemplazará a él que los haya de traer. Ilustrísimo señor—Con carta de 15 de octubre pasado, acompaña el gobernador de Valdivia don Joaquín de Es- pinosa testimonio de las providencias i dilijencias actuadas en su virtud relativas a la averiguación de la existencia, no solo de los españoles denominados Cesares, sino tam- bién de estranjeros mas adentro hacia el sudeste que con- ceptúa tengan alguna entrada por el océano Atlántico hacia la costa patagónica, a cuyo ignorado establecimiento re- cela se dirijan las ocultas espediciones de los ingleses aten- diendo alo que se previene en la real orden de 14 dejulio pasado que comunica el viaje de las dos corbetas inglesas al cargo del capitán Cooke, i aunque conozco no ser bas- tantes para formar concepto fundado acerca de estos esta- blecimientos, he tenido por conveniente pasar alas supe- riores manos de U. S. I el citado testimonio, por lo que puedan importar las noticias que contiene, dejando aqui olro compulsado del misino para adelantar las dilijencias como mas convenga i poder dar a U. S. I. oportunamen- te noticia instruida de lo que resultare, sirviéndose por aho- ra de elevar éstas a la de S. M. a fin de que en su inteli- jencia se digne ordenarme lo que fuere de su real agrado. N. S. guarde a U. S. I. muchos años—Santiago de Chi- le, 2 de diciembre de 1777—Agustín de Jáuregui—Ilus- trísimo señor don José de Galvez. Por carta de U. S. de dos de diciembre del año pasado, se ha enterado el rei délas varias dilijencias i providencias cou que el gobernador de Valdivia ha procurado averiguar la existencia no solo de los españoles denominados Césa- res, sino también de estranjeros mas adentros hacia el sud- este que conceptúa tengan alguna entrada por el océano — 106 — Atlántic0 hacia la costa patagónica, bien que sin efecto has- ta entonces. Dios guarde a U. S. muchos años. Madrid, 18 dejnlio de 1778—José de Qaloez—Señor presidente de Chile. Por carta de U. S. de 17 de julio de este año, nám. 371, queda el rei enterado délo que espresa acerca de Ja ave- riguación de establecimiento de estranjeros en la costa pa- tagónica ; i desde luego conceptúa S. M. que con lo resuel- to para descubrir los españoles denominados Césares, i que se previene a U. S. en órden de esta fecha, se podrá averiguar si existen algunos estranjeros en aquellos países. Dios guarde a U. S. muchos años. Madrid 29 de diciem- bre de 1778—José de Galvez-»~Señor presidente de Chile. Excelentísimo señor.—Con fecha de29 de diciembre del afiopasádo'se sirve V. E. prevenirme de real órden que ente- rados.M.por mi carta de 17de julio del mismo año de! por- menor de circunstancias ocurridas en las marchas de la es- pedicion despachada por el gobernador de la plaza de Val- divia don Joaquín de Espinosa, al descubrimiento de la po- blación de españoles denominados Césares, hasta que por falta de bastimentos tuvo que suspender el viaje i regresar al fuerte de Rio Bueno dejando en él un corto destacamen- to para resguardo de la misión establecida privisionalmen- te a instancia de los caciques de Rio Bueno en el terreno cedido por el cacique Paillatan i facilitar el paso hasta ca- lo de Hornos i comunicación con la provincia de Chiloé, como también de la propuesta del mencionado goberna- dor para descubrir los citados establecimientos, se ha dig- nado someterme el arreglo de las espediciones proyectadas i graduación del tiempo en que convendrá se ejecuten con Ja menos costa que sea posible, formando a este efecto las instrucciones que hayan de observar, i cuidando de preca- veren ellas todos los riesgos que las puedan empeñar en la perdida de jentes sin una necesidad mui urjente i que no pueda remediarse o alcanzarse por razón de haber de hacer sus marchas por parajes desconocidos, pues aunque se valgan sus comandantes de las noticias que vayan adqui- 14— 106 — riendo de los indios amigos, no todas veces debe fiarse de la buena fe que aparentan, como repetidamente tiene hecho ver la esperiencia, i mandarme igualmente que en el su- puesto de que para la verificación de la espedicion pro- yectada desde Chiloé, habré de necesitar de los socorros del virrei del Perú i de sus providencias para su ejecución i apronto, me entienda en derechura con el citado virrei para cuanto me ocurra sobre el particular, pues a ese fin se le advierte me preste Iosansilios de tropa i demás.que sea conveniente pora la ejecución de esta empresa, sirviéndose últimamente V. E. advertirme que en cuanto a la reunión de la provincia de Chiloé aesta capitanía jeneral, hasuspen- dido S. M. por ahora el tomar providencia en el particu- lar; i en intelijencia de todo, aspirando al mas exacto de- sempeño de la real confianza que S. M. se digna hacer de mi celo i conducta, procuraré formalizar desde luego el asunto a fin de que se procetoses necesario infundirles especies adecuadas a que consientan cuando llegue el caso en estos proyectos ; i siendo el medio que mejor se conforma con su carácter desconfiado, el de los parlamentos, me estoi preparando para en el que voi a celebrar con todas estas naciones en el mes próximo venidero tocarles los puntos convenientes entre los demás asuntos que el estado actual de las cosas requiere mirar con pulso i circunspección sobre la con- servación i aumento de este reino i relación a los demás de esta América i España. En el curso del viaje que voi a emprender con este motivo iré dando parte a S. M. de cuanto adelantare i considere digno de la alta atención de V. R. para que se sirva comunicarme las órdenes que fueren del real agrado. Nuestro Señor guarde la impor- tante vida de V. E muchos años.—Santiago de Chile 17 de agosto de 1792.—Ambrosio O'Higgins Vallenar— Exmo señor conde del Campo de Alange. 11. Con real orden de 10 de noviembre del año pasado de 92, se previno al virrei de Buenos-Aires infórmaselo que le constase, i pudiese comprobar sobre los artículos si- guientes. l.° Qué número de fuertes, puestos i guardias hai es- tablecidos en las fronteras de aquellas provincias, en qué situación i a qué distancia se hallan entre sí i de las tri- bus de indios infieles. 2.o Quéjente se emplea en sus guarniciones i cuánto cuesta su entretenimiento. 3. » Qué reducciones hai dentro o fuera del territorio que cubren estos puestos i qué gasto ocasionan. 4. ° Qué es lo que producen por un quinquenio los ra- ro os de sisa, cruzada, el que llaman de guerra i demás se- "alados para las reducciones i defensa de la frontera. 5. ° Cuáles son los reglamentos que gobiernan para el servicio délas milicias del pais, i qué número déjente se •'"Ha alistada.— 116 — I habiendo U. S. dado cuenta en cartas de 17 de agos- to del mismo año (núm. 16) del oríjen i actual estado de una guerrilla entre las naciones de los indios íiuilliclies i pehuenches i los ausilios de jente armada [que hizo dar a estos por los motivos que indica, i su intento de efectuar en el mes de setiembre su premeditado viaje al parlamen. tojeneral, de cuyas resultas ofrece U. S. dar parte man¡. festando al mismo tiempo que lo mas importante para po- ner esos dominios a cubierto de semejantes enemigos i volverlos a ellos sociables i útiles algún dia para el au- mento de la conquista i posesión pacífica de las estensas fértiles tierras que habitan bajo la suave dominación de S. M., es pensar de una vez en realizar las comunicacio- nes de las provincias de Chile con las de Buenos-Aires por los paises de los mismos indios, para descubrir sus situaciones, fuerzas producciones i demás circunstancias locales hasta ahora ignoradas, cuyo esclarecimiento en ningún tiempo será mas conveniente como en el presente en que deberían erijirse en la costa patagónica, sus puer- tos i rios navegables, buenos establecimientos antes que que sean ocupados u ocultamente traficados por los es- tranjeros a favor de la libertad que le3 proporciona el ejercicio de la pesca de ballena en las mares del sur i partes orientales i ocidentales de nuestra América meri- dional. Enterado de todo S. M. ha resuelto que U S. informe por lo respectivo a su jurisdicción sobre los puntos prevé nidos al espresado virrei, i que entrambos estiendan estas noticias hasta dar una relación individual i exacta de todo lo que convenga instruir para la soberana resolución de S.M. tanto por lo respectivo al estado i consistencia actual de los fuertes, puestos i guardias avanzadas de esas provin- cias, fuerza de sus guarniciones i tropa de frontera i gastos que ocasiona su entretenimiento, como el que podrán orí- jinar las operaciones que mediten para remover cuales- quiera obstáculos i facilitar la seguridad, fomento i prospe- ridad del país, con el menor gravámen posible del real erario, mayor utilidad de la corona, beneficio i alivio de los vasallos de S. M. Que propongan unánimes los medios de facilitar las comunicaciones de ámbos reinos, teniendo presentes los mismos principios de economía, seguridad i conveniencia, i el virrei de Buenos-Aires lo que seleh'1 — 117 — mandado en punto al fomento de los establecimientos de la costa patagónica. Qne para facilitar la intelijencia de lo que propusieren, procuren acompañar los planos que pue- dan adquirir, ya estén formados con exactitud o por las relaciones mas comprobadas de los prácticos del pais, en las cuales se manifiesten los territorios que ocupan en sus confines i en lo interior de las tierras las naciones bárba- ras, amigas i enemigas , i los parajes por donde se inten- ten abrir las comunicaciones, i que todo lo verifiquen con la posible brevedad , a fin de evitar el perjuicio que ocasiona el dilatar los informes que comprenden en jene- ral aquel conjunto de reflexiones i circunstancias que deben abrazar los planes sólidos, útiles i bien combina- dos, recurriendo después de largos intervalos de tiempo para obtener la real aprobación de ciertas providencias o disposiciones particulares que raras veces producen una utilidad consistente i proporcionada a los dispendios que causan, i que aun en muchos casos aumentan el daño que se intenta remediar o prevenir. Lo aviso a U S. de real órden para su intelijencia i cumplimiento—Dios guarde a U S. muchos años—San Lorenzo 1.° de octu- bre de 1793—Alange—Señor capitán jeneral presidente de Chile. IX. 12. Cuartel jeneral en Chillan.—Marzo 12 de 1852. El triunfo obtenido en las Lagunas el 14 de enero úl- timo, por las fuerzas que dirijí personalmente contra el caudillo, denominado coronel, J. A. Pincheira, debia consumarse por la rendición de su persona en cuanto a la inportancia del nombre, porque efectivamente los mise- rables restos con que escapó merecían apenas darles al- cance. A este fin destaqué partidas en número de cien hombres compuestas por mitad de granaderos a caballo e indios amigos, mandados por don Antonio Zúñiga, i el ayudante de granaderos a caballo don Pedro Aguilera, que en sus aceleradas marchas lograron encontrarlo entre los rios Latué i Salado, situándose aquellas a una jorna- da de distancia con el designio de caerles por sorpresa al— 118 — romper el siguiente din; pero habiendo descubieito Pin- chen-a el rastro de dos espías enviados a reconocer su campo, empiendió su fuga con trece hombres a tiempo bastante para evadirse de la embestida en que se rindieron los individuos que constan de la lista nominal que tengo la complacencia de incluir a U. S. adjunta. Prosiguiendo nuestra fuerza sus ventajas, i considerándose ya Pincheira arrinconado a la cordillera, solicitó a orillas del rio Malal- gue, una entrevista con el alférez de granaderos a caballo don Pedio Labandero, que se le concedió, declarando en ella su formal resistencia a entregarse a Zúñiga por estar pendiente del perdón que habia impetrado del supremo gobierno; i que en todo caco, solo verificaría su sumisión permitiéndosele venir únicamente acompañado del referi- do Labandero, quien por habérselo acordado, me lo lia presentado el 11 del corriente juntamente con catorce hombres que formaban el residuo de su derrotada tuerza, a que se agrega haber sido igualmente apresados los indios rebeldes que invadieron a para robar ganados, i entre los cuales se hallaba Pedro Fuentes tan conocido por sus crímenes, i por ellos fué en el acto mismo fusila- do, pudieudo asegurar a U S. que solo cuatro hombres conducidos por un Vicente Pereira que se separaron del prófugo Pincheira ántes de la sorpresa de Latué, dirijién- dose a las pampas, forman las errantes reliquias de esa jigantesca montonera, cuya fama aterradora ha desapare- cido juntamente con su existencia, no teniendo que lamen- tarse mas la república de sus funestas hostilidades. La diferencia que debe haber U S. notado en el número de la fuerza de Pincheira, designado en mi parte principal con el real que ha resultado, procede del eqnivocado co- nocimiento que me prestó el encargado del rol del servicio de ella. I tengo la satisfacción de anunciarlo a U S. a fin de que se sirva ponerlo en noticia de S. E. el señor presiden- te para su superior intelijencia recomendando a su con- sideración la conducta i loable sufrimiento con que Zú- ñiga i los oficiales de que se ha hecho mención han con- tribuido al logro de su objeto.—Dios guarde a U S.— Manuel Buln.es.—Señor ministro de estado en el depar- tamento de la guerra. — 1 IU — 15*. Cuartel jeneral en Chillan.—Octubre 9 de 1834. Por la nota de V. fechada en Rio Agrio de 16 de setiem- bre, quedo instruido de todos los sucesos ocurridos, i ventajas alcanzadas por la división del mando de V., i por ahora no tengo otra cosa que prevenirle, sino el que per- manezca a todo trance en los puntos que juzgue conve- nientes para atacar a los huilliches al regreso de las pam- pas, principal objeto de dicha espedicíon, tratando siempre de instruirme lo mas a menudo posible, sobre los aconte- cimientos a que den lugar sus operaciones. En atención a la suma escasés de víveres i cabalgadu- ras, que V. anuncia en su nota hallarse la división, ha marchado de este cuartel jeneral el capitán Rojas con cincuenta yeguas, cuyo número habrá sido probablemente aumentado por otra partida que se le ha comisionado com- prar al capitán Ayala,i que habiéndose dado órdenes a dichos capitanes de reunirías en Pemuco, i entregarlas a Vañez que será el conductor de ellas hasta la división, no puedo saber a la fecha el número fijo de las que se remi- ten. Este igualmente conduce cien caballos de mui buena calidad, que habían sido comprados para servicio del ejér- cito, pero que las circunstancias de la suma escasez que V. me espone tener de elfos, me obliga a hacerlos mar- char a su disposición. Hará V. entender a los individuos de la división el su- mo cuidado que deben tener en su conservación ; en la intelijencia, que cualquiera que se inutilice o pierda por su descuido o mal trato, será repuesto con sus haberes. Tres cargas de víveres que van igualmente a cargo de dicho Yañez, las distribuirá V. entre los oficiales i prin- cipales caciques amigos, permaneciendo en la intelijencía fpie quedo disponiendo lo conveniente para hacer otras lemesas de yeguas i víveres, la que irá tan pronto como el mas fácil tránsito de la cordillera lo permita.—Dios guar- de a V.—Manuel Búlnes.—Al comandante de la división de ultra-cordillera don José Antonio Zúñiga.— 12U — ar. 14. Gobernador i capitán jeneral de la provincia de Bue- nos-Aires.—Señor comandante don José Antonio Zúfii- ga.—Sanmartín, noviembre 8 de 1830. He tenido el placer de recibir la nota oficial de V. da- tada a 17 de octubre próximo pasado. Por ella veo auna luí clara la elevación de sus sentimientos, la grandeza de su alma i la nobleza de su corazón. Dios, Nuestro Señor, que dirije todos los pasos del hombre, nos muestra hoi el verdadero i único camino que nos ha de conducir a la gloria verdadera. Este es el de la paz i unión fraternal. Al oficial de la fuerza del mando de V. don José María Llañán le he impuesto de todo delante de los demás chas- ques que han venido enviados por los señores caciques. El le manifestará a V. todo cuanto le he indicado para el bien de la paz i el bien de todos. Mis consejos los son de la mas sana amistad. Persuádanse V V. de esta verdad i escúchenlos sin prevención. No piensen V V. solamente en lo presente, sino también en los males que pueden so- bevenir. Las guardias que pertenecen a esta provincia de mi mando i a la de Santa-Fé, i que es necesario que respe- ten V V. como cosa sagrada son Patagones, Bahía blan- ca, Tandel, Dolores, Chascomuz, Ranchos, Monte, Lobos, Navarro, Lujan, Fortin de Areco, Salto, Pergaminos, Ro- jas, Mercedes i Melincué. Esto es la línea de adentro. La de afuera corre desde la Bahía blanca a Trimosí, i de Trimosí a la Cruz de Guerra, de la Cruz de la Guerra al Po- troso, i del Potroso a Mercedes i Melincué, cuya línea es igualmente necesario que la respeten V V. como lo mas sagrado con todas las estancias que están dentro de ella. Concluyo repitiendo que el oficial don José María Lia- fian le impondrá de todo, i esplicará los conceptos de esta nota, que al cerrarla tengo el mas vivo placer de ofrecer a V. nuevamente mi sana amistad, i de saludar- les con las consideraciones del mejor cariño.—Juan Ma- nuel Rosas.—Al señor comandante don José Antonio Ztiñiga. HT. 1.5. El teniente jeneral don Francisco Bucarelli i Ursua, gobernador i capitán jeneral de las provincias del Rio de la Plata me remite copia de las noticias que ha adquirido sobre el establecimiento que se dice han formado los in- gleses en las inmediaciones de la isla de Chiloé, a barlo- vento de ella en cuarenta i cinco grados i quince minu- tos a la boca del rio Hinchin,i da aviso de las provi- dencias que ha tomado por su parte, para averiguar si tienen otro establecimiento en la costa de la Tierra del Fuego, Patagones i estrecho de Magallanes, desalojar- los, o reconvenirlos en caso de encontrarlos con superio- res fuerzas: I conviniendo al servicio de su Majestad i beneficio del estado evitar ínterin se toman otras pro- videncias, que los ingleses atraigan con su comercio aque- llos habitantes como es de temer sino se acude con ac- tividad al remedio, ha acordado el consejo en el ex- traordinario, que de acuerdo con el mismo don Fran- cisco Bucareli, promueva usted por ahora con el mayor esfuerzo las misiones de las tierras magallánicas i del Fue- go, a costa del cuadal de temporalidades, ocupadas a los regulares de la Compañía, avisando por mi mano incesan- temente de lo que se vaya adelantando. = Espero del celo de V. S. i de su amor al real servicio procederá en este asunto con la actividad i circunspección que exije la ma- teria, adquiriendo ademas de estas noticias las que estime oportunas por lo mucho que convienen, a cuyo fin lo par- ticipo a V. S. para su intelijencia i cumplimiento.—Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid veinte i cinco de julio de rail setecientos sesenta i nueve.—El conde de Aranda. —Señor don Juan de Balmaseda.