SOBRE LA CONVENCION 29 DE OCTUBRE DE 1840. DESARROLLO Y DESENLACE LA. CVKSTION FRANCESA cir ¿l Florencio Vareta, Ciudadajt6 de Bcíto» - Aires. II i/ a. rff l'écka <•» í'/aac«, qvand en pretiionrr, ict le» noms rompimiento final, de los ajentes franceses con el gobierno de Ti. Manuel Ori- ne, remitimos á los lectores á un interesante y copioso escrito que publicó el Señor Cónsul D. Ruy mundo Baradére,' titulado—Refutación del Manifiesto del *' D. Manuel Oribe. Montevideo, 1839 — Su estension de 120 pajinas, ¡nclu- s« los documentos, no nos permite reproducirle nqtn.— 10 — Esa?, y otras muchas, eran las dificultades del bloqueo : y tan claramente las conocía, y comprendía el ministerio francés, que el Sr. Thiers confesaba pala- dinamente en la Cámara, que por ellas habría venido á ser imposible la continuación del bloqueo, y consideraba, nada menos que heroica, la conducta de los marinos que le sostenían (*), soportando una existencia sembrada de peligros en las embocaduras del Plata. (**) Esperamos que nuestros adversarios,—si alguno te- nemos fuera del gabinete, y del círculo del negociador trances — no tacharán de parcial esta esplícita confe- sión del ministerio, hecha fcri el seno de la Cámara. Ella nos autoriza pani asentar un hecho, por otra parte notorio : que el bloqueo era dificilísimo, ineficaz, imposible, teniendo en Montevideo un gobierno que qui- siese solamente permanecer neutral, y defender las le- gales libertades de su cr morcio. Los ajentes de la Francia palpaban estos inconve- nientes, veían con dolor, y con vergüenza, burlado com- pletamente el poder francés en el Plata : y compren- diendo, desde el principio, que Rosas solo era el obstá- culo á un arreglo, y que su permanencia en el mando alejaba toda posibilidad racional de garantías para lo futuro, buscaron las alianzas de los enemigos de Rosas. El primero que se presentaba era el Jeneral Rive- ra, antagonista de Oribe, y enemigo, por eso mismo, del tirano. Su campo se hallaba, desde el mes de Septiembre de 1838, bajo los muros de Montevideo : los ajentes mi- litares, y diplomáticos, de la Francia pasaron á él repe- tidas veces, y concertaron medidas de interés común, (*) Nos marina, dans ees parajes, se sont montrés héroIqucs....Cependant. il leur manquait un point d'appui.—Dans l'juipossibilite de jeter Panera nuil* f.art de se ravitailler nullc purt, le blocussera.it devtau ti difieiU qu un n áurea fias pa le continuer. (Disc. de Mr. Thiers, séanc. du 27 Avril. (**) Cette existence se mee de périU qti'ils ménsnt dapnii de«x ans dans Iti cnibeushures de la Plata. (Id. id.) - II - medidas qje suponen conferencias, consentimiento mu- tuo, mutuas concesiones y ventajas. La primera que apareció fué el ataque, y la toma, :'i viva fuerza, de la Ista de Martin García, el 11 de Oc- tubre, por una división naval oriental, reunida á otra francesa: corrió mezclada allí la sangre de los dos pueblos, y sabido es que la sangre es la libación mas santa que sella las alianzas en la guerra. Las ventajas de esa ocupación eran todas para la Francia. El Es- tado Oriental no tenía que temer, para su comercio, que la Isla permaneciese en poder de Rosas ; porque, siendo el cabotaje oriental —que se hallaba casi exclusivamente en manos extranjeras—el que proveía las Provincias bloqueadas, tenía Rosas positivo interés en tolerarle; como toleró, hasta el último momento del bloqueo, que buques, con pabellón oriental, entrasen en siís puertos, forzando las líneas francesas. La Francia, por el contrario, con solo el hecho de poseer la Isla, bloqueaba, de un golpe, todo el Uruguay, ú cuya boca sirve literalmente de llave, y completaba también el bloqueo del Paraná, cerrando la boca del Guazú, situada mas arriba de la Isla, y que era la única entrada á ese Rio. obstruida, como estaba, la de las Palmas, por la linea francesa de Buenos Ayres. El suceso de Martin Gareia fué la basa de una alianza, que debía muy pronto adquirir mas fuerza y regularidad. Un mes después de él, ocupó el Jeneral Rivera el Gobierno de Montevideo, y desde ese momen- to no hubo franquicia, no hubo auxilio, de que pudiese disponer el Estado Onen a', que no fuese concedido á la Francia, aun á costa de nía mas vitales interesas; no hubo medida alguna importante, que no fuese acordada con los agentes franceses, como aliados de la República. Las fuerzas bloqjeadoras hallaron en el Puerto de Montevideo seguro depósito para las presas y sus carga- mentos ; la libertad de vcnder'as les fué francamente eoacedida, aliviándolas asi de la mas insuperable de— 12 — sus dificultades. £1 Gobierno del Estado consultó, y acordó, con los agentes de la Francia, no solo la opor. (unidad, sino los términos mismos de la declaración de la guerra contra Rusas, hecho importante, que reposa en el testimonio de uno de esos propios agentes. A fines de Febrero de 1839. se trasladó el Sr. Ro- ger de Montevideo al campo del Jeneral Rivera, en el Durazno, con el objeto de apurar la marcha del ejérci- to oriental, sobre el Uruguay; y de concertar algunas otras medidas. Miéntras allí se hallaba, ocurrió la ne- cesidad de variar los términos—convenidos antes con los agentes—de la declaración de lagueira, (1) y el Sr. Roger, á su regreso del Durazno, escribió al oficial mayor del Ministerio de Gobierno y Relaciones Exte- riores, con fecha 9 de Marzo, suplicándole " que le fija- ,, se hora y lugar para una entrevista [con el min:stro ,, Muñoz] en que se pondrían de acuerdo sobre los tér- ,, minos que debían emplearse, en la nueva declaración, „ respecto de nuestra alianza de hecho, y de nuestras ope „ raciones simultáneas." (^) A consecuencia de esa entrevista, y do lo concer- tado en ella, el manifiesto este decreto, su substancia « la quu queda dicha. 15 _ burno no vaciló en ocurrir por auxilios á los aliados á ijuienes había servido ; y ellos, prestándose á las exijen- cias de sus amigos, con honrosa lealtad, y con la pron- titud que la circunstancia requería, desembarcaron, en el mes de Setiembre de 1831>, quinientos marinos fran- ceses, para guarnecer la plaza, miéntras el peligro du- rase ; hecho gravísimo inmensamente trascendental, y cpie recibió plena, y esplícita, aprobación del Gobierno Irances. La alianza de las autoridades habia echado también raices en los dos pueblos. Un simple llamamiento^ á la población francesa puso en pié un batallón de mas de mil voluntarios, mandados por un gefe de la marina del rey, y que completó la guarnición de la plaza. El Sr. almirante Le Blanc fué encargado especial- mente de su defensa. Por acuerdo suyo con el Gobier- no, un oficial francés, que dejará largos recuerdos en el Rio de la Plata, per sus talentos profesionales, por su habilidad artística, y por la culta afabilidad de su tra- to, el Sr. D'Hastrel, capitán de Artillería de marina, trazó, y dirijió, la fortificación de la Capital, en cuyos muros, y puestos avanzados, formaban en una línea orien- tales, arjentinos y franceses. Volvamos un momento la imajinacion á aquellos dia?, y pensemos qué habría contestado el Almirante Le BÍanc, ájente de la Francia, si miéntras recorría los puestos, en un dia de alarma, le hubiese alguno pre- guntado, si creia que la Francia era aliada de la Repú- blica Oriental en la guerra con Rosas. " Ved los hechos que os rodean," habría contestado el noble almirante.—"¿A qué puedo deber yo el dere- ello de visitar el pabellón oriental, en les puertos y „ rios interiores del Estado? ¿Be donde puede derivar la » facultad, que tengo, de no permitir que ningún buque m oriental de cabotaje, navegue, sin depositar crecidas „ fianzas en el Consulado francés ? j De qué nace la „ prerrogativa, que se me ha concedido, de establecer— 16 — „ oficiales mios, como delegados á q ic ejerzan en el ,, territ >rio do la República, juntamente con didegadoa ,, de cst u funei mes inherente» al gobierno y udministru- ., cion del Estad;) ? ; Porqué se mo confia, á miJene ,, ral francos, l;i fortificación y defensa do esta plaza ,. Oriental ? ¿ Pucdt; haber otra causa ninguna imuji- ,, hable, que Una alianza—una alanza de hecho, do „ derecho, Litorales sobre el Piula, el Paraná, y el Uruguay. Corrientes. I Córdoba Santiago del Estero Tucumaa Salta Jujuy. -Al Norte, basta la Frontera de Bolivia. Cutamarca 1 Kioja San Junn J- Al Osstc. linsta U laida de la Cordillera de los Ande». Son Luis Mendoza. J 3— 18 — Cada una, pues, es un Estado independiente y so- berano, que se rije por instituciones peculiares, y por au- toridades puramente suyas. En esa capacidad, puede cada cual contraer alian- zas con el Estranjero, tan válidas y solemnes, ante el Derecho de Jentes, como las que formase el Estado Oriental, la Francia, ú otra cualquier Potencia soberana. Esta explicación, fundada en un hecho continuado des- de 1827, remueve todas las dudas del ministro Thiers, respecto de la legalidad de la Alianza con los Arjenti- no :. Pasemos al hecho. La Provincia de Corrientes—una de las mas impor- tantes, por s j población, por su industria, por la feraci- dad de su suelo, vecino al Paraguay y al Brasil—se pronunció abiertamente, por el órgano de su Lejislatu- ra, contra la Política del Tirano de Buenos-Aires, en los últimos meses de 1838, aun tintes que el Jeneral Ri- vera hubiese ocupado á Montevideo. Buscó, en segui- da, la alianza Oriental; y, por medio de su Comisionado ad hoc, Coronel D. Manuel Olazabal, Celebró con el Go bierno del Jrneral Rivera, en 31 de Diciembre de aquel año, un tratado de Alianza ofensiva y defensiva, contra el Tirano de Buenos Aires. (*) Por su artículo 7 o, el Sr. Jeneral Rivera "quedó, " de común acuerdo, autorizado para negociar con S. " M. el Rey de los Franceses, la cesación del bloqueo " de la Provincia de Corrientes. " Negocióla en efec- to con losajentes del Rey; que, reconociendo en aquella Provincia capacidad suficiente para decidir sobre sus ne- gocios y política, y viendo que su Congreso había san- cionado, respecto de los subditos franceses, el principio que la Francia solicitaba, convinieron en alzar el blo- queo de los puertos Correntinos. Reuníase, entretanto, en el Estado Oriental, latmi (*) Véase el No. 4. de lo$ Documento! íustiücativot. 19 — «ración Arjentina, que en él había, y tomaba por su jefe inmediato al Jeneral J). Juan Lavalle. Esfuerzos pro- digiosos del patriotismo, entre los mismos emigrados, ¡cnerosas y muy vivas simpatías de la población oriental, y extranjera de Montevideo, subministraron los primeros recursos para el armamento, equipo y mantención de la fuerza que se reunía. Obtuviéronse mas tarde algu- nos otros, con lo que, en dinero, armas y diversos obje- tos, pudo facilitar el Estado Oriental. Todos estos re- cursos eran, sin embargo, insuficientes; no habia medios de aumentarlos, y era naturd volver los ojos á la Fran- cia, aliada del Estado Orienta!, única que podia facili- tarlos. Pero se presentaba aquí una espinosa dificultad. Rosas, desde el principio de su cuestión con la Francia, habia proclamado la idea, tan falsa como ridicula, de que sus enemigos, ó según su frase, Jos Unitarios, habían empujado al rompimiento á los ajentes franceses; y gritaba que se habían ligado con el extrangero, en daño de la independencia nacional. (*) (*) Dos hechos, que me eon personales, mostrarán cuan falsa era aquella idea. 1 3 . El Sr. Amado Roger, acababa de abandonar á Buenos Aires, en «oasecuencia del rompimiento. Yo no le conocía i una tarde del mes de Mar- io de 1338, le vi, por primera vez, en casa do mi excelente amigo el Sr. Cónsul U.R. Baradere, que me le presentó. Hiede muy poco después una visita de civilidad; en ella, y después de ella, hablamos naturalmente sobre los negocios <■>-' l'lata : el Sr. Roger manifestó siempre su designio de abstenerse de rela- ciones con los emigrados enemigos de Rosas, por no dar ni la sombra de una sospecha racional, de ser influido por ellos. Por ese motivo, ni me volvió mi visita, ni se relaeionó con emigrado ninguno. Conducta entónces muy discre- ta y plausible.—Por lo demás, casi nunca estuvimos conformes en opiniones, «obre o) modo como se llevaba la cuestión. 2. 0 También en casa del Sr. Baradere, tuve la satisfacción de conocer al sf-Almirante Ee-Blanc, carácter noCilisimo y elevado, hábil marino, político previsor, idólatra de la gloria francesa, amigo leal de la libertad Arjentina. Aun no habia ompezado el bloqueo. El Almirante se preparaba á pasar á Buenos AyreB. Una taTde, en presencia del Sr. Baradere y de alguna otra persona que no recuerdo—tal vez era el Sr. Roger—me preguntó si, en mi opi- nión, seria mejor denunciar el bloqueo, sin otro paso previo, teniendo por bas- tante lo ocirrido con el Sr. Roger, íi ofrecer nuevamente á Rosas la ocasión de eder, hablándole un lenguaje abierto y sincero. ■< Ambos somos militares (me deoia aquel digno marino, que honraba a Rosas juzgándole por sí mismo) c-ee> que comprenderá el lenguaje franco de los militares. "—Mi respuesta fué apo-— 20 ■— — 21 — Rosas mentía: pero la multitud irreflexiva le creía; mientras que muchísimos arjentinos, de los que piensan y juzgan las cos.-s, ve¡an, al principio, en las exijencias da la° Francia, una amenaza á las libertades y á la so- beranía nacional. El amor á la patria prevalecía so- bre la detestación al tirano, y ahogaba el deseo de sacu- dir su yug>. De ahí algunos recelos, y no poca repug- nancia á ligarse con las fuerzas francesas. La frecuente discusión, sin embargo, entre los ajenies y algunos arjentinos, iba desvaneciendo, poco a poco, esas inquiptudes, y preparando los metlios de hacer comprender á todos que la Francia amaba y res- petaba á la República; que su único enemigo era el enemigo de los propios arjentinos. El Jeneral Rivera, por su parte, y su ilustrado secretario D. Santiago Vás- quez, contribuían poderosamente á establecer, de uh modo claro, las pretcnsiones de la Francia. Ya desde el mes de Enero de 1839, era cosa en- tendida, aunque no reducida á pacto escrito, entre los Ajentes de la Francia y los miembros que formaban en- tonces lo que se llamaba Comisión Arjentina—que, una vez postrado el tirano, se tomaría por basa de un con venio con las nuevas autoridades, la Convención de amis- tad y de comercio, celebrada entre la Francia, y el Estado Oriental, como la prueba mas clara de que na- da se exijia de la República Arjentina, sino lo mismo que en el seno de la paz y de la amistad, se había pactado con la Nación Oriental. Poco despue?, comprendiendo el Sr. Baradére, es- píritu noble, patriota y sincero» la necesidad de destruir t ii yar ardientemente el designio del Almirante, y decirle: que—aunque enemigo rreconciliable de Rosas—desearía ver alejarte de mi patria, harto aflij.ida ya or el azote del criminal, los males de un bloqueo, y las consecuencias de una ucha con el estranjero. El Almirante dió aquel paso, aunque infruetnosa- mente. Estos hachos probarán si los ajentes de la Franoia fueron influidos por le» enemigos del tirano:—existen en Montevideo el Sr,. Baradére, en Franeia l«s 0retj LebluDC y Ro*er: aqui y allí huí quien deponga de esos hechos. recelo?, y de tranquilizar temores perjudiciales, no vaci- ló en dar—contestando una carta que le dirijió D. Juan I bautista AlberJi—las mas positivas garantías y las de clarnciones mas esplícitas, a cerca de las intenciones de la Francia. (*) Imprimióse este importante documen- to; pero no circuló en Montevideo, porque el objet) era remitirle á les pueblos Arjentinos del interior, don- de mas necesario era desvanecer los recelos causados por los embustes de Rosas, y per la distancia del teatro de les acontecimientos. Vencida, de este modo, la dificultad indicada, no fuá difícil que el Jeneral Lavalle se acercase á los Ajen- tes de la Francia. Sus primeras conferencias no fueron satisfactorias : los ajentes rehusaban auxiliarle: no te- nían instrucciones al efecto. Los sucesos, sin embargo, los persuadieron después á que en el interés de la Francia estaba ligarse con los arjentinos, por las mismas razones que habían determi- nólo su alianza con Ies orientales Concluyeron enton- ces por entenderse franca y ccrdia!mente con el Jene- ral Lavalle y sus amigos. Necesitábase un punto en que reunir y organizar la emigración. Ninguno ofrecía las ventojas locales de la Isla de Martin García; ninguno, como ella, llenaba un importantísimo objeto político. Los arjentinos, or- ganizando nuestra fuerza en Martin García, queríamos dar una desmentida solemne á la imputación, que Rosas liacía á la Francia, de querer conquistar lá Isla para sí, y mostrar cuanto cuidábamos de poseer siempre nuestro territorio. Comisionado, al efecto, por el Jeneral Lavalle, pase abordo de la "Minerva," el 1. c de Juliode 1840, á ne- gociar con el Sr. Almirante Le Bíanc, el permiso de organizar allí nuestras fuerzas, á lo que se prestó este O Véase el JS'o. 0 de los documentos justificativos.— 22 — jefe, con la franqueza propia de quien tenia ya un ínteres común en el negocio. Desde entonces, fué completa la fraternidad de ar- jentinos y franceses. Había tomado á su cargóla direc- ción de los negocios del Plata el Sr, Buchet Mar. tigny, nombre que no puede pronunciarse sin gratitud y sin respeto. (*) Determinado á servir á su patria, aun con riesgo de su responsabilidad personal, y sostenido en sus ideas por los Sres. Baradére y Roger, dió á la em- presa encabezada por el Jeneral Laval.'e el primer sub- sidio de dinero, que, aunque de corta cantidad, fué el primer paso hácia un sistema, que condujo después á una aliai.za formal con los pueblos Arjentinos. Embarcóse el Jeneral, el 2 de Julio, á bordo del ber- gantín francés "Alerte". Comandante Olivicr, miéntras la poca jente que entonces tenía reunida se dirijia en otro buque á Martin García. Antes de dejar aquel jefe la rada de Montevideo, tuvo detenidas conferencias con el Sr. Almirante Le-Blanc, primero en tierra, y abordo después; en las que concertaron sus medios de acción: y el Jeneral partió luego para la isla, á bordo de un bu- que francés. Formó allí su campo, al lado del que ocupaba la guarnición francesa, y cuando, organizada ya la Lejionl Libertadora, estaba á punió de abrir su campaña, elI Almirante Le-Blanc pasó personalmente á Martin Gar- cía, á concertar con el jeneral Lavalle las últ mas me- didas. Poco después, el 2 de Setiembre, toda la fuer- za Arjentina que constaba apénas de quinientos hombres se embarcó, en buques de la escuadra francesa, y tomó tierra en la costa Entreriana, en los primeros días del mismo mes. j Este hecho era ya muy elocuente. La marina del (*) El carácter de este ájente, su conducta pública, su comercio familia le hacen estimable á cuantos le conocen, y su nombre durará siempre en I* .memoria de los Orientales y Argentinos. — 23 — rey no podía conducir á su bordo, y á expensas suyas, tropa armada estrangera, sin que la ligase con ella un interés común. Pero el Jeneral Lavalle no tenia, hasta entónces, otra representación, que la que le habían dado los emi- grados, reunidos bajo su enseña; obstáculo no pequeño para entenderse con los ajentes de un gobierno consti- tuido. Todos lo reconocían así, y deseaban todos un medio de removerle. Pronto se presentó la ocasión. Quince dias ha- bían pasado desde el desembarco de la Lejion Liberta- dora en Entrenos, cuando, el 22 de Setiembre, desbara- tó, en el Yeruá, triple fuerza del tirano, única que la in- vasión al Estado Oriental habia dejado en Entrenos. Robustecida con la moral de este triunfo, la Lejion Li- bertadora se presentó en la frontera de Corrientes y lla- mó á la resurrección á ese pueblo heroico, cuyo primer alzamiento habia sido sofocado por el lamentable revés del Pago Largo. Jamas el pueblo Correntino fué sordo a la vez del honor y de ta Libertad. En un día, el 6 de Octubre, se puso en pié toda la Provincia: el voto jeneral confió el gobierno al Sr Ferré, ciudadano patriota y honradísimo. El Jeneral Lavalle, posponiendo toda mira de en- grandecimiento personal al mejor éxito de la empresa, y atento, sobre todo, á dar á esta un caráctRr de respe- tabilidad, una representación política, capaz de habilitar á los Ajentes de la Francia para entenderse con sus Je- fes, no vaciló en ponerse, él y sus tropas, á las órdenes del nuevo Gobierno Correntino. (t> Aceptada la oferta, fué nombrado, por el Gobierno, Jeneral en jefe del ejército, que Corrientes formaría con- tra el tirano, y al que habia de incorporarse la Lejion de Martin García. (í) Véase el No. 6 de los documento». Véase el No. 7 de to« documentos.I j ; Entabláronse entonces mas formales relaciones por el gobierno Corrontino y el Jeneral Lavalle con los Ajentes de la Francia. Estos no tuvieron ya reparo cu entenderse con el Jeíc de una provincia independiente, ni en estrechar con ella su alianza. Canjeáronse en consecuencia, muchas y muy importantes comunicacio- nes; los puertos Correntinos fueron abiertos al comer- cio; buques de guerra franceses acompañaron en con- voy los buques mercantes correntinos; el Ejército Li- bertador, aumentado ya al número de mas de tres mil hombres, recibió cuantiosos auxilios en dinero, víveres y armas, de los Ajentes de la Francia; mientras que una fuerza naval francesa cruzaba el Uruguay, para mantener las comunicaciones del ejercito, y facilitar el envío de los objetos que necesitaba. Abierta, el 27 de Febrero úl'.imo, la campaña sobre el Entrenos el Jeneral Lavalle pidió á sus aliados la ocupación del Paraná, para cortar al enemigo los auxi- lios de Buenos Aires, y protejer las operaciones del ejér- cito. Inmediatamente una fuerza compuesta de seis buques de guerra franceses ocupó aquel rio, mantuvo las comunicaciones ccn les Libertadores, los proveyó, cuando fué preciso, de pólvora, de plomo, de cañones; estableció reductos y baterías en tierra, para protejer el embarco del ejército en una costa del rio, y su desem- barco en la otra; peleó denodadamente en esos reductos y donde quiera que fué necesario; hizo, en una palabra, todo, todo, lo que habría hecho siendo una flota argen- tina, á las órdenes del Jefe del Ejército; ó siendo éste francos, combinado con el jefe de aquella. Mientras reinaba en las operaciones de la guerra esa unión y fraternidad, esa alianza rigorosamente tal, los Ajentes de la Francia en Montevideo cultivaban re- laciones, que la afianzasen, tanto con el Gobernador Fer- ré directamente, cuanto con los representantes del Je- neral Lavalle. Por indicación de los Ajentes mismos, habia dele- — 25 — gado este sus poderes en una comisión de cinco miem- Ijí-os, que recibió el nombre de Comisión Arjentina, y que se tuvo especial cuidado de componer de hombres que representasen toda9 las antiguas opiniones que ha- bían dividido la República, á fin de desmentir, por los liechos, la idea de que la Francia apoyaba un partido en el Hio de la Plata. El objeto principal de esa Co- misión, como su encargo casi esclusivo, era entenderse con los Ajentes de la Francia, en todo lo relativo al equipo, provisión y conservación del Ejército; y en cuanto pudiese conducir al mejor arreglo de los negocios, después de postrado el enemigo común. Entendíase ella, directamente y de oficio, con el Sr. Almirante Le-Blane, y con el Sr. Buchet Mar— tigny: muchísimas son las notas que dirigió á estos Sres. y que de ellos recibió : muchas las sumas de dinero que, por medio de su Ajente, puso la Francia á su disposición, recibiendo de ella los formales documentos que justifica- ban esas erogaciones. Aquella correspondencia y estos ¡documentos, han sido puestos en manos del Gobierno francés; quien, no solo aprobó todo lo hecho, sinó que demostró su conveniencia en las sesiones en que pidió á las Cámaras los fondos necesarios para pagar esos gastos. Los hechos hasta aquí referidos no necesitan apo^ Ivarse en documentos : son de completa é irreprochable rnotoriedad. Ellos, la correspondencia de los Ajentes [franceses con el Gobierno de Corrientes, y con la Co- jmision en Montevideo, probaron á los ojos de todos, y probarán siempre, para cuantos tengan probidad, la ¡existencia de una alianza, revestida de todos los carac- teres de tal. Pero no estaba reducida n pacto escrito, dirán aque- llos para quienes la fuerza de una estipulación deriva Oclusivamente de la escritura. Pues bien; sí lo estaba, Respondemos ahora. Un pacto formal, escrito, celebra.-— 26 — do precisamenté con el fin de regularizar la alianza, que solo de hecho existia, y de establecer sus mas naturales consecuencias, la puso el último nema de respeto y so- lemnidad. Estipuláronse, en un Protocolo, todos los puntos convenientes para el mejor arreglo de la cues tion pendiente con Buenos Ayres, en términos que harán eterno honor á los que le subscribieron:—al Agente de la Francia, porque, al paso que obtenía, de un modo decoroso, lo que la Francia solicitaba, la aseguraba la estimación y las simpatías, de estos pueblos, y la funda ba un porvenir ventajoso, y de gloria :—á los Argenti- nos, porque dieron, y registraron, en ese documento, las pruebas mas intachables de su celo por la independencia, por la nacionalidad, por la gloria de su patria, y esta- blecieron, respecto de los extranjeros, principios que solo Rosas no profesa. Envano gritará, en adelante, ese embustero renom- brado, que los Argentinos vendían la independencia de su patria : el Protocolo de 22 de Junio sofocará el eco de sus calumnias. Pudimos callar, y dejar que nos in- sultáian, mientras fué necesario : ahora dejó de serlo. El documento de que tratamos debia permanecer secre- to, hasta el dia de su ejecución : estaba asi pactado: pero, habiendo intervenido la convención de 29 de Octubre, que destruyó todo su efecto, hemos creido que ya podíamos publicarle, sin violar la prometida reserva. Le publicamos, pues, con satisfacción : él prueba acaba- damente la alianza, y lo que de ella pudo la Francia reportar, (*) Esto, que para el público es una novedad, no lo era para el Sr. Mackau. El recibió ese documento, de un modo auténtico, le tuvo en su poder, ántes de recibirla invitación para tratar, y le ha quebrantado con pleno conocimiento de su contenido. (*) Vcase el No. 8 de los Pecumcnter, — £7 — Hemos querido demostrar, y probar, tan prolija- mente estas alianzas, para destruir hasta la esperanza de decir, que el Presidente del Consejo del Rey pudo equivocarse cuando las proclamó, desde lo alto de la Tribuna, reconociéndolas solemnemente, á la faz de la Europa. Por lo demás, este reconocimiento nos habría bastado. En derecho de jentes, como en derecho civil, la confesión de la parte obligada en un pacto es una prueba, que releva de toda otra. Nada mas notorio, nada mas repetido, que la in- sistencia con que aquel alto funcionario manifestó, en ambas cámaras, que naturalmente había venido la Fran- cia á ser la aliada del Presidente Rivera, y del Jeneral Lavalle: que nada era mas legítimo que esas alianzas; y que en ellas habia encontrado la escuadra francesa todos los socorros que la eran necesarios. La Francia, como todo el mundo, ha oido la explanación, hecha por el Señor Thiers, de los medios que podían emplearse contra Ro- sas. El bloqueo, las alianzas locales, una expedición. El primero está reconocido como ineficaz ; la expedi- ción es un medio á que no se recurrirá, sinó en último estremo: el Gobierno, pues, ha adoptado, y se halla en el segundo, en el de cultivar alianzas locales.—Tal fué el lenguaje del ministro. A pesar de tan solemne reconocimiento, á pesar de los hechos que hemos desenvuelto, y de los que ni uno solo ignoraba el negociador francés, él se atrevió á decir al Comisionado del Gobierno Oriental, u que la " Francia no ha reconocido como aliados suyos, ni á la " República Oriental, ni á las tropas que están á las ór- " denes del Jeneral Lavalle : que ha visto solo en ellas M auxiliares, que la casualidad le había proporcionado: " que los demás han sido actos personales de sus agen- " tes. " (*) (*) Palabras del Almirante, en su conferencia eon el Sr. Lamas, á bordo del "Ki-lánipago", el 11 de Noviembre.—Este documento acaba de ser oficial-— 28 —t Estas palabras —i sentimos decirlo, pero es la ex- presión de nuestra conciencia — desdoran igualmente a! hombre público, y al hombre privado ; porque contie- nen una falta de verdad intencional. La Francia, respon demos nosotros, por el órgano del Presidente del Con- sejo de su rey constitucional no solo ha reconocido como aliados suyos, al Gobierno Oriental,! y á las tropas quo manda el JeneraL Lavalle, sinó que ha proclamado esas alianzas como útiles para ella, como lejítimas, como na- turales : las colocó entre los medios do hostilizar á Ro- sas, y las declaró el medio adoptado. Aliados, no auxi- liares, los llamó siempre el Sr. Thiers ; suya es la ex- presión alianzas locales, aplicada á las del Rio de la Pla- ta : por la suerte de los aliados, en caso de tratar, pre- guntó el Visconde Dubouchage al Sr. Thiers, en la se- sión de 15 de Junio ; y sobre los aliados, comprometidos por la Francia, fué la respuesta del ministro. Las pa- labras del Almirante están solemnemente desmentidas por las que, en tres distintas sesiones de las Cámaras, pronunció el jefe del Gobierno de quien él depende. Hai poquísima nobleza, hai falta.de verdad, hai es- píritu de envidia y de venganza, en atribuir los sucesos á actos personales de los Ajenies. Preguntamos al Sr. Mackau, ¿si el envío de cañones, sables, lanzas, terce- rolas y municiones, que condujo el Sn Dupotet, á dis- posición del Sr. Martigny, y para esas tropas que maní I Almirante no dice, en esto, verdad; pues que, en su conferencia con el Sr Ministro de Gobierno, cuyo protocolo firmó, aseguró que sus instruí-cantes I' dejaban una gran latitud.—Pero, si ellas le prescribían hacerlo que lia hecho, el Almirante jamas debió encargarse de una misión de deshonor ; dobi« imitar la conducta del Sr. liaudiu, porque el brillo que procuran los favores de un» « orle no borra la negra mancha de una acción indecorosa. (t) Aun eso sería falso; parque, cuando liosas trató, había espirado < I n i iuíuo de. seis meses porque aceptó su reelección; y ni había sido reelecto. DI había declarado 61 que prorrogaba el término de su aceptación. Kl AlmiraiiK tenia el hecho oficial de la expiración de aquel plazo, Jr iiingim hecho rgua'" incnte oficial en contra. — 47 — jentina (t); de arjentinos proscriptos, y del territorio de la Confederación Arjentina, habla el artículo 3. c , lo mismo el 4. ° , el 5. ° , el 6. ° ; y por el 7. ° se estipula el envío á Paris de un ministro, que represente no á la Provincia, de Buenos Ayres, sinó á la República. Con toda ella, pues, con todas las Provincias que la componen enten- dió tratar el Almirante; asi se esforzará en persuadirlo al Gobierno Francés, haciéndole entender que todas es- tán obligadas en el tratado. El engaño puede ser de funestas consecuencias. Preciso es precaverlas; preciso, que la Francia sepa, y Mi Gobier.io también, aunque se empeñe en cerrar lo« ojos, que ninguna Provincia de las que forman la Repú- blica Arjeníina esti obligada en ese tratado, si no es— concediendo mucho—la de Buenos Ayres; y que el Sr. Mackau engaña á su nación, presentándola, como trata- do, un papel que á nadie liga. Muchas veces se hadicho que la costumbre consti- tucional que rije en las Provincias Arjentinas. es que ca- da una de ellas delegue Ja facultad de entender en las Relaciones Exteriores, celebrar tratados &a., no en el (íobierno de Buenos Ayres, una vez para siempre, sinó especi limante en el Gobernador, cada vez que se elijo uno en los periodos legales. Todo esto, muy sabido para nosotros, necesita demostrarse, y probarse también, para los que no conocen nuestras institucciones, que, en la Europa, es por desgracia, la casi totalidad. Esto vamos á liacer, distinguiendo la facultad de celebrar tratados, de la de ratificar los ya celebrados. De todas las Provincias Arjentinas, solóla de Bue- nos Aires se halla en contacto directo con el estranjer.), (t) El protocolo del 98 de Junio (documento Na. 8) tolo se contraía á la provincia de Buenos Aires, porque, ni el jcncral I.avalle, ni la comisión que le representaba, podían estipular cosa alguna á nombre de la soberana Nación •nental; Corrieníes se había ya arreglado con la Francia, no necesitaba que por ella se tratase, y en todo caso, tenia su gobierno que lo haría dírectament>— , csp protocolo había verdad: en el tratado que le ha reemplazado hay un em- buste manifiesto.— ^48 — jx>r su situación jeográfica sobre el gran'Estuario del Plata (t). De ahí la d'ficultad, para Jas otra?, de en- tenderse con los gobiernos de ultramar, y la consiguien- te necesidad de delegar ese derecho en el de la sola pro- vincia que puede cóm< damente hacerlo. Era esta una antigua costumbre de la República, cuando una ley del Congreso jeneral de todas las pro- vincias, reunido en Buenos Aires, la sancionó, en 1H25, hasta el establecimiento de una autoridad nacional. Mas adelante hablaremos de esta ley. Daremos, entretanto, una prueba capital de la abso- hita necesidad de aquella especial delegación. Repro- chaba á Rosas el Sr. Roger, en su ultimátum, el no que - rer admitir ajentrs diplomáticos de la Francia, al paso que negaba á los Cónsules la facultad de suplir la falta de aquellos; y citó, entre otros, el ejemplo del Marques de Vins de Payssac. Contestando Rosas á ese cargo, di- jo estas palabras literales : " La llegada, y presentación f, del Sr. Payssac tuvo lugar en los primeros meses de la ., actual administración, que, como es notorio, fue consi- ,, guíente al sacudimiento jeneral que habla tenido toda la Provincia, y cuando no eran ciertas, ni determinadas, ,, las delegaciones al actual Encargado de las Relaciones „ Exteriores, por los Exmos. Gobiernos de los pueblos Con- >, federados, para expedirse en estos asuntos (J). ¿Que de- „ claracion mas inapelable de que, sin aquella delega- ,, cion, Rosas nada podía hacer en las Relaciones Ex- „ teriores"? El Sr. Mackau, que, en su conferencia con el Sr. Ministro, dijo "haber estudiado, con el mayor esmero ,, todos les datos que habia recibido, sobre este negocio, (t) l.as de Santa Ve, Entremos y Corriente*, aunqu litorales, «están bre el Paraná y ol Uruguay, rios enteramento interiores. (t) Respuesta de Arana, de 18 de Octubre, de 1838, al vUmátum del 3r. Uogor. Edición de Buenos Ayres, pag. 44. — 49 — del Ministerio.de. Relaciones Exteriores de.Francia, " debió necesariamente haher leido aquellas palabras, qu3 tanto le importaba tener presentes. La necesidad de la delegación es, pues, un hech > innegable. Apliquémosle. Rosas, nombrado dictador por cinco años, el 7 d¿ Marzo de 1835. se recibió del mando el 13 de Abril, y término expiró en igual dia de 1840.—Con él espiró también la delegación que tenia de las Provincias.—Fué reelecto por igual periodo, y selo aceptó por seis meses: pero su reelecion nr> producía ipso jure la continuación de aquel especial mandato: era indispensable que le fuese renovado. Léjos de serlo, le fué retirado esplícitamente por los que se le habían conferid:). Es este un h-cho oficial, de que tenía pleno conocimiento el Señor Mackau. La Sala de Representantes de la Provincia de Tu- rumaii, sancionó, el 7 de Abril, una ley, por la que se ne* c;ó á reconocer á Rosas el carácter de Gobernador de l¡ uenos Ayres ; y le retiró la autorización, que, por par- te, de aquella provincia, le habia sido conferida para mantener y conservar, las relaciones con las potenciad extranjeras, (f) Esta ley fué oficialmente comunicada á'Rosas por el gobierno Tucumano, en 10 del mismo mes, exijiéndo- le que, ú fin de evitar dudas y controversias que pudie- ran suscitarse, mandase publicar esa declaración en los diarios de Buenos Aires. (J1 Rosas se guardó bien de publicaría, porque su ob- jeto era continuar engañando.» \o¿ suyos, y á los extra- ños. La Provincia de Salta, por medio de-su Lejislatura, sancionó también una ley, en 13 de Abril, por la cual destituyó á Rosas, desde aquella ftcha, del encargo de I ♦) Véase el N. • II de los Documento*. [t] Véase el N. o m 7— 50 — mantener tas relaciones exteriores, y de la facultad de ha- cer la paz ó la guerra. (*) El 5 de Mayo la Provincia de la R oja declaró por mía lev, que ella reasumía las facultades que tenia confe- ridasá Rosas, para intervenir en las relaciones con las naciones ex'ranjeras. (**) Igual ley dictó la Provincia de Catamarca, el 7 de Mayo, declarando á Ro as separado del encargo que, por parte de esta Provincia, se le hnbia heclio de entretener las relaciones exteriores de la República. (^} En términos igualmente positivos se pronunció la Provincia de Jujuí, en unn Asamblea, el 18 de Abril, en la que declaró que retiraba los poderes que le confia - ron á Rosas, para entender en las relaciones exteriores de la'República. (***) Por lo que hace á la alta Provincia de Corrientep, sabido es que fué la primera en pronunciaise, y no se necesitan otros documentos que la convención celebra- da con el Estado Oriental, mencionada mas arriba. ¿ Qué espíritu sano p .dria dudar, en vista de esto* documentos, de que Rosas no representa á las seis Pro- vincias que los dictaron ?—La única escusa seria la de ignorar su' existencia: pero ni aun esa queda al Sr. Mackau. E recibió prolijos informes á t erca de la legal incapacidad á Rosas: tuyo .amplias explicaciones sobre la necesidad de la ctclegacion de 1 as Provincias : tuvo también, y di be ahora tener en sus manos, todo? estos docuni ntos, comunicado* con autenticidad oficial por el Sr. fiuchet Mariigny. Provocamos al Sr. Mackau á que niegue este hecho. ' Había - llegado apenas al bloqueo, y empezado si negociación, cuando se recibió en Montevideo la noticia T)*tx>Trcs '**<" ,i^*>^\ dvYjmoo 5»tja jtwoij. i* o*£innts« (•) Véase el N.° 13. (••) Véase el N.=> 14. [§] Véase el N:° 15- . " " ••• [**•] Véase el N. ° 16. — 51 — de In ocupación de la Provincia de Santa-Fé y sn capital por el Ejér,.-i;o Libertador, y del cambio consiguiente de su polínica. Tres h.nm después de recibidas esas noticias, se enviar n al Sr. Mackau, por persona ofi cialmcnte carác ter zada, en copia*, que saqué yo mismo, y que llegaron á sus manos, según me lo anunció una caria de su edecán, el Sr. Page. El negociador tenía, pues, conocimiento oficial do que siete provincias, al ménos. de las catorce qae forman la Repú! lica, habían retirado á Rosas la facul- tad de tratar en su nombre. ¿Podrá, en consecuencia, decir, con verdad, que trató con el encargado de las Relaciones Exterioras?—No, no puede decirlo; y la Francia verá, por estos hechos, por esos innegables do- cumentes, que su representante la engaña, contando, para alucinarla, con el poco conocimiento que en Euro- pa se tiene de la organización y la política de los Es- tados Americanos. Si faltaba capacidad á Rosas para negociar el tra- lado, mil veces mas carecía de ella para ratificarle} y en este punto, es preciso reconocer que tuvo el designio inanifi sto de burlarse del Sr. Mackau. Empiezi el Dictador su ratificación, diciendo: que, "en cumplimiento de la ley fundamental de 23 de line- „ ro de 1825,. dio cuenta de la precedente convencipn „ á la Honorable Junta de Representantes de la Provinr- „ r/a; y obtuvo su pleno poder y aprobación para ra- .. tifie irla." ¿Se tomó el Sr. Almirante el trabajo de averiguar que ley es esa que Rosas invoca? No puede ser, aun- que su obligación era averiguarlo, para no dejarse bur- lar como un n ño. .. . En primer lugar, esa ley (J), dictada no por la jun- ta de Buenos Aires, sinó por el Congreso jeneral de la— A* — República, confería al Gobierno, de Ja provincia la fa- cultad de celebrar tratados, provisoriamen'e y hasta re •lección del Poder Ejecuiivo Nat ional. E^tatuvolu- £»r el 7 de Febrero d S 1826 (**), y desd? ennónees con- cluyeron, para siempre, los efectos de aquella lev pro- visoria. En segundo lugar, c?a propia ley, invocada por Ro- sas para ratificar el tratado, dispone que, c uando alguno celebre el Gobierno de Buenos Aires, cneargndo de las Relaciones Exteriores, "no podrá ratificarlo sin obtener previamente especial autorización del Congreso * — El Congreso no existe, desde 1827, y Rosas h » hecho creer M Sr* Mackau que lo rh:smo es la Junta de Represen, «antes de Buenos Aires, que el Congreso de todas las prorineias. ¿No es esta una verdadera burla? Como en estas materias los hechos sofocan todos tos argumentos, citaremos dos, muy graves, que apo- can lo que dejamos dic-ho sobre la ley de Enero. En el mes de Agosto de 1828, terminó la guerra de la República Arjentina, con el imperio del Brasil, j.or un tratado de paz. En esa época, se habia disoelto va el Gobierno Nacional: era preciso ratificar aquel tratado: el Gobierno de Buenos Aires, ni imajinó si- guiera que pedria hacerlo por sí, en virtud de la ley de 25 de Enero de-182»: mandó, por el contrario, un ájente á la Convención Nacional .reunida en ¡Santa Fé, á pe- dir la autorización para ratificarle; y aquel cuerpo, qué era, y se titulaba, la Representación Nacional de las Pro- vincias Unidas del Rio de la Plata, dictó una resolución especial, autorizando aj Gobernador Üorrego para ra- tificar la Convención (t). Él Sr. Mackau ha hecho re- ferencia á ese tratado con el Brasil, en el artículo 4. ° del auyo; ¿como no vio las solemnidades con que fué ratificado? (••) Rejietró Nacional—Hb. 2_° N.° 3- p«f. 5- {t| ííMefliN.» ie de h» Documento*. — 53 En 1829 la República Oriental, creada á virtud1 de esa propia Convención de paz, sancionó Su constituí eion política, que debia s6r revisada y aprobada, por" un Comisario arjentino y uno Brasilero. D, Santiago; Vásq iez fué enviado por el Gobierno Oriental, é'ñ el carácter de encargado de negocios, á recabar el nom- bramiento del Co.nisario Arjentino. El Gobierno de Buenos Aires 1c manifestó que no podia hacerlo por sí,: sin especial delegación de las provincias: el Sr. -Vá's^ quez se dirijió entonces á cada uno de los Gobiernos, pidiéndoles que la concediesen, porqueno podiá'ttettát'sá' el objeto de su misión, mientras los gobiernos que éómpo- nen la República no se prestasen á delegar pof su parte' aquel encargo. (H) " Esos gabiernosl contestaron de conformidad, ejer- ciendo aquel indisputable derecho, (f) ' - ¿Como dudar, en vista de estos antecedentes, 'que Rosas no podia ratificar el tratado, sin especial'auto- rización ad hoc, de los pueblos de la República? Algo mas: ¿como dudar de que esa convención no está ra- tificada ? ' No lo está, no: las provincias Arjentinas-protesta- rán de nulidad contra ella, como celebrada sm su coíi* sentimiento, y ratificada sin su delegación.- Protestarán^ decimos, y podemos añadir que hun empezado ya á protestar.—El primer acto del nuevo Gobierno de Santa : Fé ha sido dirijir al Sr. Mackau una nota, fecha 27 de" Octubre, notable por su dignidad y sus principios, 'He-'' na de sentimientos de simpatia hacia la Francia,'de equi- vocada confianza en su lealtad, y en sus auxilios; En ■ ella se previene ya al Sr. Mackau que ocho provinóias—! incluyendo la de Córdoba, alistada últimamente , ba^o1" la enseña de la libertad—"creen imposible ninguii je- (ti) Véase el N. 9 19 Je los Documento*. 0) Véase el N. = -¿0— Creemos que basta publicar una da estas potan las demás son semejantes......... . - ""■ •¿ ñero llára presente, por que se lo prohibian leyes especiales del país. Jefe de fuerza armada era el Almirante Mac- kau; sus buques amenazaban á Buenos Aires, con su presencia: Rosas, sinembargo, trató con él, quebran- tando su propósito y la única ley del país que le queda- ba por violar. - ' * r r ! No obraron así Sus adversarios, á quienes abusaba de vender el país. En el protocolo de 22 de Junio, Sfc estínuíó que, primero, se empezaría por levantar el. blo- queo y devolver la Islá; es decir, pór retirar él aparato de la fuerza: de modo qUe la Comisión Arjentina hizo por el honor del país, y por sus leyes, lo que no supo ha- cer el que tiene la impudencia de llamarse defensor del honor americano. Habia gritado que jamas concedería indemniza- ciones, porque Bácle y Lavie habian sido legalmente juzgados por 'delitos; y ahora reconoce deber esas in- demnizaciones, y confiesa bajamente que fué verdugo arbitrario de subditos franceses. ; 1 Declaró al Comodoro Nicholson que, para conce- der el-principio de esas indemnizaciones^ habia de re- conocerle también la Erancia en favor de la República, por los daños causados por el bloqueo (f); y ahora abandona humildemente esa pretensión. Natural era, y decoroso que, en caso de no avenir- se los árbitros, ellos mismos, ó los contratantes, nom- brasen el tercero e¡i discordia. Así lo habia pactado la Comisión Arjentina, con [tj Kota de Rosas aiSr. Nirliolson, de 12 de Abril de 1839 — El Sr. Mar-: tignv bizo una publicación de ésta correspondencia, en cabtellano, francés ¿in- gles.—Seguimos ese texto.56 — el Señor Martigny, en el protocolo de 22 dé Junio: pe- ro Rosas ha cedido vilmente á la Francia la prerrogati- va de elijir el tercero. ¿ Con que frente dirá después de eso, que sus enemigos vendían la independencia del Pais? El vociferó que jamas concedería el tratamiento dé la nación mas favorecida, porque no habia derecho pa- ra exij írselo por la fuerza ; y, sin embargo, le ha cedi. do, aunque envuelto en restricciones, consecuentes á ese espíritu mezquino, antisocial, que trata de lavantar muros de separación entre los pueblos americanos, y los eurepeos; y que ha dirijido siempre la negra política del Dictador. Protextó que jamas eximiría del servicio militar á los franceses, por que los extranjeros le presfeetan en Francia—lo que, por otra parte, es verdad ;—y conclu- yó por eximirlos, sin la mínima repugnancia. Rosas, pues, se humilló cobardemente ; toda su ri. dícula jactancia, sus declamaciones sobre la dignidad y la independencia Americana, no fueron mas que super- cherías y bravatas de un matón, que desafió á la Francia* mientras miró distante el peligro; pero que, viéndole acercarse rápidamente, cedió por miedo, por vileza, lo que negaba antes, por irracional obstinación. Pero, aun cediendo lo que ha cedido, está muy lejos de haber dado honor al representante de la Francia. No: este queda infinitamente mas deshonrado que aquel, tanto por lo que d€ dejó de conseguir, cuanto por las concesiones que, de su parte, hizo ; concesiones que nin- gún trances recordará jamas, sin que el rubor y la indig- nación, cambien el tinte de sus mejillas. • <- ¡ ■.. Antes de examinar el tratado, fijémonos un mo- mento en la conducta del Almirante, luego que. empe- zó las negociaciones. Su primer paso fué exijir y obte- ner, del ministro de Rosas, permiso para que todos los. residentes franceses que quisieran salir de Buenos-Ayres, pudieran hacerlo libremente. La población francesa, cómo t* nacional, corrió toda la domas, miró en aquel paso una cWa indicación de que el Almirante estáb* d*¿- terminado á riotransrjrr, sino ctín condiciones tan se ve- raspara ftofeas, que Jiacian la guerra casi inevitable. - CómO imajinarse, en efecto, q íe, determinado á ceder todo, se atrevería el Píen potenciarlo fransee á causar Ü sus compatriotas lo inmensos transtornos de una emi- gración violéntísima? Asi fué, sin embargo. Cuatrocientas personas (t% coya mayor parte eran franceses, dejaron precipitada- tterité á Buf-nos-Aires, en los buques del Almirante, "abandonando sus intereses, su industria, y Sufriendo», al embaircarsp, toda clase de dificultades, y aun de ve- jaciones indignas. Ochó dias después tuvieron que vol- verse á Buenos-Aires, maldiciendo lá imprevisión, ó la doblez, que los obligó a emigrar inútilmente. No sabe- rnos como responderá el Sr. MaCkau de un hecho se- mejante. El resaltado muestra que jamás pudo imaji- har que llegaría el caso de la,guerra ; de modo que el prorócar la emigración no fué mas que un golpe,de 10 que se llama diplomacia, para hacer creer que no pen- saba en transijir, _ . Lleguemos á considerar el tratado; ¿ Qué ha conseguido la Francia para Sí? ¿Qué, para sus airados? El examen de estos dos plintos com- prende el del tratado entero. ^Bdchortioso es comparar el Ultimátum de la Fran- cia, denunciado el 23 de Setiembre de 1838,—cuando «osasera omnipontente, cuando Oribe mandaba, por él y para él, en el Estado Oriental, cuando ninguna pro- co He aquí la respuesta ron que mp . favoreció una .persona caracterizaba « qMe* interrogué' A cerca do la emigración »-n buque» franceses, durante lai i». /'>rmcihnes de la Bonlonnaii*»—"/¿ résulie. des renseigturnen* puisés A dilcrsu >°*rtts.d,apr¿s le di'sir manifesté par Mr. Várela, qu» U clitfre des pajssagtrs aediterses nations, venus de Buenos Aires dans ees derniers tems.par les eU- *rTS ™<"»en* deguerrt Francais, ést d'environ trtisetnt quatrt vingls éix, **«■> ***s:femmej et enfants evmpris."- 8«rincia, ni ciudadano alguno ar jen ti no, amenazaba su po- der—con lo que de él se ha conseguido, en un tratado, én Octubre de 1840, teniendo contra sí ocho provin- cias Arjentinas, y el Estado Oriental, todos en armas. Había siempre sucedido—y bienio mostró la Fran« cia, en los primeros quince años de este siglo—que las ventajas de un tratado se midiesen por la posición del enemigo; y que se obtuviese tanto mas, cuanto mayor fuese la estrechez á que la guerra le hubiese reducido Eh el Pláta ha sucedido lo contrario. Vamos á verlo, En el Ultimátum de 23 de Setiembre de 1838, se fcxijió, como condiciones sin Jas cuales nopoaría tener lu- gar él restablecimiento cíe la armonía, 20,000 duros para Ja familia de Bacle, 10,000 para Lavie, pagaderas am- bas sumas inmediatamente) el reconocimiento del crer dito de Dcspouy, con el compromiso de pagar su capital dentro de un año, y de liquidar los premios éri tres Ineses, (t) Se fijaban allí las personas perjudicadas, las canti- dades que había de dárseles por reparación, y los térmi- no del pagó; ' Pues bien; el restablecimiento de la armonía ha teni- do lugar sin que la Francia obtenga ni el reconocimien- to de acción alguna de determinada persona, ni el mon- to de ninguna cantidad, ni los términos siquiera eh que hayan de hacerse los pagos. En una palabra, lo único que se ha conseguido es el reconocimiento de uñ princi- pió, que no hay necesidad dé rejistrar en tratados ; por- que sabido es que, eon tratado ó sin él, el que perjudica á otro sin razón, le debe indemnizaciones. Qué se ha adelantadó,pues, con ese reconocimiento? A nuestro juicio, nada. Antes del bloqueo, Rosas debia de derecho indemnizaciones, por solo haber causado in- debidos perjuicios; se le bloqueó, no para qoe reconocie- ra lo que nada importaba que negase, sino para que cum- " £t] Art. I. » 8. • y 3.» MVUmátnm, paj. 17, edieion de Buenos Air»* pliera esa obligación, pura que pagase. Después de cor- ea de tres años de bloqueo, de hacer inmensos gastos, de acumular buques y fuerzas,, de formar alianzas, se concluye^ no con la paga, no con el cumplimiento de Jas obligaciones que causó el bloqueo, sino con otra obli- gación nueva.—¿ Y qüé gana la Francia con que Rosas «Jeba indemnizaciones por un convenio, mas bien que por solo el ministerio del derecho universal ? ¿ Que ga- na, sinó se le paga? El hecho es que todo.lo que ha ob- tenido es variar Ja naturaleza de la obligación de Rosas: antes. era tácita, ahora es expresa. He ahí toda la di- ferencia., . my 1 Si Rosas* después de liquidadas las indemnizacio- nes, para lo. que pasará tiempo, rehusa pagar su monto, £ues que ningún término hay fijo, ¿qué se hará? ¿Otro loqueo para que pague? No era eso lo que pidió la Francia en su (ultimátum. un. • j»1 i A mas de las indemnizaciones, pidió también, en ese propio documento, como reparación indispensable, la destitución de Coronel D. Antonio Ramírez, autor de las violencias cometidas con Lavie, movido por una sórdida rivalidad comercial. No solo se ha ..cedido completar mente en este punto, sino que. ese mismo Ramírez, to- mado por Jos franceses, cuando se retiraba de la prev- sencia del Ejército Libertador.á quien combatía,, es der vuelto á Rosas, en el momento de firmarse la paz, sin la menor garantía de no servir contra el Ejercito. Se devuelve á las filas de Rosas, para que combata al.que fué aliado de la. Francia, el mismo hombre cuya desti- tución se exijió á grito herido. Ramirez.es una com- pleta nulidad militar: su libertad nada importa; pero se ha violado con ella un principio, y se ha devuelto á Rosas un verdugo de sus compatriotas, y también de los franceses, según el ultimátum. . ( Lo único que realmente ha obtenido la Francia es el tratamiento, para las personas y propiedades de sus íúbditos, en el pié de la nación mas favorecida.. Pero,aun en eso mismo, «1 Sr. Mackau ha concedido una re- dacción vilipendiosa, que desmiente 4a justicia -de-fas pretensiones de Ja Francia. Esto no es materia de duda. El artículo 6. ° de la convención concede aquel tratamiento ó los Franceses, "aunque tos derechos y gt>. M ceS que, en el territorio de la Confederación Arjenti- *< tina^ disfrutan -actualmente loa extranjeros en stte per- 44 sonas y propiedades, són cohrtrfíes á los eúbditesy ein- ** dadanos de todas y cada runa, de las naciones amibas ifc y neutrales/'—Si eWto es tesis g-c*r6l ¡es elfrtneipto que Ik -FrancSa reclamabn •? . *u gobierno y sas ajen tes han fundado las hostilidades en que los subditos france- ses no gozaban raqüellos derechos, Como los ingleses y ios americanos i ahora el tratado reconoce que los haa disfrutado lo mismo que ellos. Esa redacción^ «pues, consentida por el Sr. Mackau, no varía la naturaleza del tratamiento qtre 'Se •con- cede; poro ofende inmensamente á ha Francia, en cuan- to dá á Rosas un documento, con que poder mostrar & los •neutrales, que él siempre concedió, atm á los franceses, un tratamiento justo; y qué la Francia sola ftíé la •causante del bloqueo. La Testriccion establecida por el artículo 6. °-, "fea virtud de la cual los franceses renuncian los dtereeho* que ía República puede conceder á los ciudadanos dé tos Estados de Sud América, és la espresión del prih- teipio antisocial y mezquino, qtte tiende á levantar tnuros dé separación entre la América y la Euro£rt; co- rno si pudiera jamas ser conveniente, ni aun posible, impedir, ó relajar,' lós vínculos qtie la civilización, el'co- mercio, la industria, el mútuo cambio dé las ideos, con- curren de consuno á estrechar. 'Esa restricción, ademas, ó no tiene aplicación al- guna, por ser referente á derechos que ningún extran- jero púéde reclamar,—en cuyo caso se ha puesto única- mente en odio á fe Frahoia,~ó si la tiene, deja á ésta potencia en una triste posición. Lo primero es evi- dente, después que, ni en el tratado con ía gran Bre- taña, ni en otro, que sepamos, se puso tan estráfla res- tricción. Lo segundo resulta de un raciocinio mui sen- cillo. Si los derechos de que habla el artículo pueden ser gozados por extranjeros, la Inglaterra los reclamará para sí, por.que su tratado la pone en el pié de la na- ción mas favorecida, no solo en lo tocante á personas y propiedades sino respecto de toda clase de derechos con solo que pueda gozarlos cualquier otro extranjero. Los iranceses,entretanto,no podrán pretender esos mismos de- rechos, porque el artículo 6. ° del tratado dice espresa- mente que no serán estensivos á ellos; lo que es una es- plícita renuncia por parte de la Francia. No tenía esa vergonzosa restricción el protocolo de 22 de Junio. , Ahí está, pues, todo lo que la Francia obtuvo en su tratado: lo que obtuvo de la sola provincia de Bue- bos Aires.i no de las otras, que nada estipularon. El precio á que lo paga es—dos años y medio de bloqueo, la interrupción,, por ese tiempo, del comercio neutral, y del suyo propio, con un mercado importantísimo; el gasto de algunos millones de francos en fomentar alia- dos, la afrenta de abandonarlos en el momento del triun- fo, la muerte de algunos distinguidos oficiales, la pér- dida completa y perdurable de toda influencia mercan- til,, y política en estas rejiones, y la confesión de que, para ser vencida en parajes remotos, basta que los go- biernos con quiénes luche, la opongan una resistencia inerte y pasiva, (f) Eso para la Francia: ¿que obtuvo para sus aliados? Obtener? Nada, absolutamente nada. Conceder [1] . Otra concesión hizo también el Almirante, tanto mas indigna y afren- tosa cuanto que ni siquiera aparece estipulada en el tratado. Tal es M de que el Sr. Petitjean jo podría volver á ocupar su püesto on la cancillería del Consu- lado francés en Buenos Ayreftl ' ¡Como! El Sr. Mackau proscribe á un compa- triota suyo, le cierfa la entrada á Buenos Ayres, su antiguo domicilio, sin dar para ello motivo alguno, sin que se le acuse de ningún delito, de ninguna falta; solo por que á Ro«as no le convenia su presencia. Es lo que faltaba al desho- nor del Sr. Mackau. Por lo que hace á la verdad del hecho, respondemos de él 'obre nuestro honor; y no habrá quien se atreva á desmentirlo.— 62 sí, eso sí; y concesiones indignas, aíreníosas, á favor del enemigo; alianza con él, para desarmar á los anti- guos aliados, para darle medios de hostilizarles. Esto es horrible, pero es una realidad. Empczemos, en este punto, por observar, que, sea lo que fuere lo que la Francia ha conseguido, en el tra- tado, lo debe casi exclusivamente á sus aliados. Propo- sición es esta que se demuestra por hechos irrecusables. Rosas rehusó toda clase de concesiones al Sr. Ro- ger, sin temor de sus amenazas, y dejó que se retirara. Las rehusó igualmente al Almirante Le Blanc, y se dejó bloquear. Los que no le conocían, se lisonjea- ban de que no soportaría dos meses el bloqueo. A los seis meses, rechazó el ultimátum del Sr. Ro- ger, á pesar de que le amenazaba con la guerra. Por el mismo tiempo, se negó á ceder cosa alguna, ni aun á la intervención del Gobierno de Oribe, alia- do suyo. Poco después, rechazó, con altanería la del Sr. Co- modoro americano Nichoison, á pesar de que ya tenía contra sí el estado oriental,y á algunas fuerzas arjentinas. En vez de conceder exijia, porque aun se creía seguro. En Marzo de este año, rechazó también las propo- siciones del Sr. Buchet Martigny, porque, aunque ja entonces eran muchos los elementos, estaban lejos, y no recelaba. Rosas, pues resistió seis diversas tentativas de ar- reglo; nada quiso dar, nada apear de sus pretensiones. Pero ahora no aguarda á que le propongan: ape- nas llega el Sr. Mackau, ofrece la paz, y cede lo que antes no imajinaba ceder.—¿ Por qué ha hecho esas concesiones? Porque su situación era estrema, porque se veía en el dintel de su tumba. Y quien le trajo á eso punto?—La Francia, inde- pendientemente de los aliados, no empleó otra hostilidad contra Rosas que el bloqueo, y el bloqueo reducido al Rió de la Plata, Esta hostilidad fué declarada y reconocida ineficaz* por el ministro Thiers en la tribuna de los diputados. El vigor de esa misma hostilidad, tal como ella era, se debía, en gran parte, al Gobierno aliado de Montevideo, al reglamento de Abril, y al decreto de 17 de Diciem- bre, que hacían mucho mas difícil el contrabando, yes- forzaban, por lo tanto, el bloqueo, —al gobierno de Montevideo, en quien, según las palabras del Sr. Thiers, la Francia encontró todos los socorros que la eran necesa- rios y obtuvo recursos para sus marinos. (*) La única hostilidad, pues, que la Francia empleó por sí sola fué ayudada rigorosamente por sus aliados. Estv.s, ademas, redujeron casi á la nada al ene- migo de la Francia. Cuando esta le bloqueó, cuando rechazó Rosas las cinco primeras tentativas de arreglo, su poder era inmenso. Toda la República le obedecía; mandaba ejércitos á la frontera de Solivia, ejércitos á invadir el Estado Oriental, y en su provincia no tenía un enemigo armado. Cuando cedió á la Francia, era todo lo contrario. Mil seiscientos hombres de sus fuerzas quedaron deshe-» ches en Yeruá por la Lejion Libertadora, el 22 de Se-* tiembre de 1839; un ejército de seis mil hombres fué desbaratado el 29 de Diciembre, en Cagancha, por las fuerzas orientales, al mando del Sr. Presidente Rivera; la provincia de Corrientes puso en pié un ejército for- midable contra él; la campaña del Sur de Buenos Ai- res se levantó también en masa; el 10 de Abril de este año fueron rotos y vencidos, en D. Cristova!, cinco mil hombres compuestos de sus mejores tropas; la provin- cia de Buenos Aires fué invadida por el Ejército Liber- tador ; la división de Pacheco constante de 1500 hom- 0-'¿* ■ ^ONS avotis óté los alJiés (Ju Montevideo, ct nous y avons trouvó tous oiir 6COUrs 1ui r'°u* ólaiciii necessuires. . - . . . Nos uiarius ont obtonu tlrs ro- rees j)uur ,.,,,[,. ezi^cnce semee de peni», & &.. &.—(Discuw de Mr. I"trs i lo th. des De]..) 1bres, fué disuelta como el humo, en el momento de pi- sar aquel en tierra; igual suerte corrieron después dos mil hombres que mandaba Vicente González; siete provin- cias de la República se habian alzado contra él, y pues- to ejércitos en campaña, y Santa Fé había sido tomada á viva fuerza por los Libertadores.—Tal era la posición de Rosas, al ofrecer un tratado. Todo eso habían hecho los aliados; y por esos es- fuerzos, no . por el bloqueo, habla cambiado completa- mente el estado del enemigo. Pero, á esos triunfos, se dice, habian contribuido los fondos, los buques, los marinos de la Francia. Es. verdad, gloriosa verdad, es- pecialmente para esos marinos franceses con quienes el Ejército Libertador se ligó por simpatías fraternales (J), y á quienes ahora se obliga á retirarse vencidos, sin ha- ber peleado.—-Todo eso es verdad, pero las armas fran- cesas solo auxiliaron ocasionalmente á los orientales y arjentinos. Contribuyeron á sus triunfos apoyándolos, no combatiendo en los campos de batalla. . ¡Y cuando el vencimiento, dé Rosas se debe casi exclusivamente á los aliados, el Almirante Mackau se aprovecha de sus esfuerzos, de su sangre, derramada, de sus fortunas perdidas, para conseguir una pequeña parte de lo que la Francia pedía; y abandona, con lo demás, á esos mismos aliados, á quienes debe lo que ob- tuvo!! Esto nos indignaría, sí no contásemos con que la Francia nos ha de vengar. Sí: la Francia, una nación cualquiera,—desde que desapareció del mundo Cartago, y con él la fé púnica—no puede aprobar acciones que tanto deshonor reflejan. ({) La Comisión Arjentina dirijió por dos ocasioríci la esprcsion del reco- nocimiento de los arjantinos A la marina francesa. La primera, en una noli dirijida al Sr. Almirante Le Blanc, qUo hizo de ella el uso debido: la segunda en otra del 5 de Julio último, dirijida al Sr. Dupotet, qne IsSreeibio.— Como es- te Sr. ha ocultado hasta ahora/ésta nota «i los malino» del Tarana, cie«mos con- veniente publicarla «htre los Documentos. Véase el N.s 22. Va tenemos una prueba.en laacojidaque recibieron jas proposiciones del Sr. Dupotet: la tribuna y la pren- sa—poder mas vigoroso que la tribuna—pusieron sobre ellas y quien las recibió, sello indeleble de indignación nacional, Y era principalmente por el abandono de los alia- dos.—El Sr, Mackau lo había visto, se hallaba enton- ces en Paris; ha temido ahora lo mismo, y ha creido evitar el anatema de sus compatriotas, escribiendo en el tratado palabras capaces de alucinarlos. Es preciso quitarle esa esperanza: tenemos interés en que el Sr. Mackau sea juzgado como debe serlo. El rehusó, como se ha visto, reconocer el carác- ter de aliado en el Gobierno Oriental, y lo mismo en Jos Arjentinos; y por eso no quiso darles la mínima par- te en la negociación.—¿Y entonces, en que capacidad, en virtud de qué poderes, mezcló en su tratado estipu- laciones relativas á los Orientales y los Arjentinos? Por una interposición amigable, dice el tratado : pero ¿ de cuando acá los amigos estipulan la proscripción de sus amigos, su humillación, el abandono de sus compromisos? El artículo 3. 6 no contiene una frase que no sea una irrisión, ó un ul raje. Rosas ofrece que los Arjentinos proscriptos, que abandonen, en un mes, la posición hostil que ocupan con- trae!, podrán obtener permiso de regresar á su patria. ; Quien es el que se halla en actitud hostil? ¿Rosas con- tra esos proscriptos, ó ellos contra ¿¿osas ? Este los en- carcela, les manda degollar, los fuerza así á evadirse y dejar el pais : ellos no hacen mas que substraerse á la muerte, y refugiarse en suelo estraño: ¿quien está, pues, en actitud hostil? ¿ La víctima ó el verdugo ? Rosas ofrece también perdonar á los individuos del Ejército Libertador, y de los ejércitos de otras provincias que, ocho dias después de notificados, depongan sus ar- mas y abandonen tu> banderas, y sus jefes. — ¡Cuanta 9idea cruel y vergonzosa oprime el espirita, al leer este artículo! La Francia se creyó con derecho á bloquear la .República por agravios causados por Rosas á unos po- cos de sus subditos; se creyó con derecho á no dejar sus armas, sin conseguir reparación de ellos; ¿y el Sr. Mackau cree que los pueblos Arjentinos, armados para derrocar un gobierno de sangre, de exterminio, de bar- barie, pueden dejar las armas, sin obtener mas que el perdón de ese Gobierno'. — ¡Ah Dios! ¡Cuánto esfuerzo es necesario para no derramar la indignación que esto despierta, y el ultraje que merece, sobre las canas dé quien tal pudo firmar! La Francia buscó aliados Contra Rosas, mientras no pudo vencerle sola : su gobierno armó esos aliados, les dió buques, los hizo ayudar por todos medies. ¡ Aho- ra el Sr. Mackau estipula, de acuerdo con el enemigo común, el modo de desarmar á esos aliados, y de que se entreguen inermes al verdugo ¿Y desarenarlos cómo?—No de frente, no á fuer de bravo, marchando a arrancarles las armas de las manos; einó solapadamente, á poder de intrigas, corrompiendo la fidelidad de los soldados, prometiéndoles perdón, si cometen el delito de abandonar á sus jefes, si quebran- tan sus juramentos. El Sr. Mackau no se contentó con abandonar á sus aliados: conspiró con Rosas para des- truirlos. La Francia saludó al Jeneral Lavalle, al Goberna- dor Ferré, á todos los Jefés de la Revolución, como alia- dos suyos: estos hombres prometieron á los franceses tratamiento de amigos, simpatías de hermanos; pelearon por ellos, se abandonaron á su fé.—Ahora el Sr. Mac- kau estipula con Kosas la proscripción perdurable del Gobernador Ferré, del Jeneral Lavalle, de todos lo* Jefes de la revolución!! El artículo 3. ° escluye d»' toda amnistía á esos jefes, cuyos soldados incita á la rebelión ¿ hat proscripción mas alevosa? La Francia man Jó al Plata oficiales de honor; má~ rinos. de nombre glorioso, para pelear y vencer enemi- gos, combatiendo. Ahora, la duraJey de la subordina- ción hará que uno de esos oficiales vaya, convertido en e^pía de Rosas, á ser el instrumento, el ájente vilísimo de Ja seducción, de las artes estipuladas para corromper el Ejército. (*) Y bien, el Sr. Mackau sabe cual es la pena de los) espías por las leyes militares, y por el derecho público de la guerra. Los jefes del bjército van á ver llegar á su campo dos Ajentes, comisionados por su enemigo, jtara seducir á sus soldados, é incitarlos á la rebelión. Si esos jefes sujetan aquellos ajentes á un consejo de guerra, que, con el texto de las instrucciones que lle- van, en una mano, y la ley militar y el derecho público de la guerra en otra, los mandan morir como espías del enemigo, empleados en corromper al Ejército, ¿qué di- na el Sn Mackau? ¿Se quejaría de que se cometía unt atentado?—El hecho no Sucederá ; porque los jefes del Ejército tendrán compasión del infeliz marino francés á quien se pone en tan horrible paso: pero el Sr. Mackau habrá, siempre puesto á uno de sus subalternos, en el caso de ser legalmonte condenado á morir, como espía. Y no se contentó el Sr. Almirante con excluir de» toda amnistía á los jefes: convino también en excluir á todos los quey á juicio de Rosas, le sean perjudiciales. Es decir, el artículo á nadie favorece : está escrito para leerlo á las Cámaras francesas y decirles : "Ved como he prot-*jidj.á mis aliados." ¡Innoble y bajísima ironía! a . Tal vez se ha lisonjeado el Sr. Mackau, con la es^- peranza de que la Francia creerá que una amnistía de* reBarrt * P reJ,8trar W1 observación. El Almirante no ha teñirlo -«míar¡« Ta" U"a c"m's"">^ notificar su tratado á los jefes de las fuerza» €3riUrtt . i8"' CU f tf"ito"n de la Confederación Arjenlina, para ver si esa 3" ° e8lr,,»<,°- hal,ria »'do mas justo y ínas racional, rrL- «ncuTo™Tl? co,n,slo"a *v™5 terior, ú opiniones políiicas, anteriores á esta conven* „ cion. Las autoridades serán inexorables con el que, de palabra ó por escrito, contravenga á lo estipulado ,, en este artículo " Sobre la fé de este tratado depuso Lavalle las ar- mas: y Rosas ha despojado después, ha degollado, ha esterminado, á los comprendidos en esa amnistía. Cuan- do se le echaba en rostro su falta de fé, contestaba: que con los tigres no hai tratados, que se les arman trampas y una vez tomados, se les mata. Resta añadir que este tratado íntegro, en español, y en francés, fué puesto en manos del Sr. Mackau, an- tes que fuese á negociar con Rosas. El Sr. Page, su edecán, nos le pidió espontáneamente^ le copió y Te tra- dujo él mismo en presencia nuestra, en nuestra propia casa, diciéndonos: "el Almirante necesita documentos „ como este, para justificarse : esto no se cree en Fran- ,, cia; es preciso mostrar el texto."—£1 Sr. Page está navegando para Francia : es hombre de honor: á fu testimonio apelamos. Entretanto, nosotros cumplimos lo que no cumplirá el Almirante, y presentamos ese tratado á la Francia y al mundo, (f) £1 artículo 3o, del Sr. Mackau, estipula por fin, esas supuestas garantías en favor de las personas de las abados; pero no de sus bienes; y el negociador ha te- nido la satisfacción de presenciar, por fruto primero do (t) Véase su texto en el No. 23 de los Documentos. — 69 — #u amigable interposición, el secuestro y venta, en pú- blico remate, de los bienes de multitud de esos Arjenti- no3, que la Francia llamó sus aliados. Los mismos dia- rios de Buenos Aires, que contienen el tratado, y las notas del Sr. Almirante, están llenos de les anuncios He esas ventas, concebidos en términos de sangre, y de fsterminio. ($) Los aliados Orientales no han sido mas felices que los Arjentinos, El Sr. Mackau ha estipulado que Ro.-as continuará reconociendo la independencia de esta Repú- blica, h que supondría que esa era materia de disputa. Sabida es, sin embargo, que jamas lo fué, ni podría serlo. La independencia Oriental es obra del tratado de paz (\\ic terminó la guerra con el Brasil. Celebrado entre él y la República, garantido por la Inglaterra, Rosas no podía desconocer esa indepen- dencia, sin quebrantar el tratado, sin romper con la In- glaterra y con el imperio. ¿Qué significa, pues, en la convención del Sr. Mackau semejante artículo? La explicación que dió al Comisionado Oriental en su con- ferencia del 'Eclair', es tan ridicula, tan falsa que solo sirve para consumar su deshonor. Éso es nada. El Estado Oriental es independien- te aunque Rosas no le reconozca. El artículo que supone garantirle lo que, sin necesidad de él, tiene y sa- be conservar, es mas ridículo que otra cosa. Pero el Sr. Almirante ha sido el primero en desco- nocer y atacar los derechos de ese Estado; cuya sobe- ranía e.xijió que sa reconociese. El ha hecho CStipula- Mdo (t) La Gaceta Mercantil del 4 de Noviembre publicó oficialmente, un cs- dt las entradas y salidas de la caja de depósitos en el mes d» Ottubre; que • omiene cincuenta partidas de ventas do bienes confiscados importantes ina« trescientos sesenta mil pesos, moneda de Buenos Aires. Esta suma no es, (uibarjo, la décima parte del valor de esos bienes ; porque los jefe», de los -mioob que invaden las casas, son los auieos postores en los remntes; caelu- ye« a todo otro liciUdor con amenazas de muerte ; y de ese modo compran por •l<«s lo «« vaí» viento, y macho mas, ManeUla et el jefe de rses especula,- «♦«res. '.— 70 — ciones sobre Mart'n G ir í.i, s'n q aere.- q le en f 11 ís par- ticipase el E ta !o Orientil, qu¿ o upó la Is'a con la Francia. E) ha dn-píresto, por sí s do de baques to- mados al enem g', p r fue z >s orientales y francesas; despojando así á ¡a lie, ú lxa do 1 > que es suyo. Tan evidente era su derecha á q ie no se d spusiera definitivamente de la Isla, sin su c ¡ncurrencia y con- sentimiento, qufi el Ministro Th ers, esc u ando, ante la Cámira do fos Pare -, la condicta del Sr. Dup< t t, dijo estas palabr ¡s m y i otab'es : u Se nos pedía que vo!vi¿- ,, sernos la 1 la de Mar in García; en eso no conseníire- mos; no por qu s la Francia quiera conservar para sí ,, la Isla, sino porque había en ese particular una cuestión ,, demasiado grave entre los dos gobiernos de Buenos Ai- „ res y Montevideo "(* ¿Cómo ha conser.t'do el Sr Mac- kau en lo q íe si go' i't no dijo que no consentiría? ¿Cómo hi des i tendido tan completamente esa grave cuestión, que ¡-u go'.i ruó respetó? El Andante ten a en eus manos el protocolo de 22 de Junio, y e;i él debió ver que el Sr, Martigny, consecue: te con l is i leas de su gobierno, se absturoclc hacer alteración alguna sobre la material ocupación que on la Isla tañí i el Gobierno Oriental; se limitó á pac- tar con 11 Com'sion Arjentina que el punto sería eva- cuado por ta tfiiai nicion francesa, poniendo en su lugar otra, dependiente del nuevo gobierno de Buenos Aires, amigo del Oriental; y respetando, por supuesto, el statu quo, hasta que ambos gobiernos se entendiesen amiga- blemente, sobre la evacuac ión de parte de los Orienta- les. En lugar de esto, el Almirante, no salo rompió el statu quo, sino que entregó la isla al enemigo del Go- bierno Oriental. (*) On nous demandan de rendre t'lio du Martin Garcin, ce á quoi no« no consentí ron» pas; non paa uue la Franco veuílle garder cette lie ponr e!1ueríe de los aliados, en caso de quo se tratara:. "Na ., es posible —decía aquel hombre que debe tener honor „ y corazón,— no es posible que una grande nación como „ la Francia, entregue sus aliad >s á la cólera de un hombre poderoso, y tan cruel como Rosas", (f) £1 jefe del gabinete contestaba ácsa noble interpe- lación, diciendo: que "la Francia se respetará siempre „ demasiado, para abandonar á los quo por ella se han ,, comprometido " (J) Pues bien: el representante de una grande nación romo la Francia, no solo abandonó sus aliados á la cóle- ra de un hombre cruel, sino que ajustó con este los me- dios de desarmarlos, la seducción de los soldados,, y la proscripción de los jefes. En vez de respetarse á sí mismo y á la Francia, para no abandonar á los que por ellos ee comprometieron, envia á los propios oficiales de la Francia á servir de Ajentes de la disolución, que pac- tó, del poder de los aliados. Lo que el digno visconde Dubouchage no creía pasible, en su corazón francés, aparece hoí consumado, y en grado infinitamente mas culpable. (t) II n'est pa> poeaible qu'une guinde nattoa comme U Franca lírresct alié» A la colére i un hommn puiaiant, et aueai cruel que Rosas.—Disc. tle Mr. nubovthngn, Ck. d* Pair$. 15 Juin. (t) 1.a trance se respecte ra toujoiirs trop, po«ir ahanr todos sus medios. La Francia se había presentado últimamente, enlazando á la bandera opuesta • mas pronto si se pudiere verificar, por el intermedio de un Minis- tro Plenipotenciario del Gobierno de la República, que á este efec- (o será acreditado cerca del Gobierno de S. M. el Rey de los Fran- ceses. Kn testimonio de lo cual los respectivos plenipotenciarios lo han firmado y sellado con sus sellos. Hecho a bordo del Bergantín parlamentario francés Houlun- mase, el dia 29 de Octubre de 1840. Felipe Arana. Barón de Mackau. Ratificación. N'os, Juan Manuel de Rosas, Gobernador y Capitán General de a Provincia de Buenos Aires, encargado de las Relaciones Este— lores de las Provincias de la Confederación Arjentina. habiendo, Sil cumplimiento de la ley fundamental de veinte y tres de Enero le mil ochocientos veinte y cinco, dado cuenta de la precedenteIV DOCUMENTOS. Convención á la Honorable Jutita de Representantes de esta Pro- vincia, para su consentimiento, y obtenido su pleno poder y apro- bación, para ratificar y confirmar dieba Convención ; por el pre- sante acto la ratificamos y confirmamos en toda forma, prometién- donos y obligándonos, en nombre de las dichas provincias confe- deradas del Rio de la Plata, á que todas las estipulaciones hechas y obligaciones contraidus en ellas, serán fiel é inviolablemente cumplidas. En i'é de lo cual firmamos de nuestra mano el pre- sente instrumento de ratificación haciéndolo refrendar por nuestro Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Hacienda, en los Santos Lugares de Rosas, á 31 de Octubre del año de Nues- tro Señor de mil ochocientos cuarenta. (Firmado.) Juan Manuel de IÍosa> f Firmado) Manuel Insiarte. Es copia conforme y autentica— BARON i>r. Mackau. No. 2. TRADUCCION. Montevideo, Marzo í) de 183!> Mi querido Señor : he llegado ayer á Montevideo, y me pro- pongo hacer hoy una visita al Sr. Muñoz, para instruirle de loque lia ocurrido en el Durazno, respecto á la declaración de guerra, v de lo que se ha convenido entre nosotros [con el consentimiento del Sr. Jeneral Rivera] para evitar toda desavenencia desagradable entre el Gobierno Oriental y los Ajentes franceses. Me ha parecido que debia instruir a V. de este paso, y suplico á V'., al mismo tiem- po, que tenga á bien fijarme V. mismo la hora y el lugar de la en- trevista, en que nos pondremos de .acuerdo sobre los término- (pie deben emplearse, en la nueva declaración, respecto dé nvttttt alianza de hecho, y de nuestras operaciones simultáneas. Acepte V. las seguridades de mi perfecta consideración. Amado Roen. Al Sr. Lamas, Oficial Mayor del Ministerio de Gobierno. DOCUMENTOS. V No. X CONSIDERANDO :— 1 = . Que por el manifiesto de fecha 24 de Febrero último, la (tepúblicn Oriental del Uruguay, ha declarado la guerra al actual Gobierno de Buenos Ayrcs. ■i. Que por el articulo 3 del bando de 10 de Marzo último, ge prohibe toda comunicación entre la República Oriental y el ter- ritorio donde sea obedecida la autoridad del Gobierno de Buenos Ayras. :{. Que por consiguiente está en el deber y en los intereses del Estado Oriental, asi como en los de la Escuadra Francesa, el oponerse á la violación de esta prohibición. En ejecución del referido bando y de la declaración del Sr. Honrante Le-Blanc, comandante en gefe de las fuerzas navales francesas en el Brasil y mares del Sud, de 30 de Marzo último. Futre el Sr. D. José Elluitri, Ministro de Relaciones Exterio- res del Estado Oriental, de lina parte : y el Sr, D. Ramón Baru- dére, Cón*ttl de Francia en Montevideo, procediendo, tanto en su carácter, como en nombre del Sr. Almirante Le-Blanc que le ha autorizado debidamente, de otra parte. Han convenido y arreglado lo que sigue :— Art, 1 ° . Se abrirá un nuevo registro pura todos los buques ■ Id cahotage destinados á la navegación del Plata, del Uruguay y del Paraná. •-Í. Cada embarcación recibirá un número de órdeu. :>. Los propietarios depositarán en manos do Ja autoridad Oriental competente, una fianza por el duplo del valor de sus bu- ques, queso estimarán por la Capitanía del Puerto de Montevideo. 4. Eos cargadores deberán presentar al Consulado de Fran- cia en Montevideo, para ser visado allí el manifiesto de sus carga- mentos, dados por la Aduana, y depositar en manos del Cónsul de Francia, una fianza igual al valor de sus cargamentos, arregla- dos sobre bi apreciación que hubiere servido al arreglo de los dere- chos de la Aduana. 5. Las formalidades establecidas en los dos artículos anterio- res son también aplicables á los buques y cargamentos que se des- pachen directamente de la Colonia para los Puertos dei Uruguay, y los propietarios podrán dar sus fianzas ya sea en la Colonia mis- ma al Capitán del Puerto, ó al Delegado francés que allí se esta- blecerá, ó ya sea en Montevideo, como se ha dicho en el artículo preeedent . fi Se establecerán, do común acuerdo entre el Gobierno Oriental y el Cónsul de Francia en Montevideo, cinco estaciones de servicio. La primera se establecerá en Montevideo.1 • i VI DOCUMENTOS. La segunda a cuatro millas Je las Barrancas de .San Gregorio, a donde permanecerá un buque do guerra francos, que tendrá i su bordo un delegado Oriental. La tercera en la Colonia. La cuarta en Martin Garfia. La quinta en ln boca del Guazú. á donde permanecerá ti i» buque francés, que tendrá a su bordo un delegado oriental. 7. Toda embarcación despachada de Montevideo para la Colonia, el Uruguay ó Corrientes ; de la Colonia para Montevideo el Uruguay ó Corrientes; en fin de la boca del Guazú para Mon- tevideo ó la Colonia, no podrá, durante su navegación en el Plata, demorar mas de tres dias; es decir, setenta y dos horas, sin haber hecho visar sus despachos por una de las cinco estaciones de servicio. 8. El visto-bueno de una misma estación podra obtener*» segunda y muchas veces por el mismo buque, pero los vistos-btie- nos de una misma estación, así como los de una estación á otra, no podrán obtenerse sino con tres dias; es decir, setenta y dos llu- ras de intérvalo. 9. Los visto-buenos de todas las estaciones, no son obligato- rios. Los capitanes ó patrones, bajo la responsabilidad de los pro ¿notarios de los buques y de los cargamentos, quedan libres, según el estad») del tiempo, y otras circunstancias de la navegación, para elejir la oportunidad de presentarse á una ó á muchas esta- ciones, atendiendo que, con arreglo al artículo 7, no demoren que tres dias, ó setenta y dos horas, sin haber hecho visar sos despachos. 10. Los visto-buenos de las estaciones de Montevideo y de la boca del Guazú son obligatorios para las embarcaciones qae salgan de Montevideo para el Uruguay y Corrientes y para las que salgan del Uruguay y de Corrientes para Montevideo. Estos vis- to-buenos harán constar el dia de la salida ó del arribo de los buques. 11. Los visto-buenos de las estaciones de Montevideo y de la Colonia son obligatorios para los buques que salgan de uno de estos Puertos para el otro. 12. El visto-bueno de la estación de Montevideo será firma- do por el Capitán del Puerto y por el Cónsul de Francia. El de la Barranca de San Gregorio será firmado por el Co- mandante del buque de guerra francés y por el delegado oriental. El de la Colonia por el capitán del puerto y un delegado francés. El de Martin García por el oficial francés y el oficial oriental que manda las fuerzas de la Isla. El de la boca del Guazú por el Comandante del buque de guerra francés y el delegado Oriental- 13. Se prohibe á todo buque seguir otra ruta en su nave- gación que la de la canal del Norte, y todos los que sean tornad"* DOC'l'ME.VroS. vil «a la canal del Sud, serán, por este solo hecho, considerados en contravención, y de legal captura. 14. Toda contravención á las reglas arriba establecidas trae- rá consigo la pérdida de la fianza por el duplo del valor del buque a beneficio del Gobierno Oriental, y de la fianza por el valor del cargamento, que quedará depositado en la caja de !a Cancillería del Consulado de Francia, 4 la disposición del Gobierno francas; mas la pérdida tlel buque y de su cargamento, toda vez que sean tomados por los cruceros franceses ú Orientales, en contravención del presente reglamento. 15. Las fianzas serán exijibles, y deberán ser pagadas, 24 ho- ras después de probado el fraude ó de la contravención indicada por los delegados Orientales y Franceses. 16. Toda embarcación despachada para los puertos del Uru- guay, deberá, para separarse de sus fianzas, presentar á su vuelta * la Aduana y al Consulado de Francia en Montevideo una torna- guía dada en debida forma por las autoridades locales. Para los buques que regresen de Corrientes, la tornaguía deberá estár visada por un delegado francés residente en aquella ciudad. 17. Habrá en cada estación, por duplicado, un registro que contenga el movimiento de los buques. Uno de estos duplicados quedara en manos del ájente del Gobierno Oriental, el otro en las del ájente francés. 18. Si las presentes medidas no bastasen para prevenir el contrabando, los abajo firmados se reservan el derecho de tomar otras mas rigorosas para hacerlo cesar, de acuerdo con el Sr. Al- mirante Le-Blanc. 19. El presente reglamento se pondrá en ejecución desde ente dia pura todos los buques que se despachen del puerto de Montevideo, y para los que ss despachen del de la Colonia desde «1 primero de Mayo de 1839. Se librará á estos últimos un nú- mero de orden provisorio, que cambiarán por unos definitivos 4 »u llegada á Montevideo. 20. En cuanto á los buques que actualmente se hallen en el Uruguay, recibirán de la estación del Guazú un pase que lea ser- virá para trasladarse ya sea á la Colonia ó á Montevideo. Hecho doble el veinte y tres de Abril de 1839. [L. S.] Jo$é Ellauri. [L, S.] R. Morad*-*.VIH DOCUMENTOS. Montevideo, Abril 24 de 1839. Apruébase en todas sus partes el presente reglamento estable- cido entre el Sr. Dr. D. José Ellauri, Ministro de Gobierno y Re- laciones esteriores y el Sr. Cónsul de Francia U. R. Baradere. para la navegación de los buques del cabotaje. Comuniqúese á quienes corresponda y publíquese. Pereira. José Rondeau. Francisco J. Muñoz. No. 4. El Exmo. Sr. Jeneral en JeJ'e del Ejército Cons- titucional, investido del mando supremo de la República Oriental del Uruguay ; y el Exmo. Gobierno de la Provincia de Corrientes : — Convencidos, por una dolorosa experiencia, de que la existen- cia de D. Juan Manuel de Rosas en el Gobierno de la Provincia ne Buenos Aires ha comprometido la Confederación Arjentina en dos guerras extranjeras, ha desunido las Provincias todas que la componen, ha fomentado los odios civiles, y establecido una tira- nía degradante y espantosa ; cuya política, al paso que mantiene en perpetua inquietud y desconfianza á los Estados limítrofes, im- pide la organización y tranquilidad definitiva de la República Ar- jentina:— Persuadidos de la urjente necesidad de contener las miras ambiciosas y despóticas con que aquel gobernante se ha abrogado una jurisdicción suprema en todas las Provincias de la Confederación, 6 intenta también ejercerla en los demás Estados Soberanos, señaladamente en la República Oriental :— Obrando, á mas de estas consideraciones jenerales, la muy especial para el Exmo. Sr. Jeneral en Jefe, de haber ejercido D. Juan Manuel de Rosas repetidos actos de hostilidad contra él, sus fuerzas, y la República que se las confió ; y para el Exmo. Gobierno de Cor- rientes, la de haber empleado contra el orden é independencia de la Provincia de su mando, el mismo sistema de alevosía y traición, con que derrocó dos Gobiernos legales en la Provincia de Santa- Fé : — Escuchando los votos de la Nación Arjentina, solemne y repetidamente pronunciados contra semejante sistema de tiranía y de oprobio , y las exijencias de las luces y de la civilización del Continente, que reclaman la definitiva abolición de una política tan contraria a sin felicidad, como á las mira» y objetos de la Re- documentos. ra volucion Americana : — Movidos por estas y otras razones, que oportunamente se desenvolverán, han resuelto remover del mando de Ja Provincia de Buenos Aires, y de toda influencia en los nego- cios políticos de la Confederación Arjentina, la persona de D. Juan Manuel de Rosas ; y para ello determinaron formar una alianza ofensiva y defensiva contra él y su Gobierno, así como contra los que están bajo su inmediata influencia, y no adhieran á esta aliair- za, como sin duda adherirán casi todos los de la República Arjen- tina. En consecuencia, procedieron ambas partes contratantes á nombrar sus respectivos Comisarios al efecto ; á saber : — S. E, el Sr. Jeneral en Jefe del Ejército Constitucional, á su Secretario de <¡obierno, Relaciones Exteriores y Hacienda, D. Santiago Váz- quez: y el Exmo Gobierno de Corrientes, al Sr. Coronel del Ejército D. Manuel Ola/.abal, acreditado, con éste y otros objetos, cerca de la persona de S. E. el Sr. Jeneral en Jefe, en virtud de Ja comunicación oficial de 13 del corriente que ha presentado .•—cu- yos Comisarios, después de examinar y aprobar sus respectivas credenciales, han convenido en celebrar la Convención que espre- san los artículos siguientes : — 1.—Se establece alianza ofensiva y defensiva, entre la Repú- blica Oriental del Uruguay, y la Provincia de Corrientes, coutru 1). Juan Manuel de Rosas y su Gobierno. ~.—En ningún caso se entenderá formada esta alianza contra la Confederación Arjentina, ni contra ninguna de sus Provincias. Por el contrario, las partes contratantes promoverán, por cuantos medios estén á su alcance, el trner las demás Provincias á lomar parte en esta alianza, y solicitarán la cooperación y ayuda de todos los Arjentinos. 3. — El Exmo. Sr Jeneral en Jefe del Ejército Constitucional, pondrá en campaña un ejército Oriental de dos mil hombres, á sus inmediatas órdenes, armado, equipado y sostenido por el tesoro de la Repul >Iica : y el Exmo. Gobernador de la Provincia de Corrien- tes pondrá igualmente en campaña una fuerza Correntina de cua- tro mil hombres, armados, equipados y sostenidos por el tesoro de Corriente*, á las órdenes del Exmo: Sr. Gobernador D. Genaro íSeron de Astrada. 4. —De este ejército Correntino, una división de observación compuesta de mil hombres, quedará al mando inmediato del dicho Exmo. Sr. Gobernador, sóbrelas fronteras de Corrientes; y el resto será destinado á obrar cu combinación con el ejercito Orien- tal, á las órdenes del Exmo. Sr. Jeneral en Jefe de este. o-—Siendo el objeto de esta alianza, el que queda ántes expre- sado, las Partes Contratantes convienen expresa y solemnemente, c'i no disolverla ni hacerla paz con D. Juan Manuel de Rosas, por motivo ni protesto alguno, bien sea reunidas, bien cada una de pori A-OCVIf KNTOf • *i, hasta haber logrado «ti un todo, el descenso del mando de aquel, y su completa desaparición de los negocios políticos. 6._Logrado que »ea este objeto, las fuerzas Orientales y Cor- rantinos se retirarán inmediatamente á sus respectivos territorio», evacuando las primeras todo el de la República Arjentina, y las se- gunda* el de las Provincias que hubiesen pisado, circunscribién- dose A Ir de Corrientes. 7._S. E. el Sr. Jeneral en Jefe queda de común acuerdo, autorizado para negociar con S. M. el Rey de los Franceses, Ib «esacioh del bloqueo para la Provincia de Corrientes, y el libre paso de su bandera, como no toque en otros puertos bloqueado!. 8. —Esta Convención permanecerá secreta hasta que se pu- blique el manifiesto de declaración de guerra, que hará S. E. el Sr. Jeneral en Jefe; en cuya ocasión hará simultáneamente el su- yo el Exmo*. Gobierno de Corrientes, y en ambos se hará mani- f asta esta alianza. 9. —La presente Convención será ratificada por el Exmo. Sr. Jeneral en Jefe, en la capital de Montevideo, inmediatamente después de firmada; y por el Exmo. Gobierno de Corrientes en el lugar de su residencia, a la mayor brevedad posible; y no permi- tiendo los sucesos el tiempo necesario para canjear las ratificacio- nes, empezará á tener efecto con la simple noticia oficial de ha- ber recibido la del Gobierno de Corrientes. En fé dé lo cual, Nos los abajo firmados, Comisarios de S. E. el Sr. Jeneral en Jefe del Ejército y del Exmo. Gobier- no de Corrientes, firmamos la presente con nuestros puños, •n la ciudad de Montevideo, Capital de la República Oriental del Uruguay, á los treinta y un dias del mes de Diciembre, de mil ochocientos treinta y ocho. [L, S.] Santiago Vazqubz. Manuki. Olazamai.. ■ . h v DOCUMENTOS. Núm.—5. Jt. M. Raimond Baradére, Cónsul de S. M. el Rey de Francia, cerca del Gobierno Oriental. Montevideo 20 de Febrero de 1839. Seüor: En el interés de miras, que á mi ver, no son patriotas ni sinceras, se ha esparcido la duda y la indecisión entre los habi- tantes de la República Ar; entina. Se ha empleado el sofisma y la impi>8 ura para exitar contra la Francia sospechas que ñola honran. Interesado yo en la suelte de las Provincias Argentinas, á cuyo seno me lisongeo de pertenecer, «leseara substraerlas á la du- da que las hace vacilar, imponiéndolas íntimamente de las verda- diideras miras de la Francia. Con este fin, yo y otros muchos hi- jos de la República Argentina, deseáramos obtener de mano de uno l frente de cada una de estas cuestiones, una resolución franca y terminante, por cuyo medio me lisonjeo, podré, tal vez, desarmar «ludas, que ciertamente no son mins, pero que pertenecen á muchas personas, que un interés egoísta ha ¡¡a ido alucinar.xa DOCUMENTOS. Quiera el Sr. Cónsul acoger esta muestra de mi fé e« la to- lerancia y generosidad de los SS. Agentes de la Francia en el Rio de la Plata, á la par de la íntima consideración con que tengo tj koaor de ser, Señor su muy atento y S. S. Juan Bautista Alberw. RESPUESTA. (Traducción.) Al Su. D. Juan Bautista Alberdi, > Doctor i» Derecho, 5 Consulado de Francia en Montevideo. Montevideo 22 de Febrero de l839. SFÑOR. La declaración, tan solemne como leal, hecha en el ultimn- tum de 23 de Septiembre último, por Mr. Roger, parecía suficien- te para asegurar á todos los ciudadanos Arjentiims, sobre las in- tenciones de la Francia, en su desavenencia con la actual admi- nistración de Buenos Ay res; y yn debería tal vez, por toda respues- ta á las preguntas contenidas en la carta que V. me lia hecho el honor de dinjirme el 20 del corriente, remitirlo á aquel documen- to oficial. Pero, si yo callase, los hombres que se han declarad» en este país Jos calumniadores gratuitos de la Francia, sabiendo su pretensión á cerca de mí, no dejarían, sin duda, de prevalerse de mi silencio para apoyar y renovar sus acusaciones; yo creo, pues, deber satisfacer á sus preguntas, con el objeto de evitar nuevos nia- les á los habitantes de la República Arjeutina, y de aproximar )• época, tan deseable, en que sus relaciones con nosotros serán res- tablecidas sobre el antiguo pié: conservaré en mis respuestas el or- den que V. ha adoptado en sus cuestiones. I'. ° La Francia no tiene absolutamente ningún resenti- miento contra los habitantes de le República Arjentina; ella desea por el contrario, vivir con ellos en In mejor intelijencia. Las enor- midades, las injusticias y las repulsas de satisfacción de la admi- nistración de Buenos Ayres.solo han podido impelerla 6 medida» •le rigor, que deplora, pero de que no ha podido abstenerse, pues que se trataba de la vida, de la libertad y de la fortuna de sus «i»- MdtBM, establecidos en Buenos A vres- DOCUMENTOS. ■a a • La Francia no tiene ningún motivo para no respetar cl prineipiode la nacionalidad Arjentina: él la desea, por el contra- rio, verle conservarse intacto, por que erée que esto es una garan- tia de orden / de felicidad para la República. ;. 3.° Las exijeneias de la Francia se reducen por ahora, f.«á indemnizaciones para aq'ellos de sus ciudadanos que han su- frido perjuicios,por los hechas de la actual administración deBucnos Ayres. Yo no tengo necesidad de decirle cuan odiosos son éstos he- chos: esta es cosa demasiado conocida, y particularmente el supli- cio del desgracia.!o Buc'e muerto por las torturas que se le lian he- cho sufrir, sin ninguna justicia ni razón. 2. c Y como garantía pa- ra <]ue esos hechos no se ronueven mas, una seguridad de que Ion ciudadanos franceses serán tratados en lo futuro en sus personas y en sus propiedades, sobre el territorio Arjentino, como los ciuda- danos de la nación ma< favorecida; por que éste tratamiento no es sino conforme al derecho de gentes, no es sino el que reciben los cstrangeros en los países civilizados y paiticularmente en Francia. Los Americanos del Norte no tienen tratado con la República. Con todo ellos continúan y con razón, en ser tratados como antes; l.i Francia pregunta, por que ríneipio de jtist ciu, la administra- ción de Buenos Ayres, después (le haber rehusado firmar un trata- Jo con ella, pueda pretender tratar á nuestros ciudadanos peor queá los de una nación con la cual no tiene convención. Y si una distinción semejante: no es de n turaleza á herir justamente el «mor propio nacional y los sentimientos de un pueblo, al cual la República Argentina no tiene nada que reprocharle ?........... 4. ° Iji Francia do baca absolutamente ninguna distin- ción entre los habitantes de la República Arjentina: todos son igua- l«s á tus ojos: ella no reconoce entre ellos ningún partido, ni u*«- tario ni federal; y si aun existe alguno, élla deséa verlos unirse y confundirse todos en uno solo, el partido nacional. 5. ° La Francia no pretende, en ninguna manera injerirse en los negocios interiores de la República Arjentina; ella no ha pensado jamas en cosa semejante. 6. 9 Los njeiites franceses, en prueba de bus disposicio- nes amistosas hacia los habitantes de la República Arjentina, r del deseo de aligerarles sus males cuanto fuése po.-ible, consentirán en levantar el bloqueo de las provincias que creyésen tener el dere- cho de separarse auténticamente de la administración de Buenos Ayres, relativamente i la Francia, y de declaiar que los ciudadanos trancese8 serán tratadas, en sus territorios, como los de la nación la nías favorecida, hasta que un arreglo, ó una convención cual- quiera, haya sido firmada 'ntreéiay la República Arjentina. Los ajantes franceses no pueden entrar en ninguna convención i arcial ,;on las provincias, porque creerían herir con ésto la nacionalidad Arjeutiwa.DOCUMENTO». 11» 7. ° La Francia, como lo ha declarado ja M. Roger, « sa ultimátum precitado, rechaza toda idéa de conquista á las de- pendencias de la República Argentina, cuya independencia ha re- conocido : ella no quiere ni ambiciona una pulgada de su territorio. Yo creo Sr., haber satisfecho plenamente á todns sus pre- guntas;/ no trepido en agregar que los agentes franceses en ti Rio de la Plata, no han recibido jamas de su gobierno una sola pa- labra que no esté en perfecta armonía con los principios que aca- bo de manifestar. Añada Vd. Señor las seguridades de mi consideración di*. tinguida. £1 Cónsul de Francia. R. Barabebb. DOCUMENTOS. XV Num.—6. ¡ Viva la Libertad y Federación Ai^ntina ! Ejército Libertador, Al Exmo. Gobernador de la Provincia de Corrientes: Hl General en Gefc del Ejército Libertador, tiene el honor de dirijirse al Exino. Sr. Gobernador, para manifestarle la grata satisfacción que ha esperiinentado al ver elevado al mando al dig- nísimo magistrado, que se consagró siempre á defender los dere- chos de la Patria, y cuya elevación en lns circunstancias presen- tes, es el anuncio mas cierto del triunfo de la gloriosa cansa, poi- que pelean los buenos amigos de la libertad de la República. El Ejercito Libertador ha sido conmovido por el mas vivo entusiasmo al saber la heroica resolución del pueblo Correntino, de armarse de nuevo contra el opresor de los arjentinos, y con- tra los malvados é inhumanos tiranuelos, que redujeron su territo- rio á la desolación mas espantosa.—El Ejército Libertador lia qne- ridfl traer á la República los principios y la libertad, que lia ano- nadado el tirano que la degrada, y su primer deber al pisar é>te territoiio, es ponerse á las órdenes del gefe que ha proclamado el el voto espontáneo y unánime del pueblo, y cuyas virtudes y patrio- tismo acendrados, son harto conocidos de la República Arjentiria. El (General en Gefe espera las órdenes del gobierno de la Provin- cia, y le ruega admita las considera' iones con que le saluda res- petuosamente. JUAN LAVALLE. Num •—7 j Viva la Federación Arjentina ! C Año 30 de la Libertad, y 24 de la W.e- \ pendencia.— —Por cuanto las actuales críticas circunstancias exijen im- periosamente la creación de un Ejército, que poniendo á cubierto la provincial de las invasiones con que se baila amenazada, se en- tienda como un objeto primordial á libertar á toda la República Arjentina, de la opresión en que la hace gemir el usurpador de sus «trechos, D Juan Manuel Rosas. Y necesitándose para efectuar- Cuartel general en Curuzu-cuaíi.i, Oetu- « bre 25 de lí^jí).—XVI DOCUMENTOS. lo de un géfe do conocimientos militares, adornado de las bellas cualidades de valiente, moderado, circunspecto, popular, crédito, combinación y empresa, que so hallan reunidas eminentemente en la persona del General de la Nación D. Juan Lavalle, ha tenido a bien el Gobierno nombrarlo, como lo nombra, General en Gefe do dicho Ejército, invistiéndolo plenamente de la facultad necesaria, para que en fuerza de esta resolución, pueda organizado comple- tamente.— Por tanto, hágase saber en la órilen general del día i todos los cuerpos y gefes respectivos, así de esta provincia como a todos los demás que se hallan reunidos bajo la protección del Go- bierno, para «pie lo reconozcan y le guarden los honores y prerro- rativas que son anejas á tal empleo, y los tienen designados las or- denanzas del Ejército.—Dado en el cuartel general de Curuzu-cua- tiá, á los 25 dias del mes de Octubre, año de 1839. PEDRO FERRE. Num.—8. PROTOCOLO De una conferencia, entre el Sr. Buchet Martigmj, Cónsul General, Encargado de Negocios y Plenipotencia- rio de S. M el Rey de los Franceses, y la Comisión Ar- jentina, establecida en Montevideo, con el objtto de Jijar algunos hechos relativos á la cuestión pendiente en el Rio de la Plata. Los suce«os que han tenido lugar en el Rio de la Plata, desde el 23 de Marzo de 1838, en que las fuerzas navales de 8. M. el Rey de los franceses establecieron el bloqueo del litoral arjenti- uo, produjeron una alianza de hecho, éntrelos gefes de las espre- sadas fuerzas, y los ajentes de S. M. por una parte, y las Provin- cias y ciudadanos arjentinos, armados contra su tirano, el actual gobernador de Buenos Ayres, por la otra. Esta alianza se hizo mas estrecha, y adquirió alguna mas regularidad, desde que el Sr. Jeneral Lavalle, en Julio de 1839, se puso de acueido, con dichos jefes y njentes, para organizar en la Isla de Martin García, la primera fuerza nrjentina, destinada a obrar contra el Gobernador de Buenos Ayres; y desde que el Go- bierno de la Provincia de Corrientes abrió comunicaciones coa ellos, en Octubre del propio año. DOCUMENTOS. XVU Desde entonces los SS. Ajentes Diplomáticos, y los jefes de las fuerzas navales francesas, han prestado reiterados servicios a l.i causa de los arjentinos, donde quiera que se hnn armado contra su tirano, y han recibido á su vez pruebas de sinceras simpatías ha- cia la Francia, donde quiera que no ha dominado la influencia de «miel. Todo esto había estrechado mas cada día la espresada alianza de hecho. Actualmente, los últimos periódicos de Francia, (pie acaban ,le recibirse en ésta Capital, han dado á conocer el discurso, pro- nunciado en la Camarade Diputados, el 27 de Abril último, por el Sr. Thiers Presidente del Consejo de Ministros de 8. M ; y en el cual 8. E. reconoció, pública y solemnemente, como aliados de la Francia, á las Provincias y ciudadanos, de lu República Arjentina, armados contra el tirano de Buenos Ayres ; dando así una especio de sanción á la alianza, que solo de hecho existia. Esta circunstancia ha dado lugar á que las pai tes interesadas en el negocio creyesen, como realmente creen, liejjudo el momen- to de fijar algunos puntos, que den a la alianza toda la regularidad posible ; y que establezcan, al mismo tiempo, sus mas naturales con- secuencias. Para este efecto, los abajo firmados, á saber ¡ Por una parte, el Sr. Claudio Justo Heurique Buchet-Mar- tigny, Cónsul Jeneral, Encargado de Negocios, y Plenipotenciario de S. M. el Rey de los Francés ; Y por lu otra los Señores Dr. D. Julián Segundo de Agüero, Dr. D. Juan José Cernadas, D. Gregorio Gómez, Dr. D, Irc- neo Pórtela, Dr. D. Valentín Alsina, y Dr. D. Florencio Várela, miembros que componen la Comisión Arjentina. establecida en Mon- tevideo, por especial delegación del Sr. Jeneral Lavalle, que, como Jefe de todas las fuerzas arjentinas dirijidas contra el Dictador Rosas, representa de hecho los intereses y negocios de la Pro- vincia de Buenos Aires, cuya representación delegó en dicha Comisión: Se iian reunido, hoy dia de la fecha, en la casa habitación del Sr. Buchet Martigny ; y, después de dar á este negocio su masséria atención, han reconocido, de común acuerdo, que es de la mayor importancia que la desavenencia, entre la Francia y Buenos Aires, á que han dado lugar las crueldades, y actos arbitrarios, ejercidos por el actual Gobernador de estn Provincia, contra di- versos ciudadanos franceses, y el bloqueo, que ha sido su conse- cuencia, cesen en el instante mismo en que haya desnparecido la autoridad del dicho Gobierno, 3' haya sido reemplazada por otra, conforme á los deseos del pais, como las circunstancias dan luga;- a esperarlo. Y, creyendo necesario entenderse de antemano, respecto de los medios mejores, que deben emplearse, para obtener ese resul-xvrn DOCUMENTOS. lado, de un modo igualmente honroso para aobos países, lian dis- cutido maduramente el negocio, y han convenido, por fin, en Ib siguiente : Tan luego como se haya instalado en Buenos Ayres una nueva administración, en lugar del despotismo que hIIí domina ac- tualmente, anunciará ella misma este suceso al Sr. Buchet Mnr- tigny, instándole á trasladarse cerca de ella. El Señor Buchet Martigny, se prestará inmediatamente á esta invitación, y se pre- sentará á la nueva administración en calidad de Cónsul General, Cncargado de Negocios y Plenipotenciario de Francia. Su primer acto, en respuesta á la nota que se le haya diri- jido, será el de hacer á la nueva administración, una declaración al efecto siguiente. "El bloqueo establecido en el literal de Buenos Ayres, y ,, los actos hostiles que le han acompañado, jamas han sido diriji- ,, dos contra los ciudadanos de la República Argentina, lo que mas ., de una vez han demostrado las medidas tomadas, en favor de los ,, mismos ciudadanos arjentinos, por los njentes de S. M., y por los ,, Comandantes de bis fuerzas navales francesas en el Plata. Esos ,, actos ningún otro objeto han tenido, que el de compeler al tirano, „ bajo cuyo yugo jemía la República, á poner termino á sus cruel- ., dades contra los ciudadanos franceses, á conceder justas indeni- ,, ilinaciones á aquellos que las babian ya sufrido, y á respetar la ,, cosa juzgada.— Vivamente ha sentido el Gobierno del Rey ver- ,, se obligado á echar mano de medidas, que debian producir ., grandes malíes para el pueblo arjentino; pues jamas ha creído ,, que ese pueblo haya tenido parte alguna en semejantes excesos,. ,, ó los baya aprobado. "Hoy, pues, que ha desaparecido el monstruoso poder, con- ,, tra el cual se dirijian determinadamente las hostilidades de la ., Erancia, y que el pueblo arjentino ha recobrado el ejercicio du ,, sus derechos y de su libertad, no hay ya m tivo alguno para que ,, continué la desavenencia entre los dos paires, ni el bloqueo á ., que huitín dado lugar ; contando positivamente el Gobierno de S. M. ,y el infrascripto, con la disposición del pueblo arjentino, y ,, de la administración que acaba de establecerse en Buenos Ayres, ,, á hacer justicia á la Nación Francesa, y á acceder á sus justas ,, reclamaciones." ,, En consecuencia, el Sr. Buchet Martigny va á apresurar- ,, se á escribir al Contra-Almirante, Comandante de las fuerzas na- ,, vales francesas en el Plata, para darle noticia de los nconteci- ., niientos , y para rogarle que declare levantado el bloqueo del M Rio de la Plata , y dé tas órdenes necesarias, á fin de que bu fuerzas francesas, que se hallan en la Isla de Martin Garcia, se ., retiren ; y, al dejarla, entreguen al jefe militar, y á la'guarni- cio-n, que, á efecto de relevarlas, mande el Gobierno de Buenos. DOCUMENTOS. XIX ,, Ayres, la artillería y todos los otros objetos, que existían en la» Isla, antes de su ocupación por los franceses." En cambio de esta nota, la nueva administración de Buenos Vvres, tranmitirá al Sr. Buchet-Mariigny, una declaración conec- bid.i, poco mas ó méuos, en los términos siguientes, la cual llevará feclin de seis ú ocho dias después. " El Gobierno provisorio de Buenos Ayres, deseando corres* ,, ponder á la jenerosidad de la declaración, que, con fecha.... „ le ha sido hecha por el Sr. Encargado de Negocios y Plenipo- ,, tenciario de la Francia, deseando también dar á ésta nación una ,, prueba de su amistad, y de su reconocimiento, por los eficaces „ servicios, que, en estas últimas circunstancias, ha prestado á la ,, causa arjentina; "Considerando igualmente la justicia con que el Gobierno ,, de S. M. el Rey de los franceses ha reclamado indemnizaciones, ,, en favor de aquellos de sus nacionales, que hayan sido víctimas ,. de actos crueles y arbitrarios del tirano de Buenos Ayres, Don .. Juan Manuel de Rosas; Ha decretado lo que sigue:— "Art. ti 0 Hasta la conclusión de una convención de Amis- ,, tad, Comercio y Navegación, entre S. M. el Rey de los france- ,, ses, y la Provincia de Buenos Ayre9, los ciudadanos franceses, ,. establecidos en el territorio de la Provincia, serán tratados, res- :. pecto de sus personas / propiedades, como lo son los de la Nu- ,, cion mas favorecida. "Art. 2. ° Se reconoce el principio de las indemnizacio- ,, nes, reclamadas por S. M. el Rey de los franceses, en favor de ,, aquellos de sus nacionales, que ha van sufrido, ántes, ó después ,, de establecido el bloqueo, por medidas inicuas y arbitrarias del ,, último Gobernador de Buenos Ayres, I). Juan Manuel Rosas, n o sus delegados. "Invitará este Gobierno al Sr. Buchet Martigny, á que se en- ,, tienda con él, para hacer determinar, en Hn plazo breve, el monto n de esas indemnizaciones, por árbitros elejidos, por ambas partes, ,,en igual número, y que en caso de empate, tendrán la facultad de ,, asociarse un tercero en discordia, nombrado por ellos, á mayoría ,. de votos. "Se reconoce también el principio del crédito del Sr. Des- m pony contra el Gobierno de Buenos Ayres. Los mismos árbi- n tros fijaron su monto por documentos auténticos." El Sr. Martigny, en respuesta á la notificación que recibn de esta resolución, dará las gracias al gobierno de Buenos Ayres, por ese testimonio de amistud y de justicia, v lo aceptará en nom- bre del Gobierno de S. M. Los Sres. miembros do la Comisión Arjentina, reconocidos 8 los servicios que la Francia lia hecho á su República, en la luchaxx nocuMr.NTos. que sostiene contra su tirano, se comprometen del modo mas <".• r- mal, tanto en su nombre como en el delJeneral Lavalle, de quien ,-on delegados, íi emplear todos sus esfuerzos, y usar de toda su in- llueneia, ])ara que el nuevo gobierno de Buenos Ayres, legalmente constituido, concluya sin demora, con el Encerando de Negocios v Plenipotenciario ele Francia, una convención de amistad, comer- cio y navegación, en los mismos términos de la que se firmó en Montevideo el 8 de Abril de 1836, entre la Francia, y la República Oriental del Uruguay [*[]; lo que será también una nueva y muy elo- cuente prueba, de la moderación é intenciones de la Francia ; pues que nada mas pide, ni desea, de la República Arjentina, sino lo mismo que propuso, en medio de la paz y de la amistad, al Estíl- elo Oriental del Uruguay. Terminado usí el objeto de la presente conferencia, se for- mó este protocolo, que quedará secreto, y que firmaron todos los miembros de ella, en dos ejemplares, en francés el uno, y el otro cu castellano, en Montevideo á 22 de Junio de 1840. [Firmado]—Buchet Martigny.— Julián S. de Agüe- ro.— Juan J. Cernadas.— Gregorio Gó- mez.— Valentín Ahina.— heneo Pórtela. —Florencio Várela. F.sta convención es el único tratado entro Potencias EOropeas y Esta- i!os Americanos. OM que la reciprocidad, no es mentida, sino justa y real. Copia- mos sus artículos, por que ellos mostrarán lo que los Arjentinos Imseahau para ■u patria; y darán la ultima desmentida al malvado, que imputaba á sus enemigo! designios hostiles ú la independencia y honor del pais. .irticnlos de la Conrcnciun. 1. ° Los Agentes Diplomáticos y Consulares, los Franceses de todas oíase*, los buques y las mercancias de los listados y Posesiones rina, no se les podra negar la entraga : y se les prestará ádemas tjda ayuda y asistencia para la pesquisa, embargo y arresto do los dichos desertores, que serán íisi mismo detenidos y custodiados en las prisiones del pais. a la requisición y < •Sansas de los Cónsules, hasta que estos ¡.gentes hayan encontrado una ocasión para hacerlos partir. t*m embargo, si esta ocasión no se presentase en el periodo de tref meses contados desde el tlia del arresto, los desertores serán puestos en libertad y no podran ser arrestados en lo sucesivo por la misma causa. Kl derecho de reclamar los desertores durará solo por el termino de tres meses, contados desde el din de la deserción. Pero los efectos di' esta reclamación duraran un ano, pasado el cual será considerada como nula y de ningún valor, •I las desertores reclamados no hubiesen sido aprehendidos. 4. : l.as estipulaciones arriba espresadas, serán consideradas en vigor por una y oirá parle, desde el día del cange do las ratificaciones, hasta la ejecución ''el ir,mulo de amistad, comercio y navegación, que las partes contratantes s« reservan concluir ulteriormente entre s;. V si este tratado no se verificase en el término de 15 irnos, contadas desde l' «liuiiv. la ratificación, la pretexte convención quedará nula y sin efecto algunoXXIÍ DOCUMENTOS. ella, y deseando contestar la nota con que el Sr. Almirante acom- pañó una copia auténtica de la Convención, como corresponda i los derechos, intereses y seguridad de la República, le pide se sirva declarar franca y terminantemente, si ese ariículo importa el reco- nocimiento del Gobierno, y del régimen interior, que en uso de f| absoluta perfecta é indisputable soberanía é independencia de que goza sin contestación, hace mas diez años, ha podido establecer y lia establecido, según ha crei lo mas conveniente y conforme á su¿ intereses. El Sr, Almirante contestó el Gobierno Oriental no se ha equivocado, suponiendo que el Plenipotenciario francés bn tenido la intención de establecer algo que le fuese provechoso á la Repú- blica Oriental__La Francia no lia reconocido como aliados suyos ni á la República Oriental ni las tropns que están á los órdenes del General Lavalle : ha visto solo en ellos auxiliares que la casualidad le hahia proporcionado: los demás han sido actos personales de sus agentes. Pero en esa calidad de nuxiliares ha creido que tenia el deber de hacer por ellos todo lo que le fuera possible, y en este concepto el Plenipotenciario francés le declaró al Plenipotenciario Argentino ántes de tratar de las diferencias que existían con la Francia, que él no entraría en discusión «obre ellas sin que el Go- bierno Argentino conviniese previamente en algunas estipulaciones que favoreciesen á la República Oriental y á los Emigrados Argen- tinos : que habiendo convenido en ello el Gobierno Argentino, des- pués de fuertes resistencias, se estipuló el artículo 4 en que el Go- bierno francés ha querido favorecer á la República Oriental, asegu- rándole que cualesquiera que sean los azares de la lucha en que se encuentra empeñada, su independencia será sagrada é inviolable para la República Argentina : y que como esta ya la había recono- cido en su tratado con el Imperio del Brasil en 1S2S, se hizo men- ción de él ; lo que importa una nueva y solemne garantía de <|iu ella no lo quebrantará. Que el derecho que tiene toda nación inde- pendiente de establecer el Gobierno y el régimen interior que crin mas conveniente, es una consecuencia natural y precisa de su in- dependencia y soberanía; y que entiende el Plenipotenciario frau- des, que esto no era necesario espresarlo....................... El Comisionado le observó al Sr. Vice Almirante que hechos que se han ostentado á la faz del mundo, y que pertenecen ya al dominio de la historia, han probado desgraciadamente que el actual Gobierno de Buenos-Aires, no suele entender los principios, com" los entienden la humanidad y la civilización. Que la Francia prin- cipalmente conoce, sin duda, los que tienen relación con el Estado Oriental, ella que ha ligado sus armas con las nuestras» que ha pre- senciado no solo con atención, sino con interés, como, lo prueban 10 hechos y sus palabras, el cambio de la administración Oriental «» 1838, debe saber, y sube sin duda, que el Gobierno de Bueuos-Airw zxin BOCUMEMOS. reconoció oficialmente como pres dente de la República, á D. Ma- nuel Oribe ; que estableció un gobierno Oriental en Buenos-Aires, reconociendo como ministros de Estado de la República á alguno» individuos, que habían dejado de serlo, por la voluntad del pueblo Orienta1, por los preceptos de Ins leyes, que él ha proclamado, pol- la acción irresistible del tiempo : 3' para que no se dudase que este era el resultado de su voluntad, (pie no quería disfrazar, ni por una sombra de derecho, llego hasta declarar oficialmente la calidad de Senador de la República Oriental, y presidente de esa Honorabla ("amara, en un individuo que renunció voluntariamente esos cargos, v se trasladó á Unenos-Aires, por que dijo que así convenia á su salad. El gobernador de Buenos-Aires declaró también que él le impondría esos hombres al pueblo Oriental ; que le dariu ese go- bierno que él tenia en sus antesalas. Estos hechos públicos, oficia- les, anteriores á toda hostilidad de parte de la República, muestra bien que el gobernador de Buenos-Aires no entiende la indepen- dencia de las naciones, coino la entiende el honorable Sr. Almirante; v estos hechos son los que autorizan la justn exijencia del gobierno Oriental, para saber si al establecimiento de ese artículo, el gober- nador de Buenos-Aires ha abjurada la intcl'jencia que entonces lo daba al hecho que enese artículo se ha consignado. El Sr. Almirante dijo : que ignoraba los hechos que el comisionado acababa de citar; que él no había tenido motivo para dudar de que el gobierno argentino ad- mitía el principio con todas las consecuencias que el plenipotenciario ron c es le reconocía. —eO©- • Núm.—10. Muía entregada por el Sr. Amado Roger al Sr. García Zúñiga, Ajente confidencial del Gobierno de D. Ma- nuel Oribe, cerca de Rosas. La resolución de la Francia está desde hoi fija: ella quiere obtener del Gobierno de Buenos Aires, aun á precio de los mayo- res sacrificios, la reparación de numerosos perjuicios. La esperanza, que había concebido el Gobierno de Buenos Aires, de ver á la Francia enviar un Ajente especialmente acredi- tado, no se realizará. El Sr. Amado Roger está definitivamente encargado de llevar á su conclusión el negocio comenzndo por él. El Gobierno del Rey ha ordenado al Sr. Roger de.reuiitir al de Buenos Aires su ultimátum. La Francia se prepara á la guerra; si ella se vé obligada á ¡vDOCUMENTOS. XXIV hacerla, la hará : ya en sus puertos se trabnjan numerosos arma- mentos. El Sr. Roger se complace en creer que el Gobierno de Bue- nos Aires comprenderá «me la República no podrá resistir á la Francia; que debe sucumbir, mas tarde ó iras temprano, y sucum- bir, sin gloria, porque no tiene justo derecho; que las circunstan- cias no son favorables á la resistencia ; que en fin, ya se debe de- cir, aunque la Francia rehuse toda alianza con los partidos, por la fuerza de las cosas, y por el efecto de tristes coincidencias, ella va á constituirse mañana la amiga de todos los enemigos de ese gobierno. He aquí la verdad : pero queriendo dar á la República Ar- len tina, á Buenos Aires y al Sr. General Rosas, una prueba de la sinceridad de los sentimientos de moderación y amistad, que no ha dejado de espresarle el Sr. Amado Roger, al hacer saber las condiciones irrevocables que la Francia ha dictado, quiere aun ten- tar (bajo de su responsabilidad personal) un nuevo esfuerzo para evitar terribles desgracias. El fin del Sr. Amado Roger es salvar el amor propio y la dignidad del gobierno de Buenos Aires, al obtener las condiciones exijidas por su gobierno, (t) Núm. —11 ¡LA LIBERTAD O LA TUMBA! Sala de sesiones, Tccf- mak, Abril 7 de 1840. 77. S. de RR. de la Provincia. Al Poder Ejecutivo de h Provincia. La H. S. de Representantes déla Provincia, considerando: 1.° Que la existencia en el primer pueblo de In República de un Gobierno investido con toda la suma de los poderes constitu- cionales, es un escándalo á los ojos de la América y del mundo, en que ninguno de los demás pueblos de la República puede consentir (t) Esta nota no tiene fecha, ni firma; pero el Sr. Roger, en comuna1'- «.ion oficial que dirijió al Sr. Mendevillé, ministro británico, fecha 9 de CW* bro. de 1838, expresó que era suya, que el la habia dado al Sr. Zúñiga, y la SCO» paño en copia al misino Sr. Mendeville. Rosas publicó ambos documenta c on el Ultimátum del Sr. Roger y su respuesta. DOCUMENTOS. XXV na mengua de su honor y de sus intereses, puesto que asi se aleja m;lS y mas la deseada época en que se escriba y se sancione Ja constitución del pueblo Argentino : 2. ° Que el bloqueo que hoy sufre todo el litoral del Rio de la Plata, no es mas que una immediata consecuencia de los atentados ,|ne manchan la historia de la vida pública del tirano de Buenos- .\ires : 3. 0 Que abusando de las facultades que se le habían conferido para conservar y mantener las relaciones de buena armonía exis- tentes con las potencias estrnngeras se ha servido de ellas para ar- ragarse el peligroso derecho de hacer la paz v declarar la guerra. 4. 5 Que también por un abuso aun mas odioso de estas mis- mas facultades, se ha creido autorizado para ingerirse en la admi- nistración interior de las provincias de la República, estableciendo sobre ellas su ominosa dictadura : 5. ° Que desconoce y pretende disputar á los pueblos de la República, el derecho sagrado é imprescriptible que les asiste para darse leyes, y nombrar, conforme á ellas, á los depositarios de su autoridad : 6. ° Que con esta conducta ha causado y prepara inmensos males á todos los pueblos de la República, y muy especialmente á i¡i provincia de Tucuman : Ha acordado y decreta lo siguiente : Art. 1. ° No se reconoce en el carácter de Gobernador de Buenos-Airea al dictador D. Juan Manuel de Rosas : % 0 Se le retira la autorización que por parte de esta provin- cia se le habia conferido para mantener y conservar lus relaciones de amistad y buena armonía con las Potencias cstrangeras : •i. 0 Ño se entragarán al comisionado del Gobierno de Bue- nos-Aires las armas qne reclama mientras esta provincia sea presi- dida par D. Juan Manuel de Rosas; y en su consecuencia queda concluida la misión del General D. Gregorio Araoz de la Madrid : 4. ° La H. S. de RR. publicará un manifestó de los motivos «pie han impulsado al pueblo Tucumano á pronunciar esta resolu- ción; declarando que esto no será un motivo para que se alteren nuestras relaciones con los demás Gobiernos hermanos, y muy es- pecialmente con los de la Rioja, Catamarca, Salta y Jujuy. '•>. ° Comuniqúese á quienes corresponde .• Lo que de orden de la misma pone en conocimiento del Ecce- lentisinio Señor Gobernador y Capitán General de la provincia á quien se dirige, saludándolo con las consideraciones de su mas dis- "nguido aprecio, el Presidente que suscribe. Marco M. de Avellaneda.—Presidente. José Toribio del Corro, Secretario.x-wi DOCUMENTOS. Tucuman, Abril 7 de 1840. Cúmplase la antecedente resolución ; publiquese por bando cnr¡ la debida solemnidad ; circúlese de oficio á todos los gobiernos d» la República, y bagase saber á los demás á quienes corresponda, dándose al registro oficial. Piedra Buena. JoCE COLOMRES. Por mandado de S. E.—Pedro Gregorio Metida, Escribano pú. blico y del Gobierno. Num.—12. ! LA LIBERTAD O LA TUMBA ! Tucuman, Abril 10 de 1840. El Gobernador y Capitán General de la Provincia de Tu- cuman.— Al Exmo. Sr. Gobernador y Capitán General de la Pro- vincia de Buenos-Aires. El infrascripto tiene el bonor de dirijirse al Exmo. Sr. Gober- nador y Capitán General de la Provincia de Buenos-Aires, acompa- ñándole una copia impre«a y autorizada de la ley síincionada por la Honorable Sala de Representantes en siete del presente mes, ne- gándose á renonocer á V. E. en el carácter de Gobernador de la Provincia de Buenos-Aires.—á entregar las armas reclamadas por medio del comisionado General D. Gregorio Araoz de la Madrid, y retirándole la autorización que por parte de esa provincia se le había conferido para mantener y conservar las relaciones de amiv dad y buena armonía existentes con las potencias estrangeras. En el considerando de esta ley encontrará V. E , concisa pero elocuen- temente espresadas, las poderosas razones que han infinido en el ánimo de los Honorables Representantes para hacer este solemne pronunciamiento : y obsecuente con éi, el infrascripto protesta al Exmo Sr. Gobernador y Capitán General de la Provincia de Buc nos Aires, que ninguno de sus actos como encargado de las relaci"- nes esteriores, será en adelante obligatorio para la Provincia de Tucuman, y á fin de evitar dudas y controversias que pudieran sus- citarse, reclama de V. E. que mande publicar esta declaración en los diaros de esa capital en el momento mismo que llegue á su» manos. Dio? guarde á V. E. por muchos años. Bernabé Piedra Buena. José Colombres. documentos. xxrii Num.—13. ¡LIBERTAD, CONSTITUCION O LA MUERTE ! La Honorable Representación de la Provincia. Usando de la facultades ordinarias y estraordinárias, ha de- cretada con valor y fuarza la siguiente LEY. Art. I.° La provincia de Salta desconoce en el tirano Rosas el carácter de Gobernador y Capitán General de la benemérita Provincia de Buenos-Aires ; y en su consecuencia, queda destituido desde esta fecha de las facultades que ella le confirió para mante- ner la paz, guerra y Relaciones Esteriores de la República. 'i. ° Que el armamento solicitado por D. Juan Manuel de Rosas lo niega la Provincia para obrar en consecuencia de este pronunciamento si fuere necesario. 3. • La Representación Provincial publicará un manifestó, detallando los fundados motivos que han impulsado al Pueblo Sal- teño á dictar esta resolución que es la minina de sus comitentes, y que ella importa procurar la mejor inteligencia y unión con los Gobiernos hermanos, muy particularmente con los de la Rioja, Tu- cuman, Catamarca y Jujuy. 4. 0 Comuniqúese.—Sala de sesiones, Salta, Abrü 13 de 1840. Toribio Tedin—Presidente. Juan Francisco Valdez—Secretario Provisorio. Salla, Abril 13 de 1S40. Cúmplase.—Sola. Jiernabé Lopiz—Ministro general. Núm.—14. ¡Libertad constitución ó muete ! La H. Representación de la Provincia. La Honorable Representación de la Provincia, teniendo presente la mala administración de las facultades, que esta provincia habia conferido al presente Gobernador de Buenos Aires, D. Juan Manuel de Rosns, para intervenir en las relaciones exteriores de la República ; el que, desconociendo igualmente los derechos ini-XXVIII DCCWMENTOS. prescriptibles de los pueblos confederados en sus instituciones in- dividuales, ha tratado de subvertirlas, maquinando al rededor de esta las mas sangrientas insidias, causando á la provincia una continun zozobra y alarma ófc. y usnndo délas facultades ordina- rias y extraordinarias que inviste lia decretado la siguiente LEY. Art. 1. ° La Provincia de la Rioja retira el reconocimient» que tenia hecho en la persona de D. Juan Manuel Rosas de Go- bernador y capitán general de Buenos Aires. 2. ° Así misino reasume esta provincia las facultades que le tenía conferidas, para intervenir en las relaciones con las naciones estrnngeras. 3. 8 La Representación de la Provincia publicará un mani- fiesto, esponiendo los fundamentos, que han movido al pueblo Riojano á una resolución, que siendo unánime en todos los liijoi de la provincia, importa igualmente la mejor intelijencin y unión con los gobiernos que quieran acompaña le. 4. ° Comuniqúese á quienes corresponda—Sala de sesione! Rioja Mayo 5 de 1840. El presidente de la II. Sala—Juan Anto- nio Carmona. Lorenzo Antonio Blanco, secretario. Rioja, Mayo 5 de 1840. Cúmplase.— Tomas Brisuela. Francisco Ersilbengoa, secre- tario interino. Está conforme—Francisco Ersilbcngoa. Núm.—15. ¡ LIBERTAD CONSTITUCION Ó MUERTE ! {Sala de sesiones en Catamana- Mayo 7 de 1840. Al P. Ejecutivo de la Provincia. La II. S. de Representantes de la Provincia, considerando los males de grave trascendencia, que por tantos años ha causado á la República el Gobernador l). Juan Manuel de Rosas, con su funesta intervención en los negocios particulares de cada provinci» por el empeño antisocial y anárquico con que perturba el suspira- do anhelo de los Arjentinos de elevar á su país al rango de un» XXIX DOCUMENTO». nación constituida: y últimamente por el abuso escandaloso, que igualmente ha hecho de las facultades, que le habia conferido para conservar las relaciones de amistad y buena intelijencia con Ini potencias estranjerns : ha acordado y decreta:— Artículo 1. ° No se reconocerá en el carácter de Gobernador de Dueños Aires á D. Juan Manuel Rosas. 2. ° Queda en consecuencia separado del cargo, que por parte de esta provincia, se le habia hecho de entretener las Re- laciones Esteriores de la República. 3. ® Que en virtud de este pronunciamiento muy conforme a la voluntad general de sus comitentes, y á los que heroicamente han manifestado las juntas representativas de Tucumnn Salta y Jtijuv, se promete estrechar mas sus relaciones, que desea iden- tificar con todos los demás gobiernos hermanos. 4. 0 Transcríbase á quienes corresponda. Lo que de orden de la misma Honorable Representación pone en conocimiento del Exmo. Sr. Gobernador y Capitán Gene- ral de la Provincia á quien saluda el infrascripto presidente con m distinguido aprecio. Antonio Dulce.—Presidente. Marcos J. González, Secretario provisorio. Catamarca, Mayo 8 de 1840. Cúmplase la precedente honorable resolución, publíquese por bando con toda solemnidad, circúlese á todos los Gobiernos de la República, hágase saber á los demás que cerresponda, y dése al Rejisiro Oficial. Jóse Cubas. Gregorio J. González, secretario. --«••*- Núm.—16. ¡ LIBERTAD, CONSTITUCION O MUERTE ! Jujuy, Abril 13 de 1840. P°seido libremente este benemérito Pueblo de sus alt> s é inge- nuos nobles sentimientos, con que ha nspirndo enérgicamente, á ! calvar los sagrados derechos de la Patria : procurando igualmente, Henar los votos, que mil veces ha hecho y protestado en beneficio ^e 'a pública tranquilidad, consolidando lu mas bella armonía con 'a unión de pareceres é identidad de intereses, que es en lo que con- iste todo pacto político y bien público y particular ; se reunió ennocuME.NTos. *XXÍ ti local de la Sala de los HII. RR. al efecto de que se discutiese si era conveniente el cese y remoción en la administración del Go- bierno que lia obtenido el Exmo. Sr. actual Coronel y Gobernador de la Provincia : y todos los congregados sugeridos de aquel espí- ritu verdaderamente patrio, enérgico y virtuoso, prestaron sus vo- tos con uniformidad : espresando ser el arbitrio mas conveniente para conservar los derechos y libertad de esta provincia destituir al espresado Gobernador: y en su virtud acordaron las artículos siguientes : Art. 1. ° Cesa el actual Sr. Gobernador del empleo que ob- tiene por haber infrinjieudo las leyes de la Provincia, arrogándose facultades que corrospondian á. bis poderes legislativo y judicial ;\ por haberse negado á contribuir con su pronunciamiento á la caída del tirano de Buenos Aires. 2. ° Queda nombrado Gobernador y Capitán General de h provincia, provisorio, D. Roque Alvarndo. 3. ° El Gobernador provisorio de la provincia reunirá la cutir- ta legislatura de la II. S. de RR. en el término de dos meses pe- rentorios, la cual entregará el mando en la forma que ordena el reglamento de la provincia, 4. ° El espresado Sr. Gobernador provisorio tendrá, y se le confieren las facultades necesarias para tratar con los Gobiernos de la confederación, y para establecer relaciones de amistad espe- cialmente con los Gobiernos de Salta, Tucumnn, Catamarca y li Rioja : sugetandose, siempre á la aprobación de la H. S. de Jlll.i quien dará cuenta oportunamente. 5. 3 No se reconoce á D. Juan M. de Rosas en el carácter de Gobernador de Buenos-Aires : se le retiran las podeses, quesf le confiaron para entender en las relaciones esterioros de la Repu- blica : se protesta la mejor armonía, fraternidad y relaciones i)« buena amistad con el heroico pueblo de. Buenos-Aires, libre que sea del tirano que actualmente lo subyuga, y continuará esta Pro- vincia sus relaciones con el (pie legalmente le subrogue. ú. ° Communíquese aquienes corresponda y publiquese. Jujui, Abril 18 do 1840. Roque Alearado.—Rufino Valle.—Francíreo N. Carrillo.—Pe tiro José de Sarverri.—Pedro Saens.—Benito S. de Bustamantc-- José Ignacio de Gucrrico.—Ignacio Serapola.— Ysidro Grana-—**" sé Tello.—Pedro Fcrrcira--Juan Arroyo.—José Rodríguez.—Pt*a Gerez.—Pascual Blas.—Juan Bautista Pcrez.—Manuel Sagardi" —Mariano Fernandez.—Manuel J. del Moral.— José JL. Villar-— Hilarión Echenique.—Blas Agudo.— Pedro Antonio Gogénola-- Fedro Alberto Puch.—Rcstiluto Zenarruz.—Juan Manuel Gogéif" la.— Tomas Gantes.—Estanilao Echavarria.—Gavina Pérez.—r*1 carpo del Moral.—Jacinto Gucrrore —Rafael A ¡varado.—Dr. And"' "jgcnamixa—Gabriel Marquieguy ttmio Valle. — Sandalia Ferreira......... _ ¡ Herrera.—José Pió Ramos.—Pedro Antonio de Aguirra—Secretario E§ copia.— Caklos Auuinit*, Oficial primero. José Cuevas Aguirre.—Ait-> Prudencio Estrada.—Natalio Núm.—17. Sala de Sesiones del Congreso Jeneral Constituyente. Buenos Aires, Enero 25 de 1825. El Congreso Jeneral Constituyente de las Provincias Unw [das del Rio de la Plata, ha acordado y decreta lo siguiente. 1. Las Provincias del Rio de la Plata, reunidas en Con- greso, reproducen, por medio de sus Diputados y del modo mas rolemne, el pacto con que se ligaron desde el momento en que, «acudiendo eí-yugo dé la antigua dominación española, se cons- tituyeron en Nación Independiente, y protestan de nuevo em- plear todas sus fuerzas y todos sus recursos, para afianzar su in-: dependencia nacional, y cuanto pueda contribuir á la felicidad general. 2. El Congreso Jeneral de las Provincias Unidas del Rio de la Plata, es y se declara •'Constituyente." , 3. Por ahora, y hasta la promulgación de la Constitución que ha de reorganizar el Estado, las provincias se rejirán inte- rinamente por sus propias instituciones. li 4. Cuanto concierna á los objetos de la independencia, integridad, seguridad, defensa y prosperidad nacional, es del resorte privativo del Congreso Jeneral. 6. El Congreso Jeneral expedirá progresivamente las dis- posiciones que se hicieren indispensables sobre los objetos men- cionados en el articulo anterior. 6- La Constitución que el Congreso sancionase, será ofre- cida s la consideración de las Provincias, y no será promulgada, ni establecida én ellas, hasta que haya sido aceptada. 7- Por ahora, y hasta la elección del Poder Ejecutivo Na- cional, queda este provisoriamente encomendado al Gobierno de Buenos Aires, con las facultades siguientes. — Primera.—Desempeñar todo lo concerniente á negocio? extranjeros, nombramiento y recepción de ministros, y autori- zación de los nombrados. Segunda.—Celebrar tratados, los que no podrá ratificar*XXIt lita obtener prévii'.msnte especial autorización del Congreso. Tercera. —Ejecutar y comunicar á Jos. demás Gobierno» todas ias resoluciones que el Congreso expida; en orden a los objeto* mencionados en el articulo 4. ° Cuarta.—Elevar á la consideración del Congreso, ln, medidas que conceplúe corurenientes para la mejor expedí, cion de ios negocios del Estado. 8. Esta ley se comunicará á los Gobiernos de las Trovin- teias Unidas, por el Presidente del Congreso. RÍAnuxx Antonio Castro—Presidente. Alcjv Villegas—Secretario. Núm.—18. Santa Fé, Septiembre 2C de Ea Kepresferttacioh Nacional de las Provincias Unidas del Río dé Já Plata, ha acordado y decreta : Articuló único.—Queda autorizado, en la mas bastante for- m,i, el Gobierno de la Provincia de Unenos Aires, encargado in- terinamente, por la libre voluntad de los pueblos, de lo coi,cer- niente á guerra, paz, y relaciones exteriores, (f) para concluir j ratificar Tos tratados, que, en clase de convención preliminar do paz, y comprendidos crt diez y nueVe artículos, se lian celebrad? en la Corte dql Brasil, entre los S9. Ministros Plenipotenciarios de S. M. el Emperador constitucional del Brasil, Marqués d: Aracaty, José Clemente Pereyra, y Joaquín de Oliveira Alvarez, y los SSo Generales L>. Juan Ramón Balcarce, y D. Tomas Gui- do, que, con igual carácter, fueron enviados á este especial ob- jeto, ñ nombre lá'República Arjcntina, los cuales han sido fir- mados á 27 diasdel mes de Agosto del presente año. De orden de la misma Representación, se comunica á V. E. á los efectos consiguientes. —Firmado—Pícente A. Echevenia. Presidente —José Francisco Benifez, Secretario. — Exmo., Sr. Gobernador y Capitán Jeneral de la Provincia de Buenos Aires, Encargado de los negocios generales. (t) Esto muestra que, aun ruando el Gobernador de Bueno» Aire* es» cargado de las Relaciones Exteriores, no por eso reviste la facultad de ratipe» -fot tratados, sino que necesita especial autorización. 60CÍJMENTO8. : Núm.—19. ircularúlps Gob¿evno#dp Córdobay Santa-fié. encía de Negocios de la República Oriental ) del Uruguay, cerca de la Arjcntina. J Buenos Aires, Noviembre 5 de 1S29. Él infrascripto tiene el honor de dirijirsc al Exmo. Sr. obcrnadpr de ,1a .Provincia, de j gf^fig P!»ta, manifestarlo que, Habiendo sida enviado en candad de Ajente de Negocies Bu lu República Oriental del Uruguay, cerca de la Árjenti- lia y Gobiernos que la componen, ha fijado su residencia, JLbr ahora, en esta capital, y que su gobierno Fe ha encargado «lev esp» cialmente,que renueve al Sr. Gobernador las mas ¿oTém- 4es seguridades He fa constante e íntima Bmistad que aquelia Btepublico desea mantener con todos los Gobiernos de la Aijen- ■na. Otro de los principales objetos du la misión del inlius- «ripto, es recabar y facilitar la revisión y aprobación de la Corif- lucioa del Estado á que pertenece, por parto "de la República tjirtina, en conformidad al derecho y facultades que se rc- ^rvamn las altas partes contratantes, en él punto á que sé re- tire el artículo T.° de la Convención Preliminarr de faz, ce- brada en ¿7 de Agosto del año pasado, á fin de que pueda pu- itüi5e y ponerse en ejecución con lu brevedad que demanda I interés j nerid de lu República : y corro desgraciadamente la rjeatina se halla hoy sin una autoridad jeneral q'ue la represen- , y que pin da proceder por sí, al nombramiento del comisario espectivo no podrá llenarse este objeto, mié n tras los Gobiernos ue la componen no se presten á delegar por su parte aquel en- "rao. ni tanjpoco podrá concillarse la breve expedición, einóhai aifonnidad en lu delegación misma: por esto es que, cuando el (rustriólo se preparaba á dirijirsó a los referidos Gobiernos, .'oponiéndoles la delegación indicada, en favor del de Buenos' vres, ha sabido con singular satisfacción que le está conferida 01 el áv {sanw'iré la fcotóW de representar á la República rjentina para conducir sus relaciones estericres : prevtni- "s felizmente, de este modo los anhelos del Gobierno del in- ™srripir>, iio l(i queda al A jente otro deber que llenar respecto n| Sr- Gobernador á quien so dirije, que el de manifestar á nom ü de su Gobierno la espreston de la mas profunda gratitud.Pero aun le resta al infrascripto otra ocasión de ejercitar lab*, nevolencia del Sr. Gobernador de ^ ^aob*é interponiendo H poderosa influencia para con lo' Gobiernos de Cntnmarca, Rioja, San Luis , Entre Rios y Corrientes, Santiago, T«. cumun y Salta, á efecto, de que se presten, desde luego á hace: al de Buenos Ayres la delegación necesaria, al efecto indicado, y al cual se refierejn las notas que se anima á acompañar á e!t¡, esperando que S. E. quiera hacerles dar segura dirección. \A parte que la República Arjentina ha tomado en el nuevo ser po Utico de la Orienta! de Uruguay, la simpatía que existe cntit ambos paises; y la marcha adoptada ya en esta parte por el 0> bierno de| g^°bF¿ son para el infrascripto un garante segó- ro del interés recíproco, por. la prosperidad de. uno y otra territorio, y del que el Sr. Gobernador, querrá manifestar en eiu ocusiun señalada, que va.á tener una influencia precisa en la per feccinñ de la ecsislencia constitucional de la República Oriental del Uruguay. a El infrascripto tiene el honor de ofrecer al Sr- Goberna- dor á quien se dilije las seguridades de su alta estimación y du- tinguido aprecio. . , . Firmado: Santiago Vasquez. Exmo. Sr. Gobernador de la Provincia de J sa0nrtda^J Núm.—20. CONTESTACION DEL GOBERNADOR DE CORDOBA. Córdoba 8 d» Diciembre de 1820. El Gobernador de la Provincia de Córdoba ha recibid» con sumo aprecio el mensaje del Exmo. Gobierno de la Repo- bjica Oriental del Uruguay, transmitido por su enviado cerca de Buenos Ayres, en su carta de cinco de Noviembre último.'El que subscribe al aceptar las protestas y seguridades de intim» amistad del Exmo. Gobierno del Estado Oriental del Urugunj. se complace en tener esta ocasión de manifestar al Sr* Enviado de dicho Gobierno el ardiente deseo, que tiempo ha, animaba al dé Córdoba, de cstender sus amigables relaciones al Exmo, G° btérno y á la benemérita República Oriental. El Sr. Enviado le ha proporcionado esta ocasión de sen- DOCUM UNTOS. xxxw «ibilizar estos sentimientos, encargándole la dirección de los pliegos adjuntos para los Gobiernos de las Provincias Interiores, v la recomendación para que se autorize al Gobierno de Buenos Arres, en el nombramiento de la comisión que ha de revisir la Constitución política de aquel Estado, según el artículo 7. ° de ¡a Convención Preliminar, celebrada con el Emperador del Bra- sil. El Gobierno de Córdoba, al llenar este encargo, con los otros Gobiernos, por el mismo correo, emplea todo el influjo de las relaciones establecidas con ellos, á fin de que este negocio, sen despachado, según los deseos del Sr. Enviado. Asi por ;:es y quejas del gobierno de V. E., y contra ese coloso do maldad se han dirijido también los esfuerzos decididos de Jos pueblos de la República Argentina. Los Comisionados del ¡r> bierno de S. M. el Rey de los Franceses que han precedido á V. E. en (h cuestión con el tirano, están intimamente persuadidos de esta verdad, y ellos, asi como todos los sub litos franceses residentes en la República, han recogido el doloroso convencimiento de c|ue la te- nacidad y caprichoso carácter del tirano de Buenos-Aires, han sido exclusivamente la causa de las diferencias actuales, y el irremoville obstáculo para un avenimiento sincero y durable. Estas razones han sido precisamente, Exmo Sr., lasque decidie- ron al gobierno de S. M. á pre-tursu protección y auxilio al i jér- cito Libertador que manda el Sr. General D. Juan Lavalle, y ellas han sido también las que han decidido á la mayoría de los pueblos á segundar la política de los predecesores de V. E. No ha habid», es verdad, tratado alguno ni convenio escrito á este respecto, pero los hechos son, Exmo. Sr., empeños demasiado serios y obligato- rios. La República Argentina se halla toda commovida y pronun- ciada contra el enemigo de la Francia : ocho provincias aliadas a la causa de la libertad, oponen su poder irresistible contra los de- sesperados esfuerzos del tirano : un respetable ejército creado poi el patriotismo Riojano, In disuelto completamente las bandas de envilecidos forzados, que Rosas había mandado para sofocar el pronunciamiento Je los pueblos del Norte : otro ejército no ménos numeroso, creado y equipado por los pueblos de Tucuman, Cuta- marca, Salta y Jujuy, ha penetrado y marcha victorioso por la provin- cia de Córdoba, arrojando con denuedo y en unión con sus decidi- dos habitantes al Vándalo que la oprimía. El ejército de la provin- cia de Con ¿entes, al mando del General l> José María Paz, marcb* de victoria en victoria, haciendo inútiles los esfuerzos de Echague. para conservar la influencia funesta de Rosas eii esta parte de V república, y privado, como está, de los auxilios de este, en su d«- DOCUMENTOS. xxxvn «esperón*" posición, le es imposible resistir por mucho tiempo al va- lor y decisión del pueblo correntino, cuando, por otra i arte, rl ejército libertador en una carrera no interrumpida de triunfos, se halla hoy en un grado de res; ctabilidad y de poder que llena de. espanto y de susto al tirano. Para el conseguimiento de tan importantes ventajas, es in- cuestionable que han influido eficazmente la cooperación y auxilios de la Francia, y el interés y empeño que los encargados del Go- i ierno de S, M. han tomado en la prosperidad del Ejército Liber- tador, han servido de móvil poderoso para que los arjeutinos, can- >ados de las crueldades del tirano, viniesen presurosos á buscar el apoyo de las armas francesas, y enrolarse en las filas de los defen- sores de la Libertad. En esta seguridad reposan hoy todos lo» pueblos y todos los Gobiernos, que, segundando el éco del Gobier- no francés, se han puesto en campaña contra el tirano de Buenos Avres : contra esc tirano ejemplar, que pretende atraer sobre su pais el encono y desprecio de la Europa. En este estado, los pueblos que han abrazado los empeños del Gobierno de V. E., créen imposible ningún jénero de avenimiento con el tirano, desde que este no tiene ya ningún carácter represen- tativo de la nación. Cualquiera transacinn con él sería insubsis- tente, no solo por ser contraída con un hombre qué curece de po- 'eres públicos, sino también por que desapareciendo su autoridad por la voluntad de los pueblos, deben considerarse nulas y de nin— ¡rtin valor todas las estipulaciones, y empeños que á ra nombre se contraigan. Por lo demás, una transacion con Rosas no contri- buiría á otra cosa que á hacer mas duraderas las desgracias y los desastres «pie afiijen á la República Arjentina, y en In que es:án envueltos hijos de la Francia; cuando por otra parte los pueblos y los gobiernos arjentinos, penetrados, como están, de tan sérios compromisos, no ménos que de la ilegalidad del gobierno del tirano Rosas, se hallan en actitud y con el derecho de protestar contra cualquier avenimiento ó transacion. Un esfuerzo por parte de V. E. basta solo para la conclusión Wfl tan grande obra, y para que el Ejército Libertador, demasiado terrible para el tirano, ponga á los arjentinos en el goce de sus derechos, y atestigüe al Universo de que el pueblo (ranees fué siempre protector y nmigo de la libertad Americana, El que subscribe ni dirijirse á V. E. para asegurarle de la fra- ternidad de sus sentimientos, y los del pueblo que preside hácia el gobierno de S. ¡VI. el Rey de los franceses, reposa ec que el Exmo. Almirante los acogerá con benevolencia, y continuará prestan- do 4 los pueblos arjentinos su cooperación á fin de restablecer en i Kepublica el imperio de las leyes y la apetecida armonía con la 'rancia. A este fin, el infrascripto espera que V. E. contando con la rowncia de Santa Fé, coino un pueblo amigo y que combate porXXXVIU DOCUMENTOS. una misma causa, tendrá la dignación de dar sus órdenes partí que Jos efectos del bloqueo se suspendan en lo relativo á la libre nave- pación, y comercio de sus puertos. El infrascripto aprovecha esta feliz oportunidad para ofrece; al Exmo. Sr. Almirante su respecto y consideración distinguida. (Firmado): Pedro Rodríguez del Fresno. A S. E. el Sr. Vice Almirante Mackau, Jefe de las fuerzni' francesas en el Rio de la Plata. Núm.—22. (*) Montevideo, Julio 5 de 1840. Sr. Almirante : — Por la llegada de la ' Bordelcsa, ' la Co- misión Arjgnlina lia recibido noticias del Ejército Libertador, que, fin anunciar todavia nada decisivo sobre las operaciones militares, son, sin embargo, de tal naturaleza, que tranquilizan, y satisfacen á los amigos de la causa de la libertad y de la civi- lización. Pero nada ha sido mas satisfactorio para la Comisión, que los informes que ha recibido de los importantísimos servicios que ••I Rjército Libertador recibe de la actividad y del zelo de la di- visión naval francesa, que, por orden de V, E., ocupa el Paran i V. E- debe saber minuciosamente fus pormenores, y la Co- misión lien j, con vivo placer, el deber de manifestar á V. E.,y a esos oficiales y marinos, su mas sincero reconocimiento por l"« servicios que la Causa Argentina debe hoy, en las aguas del Pa- raná, á su valor y sus simpatias. Al cumplir con este deber, la Comisión tiene el honor de suplicar á V. E. que acepte, por su parte, la expresión de estos sentimientos, y que los transmita si Sr. Comandante, oficiales J marinos de la División del Paraná, como un testimonio, débil pero muy sincero, de la estimación que su conducta les ha ad- (*) Esta nota fué pasada en francés .- la que aquí publicamos es su traduf cion. El Sr. Dupotet no ha tenido la civilidad de acusar recibo de ella.. «" u* ninguna de lasque la Comisión le dirijió. «iOCUMENTua. jixxix q.jirido tan justamente, y que es, sin disputo, el sentimiento du iodos '"s buenos argentinos, respecto de ellos. La Comisión tiene el honor de renovar á V. E.', &c. A.c. (Siguen las firmas.) Núm.—23. El Jeneral D. Juan iMtalle, Gobernador y Capitán Jene- ral provisorio de la Provincia de Buenos Aires, y el Co- mandante Jeneral de Campaña /). Juan Manuel .dc Ilusas, á efecto de poner término á los disturbios que han ntlijido á la Provincia, y restablecer en ella el orden y la- tranquilidad, desgraciadamente perturbadas, han convenido en los artículos siguientes: — 1.° Cesarán las hostilidades, y quedarán restablecida*, des- líe la lecha de la presente Convención, todas las relaciones entre la rmdad y campaña. i. Se procederá, á la mayor brevedad posible, á la elección I" iejiresentantes de la Pmuncia. con arreglo á las leyes. 3. Quedando, como queda, el Comandante Jeneral D. Juan Manuel Rosas, especialmente encargado de mantener, y conser- ^ar, la tranquilidad, y segundad de la campanil, tomará todas las medidas que juzgue convenientes, y proveerá CON noticia del Go- bierno, lo» empleos establecidos por las leyes y formas, que, aten- ed i» las circunstancias extraordinarias, en v.-re uecesarios, para si redimen, y policía de ella, hasta la instalación del Gobierno permanente, debiendo ser auxiliado por el Gobierno provisorio, eoa los recursos, de todo género, ■•OOMrios paru este servicio. •1. Verificada que sea la elección de! gobierno permanente, soaernador provisorio D. Juan Lavalle., y . I comandante general I). Juan Manuel llosas, le someterán las tuerzas de su mondo. 5- . El Gobierno du la Provincia reconocerá, y pagará, las obligaciones otorgadas por el enmendante General Rosas, para el losten délas fuerzas de su inundo. 6. Lo, i efes y oficiales de línea, y milicias, que han estado á 1 is 'irdenes'Jel comandanta ffaaera D. Juan Manatí Rosas, tienen ni>eion á los goces (pie l«s correspondan en sus re-peciivns clases. Ningiiu individuo de cualquiera elaM y condición que ••a, icra perseguido ni molestad i por su conducta ú opiniones po- líticas, interiora* i tata Convención : las autoridades serán inezora-DOCUMENTOS. bles, con ti que. de palabra, ó por escrito, contravenga á lo estipulm,- m este artículo. En fe de lo cunl, y para hacer constar nuestro acuerdo, hrm¡,. mos y ratificamos, la "presente Convención, que consta de siete artículos, en ríos ejemplares de un tenor, en las Cañuelas, estañen de Miller, á 24 del mes de Junio del año del Señor de mil ocho- cientos veinte y nueve. Jl'AN I .AV ALLE, Juan Manuel Rosas. xli APENDICE «OBRE VARAIVGOT. Cuando escribí las páginas que acaban de leerse no habían llegado á mis manos los documentos que prue- ban la nacionalidad de Varangot, asesinado por Rcsas. Loa lio obtenido después, y su tenor es decisivo en la materia. Los inserto ú continuación, respondiendo de su autenticidad, pues son copiados por mí mismo de los originales que me facilitó la familia de Varangot, y qué existen boi depositados en la Cancilleria del Consulado trances en Montevideo. Constante también que todo lo que han opuesto Ins ueaÍBÓfl contra esos documentos es la ¡ art'dade Matrimo- nio de Varangot, en que se dice que era natural de San Sebastian. Estas palabras solo significan que era nacido en aqnel'a ciudad, pero no ciudadano español. Natu- rales de Montevideo son todos loa hijos de franceses aquí nacidos; y sin embargo, son ciudadanos de la Francia.(*) El »Sr. Mackau no habla el castellano : pero lo ba- litan bien el Sr. Lefebvre, secretario de la Legación, y el 8r. Paire, edecán del Almirante. Ambos han debido decirle lo quñ significaban las palabras ^natural de S. Sebastian". Sobre todo, sería la mas amarga de las irri • sionesquese hubiera tolerado la degollación de un Fran- cés, y se hubiese transijido con su asesino, por no saber, 1 condecorado negociador el idioma en que lo enga- ñaban !! Ahí están los documentos: ¡que la indignación de la rancia caiga sobre quien cerró los ojos para no verlos! (*) Tout nnfant né d'un Franjáis en pays íttanger est Franrais. (Jttt. W <-¡>dt eieil.) ■ludo liijU nacido de un Francés en puis etUrangoro es Frailee*.XLII APENDICE. Excmo. Seííor:— D. Juan Pedro Varangot, vecino de esta ciudad, nnte V. E. con el debido respeto, me ptesentoy digo; que á consecuencia del bando pubhcado últimamente para el rescate de esclavos pro- pios a espolióles europeos, se me intimó por el alcalde del cuar- tel en que habito, presentase los He mi propiedad ante la (Vini- sion destinada al cuaitel de la RiHiclnria. Como sai fr.inceí de oríjen, no me hallo comprendido en aquella suprema ditpos;. cion (pie solo se extiende a los rsp;iñol( s europeos. Sin embar- go, porque un concepto equivocado, sobre mi naturaleza y on- jen, semejante al del alcilde de bsrrio en la intimación de su órden.podiia clasificarme como tranagresor á aquella genernl dis- posición, para precaverlo ocurro á La alta ju.-lificacion de V. B, á fin de que se digne declararme que como tal írruices. no soi comprendido en h ley que acaba de decretar et reseale de los esclavo;-.- mandando que este escrito con la declaratoria que pido, se me entregue orijnal para hacerlo constar, cuando j donde me corresponda. En esta virtud, A V. E. suplico asi lo provea y maride, por ser de jur- ticia que imploro etc. Excmo. Señor— (Firmado ) Juan Pedro Varando!. Buenos A ires, 18 ác Enero de 1815. Como lo pide. Huí una rúbrica. (Firmada) laurea. Exr.uo. SeKor Director. D. Juan Pedro Varangot, de esta vecindad, ante V. E. ta el modo y forma que debo, digo: que por el escrito y providencia quo respetuosamente acompaño fui eu Enero último exento d«l rescate de esclavos propios de los españoles europeos que decreto el gobierno y se biso publicar por bando. Esta excepción IM»J por fundamento lo 1. ° el no ser /o comprendido en el decreto .< V. E. contraído solamente á europeos españoles, entre quien - concepto equivocado inrentuba confundirme, siendo corno oríjen y de nacimiento francés. A V. E. lo espuse entonce»: 1 la notoriedad al auxilio de mi esposicion dietnron escepcion, clararon mi nacimiento arrancando de V, K. una prnviderici i.' ino lo pedía, en 18 de Euero citado. Con esta providencia ocur> APENDICE. iíúí ¿Jn Cornibion creada parn entender en la ejecución y efecto dol a^Jd. K1. AÍAMoRá, POR L06 JNJBNIKRj& BRASILSSR08 Soif j Francisco K«ÍUr. w4¡8«SBsS£?i'*^ LA rÁZ: prent» de I* Uaioa Americana—Por C»wr Savun. 1870. <$i ti i i*