( 12 ; lo estipulado respecto S amtios'fondo»; nom- brándose entre ello» una ó dos comisio- nes para simplificar sus operaciones y dar cuenta de ellas. 7 Para obviar en el pago de los di- videndos toda variación en el cambio en- tre libras esterlinas y pesos fuertes, se establece por regla constante que las 15 libras valor de cada cédula de dividendo, equivaldrán á 70 peso» metálicos, propor- ción aproximada fie los granos de plata pura que contienen las dos clases de moneda. García. NUMERO 6. DE LA INSPECCIOH DE LA HACIENDA PUBLICA. La H. Sala de RR. #c. Art. 1. ° Se establecerá en un edificio contiguo á la Casa de Representantes una Junta . permanente de Inspección de Fondos y Hacienda pública. 2. La Junta de Inspección se compon- drá del Presidente de la administración del crédito público, de un miembro de la Comisión de Hacienda de la H. Sala, de- signado por ella, y de un ciudadano prin- cipal, propietario de bienes raices y de fondos del pais o estrangeros, que será elegido por loa tenedores de fondos del pais y por los de estrangeros, reunidos por sí ó sus apoderados. 3. Li Junta de Inspección intervendi a del modo que se establecerá por reglamen- to especial, en las rentas y demás entradas del Erario, como también en las remesas que deben bacerse á la Tesorería General en virtud de presupuesto» sancionados, á la administración del Crédito Público, y ai asiente ó agentes de los Accionistas de fon- dos estrangeros, para sus dividendos y amortización. s s s s s s s s. s s s >í s s s s s s s s s s s s s N s s s s s s s s s s s "> s s s s s s s s s • s > s s s s s s s > s s s s s s s s s s s s 4, Llevará una cuenta general en forma' tabular de entradas, salidas y remesas, con especificación de las rentas públicas inte- riores y exteriores, en circulación y amor- tizadas, de manera que a primera vi-ti pueda el Ministro de H iriendu, los miem- bros de la Comisión de Hacienda y otros que tuviesen autorización al efecto, impo- nerse del estado exacto del Erario. 5 La Junta de Inspección llevará una, razón circunstanciada de los créditos H< | Justado y de las fincas y tierras pútdicas con su avaluación respectiva, á fin de que el Ministro ó la Comisión ile Ha0 dias basta el cumplimiento del monto del presupuesto sancionado men- sual y no mas. 7. Los pagarees de que habla el artí- culo anterior llevarán el interés de un real diario, para ser introducidos mu* fácil y cómodamente en la circulación. 8. Ni el Ministro, ni la junta de ins- pección podrán emitir pagarées ni letras, sino en la cantidad y en la forma espre- sadas en los artículos 6 y 7, sin especial autorizaciou de la Legislatura. García. IMPRENTA DEL ESTADO, Calle de Cl>iW'atMic<> No. 1». DEb EXMO. S». GENERAL. EN GEFE «. EJERCITO CONST.TITC.ONAI. 1^. FRVCTVOSO RIVERA, Mecha en lo, ~ -*T*L¿L '"^Z.^it ¿ ^^¿ar * "* """"**■ ciptos V~« 9ia¿ que u e8tá c„njiada. IMPRENTA DE LA CARIDAD — 1838.9 QUE HACE EL GeNEKAL E N GeFE DEL EjERCITO CONSTITUCIONAL , DE LOS PRINCIPIOS QUE HAN DE GUIARLE, EN EL DESEIUPEÍÍO DE LA ALTA MISION QUE LE CONFIARON LOS PUEBLOS DEL ESTADO. REPUBLICA se encuentra en momentos decisivos y solemnes : sale de una época de ca- lamidades, de retroceso y degradación, para empezar otra que ha de ser (jprecÍM es esperarlo) de reparación, de prosperidad y de gloria. El hombre que figuró al frente de la primera, acaba de precipitarse de un puesto que ya no era suyo, arrojado por la irresistible fuerza de la opinión pública, y por bis lanzas del Ejército Constitucional, ministro de ln voluntad del Pueblo Uruguayo. La fatal necesidad de las cosas me coloca al frente de la segunda ; de esta nueva época, que debe fijar para siempre la suerte del Estado, y que ha de decidir también de la mia, de mi existencia, de mi honor y de mi fama. En circunstancias tan extraordinarias y tan eminentes, quiero considerarme obligado á hacer una ma- nifestación pública, solemne y terminante de mis principios é intenciones : voy á hablar á la Nación, al Pueblo de mi nacimiento, de mis recuerdos, de mis afecciones; y quiero, ante todo, se entienda que, al dirijirle mi voz, me guian la mas abierta verdad, la franqueza mas leal, y la meditada, firme, é incontrastable resolución de cumplir religiosamente mis promesas. Mi conducta y mi lenguage no pueden ser otros r cuando dispongo de los brazos y de los recursos todos de un Pueblo, que me hizo el honor de confiármelos para reivindicar sus perdidas libertades, sería mengua afrentosa ocurrir al lenguage de la mentira, y disfrazar intenciones dañadas con lisongeras esperanzas. Mientras duró lo-administración destructora, la República fluctuaba bajo un sistema de fraude y des- carada decepción, propio solo de medianías impotentes y de tiranuelos mezquinos, que ocurren al engaño, carecienJo de la fuerza que dá la opinión pública : no me hallo por dicha en esta posición : el Pueblo Oriental, pues, ha de gozar, de hoy en mas, un sistema de honradez, de franqueza, de publicidad. Ocho años contamos de existencia política, perdidos lamentablemente en ensayos, ó perniciosos, ó esté- riles. Los errores de todos, los mios también, expusieron la República á vicisitudes continuas ; agotaron inútilmente su inmensa fuerza de producción y de vida ; dispersaron los elementos de la civilización; e impi- dieron, hasta hoy, que el órden social reposase sobre basas indestructibles. Es tiempo ya de aprovechar las lecciones de la experiencia ; de buscar el remedio á tanto mal ; y de resolver el gran problema de que depende- 2 - la tranquilidad y la entidad de los Estados Americanos-sostituir el imperio de las cosas, á la influencia de las personas ; conquistar la estabilidad. Y solo hay un camino para resolver este problema : crear instituciones buenas y propias ; educar y l'unuar sobre ellas la conciencia y la moral del Pueblo, y habituarle á respetarlas con religiosa veneración. Puedo jactarme, sin arrogancia, de haber sido el primero y mas estricto observador de nuestras Formas Constitucionales : honrado en 1830 con el nombramiento de primer Presidente del Estado, juré observar el pacto á que debía mi elevación ; persuadido, con una buena fé que podría llamarse candorosa, de que la joven República estaba ya sobradamente sazonada para la práctica de esas Instituciones. Muy pronto sorprehendí los insidiosos manejos de un Géfe militar, á quien la Nación colmó de honores, y á quien dispensaba yo especiales consideraciones: veía reunirse á su voz los elementos de la anarquía : en mi mano estaba ahogarlos en el nido obscuro donde empezaban á germinar, y prevenir la rebelión para no tener que castigarla : las trabas Constitucionales me lo impedían ; quise, sobre todo, respetarlas ; y la revolución estalló, y fué preciso comprar con la sangre y los tesoros de los Orientales, el triunfo de las leyes atropelladas. Testigo es toda la República de la moderación con que entonces usé de la victoria : satisfecho con haber restablecido el imperio déla Constitución, crei todavía que el medio de reparar el mal era seguir marchando por la senda que ella trazó; y no comprendí aun entonces,que ese fuerte sacudimiento era la primera prueba, el aviso mas elocuente de que necesitábamos educarnos para la libertad civil, y aprender á gozar do Instituciones como las que nos rigen. Me ocupaba todavía en sofocar las últimas reliquias de aquel incendio, cuando cumplido el término Cons- titucional de mi mando, le devolví, expontanea c inmediatamente, á la autoridad de quien lo había recibido. Cuento ese dia como uno de los mas brillantes de mi vida pública ; y ese acto como uno de mis triunfos mas gloriosos. Sé que no es título de gloria el de hacer lo que las leyes prescriben : pero mi descenso Constitucional de la silla de la Presidencia, confundió en el oprobio y en la nada k los que vociferaban insidiosamente, que mi ambición de mando me arrastraría á atropcllar el Código Constitucional, para conservar el bastón. La República vio cntonces-mi desprendimiento^ el notable contraste de un caudillo que alzaba el estandarte de la rebelión para obtener el mando por la fuerza, al paso que el magistrado que le ocupaba se desprendía de él sin resistencia, y con sincera satisfacción. Don Manuel Oribe subió entonces á la silla, de que yo descendía. No es de aquí poner en duda la legali- dad de su elección ; pero la República entera tiene el intimo convencimiento de que la debió exclusivamente á mi influxo : este fué tal vez el mas grave error, al menos el mas funesto de mi carrera política: no conocí al hombre : creí propender á la elevación de un magistrado digno de la República; y no hice mas que armar contra ella un verdugo : mi desengaño fué muy amargo ; pero el de la Nación desastroso. Los primeros pasos del hombre funesto se dirigieron á minarme en la opinión, á hacerme desaparecer de la escena pública: no era esta una simple persecución individual: Oribe aspiraba á mondar á su antojo ; que- na quebrantar el freno de la Constitución ; sabía que el Pueblo Uruguayo no lo consentiría tranquilo ; veía en mi el centro de la resistencia legal, el hombre á quien sus compatriotas encomendarían la defensa común, desde que viesen en peligro sus libertades ; y se propuso por eso, aniquilar en mi persona el poder que conten- dría su desbocamiento. Sin embargo, mientras solo yo estaba amenazado, me ceñí á preservarme de sus acechanzas : pero muy luego dio suelta á sus pasiones, y mostró á la República asombrada, que en sus principios, las leyes son una 3 irnba innecesaria; las garantía:-. Constitucionales barreras perniciosas; que mandar no es otra cosa que oprimir, y que el terror es el único medio de gobernar. Vi entonces, con acerbo dolor, renovarse escenas y principios proscriptos mucho tiempo há por la civili- zación, y por el progreso de las costumbres ; sofocada la imprenta; atropellada la seguridad individual ; dila- pidada la hacienda pública ; deportados los hombres mas distinguidos ; organizada la delación y el espiona- ge ; violada la correspondencia particular ; convertido el suelo Oriental en cárcel de un Gobierno estreno; in- troducidas las fuerzas de este clandestinamente en la República ; prostituida ante el exlrangero la dignidad Nacional ; y el asesinato alevoso ( lo juro por mi honor y en presencia de mi Patria ) empleado como resorte po- lítico : tal os ol afrentoso compendio de esa deplorable Administración. El que de esto modo gobernaba se había despojado de la investidura que recibió : roto por el mismo el pacto de su elección, su legalidad había desaparecido ; y la República se levantó en armas, para castigar al criminal. La voluntad del Pueblo es siempre omnipotente; su fuerza siempre irresistible : una victoria esplendi- da del Kxercito Constitucional puso termino á la degradada tiranía de la facción que Oribe acaudillaba : cer- cado después en sus últimas trincheras, abandonado de los mismos que le sostubieron ; arrastrado paso á paso, fué competido por fin á descender del puesto que manchó,dejando á la República libre de su opresión y de su presencia ; y cerrando su carrera de oprobio con actos de vergonzosa y repugnante dilapidación. Tal ha sido el resultado doloroso de nuestros ensayos en la marcha Constitucional ; pero no es posi- ble abandonarla, ni el Pueblo que me confió la alta misión de defender sus derechos, puede desear que yo rompa, ni aun modifique el Código que los afianza. Mas es preciso que no desvirtuemos su fuerza, acostumbrándonos á verle sin cesar atropellado ; es nece- sario que no aventurémos nuevos ensayos, sin remover antes todos los obstáculos que se oponen al libre y salu- dable ejercicio de los Poderes que él establece. La crisis de que sale la República, ha conmovido los fundamentos de la sociedad : las cosas todas han salido de su quicio : los elementos del orden, los gérmenes de la civilización están dispersos y sofocados por las pasiones y los interéses que sublevó este gran sacudimiento : es preciso reunirlos en un centro; darles la armonía de que carecen; y nivelar todas las aspiraciones ante una influencia que las circunstancias han hecho superior : es preciso aun mas, porque la transición, sin estos preliminares, del estado tumultuario que nos cer- ca á una marcha sosegada, firme y rigorosamente Constitucional, es un fenómeno irrealizable, un material imposible. Profundamente impresionado do esta verdad, cierto de mi propia fuerza, de la rectitud de mis inten- ciones, de la sinceridad con que deseo el bien de mi Patria; y convencido por los hechos, de la confianza que merezco á la Nación, declaro ante ella con la franqueza que á esta posición corresponde, que me juzgo con los medios, con la capacidad y con la voluntad suficientes para remover todos los obstáculos que se oponen n¡ libre ejercicio de la Constitución; para afianzar de un modo perdurable el orden social; y para impedir se re- pitan en la República, conmociones y trastornos, que concluirían por proscribir de la civilización el nombre Oriental. En consecuencia, á nombre de la gran Asociación Política que represento, poniendo á Dios y á mi ho- nor por testigos de la rectitud de mis intenciones, declaro solemnemente :- »• —Que me hago garanto de las Instituciones Constitucionales de la República, tales como se encuentran establecidas en nuestro Código político.2_ o_Que para lincer efectiva esta solemne garantía, suspendo momentáneamente el ejercicio de los Altos Po- deres Constitucionales. 3_ o_Que esta suspensión durará tan solo los dias estrictamente necesarios para restablecer el orden, acallar las pasiones, y preparar el libre ejercicio de aquellos Altos Poderes. 4. c_Que como Representante de la Pública Voluntad, y como Gefe de la fuerza que se me confió para soste- nerla, adoptaré por mí mismo las medidas que juzgue convenientes, mientras dure la suspensión indicada ; pero limitándome á aquellas que fueren necesarias á llenar los objetos del artículo precedente. 5. o_Que adoptaré por divisa la mas completa publicidad, y por juez único la conciencia pública. No necesito hablar de la gravedad de esta declaración : la considero el acto mas importante de toda mi vida pública ; y quiero que todos los que de ella se deriven, queden oficialmente registrados para mi gloria, ó mi ignominia. Con tal objeto, establezco desde este dia un Registro, que llevará mi solo nombre, en el que liaré pu- blicar todas mis resoluciones por mis Secretarios, para cuyo cargo nombro á los Señores I). Santiago Vázquez y Brigadier General D. Enrique Martínez, y cuyo Registro he de cerrar el dia que cese la suspensión del ejercicio de los Poderes Constitucionales. El grande objeto de mis cuidados es, que cese cuanto mas pronto sea posible. Que la facción desorga- nizadora aproveche la lección que ha recibido. La Nación la ha condenado ; sométase á su fallo ; ocupe el lugar que la corresponde ; y esa conducta traerá mas pronto el ejercicio de los Poderes tutelares, que suspende la necesidad de prevenir nuevas acechanzas. He revelado abiertamente á mi Patria mis principios y mis intenciones. Comprendo toda la extensión de la responsabilidad que hoy contraigo; y no puedo dar una prueba, ni mas fuerte, ni mas costosa, del profun- do sentimiento, que me guia, de amor al país, que es la de asociar mi nombre, é indentificar mi existencia y ini fama á una empresa semejante. Estoy resuelto á desaparecer confundido y sin honor, si no redimo á mi Patria de la situación degradante en que ha gemido ; pero aspiro á vivir lleno de gloria, si la elevo triunfante por el camino de la civilización y de la prosperidad.-Ni puedo hacer mas, ni hablar con mas franqueza. Entregándome á la protección de la Divina Providencia; fuerte en la Nación; y seguro de la sinceridad de mis deseos, firmo esta solemne declaración, mi gran Pacto, con meditación tranquila y con segura con- fianza, en la Capital de Montevideo, á 11 de Noviembre de 1838. Fructuoso Rivera. 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