—M I Del congreso del estado de México á la cámara de diputados. L a legislatura del estado libre de Méxi* co constante en los principios de justicia Con que ha promovido por todos los me- dios que le ha sugerido su celo en el des- empeño de sus principales deberes, la con^ SPrvacion del sistema federal, la integridad del estado que representa, la existencia po- lítica de este y la tuición y guarda de los derechos mas preciosos de sus ciudadanos y habitantes, objetos todos comprometidos «n la cuestión de distrito federal, se ve es- trechada el dia de hoy que se pretende to-; Carlos acaso para su final delicadísima re-¿ Soluciou, a dirijirse á la cámara de diputa- dos recordando y recomendando de nue- *o á su alta consideración cuauto lia re-;(2.) presentado en sus varias anteriores espo- siciones sobre la materia. ÍSTo es hoy el objeto que se propone esta legislatura volver á fundar su justa ©posición a la providencia que declaió el distrito, porque si bien pudiera sin duda esforzarla mas y mas con razones nuevas que no faltan en materia tan fecunda, lo sólido e incontestable de las que ya tiene manifestadas, cree que es lo bastante para decidir a su favor el recto juicio de la ra" mará, y lo angustiado del tiempo no le permite ocuparse mas sobre este partid*** lar; lo *■ s si pedir á la cámara no proceda a la discusión del dictamen señalado para examinarse este dia y que lo difiera hasta oir el voto de las legislaturas de los demás estados que sin duda lo tendían formado ú la presente sobre negocio que tanto les interesa, no habiendo hasta aqui ruauifes- tadolo, 6 bien porque se hallaban sin los conocimientos que posteriormente debe» haber adquirido, ó porque quiza temerían dirijirlas sin objeto ni oportunidad visto el empeño con que se Irató en el anterior congreso general de definirlo sin dar espe-(3.) *as ni poder prometérselas; y sin que pri- mero se tenga á la visla el proyecto ó mo- do que consulte la < omisión respectiva pa- ra arreglar el ejercicio de los dereehos de los habitantes de México, la indemnización que haya de dármele al estado por su ca- pital y el arreglo del contingente que haya de señalársele para lo succesivo. No es la justicia sola, sino el orden común y ordinario de la* cosas, y la esta- bilidad y firmeza que debe haber en las re- soluciones de un cuerpo soberao >, lo que funda la necesidad de este método. La jus- ticia exije que para la decisión de un pun- to actual y presente, se hayan considerado primero sus próximas y necesarias conse- cuencias, previsto sus inconvenientes y si: podran o no salvarse las -dificultades- que se ofrezcan sin faltar a sus preceplqs. Otro tanto prescribe la prudencia, que ordena el modo de conducirse aun en los negocios tnenos arduos , eutrando en el examen pre- sente el de la seguridad de cordinar cuan- to a lo propuesto diga una inmediata re- lación. Una resolución tomada sobre el asunto que hoy pende antes de tocarse la .m posibilita 1 de allanar las dificultades que desd" luego presentan los tres puntos insi- n'uvl>s, de los que como otra vez ha di- cho esta legislatura y ahora se le permití a repetir, es incombinable con los principios del sisíem t de la república, el respectivo al ejercicio de los derechos políticos de los habitantes del distrito, quedara sujeta a una variación necesaria llegado el tiempo de tocarse de cerca este invencible incon- veniente, como ha de llegar á tocarse por precisión, porque a ello está solemnemente comprometido el congreso general y por- que ni es de omitirse ni diferirse por mu- cho tiempo este imprescindible negocio. De estos tan poderosos motivos es hoy movida esta legislatura para proponer con unanimidad de todos sus miembros a la deliberación de la cámara de diputados que No se proceda á la discusión del dictamen sobre distrito federal: Primero, sin oir previamente el voto de las legislatu- ras de los demás estados; y segundo, sin que al mism > tiempo se presente el dictamen que consulte el modo de arreglar el ejers(5) cirio de los derechos políticos do los habi- tantes de México y su distrito, la indemni- zación que se ha de dar al estado por f u Capital, y el señalamiento de su contin- ente. Méxko 18 de mayo de 182S. ESPOS1CION <¡ue el congreso del estado de Mé- xico ha dirijido a la cámara del se- cado, haciendo las proposiciones aae sobre el asunto de distrito federal ha- bía hecho a ta cámara de represen- tantes. íüd congreso constituyente del estado de ^léxico no puede menos de dirifiise a la ea- Óiara del senado con el objeto de que en ella s« Fijen las proposiciones que tigníe hechas 3 la de representantes, y que esta contra lo Prevenido en el'miemhro segundo del arttr culó 5a d^ la constitución, en el 53 de la ^¡Mua y en el 4*> del reglamento de las ca- 3($5 ociaras, ha desechado con desaira inanifies* to de esta legislatura» de la de Veracr^uz y Y aliad olid. Este congreso dirijió a la cámara de representantes con fecha de 12 de enero del presente año una esposicron que concluyó con la proposición siguiente: »Que se restituya con la brevedadpO' sible al estada de México su capital y ter* rilorio anexo que se habia destinado para distrito federal. Posteriormente la legislatura de Ve- racruz con fecha 17 de febrero dirijió a la misma cámara las proposiciones siguientes» 1.° Que se revoque el decreto de la de claracion de ciudad federal. a.° Que no se resuelva nuevamente sin oír el voto de las legislaturas. El congreso de Yalladolid con fe- cha 19 de noviembre pide: al constituyen- te se digne reformar aquella determinación (sobre distrito federal) o diferir su efecto hasta que sea examinada por las dos cá- maras del futuro poder legislativo y rati- ficada por las tres cuartas partes de los eSr íados que examinen con absoluta impar-.*7) vialidad la rnzon de publica utilidad que debe justificar lo determinado. La comisión de la cámara de re- presentantes con fecha de 11 de marzo abrió dictamen sobre la proposición de. ^léxico, mas sin hacerse cargo de la de Valladolid y la segunda de Veracruz cu- ya resolución debia ser previa. Reclamada flsta conducta por algunos individuos de la cámara al darse cuenla con el dictá- tnen, la comisión ofreció presentarlo á la mayor brevedad. En efecto se dio cuenla con el, y después de haber estado ambos muchos dias sobre la mesa, se determinó en 16 del actual se discutiese al dia si- guiente aquel que consultaba no se admi- tiese la proposición de México sobre dis- trito federal. Este congreso advirtió desde luego que se invertía el orden de la discu- sión y quedaban sin resolverse las cuos- tiones previas a que daban lugar las pro- posiciones de Valladolid y Ycracruz. Acor- - dó, pues, hacer suya la de Veracruz y pedir á la cámara recayese previa resolu- ción sobre ella. Ademas anadio olías pa- ra que se tomasen en cousideuuiou los(S) ■ , puntos dificultosísimos de arreglarse, re- lativos al ejercicio de \o> derecho políti- cos de l(>á babilanlos del distrito: a la in- dtMmiiíacion que debe darse al oslado por la perdida de su capital, y al arreglo del eoit- tingenie que d¿be pagar sufrida esta oes- meiabracion. listas proposiciones de las que in- fluimos eó[»ia aprobada por este congreso en sesión eslraordinaria die f del corrien- te y dirijidas el 18 ala ritmara de represen- tantes, fueron desatendidas por ella: uo pasaron a la comisión: no se discutieron, ni recayo sobre ellas resolución formal ninguna. El congreso del estado guiado de la moderación que lo anima, se abstendrá de calificar y dar nombre á esta conducta, pero no desistirá de sus ocursos siempre que « llu di; margen á-llevarlos adelante. Es evidente por el articulo 53 de la -censtitucion, que lodos los proyectos de ley b dfcretix sin escepcion alguna se discutirán sjéccesivaiwente en las dos cámaras^ obser- vándose en ambtis con exactitud lo preveni- do en el reglamento de debates sobre la/arma,(9) Wervalos y modo de proceder en las discu- Slones y votaciones. Es evidente por el miem- bro segundo del articulo $2 de la misma c°uslitucion que son iniciativas de ley ó *Cr:etó, las proposiciones o proyectos de ley 0 decreto que las legislaturas de los estados dirían á cualquiera de las cámaras. Consta por ei articulo 4^ del regla- mento interior del congreso general que las Proposiciones b proyectos de ley b decreto que se hagan por las legislaturas de los es- tados se deben mandar sin necesidad de °tro trámite á la comisión que corresponda, Ültinramente es cierto que ninguna de Jas cámaras puede por si sola dispensarse ta observavaneia del reglamento, puesto que el articulo 119 del mismo previene que cuando alguna de las cámaras no ob- servase en sus resoluciones los requisitos Prevenidos en este reglamento, la cámara h visora se las devolverá para que delibere con lasJormalidades debidas. Sentados estos principios que el con- greso del estado estima inruestiei.ables, proredase a examinar sobre ellos la con- ducta observada por la cámara de dipuri(10.) ta dos en la discusión del dictamen sobre distrito federal, y aparecerá bien claro que cualquiera que sea la resolución que tome sobre este puoto, es de ningún va- lor ni efecto, y por consiguiente nula; en cuyo caso este congreso eslima, que las proposiciones hechas por él y las legis- laturas de Yeracruz y "Valladolid quedan sin resolución, pues esta no se puede es- perar ya de la cámara que apesar de los reclamos hechos por algunos diputados ha insistido sin facultades ningunas para ello en separarse de lo prevenido en la consti- tución y en el reglamento interior. En efecto, la infracción de la cons- titución y de la ley de debates en orden a lo prevenido para la discusiorr de los asuntos en las cámaras, hacen nulas todas las resoluciones que ellas puedan tomar, y esto es tan claro que la cámara del se^- nado ha devuelto a la de diputados va- rios acuerdos por no haber deliberado con- forme a lo prescrito por la ley de la ma- te ría. Adamas la ley por la cual las cá- maras están facultadas para lejislar, no quiso que la ejerciesen sino con arreglo á>(II.) "as bases prescritas para la discusión. La «fracción, pues, de cualquiera de ellas ^perialmenle en un punió lan capital eo- tt'o lo es el desatender las proposiciones de las legislaturas de los estados, hacen de ^togun valor ni efecto el ejercicio de es- to facultad. Este congreso, pues, bien penetrado de la fuerza y solidez de estas reflexiones e8tima que pus proposiciones dirijidas has- ta aqui a la cámara de representantes que- dan sin resolución ninguna , puesto que se puede ni debe considerar como tal ta cjue se tomare con infracción de la Constitución y reglamento. Por lanto pre- senta a la cámara del senado las propo- siciones siguientes que habia fijado á la de ^presentantes. 1.a Que no se proceda á deliberar sobre *1 punió pendiente de distrito federal sin oir previamente el voto de las legislaturas de los demás estados, y sin que al mismo tiempo se presente el dictámen que con- sulte el modo de arreglar el ejercirio de Jos derechos políticos de los habitantes del distrito, la indemnización que se ha de datf(12.) al estado por su capital, y el señalamiento del contingente. 2.a Que se restituya con la brevedad posible al estedo de México su capital y ten ritorio anecso que se habia destinado par* distrito federal. México mayo 19 de i8a.5. IMPRENTA A CARGO DE MARTIN RIVERA»