( ií* ) lo estipulad*» rcupwto i amboi';feBdai;noni« brandóse entre ellos una ó dot comisio- ne» para simplificar su» operaciones y dar cuenta de ella*. 7 Par» obviar en el p igo «••' los di- videndos toda variación en el cambio en- tre libras esterlinas y pesos fuerte*, se establece por regla constante que las IS libras valor de caria cédula de dividendo, equivaldrán a 70 pesos metálico», propor- ción aproximada de los granos c. Arl. 1. ° Se estaMe.erá en un edificio contiguo á la Casa de Hrpresentantes una Junta permanente «i o Inspección de Fondos y Hacienda publica. 2. La Junta ien en las remesas que deben liacerse 6 la Tesorería Grnerul en virtud de presupuestos sancionados, a la administración del Crédito Público, y al. atiente •> aoentes de los Accionista» de fon. dos » •¡anderos, para sus. dividendos y Buuorii¿acion. s s s s s s \ s s s s V I s s > > s s s s s s s s s s s s s s s N s, s s s •» \ s s. s^ s s. s s s s s s V, \ <» s s V s s s s s s s 4. Llevará una curóla general ra Crn», tabular do enfrailas, salidas y remesas, c. especificación de las rentas publicas inte- riores y exteriores, en circulación y amor- tizada», de manera que á primera vi-t, pueda el Ministro de Hacienda, los micro, bros de la Comisión de Hai-i axia y i.trot que tuviesen autorización al ■ feeto, ¡Mea* neme del estado exarto del Erario. 5 La Jui ta de Inspección llevará „,,, razón circunstanciada de los créditos ,), | Estad» y de las (incas y tierras publicas con su avaluación icspectiva, ¿i fin de uue el Ministro ó la Comisión de parteada, ¿ cualquier Diputado de la II. Sal», pertta pedir la venta de ellas, aea para ('.men- tar • ntradas, para a!ivi»r con (r 11 ueionn ó acelerar la amortización en las r. ota» circulantes, según convenga. G. Aumpie las entradas deberán equi- librarse con los gastos de año en al habrá siempre desigualdades inevitables ¿t mes á mes, y para remed ¡arlas la Te»ore- ria general podrá emitir, con intervención de la Junta de, inspección, paquee- nu- merados del valor de 5fK) pesos calla uno, á M0, <»<) y OO «lias hasta el cumplimiento «leí monto del presupuesto sancionado 111ro sual y no mas. 7. Los pagarees de que habla el artí- culo interior llevarán el ii.teres de un r»al diario, para ser introducidos mas fácil » cómodamente en la circulación. / 8. Ni el Ministro, ni la junta de ins- pección poilrán emitir pagarees ni letra», sino en la cantidad y en la forma aspes- sadas en los artículos f> y 7, sin especial autorización de la Legislatura. García. IMPRENTA DEL 1-STaDO, CaJ.t de «,'baoa.buco Na. \». ESPOSICION QUE HACE AL PUBLICO X>. PEDRO BERRO Y ECHEVARRENE VECINO DE ESTA CIUDAD ANTIGUO TESORERO DEL, BANCO NACIONAL, Con ei. objeto de instruirle de la atroz injusticia, con «oe el Directorio HA ULTRAJADO SU HONOR, V LE PERSIGUE ANTE EOS TRIBUNALES POR EL DESFALCO DE CIEX MU. PESOS, Que en el mes de Junio de 18.ÍO, se advirtió en la caja principal del tesoro á cargo de dicho Directorio, como asi mismo de su absoluta irresponsabilidad ú un car- go, que según la historia de los hechos, y demás fundamentos incontestables solo ha podido gravitar, 1/ evidentemente gravita, sobre el mismo Directorio iMfilEMÁ ItEPl DLICAN A, £ CftUl* d« Su i pacha uuia. 1U. $r v ^ E¡si»osicio]>r &. Til informe que «lió Ja comisión estraordinnria del Banco sobre la falta do cíen mil pesos de la emisión de 1. ° de Marzo de 1829 ; ese libelo infamante, en que dicha comisión quiso presentarme con sustanciales defectos cu Ja admi- nistración de lo«¡ intereses públicos á mi cargo, y como sospechoso en aquella, falta, me precisó á escribir, y publicar mi contestación impresa en JO de Sep- tiembre «leí aÑo próximo anterior para satisfacer a. los seÑores accionistas del Banco, y al público sobre el contenido de dicho informe, y reparar por ese me- dio mi reputación, y pureza tan injusta, como cruelmente atacada por dicha comisión, exceptuando de ella dos de los Sres. que la componían, los mas ilustra- dos, y circunspectos, y al mismo tiempo los mas independientes, que fueron opuestos, y aun protestaron sobre el tenor de dicho informe. La nota oficial del Directorio del Banco de 30 del próximo pasado Octubre dirigida al Grobier- :io por el órgano «leí Sr. Ministro de Hacienda, que se ha publicado por la pren- sa en el Diario de la Tarde niim. 428, y el (Jomcrcial nmn. 2'-17 por disposición del Directorio, con motivo «le la sentencia que me absuelve de toda culpa, y cargo pronunciada por el digno Magistrado, á cuyo cargo se halla el juzgado superior de Alzadas, que se ha publicado también en dichos diarios en seguida de aquella nota, me fuerza hoy de nuevo á interrumpir mi silencio, para ins- truir a los SS. Accionistas, y al público sobre cuanto creo digno de saberse con respecto á esta causa ciertamente célebre, que se ha suscitado, y agitado ante la» respectivas autoridades, habiendo forzado al efecto á dicho Directorio. No es fácil clasificar cual sea el espíritu, ó que objeto se haya propuesto el Directorio en pasar dicha nota al Gobierno, después que tubo la entereza de protestar solemnemente en juicio su incompetencia absoluta para entender, y disponer en este negocio, y que me formó cargo, y culpa en uno de Tos escrito* que presentó al mismo Magistrado, de quien hoy se muestra tan quejoso, por haberme dirijido al Gobierno para que incitase al Directorio al cumplimiento de sus deberes, y a <)n • sobreseyese a)pj la tan injusta, como estraña persecución, con que tenia deprimid*», y vejado mi honor, causándome á mas muy graves perjuicios en mis intereses. Pero sea cual haya sido su objeto en dírijirse hoy el Directorio con t in manifiesta inconsecuencia y contradicción al superior 'Gobierno por medio de dicha nota, yo debo comenzar mi presente esposicion por un análisis de elía aunque lijero en la parte que me afecta, prescindiendo ds decir nada sobre la insolente audacia con «pie ofende el honor, y de sé ca- ta y ultraja el respeto deludo al magistrado, «jue erigido en juez pronuncia(») aquella sentencia según su juicio, y mérito relevante tic lo«* ñuto*, qne tubo en \ista, para fallar en los términos que falló, porque foca á la Exma. Caruata tic Justicia, á cuyo superior conocimiento se lian elevado dichos auto-, clasificar y castigar condignamente el desacato é insolencia del orgulloso Directorio, que se ha atrevido hasta herir a dicho magistrado en lo mas delicado de su honor y noble oficio que ejerce. El ha comenzado dicha nota haciendo elogios de sí mismo, fo ellos nada acordaron detenidamente contra mí, ni autorizaron al presenté Directorio para «pío me presentase según lo ba hecho, como un criminal, ni para que me dprnandase en ninguna forma, sí solo par» que persiguise el esclarecimiento de la falla da dichos cien mil pesos, y del autor de ella hasta «Micontrar con él, y este esclarecimiento debia preceder á toda imputación del Directorio, de ser yo ú otro el criminal detentador y sustractor, y también á toda demanda ¡ m;-* lejos ele adelantar el presente Directorio en dicha inquisición, él al fin ha Tenido á confesar que no tiene «le cpie acusarme, ni cargos que hacerme; bsí es que no me ha hecho uno solo, ni me los hará, á pesar de haberlo provo- cado á ello repelidas veces. Pero después que yo contesté por la prensa á dicho informe, y después que este asunto \u>" i ser materia de conversación familiar, y de esplicaciones de todo género, estoy seguro que los Sres accionistas, y el pú- blico e;i general se ha satisfecho de mi conducta y buen manejo, y que ni yo ni ninguno de los empleados en el establecimiento hemos tenido parte en los di ver- sos fraudes que en él se han advertido y son ya notorios, y qne solo han dejado compromisos en el Directorio. Quizá 110 sea hoy un gran misterio cual sea la. persona ó.personas (pie han sustraído aquella cantidad, y no es de desesperar que al fin se rasgue enteramente el velo, y que el hecho se presente claro, y cora los competentes justificativos. En el párrafo 5. de la misma nota han sentado los Directores que ellos hi- rieron representaciones á la comisión est raordinaria para que fallase definitiva- mente sobre el asunto de loa cien mil pesos que ye echaban de menor», y que habiéndose esta escusado pidieron á los accionistas reunidos el nombramiento do nna nueva autoridad, (pie á vista de los antecedentes obrados, y demás que se adelantase, fallase de nn modo definitivo. Que tales fueron las pretensiones del Direc torio de (pie la comisión < st ■ aordinaria ejercicio actos autoritativos, y fa- llase definitivamente es una verdad ; pero debió añadir que esto sucedió después que estaba instruido del juicio «iniestro de dicha comisión, y (pie para obtener la resolución de esta, que debería corresponder á aquel antecedente, hizo las mas fuertes representaciones, é instancias. ¡ Pero quien no vé aquí el interés y los abatices cías-icos del Directorio llevados hasta el caso de erijir jueces á su pla- cer, y de inhibir las autoridades legales ! i Quien no vé aquí su estremada par- cialidad, y su empeño decidido de presentarme criminal á todo trance 1 ¡ V esto «x el Directorio que boy dice eti dicha nota, que ha procedido desde el principio con delicadeza, y circunspección en este negocio. . .. ! En el párrafo <* Irán sentado también los Directores que para cumplir el acuerdo de la junta general caso fjue pudiese tener efecto (esta condición quo apuntan aquí los Directores prueba que ellos no tubíerou un mandato de dicha junta para acriminarme, tii demandarme, sino solo para esclarecer el punto do la- falla de los cien mil pesos, siendo por lo misino» á cargo de dichos Directores fai responsa&iUdad por la acriminación, y demanda injusta hecha por ellos mismos0a nuevo mandato) habían consultado separadamente tres letrados de opinión > Conciencia, con copia del espediente obrado, y que evacuados por estos Ion dic- támenes respectivos sobre los puntos mas prominentes, acordaron los Directores nombrar, y en efecto nombraron otro letrado que dirijiese al Rauco en la per- secución de los cien mil pesos, no entendiendo ya desde entonces los Directores mas en este asunto, cuya secuela confiaron á las luces del letrado, que habían elegido, y á la fidelidad de su agente. Este reluto dá Jugará diversas observa- ciones. Los Directores actívales han dicho que consultaron esos tres letrados con-e» pia del espediente obrado; pero e*te espediente era solo reducido á las falsas, y ca- lumniosas internaciones-producidas en secreto por el mismo Directorio á su gusto, y antojo ; á las vacias, y malignas imputaciones, con que algunos de sus miem- bros, sin escluir la clase de Presidentes, me presentaba,i sospechoso ; y al infor- me de la comisión estraordinaria. Entretanto cuando hicieron dichas consultes yo había ya dado por la prensa mi contestación a ese degradante informe, y habí* puesto en trasparencia su-parcialidad, y las innumerables falsedades, y calumnia» de que abundaba. También el ex contador Thiesen había emitido por la prensa y repartido á los Accionistas una píese, que debe considerarse clásica en este ne- gocio, que levantaba en peso al Directorio, pues que le echaba en rostro una substracción de origen comprobado, y cutyo monto dijo no fte puede graduar, según el compulo mas moderado en menos de. medio millón de pesos ; y pregunto ¿ los ac- tuales Directores acompañaron á los letrados estas dos piezas tan importante* para que en vista de tillas, y del espediente que les incluyeron, abriesen dicta- men ? De ningún modo : las habrían sepultado si hubieran podido ; rnas no pudiendo las han alejado «le su vista, y de sus manos, y han procurado alejarla» de todos como quien se aleja, y aleja de un fuego activo y devorador.-j Donde está pues la delicadeza, é imparcialidad, donde la-prudencia y circunspección de los ac- tuales Directores, que dicen han tenido en este negocio. . . .? No se vé bien que en haber suprimido estas, y hecho uso de solo lo que ellos habian maniobrado, está desenbierr » bu intriga, y el dolo con que han procedido ? Kilos entretanto confiesan que los tres letrados consultados dieron sus respec- tivos dictámenes; fiero si los dieron ¿á qué consulta! y nombrar un cuarto letrado que dirijiese al Directorio en Ja persecución de los cien mil pesos ? Ksto dé k entender que aquellos dictámenes no satisfacían los deseos, y miras particulares ds los actuales Di rectores, .y que ellos buscaron uno que manejase este negocio da suerte que lo entretubiese para no definirse jamás, 6 que a lo menos en caso «le definirse fuese poniéndolos á cubierto de toda responsabilidad por rnas injustos que apareciesen. L,o cierto es, que llorín misterio ó grave motivo los Directores han sepultado también dichos dictámenes, qu«í podían para sincerarse mas ante el Gobierno haberlos elevado á su suprema consideración junto con la nota que le han dirijido, ya que no manifiestan al público su contenido, y ya que bau escu- (O «t, y al fin con la publicación «leí auto de- finitivo del Sr. Camarista Juez de Alzadas han venido los Directores á sentir algo aunque en p-into mucho menor de lo que lo^ anuncia era factible Ies sucediera lino «le los letrados consultados, en quien tenían mas confianza. Tampoco es ciertf^/iií menos puede satisfacer la peregrina especie de que el actual Directorio no ha tenido otra parte en este negocio que la que ha creído deber darle el letrado nombrado. No es cierta ; porque ese Directorio en el informe que d'tó al Gobierno á solicitud del Sr. Fiscal cuando aun no se habia entendido, y puesto de acuerdo con este letrado, eacüsando en esta circunstancia el no haberme demandado hasta entonces ante juez competente, me trató abiertamente de criminal, y que interesaría la vindicta pública respecto de mi prime» l»«*go que hubiese encontrado al efecto el letrado que era de práctica para llevar á su cabo dicha instancia. ¡ Que iniquidad ! ¡ Pero ilespues que poca vergüenza ! Pues que se ha negado tan tercamente á <>sa demanda criminal, á que se decía preparado en procura de la vindicta pública del enorme delito de que me había indicado, y lo «pje es mas ha tenido que retractarse solemnemente, á, me- nos que esta retractación no la dé por cierta y valetlera por ser hecha por su agente, aunque sea agente fiel, b¿»j° los auspicios del letrado nombrado sin que el Directorio entienda en lo que estos sus fiduciarios, ó mandatarios obran ! Pol- lo demás ¿ no es la mayor sandez querer con esta especie premunirse el actual Directorio, lavando, y purificando su corazón, y sus obras con lo que ha prac- ticado el letrado nombrado, y su fiel agente á pretesto de haberse confiado en ellos, y no tener parte activa en dicho negocio? Pero el hecho es que el Direc- torio la tiene legal en este caso, asi como es indudable, y público que la tienen directa los Directores que continúan por un plan esta trama, y entretienen al pú- blico con el engaño y con la intriga burlándose así de los hombres, y de las mis- mas cosas. De aquí se deduce el desprecio con que debe mirarse lo que apurando su hi- pocresía alienta el actual Directorio en el pirra ib 8 de dicha nota, "y es que ni " la dirección del negocio, ni la elección de la persona contra quien se ha promo- " vido la acción, han si«lo obras suyas, sino el resultado de las opiniones de los letrados, que asi lo habrán cousid-rado en derecho" Sin duda yo «lebicra quedar agradecido á la buena intención y sentimientos del Directorio con res- pecto á mi persona. Pero dejando < st«j a un lado pasaré á observar mas prácti- camente la conducta hostil ilel Directorio en la revista, que paso á hacer del giro que ha llevada este negocio ante las respectivas aurorh'.atles, adonde ha sido con- ducido, y de cuanto se ha considera«lo por ellas. J£,sta revista será una redacciónf #1 •fiel del proceso iniciado por mí, y comenzado á formar por mi esfuerzo é instancia. He dicho que este proceso fué comenzado á formar por mi. El principia por el escrito que. en Enero del presente año elevé aula el Exmo. Ciobierno, y es cual se inserta. "Exmo. Sr.— D. Pedro Berro y Eehcvarrene, ante V. E. con mi mayor ** respeto, y en la forma, que mas haya lugar, me presento, y digo: Que en 3 " de Enero de IS3I, imputeado por graves mofliros, que no es ahora del t aso rc- " ferir, hice demisión del empleo, que ejercía rito Tesorero del Manco Nacional, " y me fue admitida por el Directorio Viajo la competente cuenta, y razón. Yo " esperaba en su consecuencia haber obtenido el correspondiente finiquito; pero ** después de mas de un año que ha corrido, y a pesar de haber apurado en tan *' largo periodo mi sufrimiento, sin valernie para que me lo diese de otros resoi - " tes que los de la moderación, y de fa suplica, hasta casi agotar mi paciencia, " nada he-podido obtener del Directorio. El se ha herhn sordo á todas mis re- " clamaciones, y aun mirando con menos precio las enérgicas protestas, «pie ul- ** guna vez creí deber hacerle por los perjuicios, que me irroga con su estrena *' conducta, par»-co haber adoptado un plan de entorpecimiento con el que tiene " comprometido mi honor, y causa á mi persona, é intereses gravámenes de cotí' " sideración consecuentes á un tal estado. Si el Directorio fuese detenido por " cargos, que resultasen contra mí. y me los hiciera, podría justificarse, pero él " n halla envuelto en *>us propios pasos, y no da uno solf) conven rente y ** provechoso. Ni me «hspncha, isi me forma cargos. Sin duda algunos " de los que lo componen, tienen ínteres en que las cosas permanezcan en " un estado incierto y de paralieñl por tiempo largo, é indefinido ; mas " yo no puedo conformarme con un procedimiento tal, cualesquiera que sean " las causas que lo Motiven, «lesde -que él gravita sobre mi honor, y me " irroga perjuicios enormes. El Directorio cree quizá poder justificar su deleu- " cíon con el resultado de los informes, «pie 'lió, y publicó por la prensa la conii- *' sion estraortlinaria creada a virtud del Superior decreto de 15 «le Diciembre de ** 1S.ÍO; pero si bien es de presumir pretenda «lar a entender con «licha detención " su circunspección, y su celo en consecuencia de lo que !a espresada comisión, ** espuso sobre los «-icti mil pesos, «pie se hedían de menos, y IM9 supone suhstrai- *' dos «le dicho establecimiento, no por eso aa oculta su plan tle intentar ponerse ** á cubierto por dicho arbitrio, aunque menos prudente, por no clarificarlo "de injusto, y cruel, «le las responsabilidas, como cu el otro, que «lió «licha comisión " sobre el eStedO actual de aquel establecimiento, se descubre r«?sultar contra él. "Dichos informes Sr. Exmo. son las «los piezas clásicas,, qu" importa tenor " en vista para oompr<'hender la tendencia de la uiar«rha del Directorio, «> bien ** para conocer los graves compromisos «pie cargan sobre él, per mas que dicho " Directorio los oculte, y por mas que haya querido disimularlos, ó atenuarlos " la misma comisión «'straor«linaria, al paso que por la mns escandalosa parciali- " dad se ha eatendido iutencionalmente en su informe sobre la falta «le cien mil '* pesos á dirigir sospechas, infundadas por supimsto, contra el contador del " Banco, y contra mí corno su tesorero, abriendo senda {tara que se nos hagan " cargos. Yo acompaño impresas dichas «los piezas, y también Ja consecuente " —posición del contador D. Aguttia Tbiesen, y la contestación mía a los cargos " de aquella eomiaion cu su informe sobre la falta de cien mil pesos y «lemas, a " que en dicho informe se ha hecho referencia para acusarme de nial manejo. Por medio «h> ella he satisfecho á todos victoriosamente sin que nada, nada " se me haya podido replicar, y no tengo embarazo en sentar «pie se guardará " bien el Directorio de avanzarse á hacerlo. Pero dea.de que esto es así, be " debido ser igualmente satisfecho por ¿1 por los medios que corresponden, al " .nenos por el que tanto me interesa, y tengo solicitado con instancia, y es ** que me Otorgue mi finiquito. Para suspender el Directorio este paso de *' rigorosa justicia debía ser movido del convencimiento de no haber yo satis- *' fecho los cargos indicados por la comisión en el dicho informe, «'> «le haber *' apa revida otros contra mí. En el caso primero, él debía haber replicado a mi *' contestación, y cu ambos haberme formado directamente cargos según corres- " poiulen ; mas el hecho es que el Directorio no ha hecho ni hará lo uno ni lo ** otro, porque le faltan razones para «dio, y que cuando debía aparecer circuns- ** pe«;to y franco, solo stí ha ocupado de medidas para salir del atolla«lero, •* que se ha formado, y dé pasos impertinentes, ó ineficaces al único objeto " en cuestión; si hay ó no cargos contra mí como tesorero. ¿Y quién no " comprende «les«h> luego «pie sobre este punto, corno que versa sobre meros " hechos, no importan inu«.-ho las consultas tle letrados, que ha eseitado el " Directorio c«-»n entraña repetición, quise con ■) é impertinentemente al punto sobre que se le exijió informara, a=íenta ni fin at pherafo G que resultan cargos terminantes contra mi; y esplicando luego estos ■cargos dice, que uno de ellos, y el principal era la substracción de ion cien mil pesos en billete* nutvos, agregando que si hasta entonces no había entablado con- tra mi la correspondiente instancia habia sido solo por falta de letrado por set requisito, que exije la ley, la intervención, y rímia de este en las peticiones ju- diciales, y no porque lo creyese necesario para evidenciar, si hay, ó no car^o* contra mi/ y luego en el párrafo 7 con que cierra su informe al manifestar al Gobierno su ansia por terminar una cue stión, que llamó tan injuriosa al liancó, añado. *' que él solo lleva en mira la vindicta pública, y no la Conveniencia, pues " la cantidad perdida distribuida entre» los accionistas les tocaría á menos de dos ** por ciento." concluyendo su informe en estos precisos términos dignos de muy seria consideración. '"Si todo esto pues, no fuese de? notoriedad, entonces sí la " justicia reclamaría, que no se priva-e ü un buen servidor de los testimonios de. " su conducta, ni se tubiese en suspenso indefinidamente Mi honor, y su crédito " corno indiciado de crimen : pero siendo una evidencia cuanto se lleva dicho iin- " púlese a sí mismo el ex-tesorero." He aquí una acusación del Directorio contra mí la mas firme-, y la masespre- aiva, en que me delata por un substraclor, por un ladrón de los fondos públicos del Banco, y por un substractor, y ladrón evidente, y notorio: ¡que injuria tan atroz ! ¿ Y puede tolerarse que después de haberse asi espresado el Directorio ante* el mismo CJobierno, y prote-tádole que tenia en miras nada menos que la vindicta pública de delito tan enorme, haya después salido con una demanda indi- recta meramente civil, que después clasificaré, y que lue»D haya protestado mu- sitas veces que nada tiene de que acusarme? Pero no adelantemos las reí! ex io- nes, y los sucesos. Me esplicsiré como corresponde sobreesté punto mas adelante, y se verá bien clara la prudencia, y eircunspeccion del actual Directorio, sil imparcialidad, su sinceridad, y buena fe. . . . A vista de ana inculpación tan decidida, v abierta es de calcular lo que dic- taminaría el señor Fiscal, á quien se devolvió el r spediente con dicho informe. En vista de él el Sr. Fiscal después de observar que este asunto atendida su naturaleza no podía abandonarse indefinidamente á andar buscando letrados, que lo dirijie- sen, y que no quisiesen, ó no considerasen de un éxito ventajoso ú los intereses, y al crédito del establec imiento adoptar el medio de una persecución judicial, que no produjese otro efecto que arrojar sospechas vagas, é improbables sobre una porción de individuos sin poder arribar á una justificación bastante, en que fundar en castigo condigno, y ejemplar dice "que es indispensable, en tal caso que el Directorio por si mismo por conducto de su apoderado notorio, y sobre todas las piezas obradas sobre tiste negocio emprenda una acusación directa ante un *" Juez del crimen de los cpie crea culpables, y convenibles, ó acuerde sobreseer " en toda ulterior prosecución daudo á cada uno su finiquito, y chancelación siuO") •*■* ofender á nadie, ni dar lugar á que se ofenda con sospechas, «'• imputaciones ** vagas, qia no puedan «ledueirse, y probarse inmediatamente en un juicio. So- " bre estas consideraciones, añade el Sr.-fiscal, es fie opinión epie con noticia de " la parte interesada se devuelva todo id Directorio pan m se eonafmi eon él el Gobierno, ó bien porque pm ¡ó rual él debía ser después de observadosu áliclarnen, trató de ejudir con tiempo muy estudios-miéntesele precisase a déme n- danne ante juez competente, del críiiini «le • ex-rnero oficio, y luego instruyendo «le mi gestión ante el Go- bierno y «le su suprema resolución, cuai-js dejo detalladas pe«lí á dicho juez que mandando al Directorio exhibir el espediente original, que le habia dirigido el yobácrao para pt «-sentarlo, y ocurrir con él unte juez oompeURte, caso «le resolverse L demaud.irnie. á virtud de su mérito, v sin necesidad «le ocuparan:- en esplanar las demás reirr pintonea que habia apnntadn. se inhibiese del conoi i- miento de « sta causa, y que «levolviestí ai Directorio el espediente, y demanda para que uaase veyó el cumplimiento de lo mandado, de lo que no hizo CUfto alguno el Directorio, terco siempre y capri- choso, y mas engreído y petulante por la deinasiatla atención que quiso prestarle dicho juez, notiíi«:au«lole sus proveídos por me«lio de oficios indebidos, á mas «le la noti ñ«.-acion ordinaria que se hacía a su agente. Kl juez en vista de la terqiteda»! y resistencia del Directorio le habría hecho sentir el peso de su autoridad, ó cuando menos habría peflido de oficio dicho espediente al mismo «robierno inhibiéndose entretanto de resolver sobre la declinatoria que habia yo deducido; poro desgraciadamente dicho juez renunció su puesto, y se subrogó otro que vió «le «listinto modo este negocio, y procedió en él con otro juicio, y b:«jo distinta forma. Sin duda no creyó necesaria para esp< «lirsc la vista de dicho espediente, ó fue seducido por la esp >iicion «leí Directorio de haberse aquietado el gobierno con la demanda civil adoptada ; ell«» fue que sobreponiéndose á mi petición, y á los d«*s decretos de su antecesor sobre la exhibí -ion del espediente rpio no era va tiempo de poder revocar, y mostrámlose demasiado celoso, 6 ape- ga«lo á su propia jttrisiliccion, pasó con esos dos vicios de nulidad y sin otra au- dfencia mia á resolver el artículo de inhibitoria por mí deducido, declarando no haber lugar L él Vo rne alzó inmediatamente de dicho proveído pira ante la superioridad, j mavor ilustración del juzgado de Atoada», protestando al mismo tiempo de nuli- dad de él, y salvando los demás recursos que me compitiesen, y especialmi-nte el «pie me balda reservado el árlame gobierno en su ante dicho supremo decreto, pai a hacer los ri quirimientos oportunos en una demora sobre el cumplimiento " de su resolución." Asi, pues, al paso mismo que mejoré mi apelación ante la respectiva Alzada, me dirigí al gobierno quejándome de nuevo de la conducta del Directorio, y «le la mala acogida que habia teunlo su suprema resolución ante él, y (amblen ante el juez civil á «piien habia ocurrido con una demanda capciosa, ilegal f incompetente, eontinuando por est< medio su sistema de opre- sión ; pero al formalizar esta segunda queja, no pedí ya como en la primera ve ordenase al Directmio alteraativamente, ó que me formase cargo en uní termino dado por la substracción de los cien mil peso3, de que se me indiciaba.C 13 ) 6 me otorgase mi finiquito, sino precisamente a que cumpliese «on esto último, respecto á «pie cu los «los escritos que habia presentado por me lio representado, y pe- di lo al golrierno, y en vista «le la franca esposieion última del Directorio de no tener como acusarme, ni «lomamJarme COB cargos directos, solicité «Je dicho ma- gistrado que en uso «le sus superiores facultades anulase el malicioso entorpecí - miento, con que se «letenia mi chancelación, y so entretenía por el Directorio la, secuela de esta causa, mandando sobreseer en ella y que se me otorgase mi fini- quito con el honor que correspondía, absolviéndome con respecto á la falta do «le diches cien mil pesos de toda culp:i y cargo, con las demás declaraciones cor- respondiente s á dejar bien puesto mi honor, y á indemnizarme de los perjuicios, y grandes costos irrogados con ocasión de este tan fatal incidente y hostilidad, abierta, declaratla contra mí tan sin ningún motivo por el Directivo. He querido ser minucioso en la relación, que no puede ser desmentida, de las acciones que se han intentado, y giro que ha seguido este asunto, principal- mente para que lo relacionado sirva para entrar el público con previo eonoei - miento en la aplicación de los hechos, y en la fuerza de las razones alegadas por mí ante dicho magistrado, y ante el gobierno en todas las relaciones del negocio en cuestión, á que muy poco aSadiré hoy, y también para confirmar la falta de sinceridad del actual Directorio en lo mas del relato hecho en su nota pasada al gobierno, y sobre todo que el Directorio ha sido el demandado por mí, por el plan funesto é inicuo que se habia propuesto detener este negocio en un entorpe- cimiento, 6 distracción la mas cruel para mis intereses y honor, y que ha sido for-(14) Tiado en su consecuencia a. hacerme curaos directos ante ju^z competente por la. faifa de los cien mil posos, ó A olorgnrme sin ninguna demora mi finiquito y chan- celación. Ahora so verá también con mayor claridad, qU9 lejos de ser vo el que hubiese eludido el juicio, lo he ilustrado en todas sus relaciones, hasta el c:t>o de provocar al Directorio una y mas veces, a que me haga cargos directos, cuan- tos considerase podía hacerme, protestando responderle ante el magistrado donde pendía el recurso, como que estaban en él reunidas las jurisdicciones civil y criminal, y que el Directorio ha huido de esto enteramente, sin indicar la me- nor especie para dignificar siquiera con algún viso de razón su terca y maliciosa hostilidad, y en fin que el ha procurado hacer ilusorio «I juicio pc5r el plan siste- mado y constante, á que le han impelido varias causas de su interés. Analizaré, pues, ya lo espuest»» por mí ante dicho magistrado, y entraré de frente en el asunto de la falta de los cien mil pesos, por lo que k mi respecta, abrazando la cuestión en todas sus consideraciones. Es notorio y publico, y k mas consta auténticamente por lea diligencias practicadas por el Di>- *orio, y las diversas comisiones, en cuyo nombramiento influyó, y con las que na encabezado su agente su estravagimte demanda, que desde el mes de Agosto del año pasado de 1 S30 se ha traído entre manos el asunto de la falta de los cien mil pesos, y que á iní como tesorero, y al ex-cou- tador del Banco se nos exijierou, y dimos con respecto k ellos, y á los cargos que se nos quisieron hacer entonces cuantas esplieacionoss pudimos, y crei- mo3 convenir, siendo entre la» denme muy espectable la que dió desde f. IZO de los presentes autos dicho ex-contador Thiesen, y bien marcadas las mías de t. 15 y 25 v. lasque desparramaron demasiada luz sobre varios sucesos remarca- bles, sobre los errores involuntarios, ó voluntarios que sostenian algunas Direc- tores con respecto á, mi concurrencia al tesoro, y manejo de él, que se me atribuía gratuitamente hasta con la calidad de esclusivo : sobre la libreta de con- tabilidad de dicho tesoro, que se decía permanecer dentro de sus cajas, y en las que so notaban en sus tiempos las entradas y salida? en ellas, cuya libreta se há evidenciado no haber nunca existido, y por su no existencia solo á los Directores y comisión de balances residía cargo, sobre la substraccion de dichos cien mil pesos de las mismas cajas de que^se me indiciaba bajo los mas maliciosos y frivo- los protestos: y sobre la imputación qué al fia so hacia de que dicha falta recaii sobre el millón de los vales de á un pe-o, que entubo á mi inmediato manejo, y administración, pero que.ao 829.C 16) resaltase mi purcz.i y honor. Ps esto dicho f.in ninguna ríase de oración, y pof salvar solo la verdad, por que dichas calidades en el manejo de los intereses del Rauco, y de los innumerable*, que se han depositado bajo mí confianza Son pú- blicas, y muchos las conocen habiendo tenido mot¡\os especiales para ello sin que por lo mismo puedan menguarlas las falsas sospechas, que se ha empeñado sombra)- el Directorio, y loa medios calumniosos y rastreros de que se ha valido el actual para Henar sus particulares fines de poner á cubierto á dicho cuerpo, ó á los individuos que lo han formado cu la época fatal «le fraudes y fallas, de lo.s que componen aun algunos el presente, de las graves responsabilidades que cargan sobre ellos, particularmente, sobre los con especialidad encargados de la inspección y custodia del tesoro, hayan tenido, ó no parte ew dichos fraudes. El Directorio quiere buscar fuera de sí mismo responsabilidades reales por la falta de los cien mil pesos, y asesta sus tiros contra mí, pero ilegal é inútil- mente. Yo no tengo ninguna por el empleo ó cargo que desempeñé como teso- rero del Banco. Por nú oficio en esta calidad nada he tenido que ver en la emisión nueva de billete*, ni en su introducción en las cajas del tesoro, pues estas operaciones son agenas constitucional Ríen te de mi dicho empleo. En las cajas del teaero no me ha correspondido tampoco ninguna intervención oficial, ni olla» han estado a mi cargo. Bl Directorio solo, y mas especialmaute los Presidentes y Claveros, y sobre todos la comisión de balances son los encargados de dicho tesoro, ios que deben dar razón de 61, y los que deben por su oficio responder do sus faltas. A este respecto no podría hacérseme cargo alguno sino por subs- tracción, mas substracción del tesoro, ó parle de él es un gran crimen, y como tal DO puede conocer de ella un juez civil, -y solo puede hacérseme, cargo do f í ante un juez del crimen. Por mi nrlimio comedimiento en el alistamiento de la emisión de billetes, aun cuando en el naode de espedirme hubiera cometido faltas, es evidente igualmente «pie no ha podido resultarme responsabilidad, ó cargo, malvo dolo, ó gra-;e culpa, pues que a nada me he obligado; mas si esta ó aquel han intercedido habría cometido ua crimen, y de él solo puedo ser re- convenido ante un juez del crimen, por que el dolo, ó cirlpa grave io es. Por último ¿se intente suponer una retención por nú de dichos -cien mil pesos contra el propio sentimiento del Din i torio, que por mas de un año estubo con Tencido de la total introducción de los billetes nuevos en el tesoro; contra lo qi:o atestiguan los hechos; y contra lo mismo que consta de los libros de la contadu- ría general del estableehnietfto? Pues tal retención indebida Berta un crimen real, porque ella vendría á ser u:i verdadero frauda, y -robo, el que por COIMÍ • guien te solo ante un juez del crimen puede acusarle, ó denunciarse, habiendo sobre ello suficientes datos. Haeormo sospechoso de tu.1 crimen es el punto que tenia en vista y donde so ha dirijido muy inocente y santamente el actual Direc- torio, y esa acción, y cargo criminal es el que se hallasubstancialmentc embebido en la d: manda que ha promovido ante el juez civil por mas que la tergiverse, 6 r 17 ) •■©lape con el plan, ó tácticn, que ha adoptado de pedir netamente razón de hvr cien mil pesos, ó sea do toda la emisión, mas el cargo se habla adelantado en clemasi» por el Directorio, y no estaba en sn arbitrio retroceder, tú yo puedo permitir que retroceda á menos que sea retractándose formal y espresa;ncufo o por una retractación equivalente, dándome mi finiquito con lodo honor, y con compe- tente Madenanteaeloa por la gravo injuria, que mo ha irrogado, por los consiile- ratafefl perjuicios que me hn causado, y por los cuantiosos costos que me ha pre- cisado u hacer, para libertarme do su sostenida furiosa persecución. Vodas las diligencias pre\ ias practicadas por el Directorio, y la comisión estraord; uaria, que bajo su dirección, ó influjo se formó, y se espidió sobro este punto, con las que. ha encabezado su r.gonío, c instruido su demanda, vierten persecución y sawgre contra mí. En ellas a fuerza de supo»¡:-¡o:ics, y datos falsos y calumniosos, se me lian asestado los mas crueles tiros, presentándome en la cla«e de no haberme comportado bien en el desempeño de ini cargo ; de haber tenido it. x\ manejo en los intereses a. mi custodia, y sobre todo de ser cuando me- nos sospechoso dk haber substraído, ó entrampado los cien uúl pesos que faltan. A r.ias de esto el Directorio actúa! en el informe pasado al gobierno á solicitud fiscal días antes de demandarme, según ya dejo observado, me ha delatado ante él sin ningún disfraz por substractor y ladrón, y por .substractor y ladrón, evidente i/ notorio ; ¿ y después que ha hecho csio, y que ha dicho también que él sin necesidad de letrado se consideraba bastante para evidenciar los cargos contra mí en dicha razón ; después que manifestó allí su ansia por terminar una cuestión, que llamó i.'i/uriosa al Bntiro ; después que protestó tenia en sus miras eseif*, V provocar la vindicta pública, y en fin después que concluyó su informe diciendo, que respecto a ser una evidencia cuanto habia dicho contra mí se impu- tase á si mismo el ex tesorero el que so hallase privado de los testimonios de su conducta que se dan a un buen servidor, y que se lublese en suspenso indefinida- mente su honor y su crédito, como indiciado de crimen ; ¿quien no vé que la acción civil que ha ¿-.•tentado contra mí el actual Directorio viene, desnaturalizada, y que es enteramente ilegal y aun ridicula, que como lo ha notado bien en sus sentencias el magistrado, no corresponde á la dignidad de la causa y suceso que la motiva, y que es indigna de la importancia do un negocio alarmante y ruidoso, que ha fijado y dMbido fijar la espectacion jmblica, y en fin que de ningún modo, y por ningún respecto h»a podido tolerarse por mi dicha acción, y aparecer en esta clase de causn demandado ante im juez incompetente como el civil, pues que solo es y puede serlo el juez u-A crimen ? Pero el Directorio ha dicho después con no poco de necedad en un escrito presentado ante el Sr. juez de Alzadas, tendría yo que reírme si él me hubiera aousado, ó demandado ante un juez del crimen. ¿ Mas de que reírme ? Porque el asunto no es de risa, bajo ningún aspecto, ni yo me he reido cuando él me ha delatado inte ai gobierno de substractor y criminal uotorio en el informe que le 5C18) d*ó. ni cuantío por tantos medios y modos me ha indiciado hasta con el uso de Ti» baja y vil calumnia de sospechoso en la falta de los cíen mil pesos, y de nial ma- nejo en los intereses públicos, puestos á mi cuidado. El Directorio con dicha espresion ha soltado una prenda en sil disfavor, y hoy sentirá mucho haberse asi deslizado. El ha creído de buena le (JIMS yo tendría de «pie icirrne de su acusa- ción, si la hubiera hecho ante jue* competente, porque el sabe la suerte que preparaba la ley al rr usador, ó a un delator impostor atrevido, y que él se halla- ría en el paralelo de este por carecer de fundamento, como ya lo ha confesado también, para {Mistificar dicha acusación ; pero él debió considerar lo mismo cuando me ha indiciado é infamado di? dicho crimen, y sobre todo cuando en lo* transportes de sus pasiones é intereses me ha presentado ante el gobierno en su in- forme como un subslractor, y como un criminal merecedor por los rohos notorios en el Banco, de la vindicta publica ; porque la justicia es en lodas circunstancia» tina misma. Entro tanto lo que aparece mas exacto es, que el Directorio ha creído pocb-r burlarse de mí, v reir«o do todos y de torio, afectando en el modo con que se ha espresado contra mí con un celo y vigilancia, que ha debido tener, y que no tiene, y procediendo en los medios-que ha adoptado en el conocimiento judicial de este negocio, no para procurar la vindicta pública, de que-*e había manifesta- do animado, ni para que se esclarezca un crimen, deque me ha llamado ii> hela- do, sino para que no se esclarezca nada, y todo se reduzca m papeles, y á un jui- cio indefinido que aleje no solo la vindicta. que recaería solo contra miembros del Directorio, sino tandneu la manifestación de los cararos «pie resultan contra él mismo, y las responsabilidades qne tiene sobre dicha falta de los . leu mil pc^'s y sobre las de mucha mas consideración, que están co-nprobadas y son notorias. , Fraudes y robos en el Banco ! Con gran sentimiento, y muy á pesar mió me he \isto forzado á anunciarlos, venciendo una gran resistencia de mi animo, ■ ntaudo como acabo de hacerlo, y sin que me retraiga de que ellos son compro- bados y notorios. De la notoriedad no me ocuparé mas, porqueyo apelo al juicio de los que viven en este país, y'tienen alguna idea de lo que ha pasado en un fatal periodo en ese desgraciado establecimiento. Nadie lo sabe mejor que el Directo- rio actual, y es por lo mismo de admirar que en el párrafo 8 de la nota impresa pasada al gobierno, se haya resuelto á advertir " que la idea v» rada por el juez •' del mayor desfalco que dice se anuncia en el tesoro, es incxact<£.'r Quizá hubiera podido pasar este periodo si el Directorio en bigardo decir que aquella ¡dea era inexacta,"hubiera diebo que contenía algo de exajerado. pero entonce confe- saba e^-e , M-rible y bochornoso cargo, *y él insiste en su plan de querer aun tapar lo que no tiene como taparse, porque la misma comisión estraordinaria en el in- forme a los accionistas sobre el estado del Baneo,que se dio impreso y corrre tam- bién eh autos, ha contestado el hecho en el párrafo con que finaliza su p«g. 3, y principa la 4 diciendo, qne desgraciadamente es cierta la falta de Jidelidad, que M C 19 > ka encontrado en el entablecinriento; por que el mismo Directorio tiene consigo documentos de desfalcos que se hacían de billetes destinados á la quema, traicio- nando la confianza que se hacia al efecto y de que volvían luego ¿i la circulación, y él sabe bien toda la estericíon de este fraude; y porque el ex-contador del esta- blecimiento D. Agustín Thi' sen en el manifiesto que fué publicado por la prensa, y dirijíó á los accionistas del lia neo eti satisfacción de los cargos, que hizo contra él la comisión estraordinaria, y del qne obra también un ejemplar en autos entro muchas c« >as que dijo, y qui quisiera el Directorio hubiese suprimido, son bien espectables, y merecen notarse dos especiales indicaciones; una con que concluye el para 3. ° y en que aspeesa " la singular fatalidad-, que ha experimentado el dinero que ha pasado por las manos del Directorio, y la otra al concluir el 5. ° con que echa en rostro su prudencia, y tino en la ocultación tic una substraecian de ori- gen comprobado, // cuyo monto agrega no se puede graduar según el computo mas moderado en menos de. medio millón de pesos;" pudiciulo SQU¡ indicar también ha- berle traslucido(|UC dicho ex-eontador no ha trepidado en declarar dichos fraudes, y su repetición con la mayor formalidad ante el misino Gobierno á quien parece •e habían ocultado hasta entonces por el Directorio en fuerza solo de su gran prudencia jy tin-o. Solo estas brillantes cualidades le han tallado en su proceder contra mí; pero felizmente no las necesitaba, y que no las necesitaba, por que a ningún respecto he sido culpable, lo he demostrado ante el Magistrado que me haabsuello de toda culpa y cargo, lo tenia convencido por mi contestación impre- sa a. los cargos de la comisión estraordinaria, y lo patentizo ahora masante el pú- blico en esta mi presente esposicion. Billetes «le 500 pesos y no pocos ya inutilizados, y destinados á la quema han vuelto repetidas veces al Banco, prueba inequívoca de que ha habido subs- tracción hecha en el mismo Directorio, evidenciada u mas por sucesos á que son re- ferentes los documentos reservados, que él tiene. Quizá su importancia no al- cance al medio millón ele pesos calculado por el ex-eontaJor Thiesen, ¿aun cpns quien puede asegurar que no alcanza, ó que no excede al monto ciilculado? Pero n kdíe duda hoy que excede al menos á un duplo, ó un triplo de los cien mil pesos substrahido.^ de las cajas del tesoro, y para sentar el Sr. juez corno ha sentado en su auto definitivo que con la reposición de los cien mil pesos no quedaría cubier- ta la mucha mayor talla qne se anuncia en el te-oro del Banco, no necesitaba ponerse, ó haber descendido al paralelo de una de Lis parles, como muy atrevida, y ofensivamente lo ha dicho el Directorio en su citada impresa nota yl Gobierno en agravio de dicho !Vf agist nulo, pues «pie le bastaban al efecto los datos autén- ticos que dejo indicados; lo que han hablado los papeles públicos; y lo que nadie ignora a este respecto; y le bastaría también lo que había 'espuesto en el citado impreso el excontador Thiesen sin necesidad de descender á su paralele, ni creer jamas podía adoptar error suyo en esta pai te, desde que su esposicion no había sido contradicha cono debiera siendo falsa por él Directorio; á quien únicamente(ííó) afreta, por r]tip os bien sabida la regla ddtedn cíe derecho aplicable hasta en lt>4 fmÍ&árh*¡ehtOÉ qui tacet consentiré viditr'tr, 6 e>n castellano quien ctt!'a Otorga, vi- niendo esto sile ncio S sor una tacita eonfosir>n, que por lo misino releva do prueba. Y i la verdad que es estraño que a no ser exacto lo que ha publicado por la pron- ta en el particular el ex-contador Thie-en, siendo rilo lan de.-.d<>vr»n ni establecí - miento, y tan especialisimatnenté a! seno del Directorio, no !<> hubiese este con fradieho, v tomado Bal ¡sfaceion con-dignn; pero sin duda toilo lo ha dado si - lencio con pruch neta 1/ cotí iihé, por que es bien conocido el carácter firme del Sr. Thicseii, y que el sabe probar lo tjtte dice, y que nada aventura. Volviendo al asunto por lo que á mi solo respecta, que es el objeto primor- dial de esta esposieion, y contra vendóme á solo el cargo de retención de brlieíoa nuevos en el importe de « ieu mil pesos qiie está embebido en la demanda civil puesta por el Directorio, y que es loque últimamente hace entender, yo paso A demost rar que tal retención es notoriamente fa Isa, y lo rpie os mas, que ella ni ha sido posible, y que una especie tal solo ha podido tener cabida en la maligni- dad de mis perseguidores. "Va espuse en mi contestación ImpYeSh, y tambi-'t» en alguno de los escrito» presentados en este juicio como y por que tube intervención en el alistamiento tic la nueva emisión de billetes; ellos se daban con cuenta, y razón por el presidente y contadoi i los oficiales subalternos para alistarse; de ellos pasaban ú mí con igual razou y cuenta, y yo los entregaba después de su último arreglo cotí la misma al presidente del llanro, y llaveros, quienes los recibían, recontaban, y de- positaban en las cajas del tesoro gener:d. nenerulmcnte 110 pasaban seis dias en tal alistamiento, y entrega, alguna vez llegarían hasta ocho, pero las mas se alistaban y entregaban en menos. ¿Como pues podía entregarse por mi menor cantidad, que la dada con cuenta para alistar por uno do los mismos recibidores de ella, cual era el presidente, sin que en el acto se notase esta falta, mucho mas siendo considerable? ¿Como podia dejarse de ver la falta de cien mil pesos? Por mas «pie so repartiera tan enorme cantidad, siempre seria muy notable la falla, ó lo que se entregase de menos '>n les div *rsns,"y repetidas ocasiones, «pie se reali- zó «lidia entrega, 6 introducción á cajas de las partidas de billetes alistarlos, que "nunca llegaba cada una á cantidad considerable, y no podia dejarse de advertir por el presidente, y chiveros. ¿Pues que se hallaban insensato*, ó durmiendo* 1*01-0 jamas se ha notado 1« menor falte, y pasó mas de un aSo te:i¡éndo>e por el Directorio, y su presidente por recibida toda la emisión, siendo tan gene-ral y fir- me ia convicción en que optaban, y ostuhieron tan largo periodo todos, y cada uno de los miembros del'Directorio de haberse introducido al tesoro toda la emi- sión ile billetes, que al advertirse la falte en él dolos cien mil posos, á ninguno oen.rió otra ¡dea, que 1$ de alguna equivocación ó la de una substracción de ellos de dentro de las cajas «leí tesoro, ó al acto de sacar algunas partida* para el nia- iiejo del establecimiento, aunque posteriortneuto con el designio bien manifestado ( 21 -) d-e alejar do ellos toda clase de responsabilidad, 6 de ocultar las personas, en quie- nes con menos temeridad pudieran recaer sospechas, comenzaron algunos u espar- cir ideas, acojidas después con firmeza, do que dicha falta pudo proceder de no haberse introducido en las cajas del tesoro. Ks visto, pues, por la sencilla observación que dejo hecha, que la falta de los cien mil pesos que so notó en el tesoro un año después, no ha podido origi- narse de mí en ningún sentido por haber corrido la emisión por mi conducto, como pasó también por las manos de los «pie uyudarou ú su conducción desde mi oficina para introducirla en las cajas del tesoro, ni puede hacérseme por lo mismo el menor caigo. Tan gran desfalco no ha podido resultar sino tío substracción, \ si él so habría hecho luego visible cu la necesidad de entregar con cuenta, y recibirse con la misma, aun cuando fuesen las cantidades entregadas y recibidas muy cuantiosas, 110 podiendo por lo misino presumirse falla en la entrega desde que no fue. notada á su recibo, ello no aparece tan dificultoso é imposible en el C4UIO do substracción de cualquier modo que ella fuese, pues que aun sin coalición aprovechándose el BUbstractor de algún descuido do los asistentes, y veedores pod.ia haberse substraído de una, ó pocas veces, naciéndose la substracion c 11 billetes mayores. Y á la verdad, que por las operaciones prolija! que tenia adelantadas el ex- contador Thiesen para esclarecer el origen, y especies de esa falla, parece que la substracción se ha hecho ai menos en su mayor parte en billetes de ú quinien- tos pesos, que era muy fácil ocultar substrayéndolos Insta el grado de formar gratules cantidades, aunque imposible de retener á su entrega, siempre prolija, y por cuenta y razón. Asi se han substraído del establecimiento, como se ha visto ya, gruesas cantidades, ¿ y quién 110 sabe que no hornos sido los empleados en el establecimiento loa autores ele tan grande robo? El Directorio sube bien el autor ó autores, ¿ y por epié no les ha hecho ni hace ningún cargo ? ¿ Por que no lo estiende también al desfalco de los cien mil posos, como debiera, aun cuan- do no fuese sino por aquella fundada presunción rpie espíica. el adagio común, quien hace un cesto, haré un ciento, y la re>gla del derecho, qui semper cst ma/us «>;qpum té, ¡alus i ti (odc/n frenen >>• que todos entraron en él. Sin embargo se insiste por el Directorio actual cu que yo «lé cuenta y razón «le la entrega du tlieha ecttisifál integra, ó sea «le los cien mil pesos q«ie faltan, «»s «lecir, que «piierc precisamente que la documcmte, y «pie la documente con reci- bos, «pie él ó < l Préside ule y «lávelos me hubiesen otorgado «le mi entrega, y su recibo, y que no haciendVdo responda de la falla ile los cien mil pesos. A esto yi\ «lije en mi contestación impresa: que si se me hubiese «lado alguna vez por el Sr. Presidente y Claveros algún documento., ó apunte siquiera eu resguardo, y para ( 23 -) acreditar lo entregrulo al tesoro; cuando asi se hubiera practicado en las «lífercn-^ tes ocasiones en «píese hizo igual salanga» é introducción al teísta, eatonoee ten- «h ¡a lugar el cargo por alguna partida, cuya introducción aun que fuese real, n<» opureciesp, y no estubiese acreditada por «locnmento, ó apunte semejante, por que h ibienih.se acostu.librado «lar estos en resguardo, y para acreditar la intro- n. la falta «le «ludio documento, «'» apunte futid.iba argumento, y presunción bastante «le do ser efectiva la introducción «le la partida indocumentada, «pie ío echase da menos; pero cuando jamas se me ha dado, ni pensado siquiera dar «lociunento alguno, ó apunte «le «rntrega, y recibo de la menor cantidad, v cuan- do sin el aparece introducida toda la emisión, con respecto ú la que cien mil pe- sos ■viiuien a ser una cossi insignificante no me queda responsabilidad por la falta «le tal recibo. iyx detnauda pues, «pie se ha hecho para «pie de los cien mil pesos que faltan ilé cuenta y razón documentad a por tales recibos, es notoriamente itn- pertinerit<*, y aun ridicula, y la pretensión «Je qU* responda de dicha faMa por no presentar cu documento tal de.«M entrega, es la mas esiupitla. Que consecuencias tan desagradables al mis no Directorio se deílucirian asen- tada tal prríension como en principio. Si tubiera yo obligación «le presentar tales recibos, habriaa también el Directorio, y su Presi«acate y Claveros tenido la. obli- gación de halármelos dado, pues ambas cosas son c«irrelativ as, habiendo por lo mismo faltado á su dt'ber en haberse recibido, é introducido en el tesoro la canti- dad «le mas «le trace millones da pesos, sin haberme dado recibo «le uno solo. Pero sino se ha acostumbrado «lar semejantes «Joeumeutos en resguardo, yo no necesito «le ninguno «le esta slsse para eximirme «le cargos, y me basta la sola razoii que presentaba al tiempo de rada ana de las «Mitregas, y el «pie en aquellos momen- ttjs no se me hubiese hecho ningún cargo En la falta, pues, de dichos docu- ménteos «'> recibos, sería solo el cargo contra «d Direct«>r¡o, y mas especialmente; contra sus Presi«lentes y Claveros por no haberme «lado ninguno, y sin eso es bieti fuerte contra los mismos, y bien perceptible su responsabilidad, porque al intro«hic;irse y recibirse l«>s billetes, y también al sacarse de las cajas del tesoro no ha llevad»^ 4 ellas razón auténtica, ni el menor apunte «le las partidas de ¡en- trada y salida «le dicho tesoro ; como lo hay también contra la comisión de ba- lancias por no haberlo inspeccionado en tanto tiempo cintilo indiqué en mi cita* «la contestación i npresa, ni haber notado y eorr«*gido la falta de aquel:.i como debió hacerlo por su peculiar instituto. Por último, nada prueba tanto la necedad cuando menos en exijirtne que yo dé cuenta y razón déla introd *1 e c ¡ o n integra «h; la emisión de nuevos billetes, que <&« el Directorio bien sabe que tal razón está sentada en los libros «le la contaduría del nstablrtrrimisnto^ dotarlo se halla notado, y existe constancia «le haberse intro- ducido 4 las cajas de| tesoro integramente la nueva emisión de billetes, y seme- jante anotación es un irrefragable documento. La misma comisión estraortlina- ria en el rium. I ° de su informe hablando «leí ex conlador del Raneo D. Agus- tín 'Phiesen, y refiriéndose al libro especial, en que este llevábala cuenta coi* elc «*> tr**oro por lo que respecta a dicha omisión esprosa que en sif rfYfte esta sentada to- da la cantidad mandada emitir; p< ro desde «pie en los libros tle la contaduría {rpni.ral está sentada la introducción en el tesoro de toda la emisión de billetes, y aun cuando no lo cstubieso, desde que el contador declarase haberse recibido cu oí te-oro, ningún ctrsode retención puedo deducirse contra mí. Y esto es tan le^ral, y practico, que la. responsabilidad del tesorero del Banco respecto á lo que recibe cada dia para ndminist lar (cuece en el misino desde que solo toma balance por el contadoiMiste so da. por satisfecho, sin necesidad de dar al twortfo docu- inentos. ó recibos de resguardo en lo administrado, y devuelto por él; así como nunca so los ha dado el contador, poro ni tampoco el Directorio de las ingente» sumas de billetes inutilizados, que lo ha pasado el tesorero para destinarlos á la quema, y ha bastado que el contador asiente en su libro haber tomado el balan- ce sin novedad, v sin ninguna resulta, ó alcance contra el tesorero. Es puesto pues en t ransparecia que yo en la clase de tesorero, no tengo por ese empleo ipie obtuvo, ninguna responsabilidad en la falta de los cien mil posos, pues que la emisión de nuevos billetes es enteramente arpona tle él, y que tampo- co me ha resultado ningún cargo, por el mero hecho de haber pasado dicha emi- sión rápidamente por mis manos por mero comedimiento, y consideraciones para su último alistamiento, y entrega al presidente y 1 la vero/del establecimiento. Y después cpie todo esto se ha manifestado, y probado superabundante mente auto el Se. Juez de Alzadas '¿ puede censurársele por que haya mandado sobreseer en Una deniatrida ilegal, impertinente, y á mas conocidamente temeraria y maligna, y se diga no babor sido justo, y aun haber escedido sus facultades en ha- berme absuefto do toda cilpa y cargo ? Me. os satisfactorio que este asunto •se haya elevado al conocimiento de la Bxms. Cámara de Justicia, y es de esperar dn su notoria rectitud que pondrá el sollo de su -aprobación y con- tinuación al auto definitivo del S,\ Juez de Alzadas que me ha abane! to de culpa v cargo, llenando el único vacío que se encontrará en él, y es no haber escarmentado al actual Directorio por las graves calumnias con que lia ofendido tni honor en el informe que «lió ante el gobierno, y no haber orde- nado la indemnización por el Directorio de los daños y perjuicios, coatoa y costa*, que con tan notoria sin razón me ha causado por sus particulares fines, como con repetición lo tenia podido. No ha sido mi objeto ofender á persona alguna en esta exposición, sí solo procurar con denuedo ini defensa. Desde el principio procuré hacr uso de la moderación, y tan noble «dea no ha sido( perdida de vista. Harto sensible me es so me haya precisado á hablar en público sobre un asunto tan deshonorante y odioso. Ojalá no tenga que volver á hablar mas de él. Buenos-Aires, Nuviom- -bre 13 de ltí'32. 1 [Si ¡i m til n 1 MENSAG& DEL Meta m i 1$ sil j| A LA TERCERA LiEtíISLA.TURA. CONSTITUCIONAL A LA APERTURA DE LAS Sesiones Ordinarias DE 1838, /■r; im - Montevideo: imphükta »e t* caridad. —P?xy