24 Mo ha parecido, por lo tanto, sefior m¡ni«tro, qoe no carecen de veiosimuitnd estas noticias. Que Jos re- sultado» sean ó tío Consiguiente* ; qu-.- el «niperador lo- «ro cor la pluma lo que ha malogrado con 1» espada- ó que nuestro gobierno *ea mas capaz de computar por el saber, que pnr la for>rza, estos serán asuntos de explanaciones ulteriores. Por ahora, «i fe] poder abru- mado con las consecuencias de su anrenor impericia y ligerea», se retira de la publicidad y adopta el míate. rtq corno regla invariable de conducta en el gira y no era igual el caso en que se hallaba el bergantín Florida? ¿ No es una ofensa al buen sentido la pretencion de persuadir que se pecabade ignorancia ? Empero existe otra circunstancia que pone en descubierto no solamente el fraude, con que el capitán Hastings procedía en la empresa de cazar aufi- (11 ) bios en la costa de la República, sino la mala fe con que había zarpado de los Puertos de Inglaterra. La licencia de navegación que halló el-Mayor Four- nicr á bordo de la Florida, era terminantemente conce- dida para la p'ezca de Ballenas en el Pacífico: para si- mular su verdadero objeto llevaba á bordo un completo aparejo de fizga, pero ademas que ni en su diario, ni en sus observaciones astronómicas estaba comprobado haber navegado en la altura de su ruta, se le encontró mas de cuatro grados de longitud fuera de su paralelo, sin justificarse la causa de esta desviación, y antes bien con una cantidad considerable de toneladas de sal, ina- plicable al objeto ostencible de su viage, y sí á propósi- to para la conservación de los cueros de anfibios: y qué ¿este solo hecho no hacia responsable al Florida á ser de- tenido y trahid >• a juicio por un oficial de guerra sufi- cientemente patentado? No puede tolerarse dice el ilus- trado Sir W. Scott en la causa seguida ante él almiran- tazgo el 12 de mayo de 813 contra la fragata dinamar- queza Manlin Hansen, no, puede tolerarse, en manera alguna desviación voluntaria del curso correspondiente de la navegación, y 4a sola escusa que puede admitirse, por haberse apartado de los términos prescriptos en la licencia,' es el haberse practicado á impulso de una ne- cesidad irresistible. Tan convencido estaba el Capitán Hastings de la ilegalidad de su empresa, que no trepidó en asegurar al subteniente Henderson, comisionado por el Mayor Four- uíer, que si hubiera sabido que los botes que lo-aborda-( 10 ) ra proveer de víveres á su gente, y recojer los cueros con perjuicio de los vecinos de Maldonado que tenían sus es- tablecimientos sobre las mismas Islas y sobre lo que paga- ban un derecho al Gobierno : nadie ha contradicho la aser- ción del señor Aguilar f. l\ del 2o. cuaderno. El era el arrendatario de las Islas de Lobos y adyacentes desde el año de 820; á él solo le era permitida la pesca de anfibios amparado por el Gobierno, que se obligó á auxiliarle pa- ra evitar que dichas Islas fuesen abordadas por otros in- dividuos que no estuviesen autorizados por el rematador; y ¿ que escusa ha dado el capitán Hastingsdel Florida, para atropellar este privilegio ? el ignorar que fuese prohibida el hacerlo; y ¿ merecerá lugar en la fe mas fanática esta eva- sión pueril P El Florida pertenecía á la casa de los Sres. Benet en Londres. Por dirección de esta misma habían salido en años anteriores la goleta Sister y cúter Dowe,. que cometieron igual depredación en las Islas de la pro- piedad del señor Aguilar, hasta desalojar á metralla y tiro de cañón á los legítimos poseedores : de este escandaloso suceso tiene constancia el señor Cóusul Británico en Mon- tevideo, aquien el Gobierno de aquella plaza también lo había notificado, mandando luego la autoridad brasilera, tripular con marineros de un buque de guerra, al cúter Dowe por sus atentados y violaciones ? y nu era igual el caso en que se hallaba el bergantín Florida? ¿ No es una ofensa al buen sentido la pro tención de persuadir que se pecaba de ignorancia ? Empero existe otra circunstancia que pone en descubierto no solamente el fraude, con que el capitán Ilastings procedía en la empresa de Cazar aufi- ( 11 )_ bios en la costa de la República, sino la mala fé con que había zarpado de los Puertos de Inglaterra. La licencia de navegación que halló el-Mayor Four- nicr á bordo de la Florida, era terminantemente conce- dida para la p'ezca de Ballenas en el Pacífico: para si- mular su verdadero objeto llevaba á bordo un completo aparejo de fizga, pero ademas que ni en su diario, ni en sus observaciones astronómicas estaba comprobado haber navegado en la altura de su ruta, se le encontró mas de cuatro grados de longitud fuera de su paralelo, «in justificarse la causa de esta desviación, y antes bien con una cantidad considerable de toneladas de sal, ina- plicable al objeto ostencible de su viage, y sí á propósi- to para la conservación de los cueros de anfibios: y qué ¿este solo hecho no hacia responsable al Florida á ser de- tenido y trahido',á juicio por un oficial de guerra sufi- cientemente patentado? No puede tolerarse dice el ilus- trado Sir W. Scott en la causa seguida ante el almiran- tazgo el 12 de mayo de 813 contra la fragata d i ñamar- queza Manlin Hansen, no, puede tolerarse, en manera alguna desviación voluntaria del curso correspondiente de la navegación, y 4a sola escusa que puede admitirse, por haberse apartado de los términos prescriptos en la licencia,' es el haberse practicado á impulso de una -ne- cesidad irresistible. Tan convencido estaba el Capitán Hastings de la ilegalidad de su empresa, que no trepidó en asegurar al subteniente Henderson, comisionado por el Mayor Feur- níer, que si hubiera sabido que los botes que lo aborda-ban iban á tomarlo, hubiera muerto a todos antes que saltasen á bordo: en esto contestan los tres principales testigos, ¿y también ignora el Capitán Hastings, que por el mero hecho de resistirse á la visita debería ser condenado como buena presa ? ¿ Ignoraría* que por el derecho marítimo universal puede hacerse uso de la fuer* za y obligar á cañonazos a todo buque que se resista» la visita? ¿Ni como se podría evitar el tráfico fraudu- lento, ni sorprender á los buques quejo practican en con- travención de los tratados y en agravio de jos derechos de Jas naciones? Mr. Jonffroy en su ensayo sobre el sistema marítimo universal, ha dicho con razón ,, que las naciones pueden exigir de los .neutrales toda la certidumbre po- sible de que su tráfico se hace bajo los términos conveni- dos, y para que las restricciones no sean ilusorias y vanas, los neutrales no pueden reusar de que se procure esta cer- tidumbre:" Aeuni establece dogmáticamente que lo» neutrales deben tranquilamente sufrir la visita, y suminis- trar todos los documentos para probar evidentemente lo que los primeros tienen derecho á exigir. Los dere- chos de los beligerantes, agrega Chites, contra Jo* deli- tos de los neutrales serían vanos sino fuesen sostenido» por el poder de ponerlos en práctica: ese poder existe regularmente por la ley de las naciones, y es llamado po- der de visita. No podemos impedir un comercio de coa* trabando dice Watel sin visitar los buques neutros que encontramos en la mar. Eu consecuencia tenemos ua derecho á visitarlos, y si de la visita resulta que dicho bu- que se halla empleado eu ua tráfico ilegal debe «er (13 ) ducido á la adjudicación. Estas doctrinas mas familiares entre los subditos británicos, que entre los de otra nación alguna no pudieron estar fuera del alcance del Capitán Florida. Y ¿por qué se lamenta de no haber repelido la visita con la fuerza: por qué? porque mediante ella fue tomado en infragante delito. Y bien, señores, ¿ no ha- brá podido el Mayor Fournier detener y conducir á un juicio al bergantin Florida complicado en tantas infrac- ciones, y can toda la tendencia de un buque esclusaa- mente destinado á perturbar nuestras leyes municipales, a usurpar el derecho de un ciudadano de la República, á infringir los tratados solemnes de la pesca y á locuple- t&rse con la depredación. <¡ El celo del Mayor Fournier, ha podido marcarse como un acto ultrajante de piratería^ como una injuria á los subditos británicos? ¿Y es esta conducta el fundamento de la acusación, este es el cri- men por que se le juzgua?.. .Jamas incurriré en la teme- ridad de consentir en que el M. H. Lord Ponsomby hu- biera descargado una nota tan infamante sobre la honro- la fama del Mayor Fournier, si hubiese sido instruido oportunamente de todas las circunstancias del caso: S. E. en el elevado carácter de representante del Gobierno Británico, y como miembro de la nobleza mas ilustrada de la Europa, no puede meuos que saber distinguir dis- cretamente la inmensa distancia que hay entre un oficial de guerra autorizado por su Gobierno, y el que merece la denominación de pirata. Es cosa sentada entre los publicistas, que ningún individuo obrando en virtud de uua comisión, puede en ley ser reputado por culpable de.( 14 ) piratería, y el apresamiento legalmente hecho, y la pro- piedad conducida á la adjudicación, y no animo depre- dandi, no podrá ser considerada como piratería El crí. men de piratería, es el acto de depredación cometido en alta mar sin autoridad de algún principe ó estado, es una ofensa contra la ley universal de la sociedad, es como lo llama Sir Edward Coke hustis humcuii generis. El pira- ta, por fin, es el que recorre los mares con un buque arma- do sin comisión ó patente de algún principe ó soberano, sino solo por su autoridad propia y privada con el obje- to de apresar y apoderarse por la fuerza todos los buques que encontrara; bajo esta denominación lo consideran los mejores comentadores del derecho marítimo universal. Y será justamente aplicable ese odioso epíteto, al que llena dignamente en la mar los deberes de un oficial, al que trata con benignidad á los infractores de nues- tras lejes, al que se desprende de su mejor embarcación menor para complacer al Capitán Hastings en su solici- tud de bajar á esta capital, al que compra á dinero al car pitan del Florida provisiones y vestuarios para su gente, al que viene á dar razón á su Gobierno de sus opera- ciones, ai que se somete tranquilamente al fallo de la ley? ¿No es esta la linea de conducta que ha seguido el Mayor Fournier comprobada hasta la evidencia, por todos los atestados del proceso? ¿ Con qué nombre cla7 sificaremos entonces al capitán del bergantín Florida? El prometió bajo su palabra de honor venir á Buenos Aires, él recibió del Mayor Fournier un lanchon esqui- ado de un. valor mayor de 6$ pesos á condición de eu.- ( 15 ) tregarlo al apoderado de aquel, pero el faltó á su promesa, sorprendió con falsas relaciones al Comandan- te de la Coibeta de Guerra de S. M. B. Ranger, no dió cuenta del lanchon, y al llegar á esta Capital se cubre el io-A:o sin atreverse á reclamar injurias contra el em- bargador de su buque. Comparad, señores, y decidid si el Mayor Fournier puede ser acusado de ultrajante pirata. Tal vez se quedrá fundar la propiedad de esta acu- sación apoyándola sobre el hecho de haber el Mayor Fournier armado al bergantín Florida, desembarcando- su tripulación, y hecho predas en él á embarcaciones bra- sileras; pero ese es el último punto que me toca analizar, para remover hasta las apariencias de cargo contra mi protegido. El Mayor Fournier asegura en el cuerpo- del proceso que embargado por él el bergantín Flori- da fue su ánimo traherlo ante el Gobierno de la Re- pública: asi lo hizo presente á sus Aficiales subalternos, siguiendo su derrota hasta el banco ingles: en este acertó acuerdan unánimemente cinco testigos: desda aquella altura regresó á buscar parte de su gente que había dejado al norte de las Rocas: á su arrivo á Maldonado su- poqueel capitán HastingsdirijiendoseáMontevideo había obtenido del comandante de la corbeta de guerra de S. M. B. la Ranger saliese á perseguirlo como lo verificó con la henéfica intención de enviarlo al Rio Janeiro para la ad- judicación respectiva según se deduce de la nota citada, del M. H. Lord de 28 de Mayo. El Mayor Fournier, ademas, conocía demasiado el peligro de subir el rio de*, sai-ruado, teniendo que forzar la linea del bloqueo. ¿ Que( 16 ) deberia hacer el Mayor Fournier en uso de su derecho na- tural y en protección del pabellón de la República? la fuerza se repele con la fuerza; el Mayor Fournier puso á su bordo dos piezas de Artillería,-y usó de la estratage- ma de cubrir las portas con cañones de madera, n4 para salir á hacer presas: no para cometer acto hostil ofen- sivo, sino para poder efectuar su apersonamiento aute su Gobierno y responder de su conducta: él tampoco podia contar con la seguridad de su persona manteniendo á bordo la tripulación del Florida, porque aconsejado por la funesta esperiencia de una igual tolerancia con el equipage de las embarcaciones apresadas por él mismo en la Laguna Merin, no debia correr el riesgo de'que se renovase la escena de Hna sublevación que le arreba- tase la presa; y esta precaución necesaria justifica su- ficientemente el desembarco de los marineros inglese* después de ser asistidos con la mayor humanidad ; entre- tanto, por la inferioridad de su poder debia huir de la corbeta Ranger mas que de los enemigos de la Repú- blica; él estaba destinado para ser llevado á la corte del Emperador, y ¿ cual hubiera sido la suerte del Mayor Fournier entre los brasileros?, la mas favorable, sin du- da, habria sido ocupar un rineon de los inmundos ca- labozos en que gimen algunos de nuestros compatriotas ; porque al fin, si las inspiraciones de los poderosos no hubiesen podido triunfar sobre la circunspección de la justicia, y colocar al Mayor Fournier en la humillante condición de un pirata, él no habria escapado de la cla- se de prisionero de guerra como oficial de esta Repú- blica, pero acompañado del desconsuelo de ser conducido i la prisión del enemigo por la mano de un neutral. El Mayor Fournier adoptó el partido de la prudencia, y se hizo al mar para dar tiempo al regreso de la corbeta Ranger, y aprovechar el primer viento para penetrar a este puerto, pero los tiempos contrariaron su resolución, v lo arrojaron sobre las costas del Brasil, en este suceso también están acordes todos los testigos : resta solamente aber si pudo el mayor Fournier apresar los buques bra- ceros que pasaban delante de su vista. Asentada por incontestable la obligación en que es- tubo el Mayor Fournier de embargar el Florida, sor- prendido en infragante delito, él no podia dudar que condueido ante su Gobierno sería confiscado ; y aunque U nacionalidad del buque no se pierde hasta después de un pronunciamiento legal, él debió rendirse menos al poder de esta fórmula convencional que á la conciencia de su proceder. El Mayor Fournier no veia en el Flo- rida sino un buque perdido legalmente para sus propie- tarios británicos, lo conducía bajo el pabellón de la Re- pública, como el cabo de presa conduee un bajel enemi- go bajo la bandera de su Gobierno antes de la condena, y pregunto ¿ podrá el comandante de la presa hostilizar al enemigo que le venga á la mano? nadie ha puesto ea cuestión ]a afirmativa, confirmada por uua práctica cons- tante: este es. el caso en que se encontraba el Mayor Fournier: ¿l no navegaba á un determinado crucero, él *ía forzado por los vientos contrarios á correr las eos-C 18 V tas enemigas, y así como no podía suponerse garantido para la neutralidad del Florida, si hubiera sido visitado por una embarcación de guerra brasilera, su propia de- fensa le forzaba á aprehender durante su navegación á todo buque enemigo, capaz de anunciar su derrota a otro de mayor porte que accidentalmente navegase so- bre el paralelo; pero ni la neutralidad de un buque escluye absolutamante el derecho cualquiera que sea su pabellón, de ser empleado en servicio de un Gobierno en un caso estremo, bajo la condición de una razonable recompensa, ó de indemnización completa si se perdiere; y tal habría sido el término de la conducta del Mayor Fournicr, si el Florida hubiese sufrido averias duraute su navegación. El Gobierno á quien servia el Mayor habría respondido al propietario de todos los perjuicios, si hubiera podido reservarse algún derecho a su recla- mación, del mismo modo que se ha constituido respon- sable al propietario de las i,las de Lobos y Castillos por los efectos de la depredación del Florida. Y ved ahí, señores, como el Mayor Fournier ha obrado cediendo á una necesidad imperiosa, causada originariamente por la persecución de la corbeta Ranger. Pronunciad ahora, señores, si el Mayor Fournier puede ser condeuado co- mo perpetrador de ultrajante piratería. Ya tenéis á la vista los fundamentos de la acusa- ción, y á los hechos en transparencia. A vosotros os impone la Patria la obligación de fijar la balanza de vuestro juicio al resplandor de la verdad. Jueces inte- ( 19 ) grosé ilustrados, vais á decidir sin las trabas de influen- cia estraña, y sin la dependencia del prestigio de otras relaciones. No imploro de vosotros ni la benevolencia, ni la gracia en favor de mi protegido Olvidad si eg posible sus servicios y su celo por las glorias de la Re- pública, y fallad. Yo esperaré á las puertas de la jus- ticia un pronunciamiento imparcial, mientras que la es- pada de la ley en vuestras manos corta los hilos del poder que tantas veces se cruzan para cerrar la entrada á la inocencia: yo esperaré hasta que dejéis sin mancha el honor del ilustre estrangero que defiendo, hasta que vuelva á aparecer ante mis compatriotas el benemérito Mayor Fournier justificado de todos los cargos, y digno defensor de la libertad de América. IMPRENTA ARGENTINA, CALLE DE POTOSI, NUM*. 135.